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[PeneDeGoma] escribió:Ningún día desde febrero es muy vago, porque igual hasta les debes días a la empresa...¿Cúantos has cogido este año exactamente?
Pero sí, si te sobran te los han de liquidar igual que las pagas si las tuvieras
Raincloud escribió:Necesitamos datos:
- fecha inicio de contrato y fin (entiendo que no has parado en medio, has vuelto, etc...)
- días de vacaciones disfrutados exactos (naturales entiendo que han sido)
-firmaste algo cuando dijiste que no renovabas? Si fue así, el que?
- estuviste parado en la famosa semana que paro todo el país que luego había que devolver en horas? Las has devuelto?
Saludos
ragnar93 escribió:@[PeneDeGoma] pues no, no te entiendo. Donde he dicho que me cogí 19 días ? Cómo he dicho en el primer post cerramos por vacaciones todos durante 10 días, y esas vacaciones nos correspondían al 2019.
No sé qué lógica tiene haber trabajado todo el año 2020 salvo esos 10 días y estar en ERTE , y que encima me digas que lo mismo hasta le debo días a la empresa.
Raincloud escribió:@ragnar93 Empezaste finales de septiembre 2019. Te hago cálculo a groso modo:
De 2019 de octubre a diciembre te corresponden a lo genérico 2,5 días por mes trabajado de vacaciones (en este caso 7,5 días) si te dieron del 18 al 28, son 11 días. Haciendo el cálculo de enero 2020 a 17 febrero te corresponderían unos 3,5 días (sumando los 11 días de todo lo trabajado hasta esa fecha).
Por ahora empezamos 1 de marzo limpio de vacaciones para ambos lados.
Marzo: 17 días (resto erte. No genera derecho vacaciones)
Abril: erte
Mayo: 12 días (resto erte)
Junio a septiembre: 120 días
149 días trabajados dan como resultado 12,42 días de vacaciones que deben abonarte (ya disfrutaste 11 días anteriores, el erte no genera vacaciones) por lo trabajado hablándote a modo genérico. No sé si en las renovaciones trimestrales liquidaban vacaciones (entiendo que no) y si no te lo han abonado con la última nómina o en estos días, te tocará reclamar.
Nosotros en la empresa se suele abonar nomina y luego en segundo pago (sobre el 10 del mes siguientes vacaciones). Ya que al pagar nominas el 26, luego si surgen temas nos quedamos sin poder reclamar cantidades cuando alguien ya esta fuera de la empresa. Eso cuando se acaba por finales de mes, si se acaba antes del cierre de nomina el 21, ya lo abonamos todo junto.
ragnar93 escribió:Raincloud escribió:@ragnar93 Empezaste finales de septiembre 2019. Te hago cálculo a groso modo:
De 2019 de octubre a diciembre te corresponden a lo genérico 2,5 días por mes trabajado de vacaciones (en este caso 7,5 días) si te dieron del 18 al 28, son 11 días. Haciendo el cálculo de enero 2020 a 17 febrero te corresponderían unos 3,5 días (sumando los 11 días de todo lo trabajado hasta esa fecha).
Por ahora empezamos 1 de marzo limpio de vacaciones para ambos lados.
Marzo: 17 días (resto erte. No genera derecho vacaciones)
Abril: erte
Mayo: 12 días (resto erte)
Junio a septiembre: 120 días
149 días trabajados dan como resultado 12,42 días de vacaciones que deben abonarte (ya disfrutaste 11 días anteriores, el erte no genera vacaciones) por lo trabajado hablándote a modo genérico. No sé si en las renovaciones trimestrales liquidaban vacaciones (entiendo que no) y si no te lo han abonado con la última nómina o en estos días, te tocará reclamar.
Nosotros en la empresa se suele abonar nomina y luego en segundo pago (sobre el 10 del mes siguientes vacaciones). Ya que al pagar nominas el 26, luego si surgen temas nos quedamos sin poder reclamar cantidades cuando alguien ya esta fuera de la empresa. Eso cuando se acaba por finales de mes, si se acaba antes del cierre de nomina el 21, ya lo abonamos todo junto.
