Lo único que se me ocurre es que pruebes en la oficina del Servicio de Empleo correspondiente a la empresa donde te hicieron ese contrato, por si tuvieras MUCHA SUERTE, y tengan allí esa copia del contrato.
Aunque puede ser que ni siquiera exista copia del contrato, ya que las empresas únicamente están obligadas a comunicar al INEM la realización de los contratos, y desde hace años esa comunicación se puede hacer a través de internet, y en el caso de contratos a jornada parcial, solamente se indicaba el coeficiente de jornada respecto a la jornada completa.
El INEM no es más que un censo en este sentido.
rhipone escribió:diles que los documentos no tienen porque guardarse por mas de 3 años a excepcion de los documentos de informes policiales sin cerrar.
asi que diles que si tanto te piden que muevan el culo y que en el ordenador lo vean, que no tienes porque guardarlo
Bueno, en este caso, los contratos a tiempo parcial se deben guardar hasta seis años, precisamente por este motivo.
Otros documentos que hay que guardar más de tres años, en el caso de empresas, son las facturas emitidas y recibidas, por ejemplo.
Y repito que el INEM no es más que un censo, y que puede ser que no se haya llevado a sellar físicamente el contrato allí, por lo que lo más normal es que no figure la distribución de la jornada.
A
n8mare también le valdría una certificación por parte de la empresa de la distribución de la jornada, pero como ya no existe, por ahí tampoco tiene mucho que hacer.
En la oficina de la Seguridad Social no se guardan copias de contratos ni de lejos.
Mucho me temo que te quedarás con seis meses de paro.