Dudas al dejar un trabajo

Buenas,

Actualmente estoy trabajando en una empresa y me marcho al haber encontrado algo mejor.

Esta empresa es bastante... tocapel**as, por decirlo finamente. El caso es que debo cubrirme las espaldas bien para que luego no me busquen las cosquillas.

Sé que tengo que dar los 15 días, pero cómo? Por escrito? Hay algún procedimiento a seguir?

También sé que no cobraré indemnización por marcharme yo, pero las partes proporcionales de las pagas extra y los días de vacaciones no disfrutados sí los cobro o tampoco?

Como veis, estoy bastante perdido en este tema...

Muchas gracias por adelantado!
Shantotto está baneado por "utilizar clon para saltarse baneo temporal"
Sí, tienes que presentar tu renuncia por escrito avisando de tu fecha de baja y que te firmen una copia como recibido. El finiquito es precisamente eso, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y el importe de las vacaciones pendientes no disfrutadas. Al ser una baja voluntaria no tienes derecho a indemnización, pero el finiquito es tuyo de todas todas porque ya te lo has ganado.
Existe la posibilidad de que se nieguen a firmarme la carta de renuncia? Qué pasaría en ese caso? Ya os digo que la empresa donde estoy... no se la deseo a mi peor enemigo, de modo que me planteo la posibilidad de que no me la quieran firmar...

Gracias por contestar :)
Shantotto está baneado por "utilizar clon para saltarse baneo temporal"
Si no puedes conseguir a nadie en la empresa que te la firme como testigo de que la has entregado, lleva a alguien de fuera.
Envía un burofax, así constará la fecha en la que lo envías
cuanto tiempo llevas trabajando en esa empresa?

lo digo por que si llevas tiempo trabajando y la indemnizacion puede ser golosa, te puedes provocar el despido, aunque seria un despido procedente por baja productividad eso ante un tribunal es casi imposible de demostrar con lo cual si denuncias tu empresa te pagara antes de llegar a juicio por que saben que no van a poder.

si llevas poco tiempo no te compesa hacer todo eso por 4 o 5 dias de salario


saludos
Llevo solamente 4 meses (tiempo suficiente para querer huir de aquí).

La cuestión es que sumando las partes proporcionales de las pagas, más el mes de salario, más la compensación por llevar vehículo propio y los demás pluses puedo cobrar un finiquito importante. De ahí que no me quiero pillar los dedos y que luego me acusen de no haberles avisado.

Lo de traer alguien de fuera me interesa, lo voy a mirar a ver...

Si en la otra empresa comienzo el día 12 de marzo, cuando debo avisar aquí? El Lunes podría o ya es demasiado tarde? Es decir... son 15 días desde que entregas la renuncia o 15 días a partir del día siguiente?

Muchas gracias a todos por contestar :)
Cuidado con lo que haces.

Mi prima dejo un trabajo de P*** madre en una tienda de ropa, para ir a otra con el puesto de encargada. Firmo la baja voluntaria con la mala suerte de que en el nuevo sitio donde la contrataron, despidieron gente a los dos meses y medio despues. Tenía un porron de tiempo acumulado para cobrar el paro, pero al firmar la baja voluntaria tienes que estar mínimo 3 meses trabajando en el nuevo sitio para tener derecho a cobrarlo... Así que mira la faena. Sin trabajo y sin prestación.

Estaría bien que "forzaras" tu propio despido o intentar llegar con tu jefe a un acuerdo.
Sí pero como fuerzas un despido con solo 15 días de tiempo? Alguna manera efectiva?
Shantotto está baneado por "utilizar clon para saltarse baneo temporal"
Hombre, puedes buscar un despido procedente disciplinario, le partes la cara y además te quedas como dios.
Shantotto escribió:Hombre, puedes buscar un despido procedente disciplinario, le partes la cara y además te quedas como dios.


Jajaja hombre si hago eso... igual me gano una denuncia y todo! Pero sí que me quedaría a gusto sí...

Tengo muchas dudas, por el tema que has comentado antes, que luego el cambio sea a peor, pero lo dudo. Podría contar cómo es donde estoy ahora, pero sería un tocho infumable para vosotros :P Así que lo tengo decidido, quiero escapar de aquí lo antes posible.

Un saludo!
Haz una carta de renuncia con 2 copias. Una que te la firmen y te la sellen y te la quedas.
Que no? Pues envias un Burofax con certificación de contenido. Te costará unos 10-30 € pero tiene todo el valor de una notificación.
Drashiel escribió:Envía un burofax, así constará la fecha en la que lo envías

Eso es lo mejor de lo mejor
El Burofax es ir a Correos y enviar la carta con la dirección de mi trabajo no? Y en términos legales cuenta la fecha de envío o de recepción?
kartonian escribió:El Burofax es ir a Correos y enviar la carta con la dirección de mi trabajo no? Y en términos legales cuenta la fecha de envío o de recepción?


