Duda laboral

No sé si esto va mejor en misce o aquí... Pero bueno, por aquí miro más a menudo xD

A ver... En todos los convenios hay un máximo de horas trabajadas efectivas al año, en mi caso, 1765. Ahora bien, todos tenemos la duda de si los días de vacaciones cuentan para ese cómputo de horas. Nuestro coordinador nos ha dicho que no, que no cuentan, por lo que (encima) debemos horas. Si contamos las vacaciones todos nos pasamos de horas, pero si no las contamos no llegamos. Eso sí, en el convenio pone que son horas MÁXIMAS, por lo que entiendo que si no llegamos porque el cuadrante simplemente ha cuadrado así, pues no pasa nada.


Yo según lo que he encontrado por internet, he visto que es cierto que no se cuentan, pero aquí la gente dice que sí, y bueno, si tienen razón imagino que estaría bien quejarse.
Donde estaba al año hacíamos 1705 horas anuales, eran horas de trabajo y no incluían vacaciones ni enfermedad, día que no iba si en el calendario anual tenia que ir tenia que recuperar las horas otro día. Si tienes dudas habría que hablarlo con el comité.
Flash78 escribió:Donde estaba al año hacíamos 1705 horas anuales, eran horas de trabajo y no incluían vacaciones ni enfermedad, día que no iba si en el calendario anual tenia que ir tenia que recuperar las horas otro día. Si tienes dudas habría que hablarlo con el comité.

¿Qué comité? xDD

Esa es la gracia, no tenemos a nadie que nos informe a parte de la propia empresa, y como que no nos fiamos.
Son días de trabajo, no cuentan las vacaciones. El convenio solo marca el máximo, el número de horas que no podéis superar, como es lógico. Las que tenéis que hacer son las que marca tu contrato (45 horas semanales, 20 mensuales, las que sean que firmarais cada uno..) sin superar nunca el total que marca el convenio (las 1765 al año que has dicho).
No cuentan las horas de vacaciones. Como bien indica el convenio, el máximo que podéis hacer es de 1765 horas al año.
wannda escribió:Son días de trabajo, no cuentan las vacaciones. El convenio solo marca el máximo, el número de horas que no podéis superar, como es lógico. Las que tenéis que hacer son las que marca tu contrato (45 horas semanales, 20 mensuales, las que sean que firmarais cada uno..) sin superar nunca el total que marca el convenio (las 1765 al año que has dicho).

El problema es que trabajamos por turnos, por lo que contarlo por semanas no es muy real. Creo que venía por semanas en el contrato.

Tampoco tenemos un convenio que se ajuste a los turnos que tenemos xD

Pero vamos, veo que es cierto que no cuentan las vacaciones, entonces no llegamos al máximo de horas.
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