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100-in-1 escribió:Hace cosa de unos 10 meses fallecio mi padre (dep) con quien no tenia apenas relacion, pero aun asi en el testamento yo figuraba como unico heredero. Lo unico que tenía basicamente era el dinero del banco pero almenos no tenía deudas.
Revisando las cuentas bancarias (el banco al ser el heredero me facilita esa informacion) he visto que unos 6 meses antes de fallecer hizo una transferencia bancaria a quien era su persona cuidadora en ese momento de un valor de unos 9000 euros aprox. No era todo su dinero pero sí una buena parte.
Por un lado me han aconsejado que este dinero lo puedo reclamar porque seria como apropiacion indebida o levantamiento de bienes, ya que al ser el unico heredero ese dinero deberia corresponderme a mí y ese movimiento se hizo sin informarme a mí, pero por el otro me han dicho que si ese movimiento se hizo en vida, lo hizo él mismo y no fue otra persona que sacó el dinero y no puedo demostrar que mi padre no estuviera en plenas facultades psíquicas, poco puedo hacer, ya que yo soy heredero de sus pertenencias a partir del momento en que fallece y no antes.
Conocéis de algun caso parecido, sabeis algo al respecto?
GXY escribió:lo que te esta diciendo (entiendo) es que si fue dado como donacion si tendrias derecho a reclamar, pero precisamente hicieron transferencia simple, que eso no paga nada por ninguna parte
100-in-1 escribió:Pero eso se puede argumentar o defender, si fue voluntariamente? Sería la palabra del beneficiario contra mí, el legítimo heredero. Yo siempre puedo alegar que mi padre no sabía lo que hacía, pero claro, de nuevo, sería su palabra contra la mía.
Honestamente, yo creo que aquí poco puedo rascar si además fue la voluntad real de mis padre, pero hay gente que me dicen que lo "luche", y yo tengo dudas de si tiene ningún recorrido legal.
En cuanto a la no relación con mi padre, digamos que nos maltrató bastante a mi madre y a mí cuando ésta aún vivía, y de ahí que si puedo rascar algo de dinero "por lo menos", pero cierto es también que no sé nada de esa supuesta persona cuidadora.
100-in-1 escribió:Entonces, a ver si lo he entendido.
Por ley, si él tenía 17000 y da 9000, quedando de herencia 8000, como 2/3 de 17000 es 11300, podría reclamar 3300 euros?
Me parece contradictorio lo que dice por un lado GXY de que tengo poco que reclamar pero luego eso de que 2/3 de lo que tenía antes de la donación me pertenecerían por herencia legítima.
yo no me quiero meter en temas que no son mios pero cuando en una herencia aunque tengas uno unico heredero si cortan una relacion con determinadas personas es por algo vosotros tendreis vuestras razones y el las suyas o algun tipo de rencor, depende por el lado que se mire lo veras de una manera u otra ya que aqui ninguno sabemos nada de vuestra vida , si se lo deja a otra persona pues a ver como demuestras que no estaba en plenas facultades mentales y si deja testamento ahi si que nada puedes hacer. seguramente la persona que lo cuidadaba algo sabria del asunto asique seria su palabra contra la tuya, que puedas rascar algo pues podria porque te pertenecerían por herencia legítima ahora i quieres gastar dinero en abogados para cuatro duros. de todos modos yo con alguien que tengo relacion cero si me las hizo pasar putas como dices es que ni me molestaria buscar lar vueltas por unos billetes, vamos lo que me gano en salud mental.100-in-1 escribió:Pero eso se puede argumentar o defender, si fue voluntariamente? Sería la palabra del beneficiario contra mí, el legítimo heredero. Yo siempre puedo alegar que mi padre no sabía lo que hacía, pero claro, de nuevo, sería su palabra contra la mía.
Honestamente, yo creo que aquí poco puedo rascar si además fue la voluntad real de mis padre, pero hay gente que me dicen que lo "luche", y yo tengo dudas de si tiene ningún recorrido legal.
En cuanto a la no relación con mi padre, digamos que nos maltrató bastante a mi madre y a mí cuando ésta aún vivía, y de ahí que si puedo rascar algo de dinero "por lo menos", pero cierto es también que no sé nada de esa supuesta persona cuidadora.
100-in-1 escribió:Entonces, a ver si lo he entendido.
Por ley, si él tenía 17000 y da 9000, quedando de herencia 8000, como 2/3 de 17000 es 11300, podría reclamar 3300 euros?
Me parece contradictorio lo que dice por un lado GXY de que tengo poco que reclamar pero luego eso de que 2/3 de lo que tenía antes de la donación me pertenecerían por herencia legítima.