Sí, pero la carta sin cerrar para que puedan sacar copia y verificar el contenido. Mejor lleva la copia tu que en algunos sitios son muy raros.
alguna vez en mi empresa mandamos el burofax desde la web de correos y sale muy economico, sobre 6€ creo recordar

saludos
ast_adri escribió:alguna vez en mi empresa mandamos el burofax desde la web de correos y sale muy economico, sobre 6€ creo recordar

saludos


Pues si se puede vía web lo miraré porque quizás también me interese.

Otra duda... tienen algún plazo para pagarte el finiquito?
burofax y listo

eso si, no firmes el finiquito antes de recibir lo q te pertenece, vamos, la parte de las pagas extra y de vacaciones, solo pierdes la indemnizacion.
skorpia23 escribió:burofax y listo

eso si, no firmes el finiquito antes de recibir lo q te pertenece, vamos, la parte de las pagas extra y de vacaciones, solo pierdes la indemnizacion.


Entonces me puedo negar a firmarlo hasta haber cobrado? Y tienen algún plazo para pagármelo?
es que si firmas sin haberlo cobrado, al firmar estas aceptando que todo esta correcto (incluido el haber recibido la pasta) y si no quieren luego pagarte no tienes nada que hacer.

el plazo no estoy seguro, pero creo q maximo es un año para que ellos te lo envien, que alguien mas te lo confirme por si acaso.
Shantotto está baneado por "utilizar clon para saltarse baneo temporal"
skorpia23 escribió:es que si firmas sin haberlo cobrado, al firmar estas aceptando que todo esta correcto (incluido el haber recibido la pasta) y si no quieren luego pagarte no tienes nada que hacer.

el plazo no estoy seguro, pero creo q maximo es un año para que ellos te lo envien, que alguien mas te lo confirme por si acaso.

Ni de coña, el mismo día de finalizar el contrato. Y por supuesto, no debes firmar haber recibido algo que no has recibido.
Pues menos mal que me lo habéis dicho, porque eso de no firmar sin haber cobrado no lo sabía yo... apuntado queda ;)

Un año o el mismo día? Hay una diferencia interesante ahí :P

Gracias!
miento, me equivoque, no es un año el plazo maximo para cobrar el finiquito, sino que es un año para reclamarlo de forma legal! el tema gordo es que no hay un plazo estipulado minimo ni maximo para recibirlo

shantotto, no tiene porque ser en el mismo dia, ya que normalmente muchas empresas aprovechan a esperar a final de mes cuando hacen el ingreso de todas las nominas para tramitar tambien eso tambien (y te lo digo con conocimiento de causa porque mi novia dejo de trabajar el dia 15 de febrero y aun no le han dado el finiquito).
kartonian escribió:Sí pero como fuerzas un despido con solo 15 días de tiempo? Alguna manera efectiva?


Bueno, un tío lejano que era camarero, un día se emborracho y fue a su jefe a enseñarle el culo diciendole que se lo besara. Mano de santo, al día siguiente ya no hizo falta que volviera...
serialuser escribió:
kartonian escribió:Sí pero como fuerzas un despido con solo 15 días de tiempo? Alguna manera efectiva?


Bueno, un tío lejano que era camarero, un día se emborracho y fue a su jefe a enseñarle el culo diciendole que se lo besara. Mano de santo, al día siguiente ya no hizo falta que volviera...


Jajajajaja hubiera pagado por ver esa escena...

Pero intentaré ser más... "amistoso". Lo que me ha quedado claro es la forma más segura de notificarlo y el no firmar el finiquito ni loco hasta que no lo tenga en mi cuenta. De hecho, por no firmar, no he firmado ni el contrato, llevo 4 meses y solo veo el ingreso en mi cuenta, ni contrato firmado ni nómina (pero sí que cotizo).

Muchas gracias a todos!
eing? como estas tan seguro que cotizas?

y por curiosidad, ¿te han hecho rellenar el modelo 145 (tema de hacienda y tal) ? porque si no has rellenado ese estas jodido, q igual tas currando en negro y no lo sabes (para asegurarte que si que estas cotizando vamos)

el tema nominas es otro cantar, yo recibi la ultima vez 8 nominas de golpe porque en mi empresa las envian cuando se desperezan,jajaja, pero el no haber firmado el contrato... huele mal, muy mal.


@serialuser que grande tu tio! jajajajaja
skorpia23 escribió:eing? como estas tan seguro que cotizas?

y por curiosidad, ¿te han hecho rellenar el modelo 145 (tema de hacienda y tal) ? porque si no has rellenado ese estas jodido, q igual tas currando en negro y no lo sabes (para asegurarte que si que estas cotizando vamos)

el tema nominas es otro cantar, yo recibi la ultima vez 8 nominas de golpe porque en mi empresa las envian cuando se desperezan,jajaja, pero el no haber firmado el contrato... huele mal, muy mal.


