DUDA LABORAL

Hola,

Ante todo decir que este tema ya está en manos de un abogado y hay juicio para Septiembre y todo, pero visto cómo se ha dado todo tengo dudas... y me gustaría saber vuestras opiniones.

Resulta que a una persona muy cercana a mi y ya mayor que trabaja en el gremio de la limpieza le han cambiado el horario y el puesto de hoy para mañana. Yo, como en otros casos parecidos que he gestionado, le he recomendado que pida la extinción del contrato (despido) acorde al artículo 41.3 del estatuto de los trabajadores al no aceptar el cambio sustancial que se le propone ya que esta persona se iría al paro 2 años con una indemnización aceptable, luego cobraría un año aprox la prestación para mayores y ya se jubilaría... y además, no quiere seguir en esa empresa de ninguna manera... quiere que la echen si o si.

Decir también que esta persona tiene reconocido por escrito el lugar de trabajo y la jornada por lo que el cambio sustancial de condiciones está claro.

En todos los casos que he gestionado como este, la empresa o ha reconocido el cambio y por lo tanto ha ejecutado el despido o, si ha habido denuncia (como en este caso), llegado el acto de conciliación han conciliado... pero aquí no... no hay noticias por parte de esta gente y vamos a llegar al juicio.

Además, cuando hablo con los abogados, ninguno es optimista con el tema... siempre me salen con el "depende de lo que interprete el juez".

Para mi el caso es muy claro... pero la verdad es que ya me están haciendo dudar... Ahora mismo la persona se ha cogido una baja porque la verdad es que hacía mucho tiempo que estaba yendo a trabajar con dolores y todos le dijimos que ahora ni se lo pensara... así que fue al médico y, obviamente, le dieron una baja... Y hemos tenido suerte porque el juicio ha salido muy rápido... porque si no, te toca joderte y comerte el nuevo horario hasta el juicio... Con suerte, con la baja llegaremos al juicio y no sufrirá en ese aspecto.

Alguna opinión al respecto?? Alguna experiencia negativa en un caso parecido??

Gracias!!
Pues como te han dicho los abogados, dependerá de lo que interprete el juez como cambio sustancial, si me dices que por ejemplo trabajaba en el edificio A y le han cambiado al edificio B que está 10 minutos más lejos que el A y que el horario ahora es en vez de 10 a 14 es de 12 a 16, no hay un cambio sustancial, hay un cambio pero yo no vería nada grave, pero vamos según el estatuto le tienen que avisar con mínimo 15 días de antelación y es posible que de ahí pueda sacar algo
Plage escribió:Pues como te han dicho los abogados, dependerá de lo que interprete el juez como cambio sustancial, si me dices que por ejemplo trabajaba en el edificio A y le han cambiado al edificio B que está 10 minutos más lejos que el A y que el horario ahora es en vez de 10 a 14 es de 12 a 16, no hay un cambio sustancial, hay un cambio pero yo no vería nada grave, pero vamos según el estatuto le tienen que avisar con mínimo 15 días de antelación y es posible que de ahí pueda sacar algo


Básicamente tenía horario de lunes a viernes en unos horarios fijos en un punto de trabajo y la han cambiado a Lunes a Domingo mas festivos con solo un día rotativo de descanso y a mas de 25 kms del anterior puesto en otra empresa.

Yo no veo por dónde defenderlo, la verdad... el cambio que indicas arriba aunque seguiría siendo un cambio sustancias según el artículo 41, podría interpretarse como bien dices, pero en este caso es que no se dónde se puede ver la duda.

El aviso se hizo con los días correspondientes, por ahí está claro el asunto.
srkarakol escribió:
Plage escribió:Pues como te han dicho los abogados, dependerá de lo que interprete el juez como cambio sustancial, si me dices que por ejemplo trabajaba en el edificio A y le han cambiado al edificio B que está 10 minutos más lejos que el A y que el horario ahora es en vez de 10 a 14 es de 12 a 16, no hay un cambio sustancial, hay un cambio pero yo no vería nada grave, pero vamos según el estatuto le tienen que avisar con mínimo 15 días de antelación y es posible que de ahí pueda sacar algo


Básicamente tenía horario de lunes a viernes en unos horarios fijos en un punto de trabajo y la han cambiado a Lunes a Domingo mas festivos con solo un día rotativo de descanso y a mas de 25 kms del anterior puesto en otra empresa.

Yo no veo por dónde defenderlo, la verdad... el cambio que indicas arriba aunque seguiría siendo un cambio sustancias según el artículo 41, podría interpretarse como bien dices, pero en este caso es que no se dónde se puede ver la duda.

El aviso se hizo con los días correspondientes, por ahí está claro el asunto.


como te dicen, a ver por donde sale el juez, ya que quiere sonarme alg de que no podian mandarte a mas de X Km unilateralmente, pero no encuentro nada al respecto, y el tema del horario, habria que mirar que dice el contrato, que una cosa es que tengas X horario y otra que el contrato diga que tu horario puede englobar otro rango horario mas amplio.

edit: lo unico que si veo es que tienen que avisarte con antelacion de los cambios
rolento escribió:como te dicen, a ver por donde sale el juez, ya que quiere sonarme alg de que no podian mandarte a mas de X Km unilateralmente, pero no encuentro nada al respecto, y el tema del horario, habria que mirar que dice el contrato, que una cosa es que tengas X horario y otra que el contrato diga que tu horario puede englobar otro rango horario mas amplio.

edit: lo unico que si veo es que tienen que avisarte con antelacion de los cambios


El contrato es claro indicando horarios fijos y lugar de trabajo, por ahí no hay duda. De todos modos por arrojar un poco de luz.

