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obmultimedia escribió:te estan reteniendo esa cantidad tan alta para que no te de el palazo hacienda, en enero que te bajen la retencion al 2% como tenias anteriormente, si eres soltero sin hijos, es el minimo, mas es ya pasarse.
jorcoval escribió:obmultimedia escribió:te estan reteniendo esa cantidad tan alta para que no te de el palazo hacienda, en enero que te bajen la retencion al 2% como tenias anteriormente, si eres soltero sin hijos, es el minimo, mas es ya pasarse.
Y como sabes que el 15% es una cantidad alta si no ha dicho el salario?
@The chameleons lo que me hace dudar es que el primer contrato era prácticas.
Pero en caso de que eso no afecte, busca una calculadora de sueldo neto. Suma tus dos salarios brutos y los metes.
Y la diferencia entre lo que cobraste y lo que te diga la calculadora, es lo que te tocará pagar.
The Chameleons escribió:Buenas,
Os cuento la situacion. En octubre del año pasado empecé a trabajar con un contrato temporal en prácticas de 6 meses y a los 6 meses me lo renovaron otros 6 meses mas. Cuando se acabó la segunda renovación (es decir, en octubre de este año) decidí no renovarlo y al poco tiempo empecé a trabajar en otra empresa con contrato ya indefinido.
En la primera empresa con el contrato temporal y de prácticas me retenian un 2% de IRPF y no llegaba al mínimo para hacer la declaración. En la empresa donde estoy ahora si que llego al mínimo y encima al haber tenido dos pagadores este año y superar los 12K brutos tengo que presentar la declaración.
Ahora en la empresa actual me retienen un 15-16% de IRPF.
La duda que tengo es si por haber estado desde enero hasta octubre con un IRPF del 2% me van a sablar cuando el año que viene presente la declaración, mas que nada para ir haciendome una idea jaja.
Un saludo y gracias.
martuka_pzm escribió:The Chameleons escribió:Buenas,
Os cuento la situacion. En octubre del año pasado empecé a trabajar con un contrato temporal en prácticas de 6 meses y a los 6 meses me lo renovaron otros 6 meses mas. Cuando se acabó la segunda renovación (es decir, en octubre de este año) decidí no renovarlo y al poco tiempo empecé a trabajar en otra empresa con contrato ya indefinido.
En la primera empresa con el contrato temporal y de prácticas me retenian un 2% de IRPF y no llegaba al mínimo para hacer la declaración. En la empresa donde estoy ahora si que llego al mínimo y encima al haber tenido dos pagadores este año y superar los 12K brutos tengo que presentar la declaración.
Ahora en la empresa actual me retienen un 15-16% de IRPF.
La duda que tengo es si por haber estado desde enero hasta octubre con un IRPF del 2% me van a sablar cuando el año que viene presente la declaración, mas que nada para ir haciendome una idea jaja.
Un saludo y gracias.
Con dos pagadores no son 12k sino 14k el límite para estar obligado a declarar.
Pues usar la aplicación de renta web y meter tus datos, los sueldos y retenciones que has tenido y te dará resultado.
Lo mismo teniendo un contrato en prácticas no llegas a 14K y ni siquiera estás obligado
martuka_pzm escribió:@The Chameleons pues entonces sí, haz cálculos.
Así sabras lo que te saldrá y ya decidirás si subes la retención ahora o te esperas a la estacada en Junio/Noviembre.
El año pasado estuve en esa situación (y muchísimos compañeros) y cada optó por formas distintas
Lenneland escribió:martuka_pzm escribió:@The Chameleons pues entonces sí, haz cálculos.
Así sabras lo que te saldrá y ya decidirás si subes la retención ahora o te esperas a la estacada en Junio/Noviembre.
El año pasado estuve en esa situación (y muchísimos compañeros) y cada optó por formas distintas
Aprovecho para preguntar.
Da igual la cantidad de uno de los dos pagadores? es decir, por ejemplo, si gano por un lado 20k en un año y cobro una factura de 100€, ya baja el límite a 14k anuales que te obliga a presentarla?
martuka_pzm escribió:Lenneland escribió:martuka_pzm escribió:@The Chameleons pues entonces sí, haz cálculos.
Así sabras lo que te saldrá y ya decidirás si subes la retención ahora o te esperas a la estacada en Junio/Noviembre.
El año pasado estuve en esa situación (y muchísimos compañeros) y cada optó por formas distintas
Aprovecho para preguntar.
Da igual la cantidad de uno de los dos pagadores? es decir, por ejemplo, si gano por un lado 20k en un año y cobro una factura de 100€, ya baja el límite a 14k anuales que te obliga a presentarla?
No. Ordenados de más a menos cantidad, el Segundo y siguientes 1500 es el límite
Eso sí, cobrar una factura... si son actividades económicas ya entramos en otro terreno y varían cosas
Los límites de los que hablábamos es cuando se obtienen única y exclusivamente rendimientos del trabajo
martuka_pzm escribió:@The Chameleons pues entonces sí, haz cálculos.
Así sabras lo que te saldrá y ya decidirás si subes la retención ahora o te esperas a la estacada en Junio/Noviembre.
El año pasado estuve en esa situación (y muchísimos compañeros) y cada optó por formas distintas
martuka_pzm escribió:@Lenneland si son actividades profesionales + rendimientos del trabajo (suponiendo que no haya absolutamente nada más) entonces el límite es de 1000 euros anuales en total.
Hay dos reglas de “no obligados a declarar”.
En la primera regla no se incluye nada de actividades económicas por lo que hay que ir a la segunda mucho más restrictiva.