Duda laboral. Finalización contrato temporal.

Hola a todos.

Tenemos en casa un pequeño dilema por la finalización del contrato laboral de mi chica. Yo más o menos la he ido asesorando utilizando el sentido común y mis (limitados) conocimientos en estos temas de "abogacía laboral", pero me gustaría exponeros en caso a ver cómo lo veis.

Mi chica entró a trabajar hace un mes en un gimnasio como monitora con un contrato de tres meses, uno de los cuales está tipificado en el contrato como de práctica. Desde que entró en dicho gimnasio todo ha ido de mal en peor: querían que hiciera horas extra por un tubo, querían que trabajara los domingos cuando en su contrato no pone nada de trabajar ese día y, lo más sangrante, el sueldo es casi la mitad de lo que le dijeron de palabra. Las trianteces eran cada vez mayores hasta que ella, temiéndoselo, le preguntó a su jefe si le renovarían después de ese primer mes de prueba.
El jefe le dijo que no.
No hay problema porque ella quería salir de allí pitando.
Ahora llegan los problemas...
Primero, su jefe le dijo que redactara una carta de baja voluntaria y la firmara. Obviamente no lo hizo y le dijo que simplemente no le renovaran el contrato y punto.
Ahora el jefe le dice que lo que sí necesita de verdad es que ella redacte otra carta que especifique que, estando en período de prácticas, ella rescinde su contrato. Le he dicho que no lo haga ni loca, que quien rescinde el contrato es la empresa.

Ahora las dudas...
Primero, lo estamos haciendo bien? Ella no ha de escribir ninguna carta renunciando a nada, no?
Segundo, en un contrato de tres meses con uno de práctica pueden no renovarla después de ese período de práctica o ha de extinguirse el contrato a los tres meses sí o sí?
Tercero, cuando ella se vaya del gimnasio, qué ha de firmar? ha de firmar algo? me imagino que le darán algo para firmar que conste que ella ya no trabaja allí, pero no sé el qué... (una carta que ponga "la empresa rescinde el contrato de ella"?)
Y cuarto... hay algo denunciable en todo este proceso? Aclaro que la comunicación sobre este tema entre mi chica y su jefe es vía mail, así que lo tenemos todo bien guardadito y a buen recaudo.

Vaya, perdón por el tochazo que ha salido al final y muchas gracias por ayudarnos!
Sera contrato de 3 meses en practicas con un mes de periodo de prueba imagino......

Si es asi durante el primer mes te puede dar la patada cuando quiera (que es lo que ha echo).

Lo de trabajar mas horas y domingos ya esta echo asi que nada, pero si queria tu pareja se podia negar y no ''pasaria nada malo'' en cuanto a que te despidan, simplemente como no le lames el culo no pasaras el periodo de prueba.

Lo de salario teniais que haber reclamado antes de firmar, si firmo el contrato con X salario sera ese, aunque de palabra le dijeran mas.

Referente a lo de firmar, como mucho el finiquito (que no sera practicamente nada) y solo si estas conforme, no debes firmar nada mas, ni que tu renuncias ni nada,........ is a trap!
LokiEros escribió:Sera contrato de 3 meses en practicas con un mes de periodo de prueba imagino......


Sí. Eso. Perdón por el error.

LokiEros escribió:Lo de trabajar mas horas y domingos ya esta echo asi que nada, pero si queria tu pareja se podia negar y no ''pasaria nada malo''


No, si ella en cuanto vio que las horas extras crecían exponencialmente dejó de hacerlas, y de domingos no ha hecho ni uno...

LokiEros escribió:Lo de salario teniais que haber reclamado antes de firmar, si firmo el contrato con X salario sera ese, aunque de palabra le dijeran mas.


Ya tío... en cuanto me lo dijo es lo primero que pregunté: "Pero cómo narices firmas eso?"... pero mira, ella quería trabajar...

LokiEros escribió:Referente a lo de firmar, como mucho el finiquito (que no sera practicamente nada) y solo si estas conforme, no debes firmar nada mas, ni que tu renuncias ni nada,........ is a trap!


Bien. Veo que pensamos igual. Me reconforta saber que no la estoy asesorando tan mal!

Gracias!
Si firma una carta de renuncia a ojos de la ley es ella quien renuncia al contrato, entonces el finiquito pasa automáticamente a ser 0, o al menos eso tengo entendido, ademas de que si tuviera derecho a paro no podria cobrarlo. Que alguien me rectifique si voy equivocado pero creo que es asi.
Si te echan en periodo de prueba solo te tienen que liquidar lo trabajado (incluido la parte proporcional de vacaciones, etc) y ya está.

