El que pide la pena será el fiscal, no el juez. Los delitos tienen penas variables. El fiscal tenderá a pedir lo máximo, pero el juez tendrá que valorar si esa pena es proporcional con el delito cometido. Puede ser que no se le condene porque el juez no considere que hay indicios de delito, o porque no existan suficientes pruebas. O puede ser que el abogado defensor presente atenuantes para la pena solicitada.
Por ejemplo, cuando la SGAE denunció a varias webs de enlaces por lo penal, lo hacía por una interpretación de la ley de propiedad intelectual (enlazar es comunicar una obra). Los jueces interpretaron esas leyes de otro modo (enlazar no es comunicar una obra), así que no hay condena porque no hay delito.
Aparte de eso, hay reducciones de condena a partir de tercio (creo) de condena. A partir de ahí, un condenado, según su situación, puede salir en tercer grado. Y si la condena es inferior a dos años y lleva X años sin ser condenado por otro delito, tampoco entraría en prisión.