Ahí es donde quería llegar yo. No me van a sacar de pobre ni voy a tener más ahorros por cobrar unos días de vacaciones, por suerte tengo ahorros. Pero la verdad, creo que he sido un trabajador ejemplar y a saber si a pesar de no ser legal ciertas semanas sin descanso...
La verdad, me toca un poco los cojones que al final sale mejor buscar el despido como le pasó a dos ex compañeras, y recibir a cambio finiquito, vacaciones.... Que trabajar hasta el último día de tu contrato y quedar bien con la empresa.
eXpineTe escribió:ragnar93 escribió:Raincloud escribió:@ragnar93 Empezaste finales de septiembre 2019. Te hago cálculo a groso modo:
De 2019 de octubre a diciembre te corresponden a lo genérico 2,5 días por mes trabajado de vacaciones (en este caso 7,5 días) si te dieron del 18 al 28, son 11 días. Haciendo el cálculo de enero 2020 a 17 febrero te corresponderían unos 3,5 días (sumando los 11 días de todo lo trabajado hasta esa fecha).
Por ahora empezamos 1 de marzo limpio de vacaciones para ambos lados.
Marzo: 17 días (resto erte. No genera derecho vacaciones)
Abril: erte
Mayo: 12 días (resto erte)
Junio a septiembre: 120 días
149 días trabajados dan como resultado 12,42 días de vacaciones que deben abonarte (ya disfrutaste 11 días anteriores, el erte no genera vacaciones) por lo trabajado hablándote a modo genérico. No sé si en las renovaciones trimestrales liquidaban vacaciones (entiendo que no) y si no te lo han abonado con la última nómina o en estos días, te tocará reclamar.
Nosotros en la empresa se suele abonar nomina y luego en segundo pago (sobre el 10 del mes siguientes vacaciones). Ya que al pagar nominas el 26, luego si surgen temas nos quedamos sin poder reclamar cantidades cuando alguien ya esta fuera de la empresa. Eso cuando se acaba por finales de mes, si se acaba antes del cierre de nomina el 21, ya lo abonamos todo junto.
Ahí es donde quería llegar yo. No me van a sacar de pobre ni voy a tener más ahorros por cobrar unos días de vacaciones, por suerte tengo ahorros. Pero la verdad, creo que he sido un trabajador ejemplar y a saber si a pesar de no ser legal ciertas semanas sin descanso...
La verdad, me toca un poco los cojones que al final sale mejor buscar el despido como le pasó a dos ex compañeras, y recibir a cambio finiquito, vacaciones.... Que trabajar hasta el último día de tu contrato y quedar bien con la empresa.
En eso último te equivocas. Si no te quieren pagar, da igual que termines de buenas, que de malas....
Como te han dicho por arriba, generas 2.5 días por cada mes trabajado (por lo general). El tiempo que hayas estado de ERTE no genera vacaciones, por lo que el calculo de esos 12 días parece más o menos correcto.
Hay una cosa de la que de deberías asegurar, y es si tu último día trabajado coincide con el de la baja del contrato. Vaya a ser que te hayan dicho, "Mañana ya no vengas" pero te den de baja 12 días después, con lo que habrías disfrutado de tus vacaciones, y cobrado en nómina esos 12 días.
Raincloud escribió:@Galdergalder El OP ya certificó que su baja le aparece por SMS el mismo 28.09 que fue su último día de trabajo.
Si le hubieran pagado y cotizado esos 12 días, no sería así. Yo opto más por..... a ver si me lo ahorro, error o despiste o mal trámite de la asesoría que le abonará y cotizará ahora........raro y normal no es, salvo que haya algún dato que el op no haya dado.
Galdergalder escribió:Raincloud escribió:@Galdergalder El OP ya certificó que su baja le aparece por SMS el mismo 28.09 que fue su último día de trabajo.
Si le hubieran pagado y cotizado esos 12 días, no sería así. Yo opto más por..... a ver si me lo ahorro, error o despiste o mal trámite de la asesoría que le abonará y cotizará ahora........raro y normal no es, salvo que haya algún dato que el op no haya dado.
No pagado que le han mandado a casi y con fecha de finalización de contrato despues de los 12 dias de vacaciones ademas ami ultimamente me llega un SMS de la Seguridad Social indicandome que me han dado de baja