Por si acaso que no firme nada o que lo firme NO CONFORME con FECHA y NO COBRADO si no le pagan en cash o cheque al momento.
En el primer mes te puede despedir cuando quiera por no haber superado el periodo de prueba, lo que suelen dar es el finiquito y deberia de ir la parte proporcional de las pagas, de las vacaciones (no las ha disfrutado), y el salario. Mira que también esten los domingos que haya trabajado, si es monitora tiene testigos a cantidad de que ha trabajado los domingos y no se los quieren pagar.

Si ha pasado el primer mes de prueba, y la despide diria que ya tiene que pagar indemnización por despido, de ahí que igual quiera lo de la carta de renuncia, mirarlo bien todo, porque la diferencia igual al final es cobrar entre 100-200€ más, y es un dinero que la pertenece.

Por otro lado, no se si existira un convenio de monitoras o como va la cosa, pero si ha estado pagando por debajo de convenio también se pueden reclamar esa cantidad, en cualquier juzgado os daran la razón.

@flipe si renuncia es como si se fuera ella por propia voluntad, ni paro (aunque no ha generado) ni indemnización.
Nada que añadir que no hayan dicho ya. No hay que hacer ningún escrito renunciando a nada, quiere volver a timar a tu pareja, que se niegue rotundamente. Se puede dar por extinguido el contrato por no superar el periodo de prueba de un mes, obviamente han de liquidar la nómina, más la parte proporcional de las pagas y vacaciones no disfrutadas. Cuando vayan a ofrecerle dicha liquidación que ponga NO CONFORME y que firme( puede hacerlo siempre que ponga lo dicho junto a la firma), después ya podéis hacer cuentas y si nos os cuadran realizar una reclamación de cantidades, ante la cual tenéis un año de plazo para realizarla desde que se emita la liquidación.
Muy importante también, si no les dan la pasta en mano o le han hecho un ingreso en cuenta antes de firmar nada, por mucho que le den un cheque en mano, que ponga PENDIENTE DE COBRO, no sería la primera vez que pasan un cheque sin fondos.
Para finalizar, como también han comentado antes, podríais echar un ojo si es que existe algún tipo de convenio colectivo en su puesto de trabajo y de ser así mirar las tablas salariales a ver si la pagan como corresponde, si así no fuera, vuelta a realizar una reclamación de cantidades.
Saludos.
Nada que añadir, excepto que en el periodo de prueba cualquiera de las partes se puede ir sn más, de un dia para otro, sin que eso impida cobrar el finiquito (dias trabajados hasta la fecha, y parte proporcional de pagas y vacaciones). Como por lo general este periodo suele ser entre 15 y 30 dias, la cantidad no sube mucho, pero es del trabajador.

Al igual que lo típico de «vente un dia de prueba y si nos gustas te contratamos», si, si, vale, pero ese dia hay q pagarlo. No es gratis.

Y ya que estamos, perdon por aprovechar el hilo, pero ¿como podria demostrarse o a quien se va con la denuncia del tema horas contratadas/pagadas? Es decir, yo 6 dias, mas de 40 horas y me cotizan 20. Me pagan, mal, a la sazon de 40, encima. En el caso de que quisiera denunciar ¿Como ppdria demostrar que efectivamene hago mas de 20 horas?

Clientes y proveedores los conozco, claro, pero no se bien el procedmiento

Saludos y perdon por el aprovechamiento XD
Z_Type escribió:Nada que añadir, excepto que en el periodo de prueba cualquiera de las partes se puede ir sn más, de un dia para otro, sin que eso impida cobrar el finiquito (dias trabajados hasta la fecha, y parte proporcional de pagas y vacaciones). Como por lo general este periodo suele ser entre 15 y 30 dias, la cantidad no sube mucho, pero es del trabajador.

Al igual que lo típico de «vente un dia de prueba y si nos gustas te contratamos», si, si, vale, pero ese dia hay q pagarlo. No es gratis.

Y ya que estamos, perdon por aprovechar el hilo, pero ¿como podria demostrarse o a quien se va con la denuncia del tema horas contratadas/pagadas? Es decir, yo 6 dias, mas de 40 horas y me cotizan 20. Me pagan, mal, a la sazon de 40, encima. En el caso de que quisiera denunciar ¿Como ppdria demostrar que efectivamene hago mas de 20 horas?

Clientes y proveedores los conozco, claro, pero no se bien el procedmiento

Saludos y perdon por el aprovechamiento XD


Me imagino que lo suyo es ir a inspección de trabajo y poner una denuncia, ya despues se pasaran ellos por tu trabajo, lo suyo es que te pillen fuera de la que seria tu jornada en contrato, y cuando te pregunten que les digas que trabajas más horas de las que pone el contrato.

