Duda sobre derechos de autor

Una persona menor de edad, sin estar dada de alta como autónomo, y habiendo impartido unas clases de pago en las cuales ha enseñado un par de coreografías creadas por ella... ¿sus alumnos tienen derecho a mostrar lo aprendido donde, cuando y con quien les de la gana, sin el consentimiento de esta?

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como demuestras que esas coreografias las ha enseñado esa persona y no se les ha ocurrido a esos alumnos?
retamal1990 escribió:como demuestras que esas coreografias las ha enseñado esa persona y no se les ha ocurrido a esos alumnos?


Ese es el caso, es que supuestamente "amenazan" con denunciar a un grupo de gente por usar esas coreografías sin permiso. Cuando de ningún modo puede demostrar que son suyas, ni aún habiendo grabado en vídeo alguna clase. Por eso quiero salir de dudas, para estar 100% seguro de que no habrá problema con ello.
Es importante recarcar derechos, en derechos de autor.

Con esto voy, a que no importa que sea menor de edad, ni que este dada de alta cómo autónoma, los derechos de autor, son también derechos humanos, y sólo necesita ser humana para tenerlos.

Sin embargo, supongo que el copyright se aplica también a las coreografías, y el copyright, es un derecho a copia, es decir, este no es un derecho del autor, sino es un derecho que tenemos los demás de copiar. En otras palabras, mientras los alumnos no lucren con las coreografías, tiene el derecho a copiarlas. Si ganaran dinero con ellas, entonces no tienen derecho a copia.
dnL7up escribió:Es importante recarcar derechos, en derechos de autor.

Con esto voy, a que no importa que sea menor de edad, ni que este dada de alta cómo autónoma, los derechos de autor, son también derechos humanos, y sólo necesita ser humana para tenerlos.

Sin embargo, supongo que el copyright se aplica también a las coreografías, y el copyright, es un derecho a copia, es decir, este no es un derecho del autor, sino es un derecho que tenemos los demás de copiar. En otras palabras, mientras los alumnos no lucren con las coreografías, tiene el derecho a copiarlas. Si ganaran dinero con ellas, entonces no tienen derecho a copia.


Exacto, el funcionamiento sería algo así. No tiene nada que ver con que sea autónomo ni nada parecido.

Aunque claro, luego está el hecho de que difícilmente va a poder demostrar que esa coreografía es suya. Así que poco va a poder hacer.
Yo me pregunto que si pagas a una persona para que te enseñe (en este caso unas coreografías). ¿Qué haces luego con lo aprendido? ¿Bailas delante de tus padres con las ventanas bien cerradas para que no lo pueda ver nadie más?,

Saludos.
Teniendo en cuenta que me he tenido que informar sobre los derechos de autor por ser escritor... te comento como suele ir la cosa.


Una persona, al crear algo que no existe, es automáticamente dueño de los derechos de autor; da igual su edad, estado civil o situación laboral. Es decir, no tiene por qué pagar para tenerlos. SIN EMBARGO, de cara a un plagio, debe de demostrar que es el autor original de esa creación (sea cual sea) registrandola en la propiedad intelectual o un servicio similar (como safecreative, por ejemplo). En el caso de esa persona que dice haber creado ESOS MOVIMIENTOS debería haber hecho una grabación bailando y después haberla metido en un dvd, llevado a la propiedad intelectual pagando la correspondiente tasa (12 euros en Madrid creo) y recibiendo un código que la confirma como titular. Si no lo tiene no puede demostrarlo. Moralmente es la dueña, judicialmente no puede demostrarlo.

Llegado a este punto... ni siquiera se puede demostrar que de verdad ella sea la autora. Por eso, cuando en las novelas se publica algo debe de llevarse antes a la propiedad intelectual.