Sé que cotizo porque saqué mi vida laboral por internet (con certificado digital) y aparezco ahí desde el día en el cual comencé a trabajar. Las nóminas directamente no las entregan, ni pronto ni tarde, de manera que no sé si cobro lo que debería, ni cuanto me descuentan de IRPF, vamos, nada de nada... Las he pedido en más de una ocasión, y me dice el director de RRHH "sí sí te las tengo que enviar al correo", pero nunca lo hace, de manera que ya he desistido.

El contrato me lo enviaron por mail pero sin firmar ni sellar ni nada de nada por parte de la empresa ni de mi parte tampoco. Es decir, que es un PDF que me podría haber hecho yo mismo, porque no está firmado por parte de la empresa, lo cual no sé si es obligatorio (entiendo que sí).
jodo es verdad, no me acordaba de eso de mirar la vida laboral por itnernet XD

pues si q es pasota tu empresa, yo la mia la tengo a 400km y me han mandado todo siempre por carta, para ser devuelto por carta. el contrato no ha de estar firmado por ellos cuando te lo entregan (creo) pero si que es necesario siempre q lo devuelvas tu firmado, porque de venir una inspeccion o una auditoria, si los pillan, o falsifican tu firma o los crujen.

lo de las nominas es un mundo, si! y es una putada no saber cuanto te joden de irpf porque luego es cuando llegan las sorpresas (o alegrias, q a mi este año me van a devolver un bueeeen pico :) ) ^^

saluetees
serialuser escribió:Bueno, un tío lejano que era camarero, un día se emborracho y fue a su jefe a enseñarle el culo diciendole que se lo besara. Mano de santo, al día siguiente ya no hizo falta que volviera...


Jajajajaja [+risas] [+risas] [carcajad] me lo imagino enseñándole el....en fin jajaja.
Pero tío, NUNCA, NUNCA dejes un trabajo por propia iniciativa. Tienes que provocar un despido de la manera que se te ocurra. ¿Cómo vas a renunciar a un dinero que puedes llevarte fácilmente?
el_samutoloOoOo escribió:
serialuser escribió:Bueno, un tío lejano que era camarero, un día se emborracho y fue a su jefe a enseñarle el culo diciendole que se lo besara. Mano de santo, al día siguiente ya no hizo falta que volviera...


Jajajajaja [+risas] [+risas] [carcajad] me lo imagino enseñándole el....en fin jajaja.


Sí, ahora me rio... perooo vaya tela.

Creo recordar que dependiendo del tipo de contrato de tengas puede ser obligatorio o no firmar un contrato. El empresario con darte de alta en la seguridad social es suficiente. Lo que me parece raro es que no te hagan firmar las nóminas... ¿Cómo demuestran ellos que te están pagando si te da por ser un poco cabrón y denunciarles?.
serialuser escribió:
Sí, ahora me rio... perooo vaya tela.

Creo recordar que dependiendo del tipo de contrato de tengas puede ser obligatorio o no firmar un contrato. El empresario con darte de alta en la seguridad social es suficiente. Lo que me parece raro es que no te hagan firmar las nóminas... ¿Cómo demuestran ellos que te están pagando si te da por ser un poco cabrón y denunciarles?.


Yo en ninguno de mis trabajos he firmado nóminas, demostrar que te pagan es tan sencillo como mirar los ingresos que te han hecho en tu cuenta bancaria...
Drashiel escribió:
serialuser escribió:
Sí, ahora me rio... perooo vaya tela.

Creo recordar que dependiendo del tipo de contrato de tengas puede ser obligatorio o no firmar un contrato. El empresario con darte de alta en la seguridad social es suficiente. Lo que me parece raro es que no te hagan firmar las nóminas... ¿Cómo demuestran ellos que te están pagando si te da por ser un poco cabrón y denunciarles?.


Yo en ninguno de mis trabajos he firmado nóminas, demostrar que te pagan es tan sencillo como mirar los ingresos que te han hecho en tu cuenta bancaria...


Pero es que las empresas estan obligadas por ley a entregar la nómina al trabajador para saber lo que le descuentas de IRPF, seguridad social, bla, bla, bla... Claro que tal y como funciona aquí la ley...
¿Estás aún en período de prueba? Si es así, ni siquiera hace falta que des los 15 días. Te puedes ir al día siguiente de notificarlo.
El rayador escribió:Pero tío, NUNCA, NUNCA dejes un trabajo por propia iniciativa. Tienes que provocar un despido de la manera que se te ocurra. ¿Cómo vas a renunciar a un dinero que puedes llevarte fácilmente?