Aunque esperate putadas varias o el despido por parte de tu jefe al realizar esto ^^.
Pues es que depende de cada trabajo. En algunos se ficha y ahí ya queda constancia, en otros, pues a tirar de testigos, no queda otra. En sitios grandes suele haber registros de los encargados, calendarios laborales, fichas y demás, pero en pequeñas empresas pues cada una es un mundo.

Al OP, pues lo que le dicen, su chavala no tiene que firmar nada que no sea la rescisión del contrato y el finiquito, y en ese caso lo que tiene que poner en cualquier papel donde estampe la firma es:

fecha (importantísimo)

Recibí, no conforme. Ésta es la frase clave. Así un documento de aceptación del finiquito se transforma en tan solo un documento que certifica que te han dado el papel del finiquito, pero no te compromete a absolutamente nada más. Generalmente cuando te dan el finiquito nunca sabes si te han hecho bien o no las cuentas y necesitas un tiempo para repasarlas y ver que todo está correcto, así que es una fórmula que hay que emplear SIEMPRE que se recibe un finiquito. Luego, una vez revisadas las cuentas, uno puede reclamar o si está conforme dejarlo estar, pero por principio SIEMPRE hay que poner lo de recibí, no conforme, para no pillarse los dedos.

Y, por supuesto, la firma.
flipe escribió:Si firma una carta de renuncia a ojos de la ley es ella quien renuncia al contrato, entonces el finiquito pasa automáticamente a ser 0, o al menos eso tengo entendido, ademas de que si tuviera derecho a paro no podria cobrarlo. Que alguien me rectifique si voy equivocado pero creo que es asi.


El finiquito se cobra siempre, sea quien sea quien finalice la relación laboral.
Porque el finiquito NO es una indemnización. Es un prorrateo de las pagas extras y las vacaciones no disfrutadas.

Cuando el trabajador renuncia voluntariamente al empleo, obviamente no tiene derecho a indemnización alguna.
Pierde además el derecho a demandar una prestación por desempleo (si es que se va al desempleo y no causa baja por irse a otra empresa). Esos son los inconvenientes de una baja voluntaria.

Obviamente, en el caso del OP, el finiquito será una ridiculez, pero tiene derecho a cobrarlo, claro está. Sean los euros que sean, son de su chica, que se los ha ganado.
loraxx escribió:Nada que añadir que no hayan dicho ya. No hay que hacer ningún escrito renunciando a nada, quiere volver a timar a tu pareja, que se niegue rotundamente. Se puede dar por extinguido el contrato por no superar el periodo de prueba de un mes, obviamente han de liquidar la nómina, más la parte proporcional de las pagas y vacaciones no disfrutadas. Cuando vayan a ofrecerle dicha liquidación que ponga NO CONFORME y que firme( puede hacerlo siempre que ponga lo dicho junto a la firma), después ya podéis hacer cuentas y si nos os cuadran realizar una reclamación de cantidades, ante la cual tenéis un año de plazo para realizarla desde que se emita la liquidación.
Muy importante también, si no les dan la pasta en mano o le han hecho un ingreso en cuenta antes de firmar nada, por mucho que le den un cheque en mano, que ponga PENDIENTE DE COBRO, no sería la primera vez que pasan un cheque sin fondos.
Para finalizar, como también han comentado antes, podríais echar un ojo si es que existe algún tipo de convenio colectivo en su puesto de trabajo y de ser así mirar las tablas salariales a ver si la pagan como corresponde, si así no fuera, vuelta a realizar una reclamación de cantidades.
Saludos.

Lo del cheque sin fondos es delito, por lo que yo el cheque lo cojo y si va sin fondos encima les meto un puro. Vamos que la trampa la dejo puesta y se se pillan los dedos ya negociaremos como solucionarlo todo ;-)

Midiendo si vale la pena y tal, claro. Pero ante un sitio donde dice el OP que ha habido malos tratos o vejacion, lo mejor es cubrirse, por si acaso.
basicamente lo que ya ha quedado dicho en el hilo.

de todos modos, contesto a los 4 puntos:

Hokorijin escribió:Ahora las dudas...
Primero, lo estamos haciendo bien? Ella no ha de escribir ninguna carta renunciando a nada, no?
Segundo, en un contrato de tres meses con uno de práctica pueden no renovarla después de ese período de práctica o ha de extinguirse el contrato a los tres meses sí o sí?
Tercero, cuando ella se vaya del gimnasio, qué ha de firmar? ha de firmar algo? me imagino que le darán algo para firmar que conste que ella ya no trabaja allí, pero no sé el qué... (una carta que ponga "la empresa rescinde el contrato de ella"?)
Y cuarto... hay algo denunciable en todo este proceso? Aclaro que la comunicación sobre este tema entre mi chica y su jefe es vía mail, así que lo tenemos todo bien guardadito y a buen recaudo.