100-in-1 escribió:¿Y como se diferencia una donación de un pago por cuidarle? ¿Un pago por cuidarle debería tener alguna declaración legal? Porque por lo que he entendido sí, y esto solo es una transferencia única con el concepto breve concepto de cuidados, sin ninguna otra justificación.
martuka_pzm escribió:Pues se diferencia en si le está regalando dinero o le está pagando. La diferencia es clara.
Otra cosa es que sólo ellos lo sepan porque serán los que lo han hablado.
Si tú trabajas sin contrato y te pagan no te están donando dinero, te están pagando un sueldo. Otra cosa es que no estén cumpliendo con la legalidad en materia laboral, pero el dinero es un sueldo.
100-in-1 escribió:¿Y como se diferencia una donación de un pago por cuidarle?
martuka_pzm escribió:100-in-1 escribió:¿Y como se diferencia una donación de un pago por cuidarle? ¿Un pago por cuidarle debería tener alguna declaración legal? Porque por lo que he entendido sí, y esto solo es una transferencia única con el concepto breve concepto de cuidados, sin ninguna otra justificación.
Pues se diferencia en si le está regalando dinero o le está pagando. La diferencia es clara.
Otra cosa es que sólo ellos lo sepan porque serán los que lo han hablado.
Si tú trabajas sin contrato y te pagan no te están donando dinero, te están pagando un sueldo. Otra cosa es que no estén cumpliendo con la legalidad en materia laboral, pero el dinero es un sueldo.
LLioncurt escribió:En realidad no es ilegal el que no haya contrato por escrito. Otra cosa es que si no hay nada escrito, es automáticamente un contrato indefinido (no se pueden hacer contratos temporales ni de obra y servicio sin formalizarlo por escrito), pero un contrato verbal es totalmente válido y legal.
LLioncurt escribió:martuka_pzm escribió:100-in-1 escribió:¿Y como se diferencia una donación de un pago por cuidarle? ¿Un pago por cuidarle debería tener alguna declaración legal? Porque por lo que he entendido sí, y esto solo es una transferencia única con el concepto breve concepto de cuidados, sin ninguna otra justificación.
Pues se diferencia en si le está regalando dinero o le está pagando. La diferencia es clara.
Otra cosa es que sólo ellos lo sepan porque serán los que lo han hablado.
Si tú trabajas sin contrato y te pagan no te están donando dinero, te están pagando un sueldo. Otra cosa es que no estén cumpliendo con la legalidad en materia laboral, pero el dinero es un sueldo.
En realidad no es ilegal el que no haya contrato por escrito. Otra cosa es que si no hay nada escrito, es automáticamente un contrato indefinido (no se pueden hacer contratos temporales ni de obra y servicio sin formalizarlo por escrito), pero un contrato verbal es totalmente válido y legal.
Anfitrión escribió:@martuka_pzm
Dices que son simples matemáticas, pero me imagino que habrá otras circunstancias a tener en cuenta no?
Por ejemplo, yo que soy joven y tengo hijos: a mi ahora me va muy bien y le hago un regalo/donación a mi hermano de 20.000€.
A lo largo de los años voy perdiendo dinero por mi mala cabeza en los negocios, y 15 años después de la donación muero por que me cae un rayo dejando una birria de herencia.
Podrían mis herederos reclamar algo a mi hermano? O solo es cuando la muerte es previsible a corto plazo?
Torres escribió:GXY escribió:lo que te esta diciendo (entiendo) es que si fue dado como donacion si tendrias derecho a reclamar, pero precisamente hicieron transferencia simple, que eso no paga nada por ninguna parte
A mi cuando mis padres me hicieron la donación para comprar el piso me hicieron una transferencia de 200.000 euros y luego ya se fue a presentar el impuesto de sucesiones y donaciones..., al igual que en la herencia fue una transferencia...
Que presentes por otro lado el modelo y pagues el impuesto no quiere decir que el dinero no se mueva en una transferencia.., sino cómo carajo lo haces??
En cuanto al hilo...., tendrá sus razones.., pero nunca entenderé perder relación con un padre..., y si se ha desentendido de él y ha estado una persona cuidándole creo que se merece ese dinero
lalioparda escribió:Torres escribió:GXY escribió:lo que te esta diciendo (entiendo) es que si fue dado como donacion si tendrias derecho a reclamar, pero precisamente hicieron transferencia simple, que eso no paga nada por ninguna parte
A mi cuando mis padres me hicieron la donación para comprar el piso me hicieron una transferencia de 200.000 euros y luego ya se fue a presentar el impuesto de sucesiones y donaciones..., al igual que en la herencia fue una transferencia...
Que presentes por otro lado el modelo y pagues el impuesto no quiere decir que el dinero no se mueva en una transferencia.., sino cómo carajo lo haces??
