Duda sobre requisito oposiciones con antecedentes penales

A ver si alguien puede resolver esta duda que tengo:

Así cómo para por ejemplo la Policía, Ejército, G.Civil... exigen carecer de antecedentes penales y no estar imputado en un delito doloso, en este requisito que expongo ¿qué sería exactamente lo que priva de poder opositar? ¿una persona con antecedentes penales o imputado en delito doloso podría opositar?. No me queda nada claro ese requisito.

En cuestión es el siguiente requisito:

d) no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Gracias de antemano
Imputado no, tiene que ser condenado. Si le declaran inocente entonces no pasa nada.

caputcastellae escribió:¿una persona con antecedentes penales podría opositar?. No me queda nada claro ese requisito.

Teoricamente puede esperar a que expiren los antecedentes y cancelarlos.

En la práctica le echarán atrás en la entrevista personal. Hay demasiada gente para tan pocas plazas..

PD: Hablamos de la policía supongo.
caputcastellae escribió:¿d) no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Eso viene a ser que no un juez no te haya condenado a inhabilitación para empleos públicos.
El requisito es para opositar al cuerpo de bomberos, concretamente.

Entonces entiendo que se puede tener antecedentes penales o estar imputado en un delito doloso pero opositar al cuerpo de bomberos ¿no?.

Me gustaría tener un ejemplo en el que se incumpla dicho requisito, por saberlo básicamente.
caputcastellae escribió:El requisito es para opositar al cuerpo de bomberos, concretamente.

Entonces entiendo que se puede tener antecedentes penales o estar imputado en un delito doloso pero opositar al cuerpo de bomberos ¿no?.

Me gustaría tener un ejemplo en el que se incumpla dicho requisito, por saberlo básicamente.

Haber sido bombero con antelación y que te hayan separado mediante disciplinario por alguna falta muy grave. No podría volver a presentarte a bombero de nuevo.
En mis tiempos de insumiso existía lo que se llamaba "muerte civil". Al juzgarte te condenaban a 2 años, 4 meses y 1 día de cárcel y a diez años de "muerte civil", es decir, no podías opositar a nada, ni votar, ni recibir becas, ni subvenciones, ni optar a un piso de protección oficial ni a nada que tuviera algo que ver con lo público, además de inhabilitación para cargo público, por supuesto. Pero eso venía en la propia sentencia y se explicitaba, así que imagino que si alguien es condenado por lo que sea, en su condena se describirán toda la pena a la que sea castigado, sean multas económicas, penas de cárcel o anulación de ciertos derechos.

En mi opinión para ser policía, militar o cualquier cosa que implique portar armas o para manejar dinero público, cualquier antecedente penal debería ser inhabilitador de por vida, por leve que fuera el crimen. En otros puestos, todo el mundo tiene derecho a la reinserción y no creo que el haber conducido borracho alguna vez impida que alguien pueda hacer muy buenas fotocopias en una oficina.

Luego depende del tipo de crimen y del puesto de trabajo. A Nanysex tampoco le pondría de cuidador en una guardería municipal, pero si cuando salga del trullo con sesenta años le dan un rastrillo y le ponen de jardinero en su pueblo, no tengo nada que objetar, siempre y cuando se haya sacado limpiamente la oposición al puesto. Habría que ver muchos casos uno a uno para valorarlos.
caputcastellae escribió:A ver si alguien puede resolver esta duda que tengo:

Así cómo para por ejemplo la Policía, Ejército, G.Civil... exigen carecer de antecedentes penales y no estar imputado en un delito doloso, en este requisito que expongo ¿qué sería exactamente lo que priva de poder opositar? ¿una persona con antecedentes penales o imputado en delito doloso podría opositar?. No me queda nada claro ese requisito.

En cuestión es el siguiente requisito:

d) no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Gracias de antemano


Podras opositar siempre que no hayas sido juzgado y con ello condenado.
No podras opositar si has sido condenado firmemente, o separado del servicio por inhabilitacion especial o absoluta, pero para esto ultimo has tenido que ser funcionario en el puedto al qe aspiras o en otro. depende de si la inhabilitacion es especial o absoluta, te afectara para opositar a bombero. Por ejemplo eres policia nacional, y te inhabilitan especialmente por 6 años. Puedes presentarte a bombero. Pero no tocar la policia en 6 años. Si errs policia y te inhabilitan absolutamente, no podras optar a ningun cargo publico, funcionario. Durante el tiempo que dure la inhabilitacion.
dev1l escribió:
Podras opositar siempre que no hayas sido juzgado y con ello condenado.


Y aunque hubiese sido condenado no importa si no conlleva la prohibición expresa al acceso a la función pública o a ocupar algún tipo de cargo público.
Por ejemplo, te pueden condenar por tráfico de drogas, cumples 20 años de cárcel, sales y opositas sin problema.
suskie escribió:
dev1l escribió:
Podras opositar siempre que no hayas sido juzgado y con ello condenado.


Y aunque hubiese sido condenado no importa si no conlleva la prohibición expresa al acceso a la función pública o a ocupar algún tipo de cargo público.
Por ejemplo, te pueden condenar por tráfico de drogas, cumples 20 años de cárcel, sales y opositas sin problema.

Gracias por el apunte "suskie"
Pongámonos en esta caso:

Una persona es condenada por delito de atentado/resistencia 1 año y 5 meses. (Obviamente es pena inferior a 2 años y no vas a la cárcel).

¿podría opositar al Cuerpo de Bomberos?

Reitero que el único requisito que no me acaba de quedar del todo claro es el relatado en el primer post, porque ¿tener antecedentes penales te inhabilita para la Admón. Pública?
Cancela los antecedentes por si acaso y ya esta.

¿En los bomberos hay entrevista personal?
Las bases de esa oposicion que dicen?
En términos generales las bases son "normales" sin ningún requisito fuera de lo normal, pero el único que me asalta dudas es el siguiente, y que he expuesto con anterioridad:

d) no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Lo digo porque es muy probable que en un futuro muy próximo pueda llegar a tener antecedentes penales y quiero ver si eso me impedirá o no el poder presentarme porque el requisito que he pegado no le llego a entender muy bien.

No hay entrevista personal a todo esto.

También a ver si alguien que haya sido condenado penalmente o que sepa, dónde aparece el tema este de la inhabilitación para funciones públicas, si me puede dar algún ejemplo o algo.

Gracias de antemano a todos
Bueno, pues entonces dependera de la condena. Si te condena a una multa, dias de carcel a 16€/dia lo que sea, no hay mayor problema con ese articulo. Pero si la condena de inhabilita de alguna manera, entonces si tendras un problema.

La condena suele incluirlo. Vamos, puedes ser condenado a carcel, o a inhabilitacion, o a ambas cosas, o...
Gracias por las respuestas, realmente hasta que no haya sentencia firme no podré saber, es lo que he podido medio entender de las respuestas
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