Duda sobre hacienda

Mi duda es la siguiente, cuando vendes un piso, tienes de plazo un tiempo para reinvertir ese dinero, si no hacienda te pega el palo, pero cuanto tiempo es, 1 año o 2 años?
Supongo que tendras que "aclararlo" cuando hagas la declaracion del año en el que compraste el piso asi que la cosa sera entre un año o año y pico

Aun asi supongo que tendras que cambiar tu patrimonio
El tema está en que para hacienda hay algo que se llama "vivienda habitual" y sólo se puede tener una con esa categoría.
Para que una vivienda sea considerada "habitual" has de tenerla en tu poder un mínimo de 3 años, transcurrido el cual puedes venderla pagando en la siguiente declaración IRPF que hagas un porcentaje (creo que el 18) de la diferencia entre el precio de compra y el de venta.
Pero si vendes una vivienda antes de que transcurran 3 años desde la compra, hacienda lo considera operación de negocio puro y duro porque se realiza fuera de la consideración de "vivienda habitual" y ahí ya si que te clavan bien. Po ahí van los tiros.
HASKI escribió:El tema está en que para hacienda hay algo que se llama "vivienda habitual" y sólo se puede tener una con esa categoría.
Para que una vivienda sea considerada "habitual" has de tenerla en tu poder un mínimo de 3 años, transcurrido el cual puedes venderla pagando en la siguiente declaración IRPF que hagas un porcentaje (creo que el 18) de la diferencia entre el precio de compra y el de venta.
Pero si vendes una vivienda antes de que transcurran 3 años desde la compra, hacienda lo considera operación de negocio puro y duro porque se realiza fuera de la consideración de "vivienda habitual" y ahí ya si que te clavan bien. Po ahí van los tiros.


¿De que porcentajes estamos hablando?
Si dejas pasar los 3 años, a mi me clavaron un 18% de la diferencia entre lo que me costó y por lo que la vendí (como pones mas o menos el precio que quieres no hay mucha diferencia.
Si no han pasado los 3 años, es una aclavada, no lo recuerdo bien, pero debe andar cerda del 50% (siempre de esa diferencia de la que hablo, puesto que es lo que supuetamente has ganado -plusvalía-)
HASKI escribió:Si dejas pasar los 3 años, a mi me clavaron un 18% de la diferencia entre lo que me costó y por lo que la vendí (como pones mas o menos el precio que quieres no hay mucha diferencia.
Si no han pasado los 3 años, es una aclavada, no lo recuerdo bien, pero debe andar cerda del 50% (siempre de esa diferencia de la que hablo, puesto que es lo que supuetamente has ganado -plusvalía-)


Lo que comentas ya lo sabia, pero mi pregunta es, si tu vendes tu vivienda, por ejemplo al cabo de 5 años de haberla comprado, hay un tiempo para reinvertir ese dinero en otra vivienda, no tienes por que comprarla al mes siguiente, entonces, me han comentado que tienes un año para reinvertir, pero quiero asegurarme.

He llamado varias veces a hacienda al 901 pero ahora se ven que estan muy ocupados y no me lo cojen.
Ah, si, perdona.
2 años desde la fecha de venta en documento público. Si reinviertes la plusvalía de la venta en ese plazo te ahorras una buena pasta en hacienda.
Pues mejor que sean dos años que uno, asi tengo mas tiempo para mirar pisos con tranqulidad, ya que segun dicen los expertos, la vivienda seguira bajando, gracias y saludos
7 respuestas