Ojo, también hay otro modo de demostrar la autoria judicialmente de algo. Si tu creas una película (una canción, un libro, etc...) que queda atestiguado como tuyo en una grabación, un panfleto, etc... Automáticamente queda claro que eres el autor. Por ejemplo:

Si uno crea una película llamada DEMONIOS en 1998 sin registrarla y luego alguien hace la misma llamada incluso igual en el 2000 el de 1998 por antigüedad es el verdadero creador de la idea; porque hay un documento visual, documental o demás que especifica cuando fue creado y por lo tanto no hay duda alguna. Pero en cosas como esta es otra historia. Por lo que si no ha hecho lo comentado arriba, o hay un vídeo antiguo con fecha que demuestre que lo "bailó" antes que los otros, no se puede demostrar nada.

Espero haberme explicado con claridad, porque es un tema sencillo pero a la vez muy especialito.


EDIT: Sobre lo de si pagas a una persona para enseñarte a bailar... En teoría, si te enseña bailes privados que te prohíbe utilizar, solo estás obligado a no reproducirlos si vas a ganar dinero al hacerlo. Es como decir un libro. Por ejemplo, no puedes vender un libro creado por otra persona y ganar dinero... pero sí puedes leerle el libro a otra persona, prestárselo, etc... Otra cosa sería que al leer el libro o prestarlo tuvieras un beneficio económico (como algunos uploaders con las visitas). Así que, si la reproducción de esos movimientos no es en algo en el que puedas ganar dinero puedes hacerlo SIEMPRE QUE ELLA ANTES TE HUBIERA AVISADO EN EL CONTRATO (pues has pagado unas clases supongo) que lo aprendido no podrá utilizarse en actividades con beneficio monetario. Si te veta debería haberte avisado de que esos movimientos no podrías reproducirlos en ninguna parte (y eso tendría que ir en un contrato especificado). Por supuesto, no puedes decir que esos bailes son tuyos si son de ella, eso no cambia nunca; no puedes apropiarte de la idea de otro. Una cosa no quita la otra y la autoria sigue siendo de ella aunque tengas derechos a utilizarlas según la situación.
Gracias por las aclaraciones. La cosa es que todo esto es debido a un ataque de soberbia y ego por parte de ese profesor por el cual ha acabado mal con todos.
Dicen que quien con niños se acuesta, meado se levanta...

Ahora quiere sabotear de alguna forma laa siguientes actuaciones, y lo único que le viene a la cabeza es el tema de derechos de autor.

Por la actuación se va a cobrar, pero en esa actuación hay más disciplinas. Así que supongo que con decir que sus ex-alumnos no van a cobrar por ello bastaría, ¿no? es decir, en el momento de hacer la factura, se especifica que los de X disciplina no van a llevar beneficio alguno, y en teoría estarían "limpios"...
Alejandome del tema legal... debemos pensar que si él ha cobrado para enseñar a unos niños ha hacer esas actuaciones... está dando permiso para que se utilice lo enseñado en esas actuaciones. Por lo tanto es su problema si hace pasos creados por él. En caso de que dejara de cobrar ese dinero y lo devolviera, vamos que no cobrara por las horas impartidas, ya puede que pudiera quejarse y le dieran la razón SI PUEDE DEMOSTRAR que esos pasos los creó él; cosa que dudo. Pero si ha cobrado y luego ha dejado el puesto no tiene derecho alguno a pedir derechos de autor, es su problema el haber utilizado movimientos propios pues se ha servido de ellos para cobrar.

En cierto modo es como si yo publico una historia con una editorial. Cobro el dinero y al año, cabreado porque venda poco, digo que ya no quiero que usen mi novela. He cobrado por un trabajo y por lo tanto hasta que ese trabajo no esté terminado (en mi caso derechos compartidos hasta una fecha concreta) me tengo que joder. En el del profesor, como enseñó para esos actos, hasta que no se acaben esos actos los deberíais de poder utilizar. Otra cosa sería que después de todo eso, pasara el año y decidierais usarlos para otros actos a parte. Pero como digo, primero él debería poder demostrar que esos movimientos son suyos. Como no se haya grabado y lo tenga en la propiedad intelectual (que ya digo yo que dudo mucho) tiene las de perder; sobre todo si grabáis alguna de esas puestas en escena, porque tendríais un material visual en el que demostráis que habéis bailado esos movimientos. Si luego él dijera que son suyos pero no tiene pruebas materiales XD hasta vosotros legalmente seríais los autores a ojos del juez. Aunque eso no sería para nada ético.