En cuanto al hilo...., tendrá sus razones.., pero nunca entenderé perder relación con un padre..., y si se ha desentendido de él y ha estado una persona cuidándole creo que se merece ese dinero
Estoy leyendo todo y llegué a tu comentario. Mi padre cuando me regaló un piso en lugar de donación lo hizo mediante una figura legal llamada pacto de mejora , que sería como heredar en vida , con el beneficio legal de no pagar impuestos los primeros 400.000 euros (dependiendo de la comunidad autónoma). Eso no quita que tuviese que declarar igualmente ese pacto en la hacienda local de la comunidad en el plazo legal pero en mi caso con coste cero. Es que yo escucho donación y empiezo a temblar.
Aún así, creo que el gobierno va a modificar nuevamente los pactos de mejora para que si tributen.
Torres escribió:lalioparda escribió:Torres escribió:
A mi cuando mis padres me hicieron la donación para comprar el piso me hicieron una transferencia de 200.000 euros y luego ya se fue a presentar el impuesto de sucesiones y donaciones..., al igual que en la herencia fue una transferencia...
Que presentes por otro lado el modelo y pagues el impuesto no quiere decir que el dinero no se mueva en una transferencia.., sino cómo carajo lo haces??
En cuanto al hilo...., tendrá sus razones.., pero nunca entenderé perder relación con un padre..., y si se ha desentendido de él y ha estado una persona cuidándole creo que se merece ese dinero
Estoy leyendo todo y llegué a tu comentario. Mi padre cuando me regaló un piso en lugar de donación lo hizo mediante una figura legal llamada pacto de mejora , que sería como heredar en vida , con el beneficio legal de no pagar impuestos los primeros 400.000 euros (dependiendo de la comunidad autónoma). Eso no quita que tuviese que declarar igualmente ese pacto en la hacienda local de la comunidad en el plazo legal pero en mi caso con coste cero. Es que yo escucho donación y empiezo a temblar.
Aún así, creo que el gobierno va a modificar nuevamente los pactos de mejora para que si tributen.
Yo lo que no pague en la herencia fue el impuesto de sucesiones de los primeros 400.000 euros como dices.., sólo de la parte que excedía. Pero en la donación era desde cero. A nosotros para no pagar el impuesto lo que nos dijeron fue que hiciésemos un contrato como que se lo iba a devolver y tal pero preferimos pagarlo para ahorrarnos líos… De lo que comentas no tengo nidea.., nadie nos dijo nada pero me extraña mucho que te puedas saltar un impuesto tan fácilmente
martuka_pzm escribió:@Torres al final te hubiera salido parecido (dependiendo del tipo concreto al que se graven sucesiones y donaciones).
Si haces 200.000 en vida con cargo a la herencia estarán exentos.
Luego heredas otros 800.000 y pagas sucesiones sobre 600.000 porque ya habías “gastado” 200.000 exentos.
Si por los primeros 200.000 pagas donaciones, cuando recibas 800.000 tendrás la mitad exentos.
Al final del millón has pagado impuestos por 600.000
También hay que tener en cuenta que el convenio Vasco va a su bola en muchas cosas. En esta probablemente también xD
martuka_pzm escribió:@Torres al final te hubiera salido parecido (dependiendo del tipo concreto al que se graven sucesiones y donaciones).
Si haces 200.000 en vida con cargo a la herencia estarán exentos.
Luego heredas otros 800.000 y pagas sucesiones sobre 600.000 porque ya habías “gastado” 200.000 exentos.
Si por los primeros 200.000 pagas donaciones, cuando recibas 800.000 tendrás la mitad exentos.
Al final del millón has pagado impuestos por 600.000
También hay que tener en cuenta que el convenio Vasco va a su bola en muchas cosas. En esta probablemente también xD
lalioparda escribió:martuka_pzm escribió:@Torres al final te hubiera salido parecido (dependiendo del tipo concreto al que se graven sucesiones y donaciones).
Si haces 200.000 en vida con cargo a la herencia estarán exentos.
Luego heredas otros 800.000 y pagas sucesiones sobre 600.000 porque ya habías “gastado” 200.000 exentos.
Si por los primeros 200.000 pagas donaciones, cuando recibas 800.000 tendrás la mitad exentos.
Al final del millón has pagado impuestos por 600.000
También hay que tener en cuenta que el convenio Vasco va a su bola en muchas cosas. En esta probablemente también xD
Puede ser eso que dices, con la salvedad que, sin entrar en casos concretos , la palabra donación suele llevar aparejado más impuestos o cargos que una herencia o pacto de mejora ( heredar en vida).
@GXY
Muy buen análisis de la situación actual. Pero luego nos dice la carta magna que no se pueden crear desequilibrios económicos entre las diferentes comunidades autónomas. De risa.
Estoy prácticamente de acuerdo en todo lo que dices. Saludos.