El artículo 41 del estatuto de los trabajadores te indica que la empresa puede realizar cambios sustanciales en las condiciones de un trabajador si lo justifica... el cambio se ha hecho correctamente porque hay circunstancias que lo avalan.

El tema viene por el punto 3 de dicho artículo en el que el trabajador puede decidir no aceptar dicho cambio aunque esté justificado. Y tiene derecho al despido con una indemnización de 20 días por año trabajado hasta 9 mensualidades.

Es decir, la empresa ha hecho bien... el cambio está justificado y lo ha comunicado en tiempo y forma, ahora lo que pedimos es que se reconozca el derecho de la otra parte a no aceptarlo y ser despedido.
@srkarakol

En que te basas para afirmar categóricamente que no habra acuerdo antes del juicio?¿

Es que me huele a eso y es lo que yo haría sinceramente, apretar y antes de juicio poner sobre la mesa la oferta que mas me interese.

Haciendo el cabron de esta forma gano 2 cosas :
- presiono hasta el último momento y desgasto tanto económicamente como psicológicamente.
-creo una mayor predisposición a un acuerdo más favorable a mi favor .

Si es una cabronada pero esto funciona asi y tu lo sabes seguro pero te toca de cerca y pierdes (como es logico) la perspectiva.

Espero que todo se solucione de la forma más favorable.
Galigari escribió:@srkarakol

En que te basas para afirmar categóricamente que no habra acuerdo antes del juicio?¿

Es que me huele a eso y es lo que yo haría sinceramente, apretar y antes de juicio poner sobre la mesa la oferta que mas me interese.

Haciendo el cabron de esta forma gano 2 cosas :
- presiono hasta el último momento y desgasto tanto económicamente como psicológicamente.
-creo una mayor predisposición a un acuerdo más favorable a mi favor .

Si es una cabronada pero esto funciona asi y tu lo sabes seguro pero te toca de cerca y pierdes (como es logico) la perspectiva.

Espero que todo se solucione de la forma más favorable.


Si, es una de las opciones pero, en este caso, no es la mas favorable cara a la empresa teniendo en cuenta que la trabajadora lleva 2 meses de baja y, dadas sus circunstancias, la baja puede alargarse muuuuuucho... ergo la empresa está palmando pasta cada día que pasa.

Sobre el desgaste económico... no es así. En estos casos (al menos los que he gestionado yo y este en particular), el abogado suele cobrar el 10% de lo que saque en el acuerdo independientemente de si es por conciliación o en juicio por lo que nos va a costar lo mismo conciliar ahora que esperar al juicio.

Gracias, en todo caso, por la opinión y por el apoyo.
No sería el 1er juicio donde la empresa se espera hasta el último minuto en el juzgado para llegar a un acuerdo.
Duqe escribió:No sería el 1er juicio donde la empresa se espera hasta el último minuto en el juzgado para llegar a un acuerdo.


Si, cómo bien dice @Galigari es una técnica de desgaste y es hasta comprensible según los casos.

En fin, la suerte que hemos tenido es que el juicio ha salido pronto, hay casos en los que tardan mas de un año en salir. De momento, a alargar la baja todo lo que se pueda porque hay razones objetivas y, de hecho, debería haberla cogido hace ya mucho tiempo. Al final, mirar por la empresa no sirve de nada.
@srkarakol Una cosa, no se supone que antes del juicio hay un acto de conciliación? Porque por lo que veo, la empresa lo ha hecho todo bien, excepto por lo que entiendo, que no quieren rescindir el contrato para no pagarle la indemnización, yo es que pensaba que la empresa había hecho algún paso mal
Plage escribió:@srkarakol Una cosa, no se supone que antes del juicio hay un acto de conciliación? Porque por lo que veo, la empresa lo ha hecho todo bien, excepto por lo que entiendo, que no quieren rescindir el contrato para no pagarle la indemnización, yo es que pensaba que la empresa había hecho algún paso mal


Si, hubo un acto de conciliación al que no se presentaron.

Sobre si la empresa lo ha hecho bien o mal... pues está en su derecho de hacer ese cambio sustancial, pero el trabajador también está en su derecho de no aceptarlo, por lo que, desde mi punto de vista, lo está haciendo mal porque está vulnerando el derecho de la trabajadora a no aceptarlo... pero como los convenios suelen ser mas favorables para las empresas, pues la empresa puede callarse hasta el juicio sin que tenga sanción por ello y obligar a la trabajadora a cumplir los cambios propuestos por sus santos cojones porque si no se presenta a su nuevo puesto pueden hacerle un despido disciplinario sin indemnización... y luego habría que ir a juicio igualmente para reclamar la indemnización por cambio sustancial... vamos, que está todo hecho, como siempre, para que el trabajador sea la parte presionada.

Vamos que eso de que lo ha hecho todo bien... pues bueno... si vulnerar los derechos de un trabajador es hacerlo bien... digamos que, de momento, no hay nada ilegal porque no hay una resolución judicial. Ahora mismo la empresa habría hecho algo mal "presuntamente" como se suele decir... y de hecho, por eso mismo, hay una denuncia.

Yo lo que he hecho en otros casos es recomendar al trabajador que se presentase en su antiguo puesto/horario y así defender que él o ella estaban cumpliendo con sus funciones y que no hubiese base para el disciplinario... pero en este caso no se puede porque depende de una tercera parte que es la empresa a la que va a limpiar.
@srkarakol Ok, yo cuando he dicho que no ha hecho nada mal, me refiero a los pasos para notificar el cambio, obviamente si en el estatuto pone que está en su derecho a rechazar el cambio y la empresa no quiere por tener que pagarle una indemnización, obvio que eso está mal, pero supongo que se la querrán jugar a ver que dice el juez o como dicen más arriba intentar hacer presión
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