1.- si. estais haciendo bien.

no. ella no debe firmar ninguna carta renunciando a nada.

2.- no existe ese concepto de renovacion. y no necesariamente tendria que continuar hasta completar los 3 meses.

el tema es que hay establecido un periodo de prueba. durante ese periodo de prueba, para que lo entiendas facil "el despido es libre e inmediato", es decir, que puede ser de un dia para el siguiente (incluso, de un minuto para el siguiente, en plan "eh tu, si, tu: te vas. recoge tus cosas" y punto, y es legal). y como te han dicho, es asi para las dos partes. es decir, tu chica tambien le podia haber dicho al jefe "me voy" y salir por la puerta con la misma. y seguiria teniendo derecho al finiquito (en ese caso, no al paro, como tambien te han comentado).

en el caso de haber pasado ese primer mes, si el despido se hubiera producido mas adelante, ahi si se podria entrar a discutir procedencia o improcedencia del despido y una posible reclamacion de las cantidades correspondientes al periodo de tiempo no trabajado... pero eso depende del contrato y del convenio, incluso aunque se de el caso.

3.- lo de la firma ya te lo han dicho varios compañeros. puede firmarlo todo como "recibi, no conforme" y firmar.

adicionalmente: es posible cerrarse en banda y no firmar absolutamente nada. se puede continuar el procedimiento haciendo firmar a dos testigos. (a tu chica le dan la carta de despido y el finiquito como si los hubiera firmado ella, y au).

de hecho tambien se puede despedir por burofax (te envian los papeles por burofax y como has tenido que identificarte y firmar para recibirlos, esa firma cuenta como la de la recepcion de la carta). en un futuro hasta se podra despedir por email si pueden recoger tu firma o certificado digital de alguna manera. pero bueno. olvida eso ultimo por ahora :-P

habitualmente se dan a firmar dos papeles: la carta de despido (donde te describen que te despiden y porqué te despiden) y la liquidacion o finiquito, que es parecido a una nomina y donde se detalla lo que se le paga al terminar la relacion laboral por los motivos que corresponda (parte proporcional del mes, de las pagas extras, de las vacaciones no disfrutadas, etc.). en ocasiones hay alguno mas pero lo normal son solo esos dos.

ojo a leerlo bien y no firmar (o como mucho, firmar "recibi, no conforme") cualquier otra cosa o cualquier papel o carta que tenga cualquier parrafo raro, sobre todo cualquiera donde ponga "renuncio a loquesea". de hecho estos rollos que estas contando de cartas que le dan a firmar es para eso, para que renuncie a una accion legal que podria emprender. se quieren cubrir las espaldas y recurren al "tienes que firmar esto para que te podamos dar el finiquito" y cuentos de terror similares

4.- probablemente. eso seria conveniente discutirlo con un abogado laboralista.

Z_Type escribió:Y ya que estamos, perdon por aprovechar el hilo, pero ¿como podria demostrarse o a quien se va con la denuncia del tema horas contratadas/pagadas? Es decir, yo 6 dias, mas de 40 horas y me cotizan 20. Me pagan, mal, a la sazon de 40, encima. En el caso de que quisiera denunciar ¿Como ppdria demostrar que efectivamene hago mas de 20 horas?


las trampas con horas de cotizacion es un tema peliagudo. acude a un abogado del tema.

es muy posible que necesites el testimonio de alguien de dentro que diga que lo que tu dices es como tu dices, y no como dice la empresa/los papeles.

en principio, para el juzgado, lo que cuenta es lo que cuenten los papeles. asi que si los papeles ponen que cotizaste 20 horas, al estado ni le consta ni le puede constar otra cosa.

una inspeccion de trabajo tambien puede ayudarte, el inspector puede preguntar a trabajadores por su situacion y comparar lo que le dicen con la documentacion, y detectar irregularidades.

busca un buen abogado del tema. el te dira que debes hacer exactamente. y suerte.
En el periodo de prueba cualquiera de las partes (trabajador o empresa) puede romper el contrato (art. 14 del estatuto de los trabajadores). Vamos que si firma un papel diciendo que estando en periodo de prueba no quiere seguir con la relación laboral y tal no tendrá ningún problema, pero vamos no tiene porque hacerlo. Otra cosa bien distinta es hacerlo fuera del periodo de prueba.
eso es redundante. ¿que sentido tiene hacerte firmar un papel que solo repite lo que ya pone el contrato?

si insisten en que se firme un papel nuevo es porque añaden algo.
Bueno, gracias a todos por las respuestas.

Más o menos estamos haciando lo que habéis expuesto, pero hemos aprendido la fórmula "Recibí. No conforme". Gracias de nuevo.

A ver qué tal va todo...
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