Simplemente le ha dado por decir que es suyo y punto. Yo no me preocuparía. En todo caso, si ha cobrado dinero para preparar a los alumnos que van a hacer esas presentaciones, si pretende que no se usen sus movimientos (es decir, sus enseñanzas) debería de devolver el dinero cobrado. Pues está cobrando por algo que no permite utilizar y está incumpliendo su contrato. Es como si un charcutero cobra por cortar jamón pero luego no permite que lo cortado se venda a los clientes y que encima exija cobrar por haber cortado el jamón. Absurdo.

O devuelve la pasta, en caso en el que tal vez tendría algo que hacer (aunque le podríais denunciar por no cumplir su contrato y haber que dice el juez) o se calla y se jode (que viendo como ha actuado es lo que le tocará hacer si le decís lo del dinero cobrado).

Sobre lo de que x disciplina no van a cobrar no te valdría, pues a la hora de vender las entradas esas disciplinas también van a la hora de atraer publico. El conjunto es lo que importa. Es como si en un libro metes relatos cortos y dices que solo algunos cobran y otros no, pero los que no cobran han plagiado la historia. Igualmente no está permitido. Pero vamos, agarrate al tema de que él ha cobrado por un servicio que luego no permite utilizar. (Todo esto lo digo por mi experiencia personal al informarme sobre derechos de autor, ¿eh? No entiendo de leyes, simplemente de los derechos que tengo a la hora de exigir que se respeten mis novelas, etc...)
A los pasos en sí no se aplican los derechos de autor, otra cosa es la coreografía completa.

Una persona, al crear algo que no existe, es automáticamente dueño de los derechos de autor; da igual su edad, estado civil o situación laboral. Es decir, no tiene por qué pagar para tenerlos. SIN EMBARGO, de cara a un plagio, debe de demostrar que es el autor original de esa creación (sea cual sea) registrandola en la propiedad intelectual o un servicio similar (como safecreative, por ejemplo). En el caso de esa persona que dice haber creado ESOS MOVIMIENTOS debería haber hecho una grabación bailando y después haberla metido en un dvd, llevado a la propiedad intelectual pagando la correspondiente tasa (12 euros en Madrid creo) y recibiendo un código que la confirma como titular. Si no lo tiene no puede demostrarlo. Moralmente es la dueña, judicialmente no puede demostrarlo.

Realmente eso solo es así con el tema de patentes, marcas y diseño industrial, si puedes demostrarlo tu eres autor aunque otro lo haya registrado antes. Otra cosa es lo difícil que sea demostrarlo, en este caso de hecho es imposible a menos que tenga grabaciones, por lo que pocos derechos va a haber.
Destacar que no hay contrato de por medio, simplemente la gente paga una cuota anual de poco dinero por hacer actividades dentro de la asociación, y luego los profesores de distintos cursos y disciplinas cobran en negro.
Y la coreo que se va a bailar tiene ligeras modificaciones respecto a la "original" de esa persona, aparte de que la canción va a ser otra.
Sabrewulf escribió:Destacar que no hay contrato de por medio, simplemente la gente paga una cuota anual de poco dinero por hacer actividades dentro de la asociación, y luego los profesores de distintos cursos y disciplinas cobran en negro.
Y la coreo que se va a bailar tiene ligeras modificaciones respecto a la "original" de esa persona, aparte de que la canción va a ser otra.

En la teoría, el autor tiene derecho a impedir que hagáis la coreografía sin su permiso, sobretodo sin contrato escrito ni verbal de por medio que os otorgue algún derecho.

En la práctica, salvo que tenga alguna grabación no va a poder demostrar que es el autor, por lo que dudo que os pase nada. De todas formas, si realmente se llega a juicio, nunca se sabe como va a acabar.
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