Duda puntual sobre contrato alquiler (duración)

Hola
Si hoy firmase un contrato de alquiler por 3 años (por imposición del propietario del inmueble) ¿tengo derecho a quedarme 5 años?

Lo digo por no discutir en la negociación... Le digo, ok, firmo 3 años pero sabiendo que cuando quiera hacer un nuevo contrato dentro de 3 años (para subirme el alquiler OTRA VEZ) podré decirle que no, que tengo derecho a 5 años.
¿Es así?

Muchas gracias por las respuestas.
Un saludo.
(mensaje borrado)
Hasta donde sé, cualquier contrato igual o superior al año firmado desde el nuevo Real Decreto puede prorrogarse por cuenta del arrendatario hasta los 5. Te podrían subir anualmente el incremento del IPC como mucho.

El Real Decreto-Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler
A) Duración y Prórrogas

La duración mínima del arrendamiento es la auténtica punta de lanza de esta ley. No sólo, se vuelve al régimen del 94 sino que se incrementa la protección que esta ley otorgaba al arrendatario. Como nuestro título, con freno y marcha atrás.

La nueva ley amplia de 3 a 5 años la duración mínima obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda. Es decir, vuelve al régimen existente previa a la reforma del 2013.


https://www.ilpabogados.com/la-nueva-le ... anos-2019/
@Korso10
Lo de la subida anual del IPC lo doy por hecho, eso no es problema ninguno. MI duda es si al llegar el final del contrato de 2, 3 o 4 años (por ejemplo) podría, legalmente, echarme al no aceptar realizar un nuevo contrato por considerar extinto el de 3 años.
Gracias.
logitech888 escribió:@Korso10
Lo de la subida anual del IPC lo doy por hecho, eso no es problema ninguno. MI duda es si al llegar el final del contrato de 2, 3 o 4 años (por ejemplo) podría, legalmente, echarme al no aceptar realizar un nuevo contrato por considerar extinto el de 3 años.
Gracias.


No, solo podría echarte para ocupar él mismo la vivienda o un familiar de primer grado.
LLioncurt escribió:
logitech888 escribió:@Korso10
Lo de la subida anual del IPC lo doy por hecho, eso no es problema ninguno. MI duda es si al llegar el final del contrato de 2, 3 o 4 años (por ejemplo) podría, legalmente, echarme al no aceptar realizar un nuevo contrato por considerar extinto el de 3 años.
Gracias.


No, solo podría echarte para ocupar él mismo la vivienda o un familiar de primer grado.


Exactamente eso es lo que creía. Menos mal, me quedo más tranquilo.
Gracias.
Tu puedes alargar el contrato hasta los 5 años con la ley actual
Con la ley actual: 5 años si es particular y 7 años si es persona juridica.

Solo estás obligado a ceder el inmueble del piso, por necesidad del arrendador o de un familiar en primer grado.
logitech888 escribió:
LLioncurt escribió:
logitech888 escribió:@Korso10
Lo de la subida anual del IPC lo doy por hecho, eso no es problema ninguno. MI duda es si al llegar el final del contrato de 2, 3 o 4 años (por ejemplo) podría, legalmente, echarme al no aceptar realizar un nuevo contrato por considerar extinto el de 3 años.
Gracias.


No, solo podría echarte para ocupar él mismo la vivienda o un familiar de primer grado.


Exactamente eso es lo que creía. Menos mal, me quedo más tranquilo.
Gracias.


Exacto y tambien recuerda que no puede subirte el alquiler si no esta especificado en el contrato la cantidad exacta o el indice de referencia a aplicar (o sea que nada de dentro de 3 años te subo el alquiler 200€ porque me da la gana) ah! y si el IPC es negativo logicamente se te aplicaria una rebaja al alquiler, y este 2020 es negativo hasta el momento [poraki]
Yo solo te digo.una cosa
Si ya estás entrando a malas cuidado......
spcat escribió:
logitech888 escribió:
LLioncurt escribió:
No, solo podría echarte para ocupar él mismo la vivienda o un familiar de primer grado.


Exactamente eso es lo que creía. Menos mal, me quedo más tranquilo.
Gracias.


Exacto y tambien recuerda que no puede subirte el alquiler si no esta especificado en el contrato la cantidad exacta o el indice de referencia a aplicar (o sea que nada de dentro de 3 años te subo el alquiler 200€ porque me da la gana) ah! y si el IPC es negativo logicamente se te aplicaria una rebaja al alquiler, y este 2020 es negativo hasta el momento [poraki]

Salvo que se específique que no se aplican variaciones negativas
Incluso aunque el contrato ponga que es por 3 años no prorrogable, se puede uno quedar hasta 5 años, porque eso sería una clausula abusiva y contraria a la ley de arrendamiento.
Una duda:

Yo he firmado por 1 año, ¿he hecho mal? No creo que me echen antes de tiempo, pero entiendo que firmando por 1 año pueden subirme el precio más de lo normal, ¿no?

Puesto que pretendo quedarme bastante tiempo, y no caí a tiempo en pedir que lo cambiaran por más años.
kur1oso escribió:Una duda:

Yo he firmado por 1 año, ¿he hecho mal? No creo que me echen antes de tiempo, pero entiendo que firmando por 1 año pueden subirme el precio más de lo normal, ¿no?

Puesto que pretendo quedarme bastante tiempo, y no caí a tiempo en pedir que lo cambiaran por más años.

Tu contrato es ampliable hasta 5 o 7 años dependiendo si es persona física o empresa y sólo te puede subir ipc interanual
deathline escribió:
kur1oso escribió:Una duda:

Yo he firmado por 1 año, ¿he hecho mal? No creo que me echen antes de tiempo, pero entiendo que firmando por 1 año pueden subirme el precio más de lo normal, ¿no?

Puesto que pretendo quedarme bastante tiempo, y no caí a tiempo en pedir que lo cambiaran por más años.

Tu contrato es ampliable hasta 5 o 7 años dependiendo si es persona física o empresa y sólo te puede subir ipc interanual


Joder, muchas gracias!
penando escribió:
spcat escribió:
logitech888 escribió:
Exactamente eso es lo que creía. Menos mal, me quedo más tranquilo.
Gracias.


Exacto y tambien recuerda que no puede subirte el alquiler si no esta especificado en el contrato la cantidad exacta o el indice de referencia a aplicar (o sea que nada de dentro de 3 años te subo el alquiler 200€ porque me da la gana) ah! y si el IPC es negativo logicamente se te aplicaria una rebaja al alquiler, y este 2020 es negativo hasta el momento [poraki]

Salvo que se específique que no se aplican variaciones negativas


Eso me suena como las clausulas suelo ilegales de las hipotecas, aunque claro a ver quien se va a juicio por un -1% de bajada. https://www.elperiodico.com/es/economia ... as-4875070
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