Ya... pero salir mal de una empresa... nunca sabes lo que puede pasar en el futuro. Aún así, aparte de enseñar culos o partir caras, algo no tan agresivo e igualmente efectivo? xD

Xeila84 escribió:¿Estás aún en período de prueba? Si es así, ni siquiera hace falta que des los 15 días. Te puedes ir al día siguiente de notificarlo.


No estoy en periodo de prueba, llevo 4 meses en la empresa, así que tengo que dar los 15 días. Además, la otra empresa por suerte me esperará y me ha dado como fecha de incorporación el 12 de marzo.
kartonian escribió:
Ya... pero salir mal de una empresa... nunca sabes lo que puede pasar en el futuro. Aún así, aparte de enseñar culos o partir caras, algo no tan agresivo e igualmente efectivo? xD


Olvídate de lo de quedar bien con la empresa "porque nunca se sabe". Échale cojones, a esos no los volverás a ver en la vida.
¿Qué haría yo en tu caso? Muy fácil, en tu actual empresa no avisas de nada, comienzas a trabajar en la nueva y simplemente dejas de ir a la antigua. Al final te acabarán echando pero te indeminizarán, cosa que no harán si dejas tú ese trabajo.
El rayador escribió:
kartonian escribió:
Ya... pero salir mal de una empresa... nunca sabes lo que puede pasar en el futuro. Aún así, aparte de enseñar culos o partir caras, algo no tan agresivo e igualmente efectivo? xD


Olvídate de lo de quedar bien con la empresa "porque nunca se sabe". Échale cojones, a esos no los volverás a ver en la vida.
¿Qué haría yo en tu caso? Muy fácil, en tu actual empresa no avisas de nada, comienzas a trabajar en la nueva y simplemente dejas de ir a la antigua. Al final te acabarán echando pero te indeminizarán, cosa que no harán si dejas tú ese trabajo.


Macho, eso es un despido disciplinario por causa muy grave y no da derecho a indemnización... Yo no se si estás trabajando o no, pero vas dejando unos consejillos por los hilos que tela....
serialuser escribió:Pero es que las empresas estan obligadas por ley a entregar la nómina al trabajador para saber lo que le descuentas de IRPF, seguridad social, bla, bla, bla... Claro que tal y como funciona aquí la ley...


Por supuesto a entregarlas, pero no a firmarlas, la nómina es algo que se queda el trabajador
Pues las nóminas no me las han entregado jamás, y pedirlas las he pedido por activa y por pasiva...

Y no puedo irme así porque sí de un día para otro y desaparecer, porque en ese caso, como dice el compañero, pierdo todo, finiquito y todo, además que no sé si incluso me podrían llegar a denunciar...
Ni se te ocurra dejar de aparecer en una empresa y ir a la otra. Es mas, cubrete las espaldas con una carta como dicen ahi de renuncia.

-El absentismo laboral continuado equivale a despido disciplinario, y, indemnizacion al empresario (y no es broma).

Por cierto, sabias que si no has firmado ningun contrato se considera indefinido?
kartonian escribió:
El rayador escribió:Pero tío, NUNCA, NUNCA dejes un trabajo por propia iniciativa. Tienes que provocar un despido de la manera que se te ocurra. ¿Cómo vas a renunciar a un dinero que puedes llevarte fácilmente?


Ya... pero salir mal de una empresa... nunca sabes lo que puede pasar en el futuro. Aún así, aparte de enseñar culos o partir caras, algo no tan agresivo e igualmente efectivo? xD

Ahí haces bien, no está la cosa para ir cerrándose las puertas... la vida da más vueltas que una peonza y nunca se sabe
vpc1988 escribió:Ni se te ocurra dejar de aparecer en una empresa y ir a la otra. Es mas, cubrete las espaldas con una carta como dicen ahi de renuncia.

-El absentismo laboral continuado equivale a despido disciplinario, y, indemnizacion al empresario (y no es broma).

Por cierto, sabias que si no has firmado ningun contrato se considera indefinido?


Sí, eso lo sabía, pero si me marcho yo no tiene ningún efecto no? El finiquito será el mismo tanto siendo indefinido o temporal, no?
kartonian escribió:
vpc1988 escribió:Ni se te ocurra dejar de aparecer en una empresa y ir a la otra. Es mas, cubrete las espaldas con una carta como dicen ahi de renuncia.

-El absentismo laboral continuado equivale a despido disciplinario, y, indemnizacion al empresario (y no es broma).

Por cierto, sabias que si no has firmado ningun contrato se considera indefinido?


Sí, eso lo sabía, pero si me marcho yo no tiene ningún efecto no? El finiquito será el mismo tanto siendo indefinido o temporal, no?


Si te marchas tú lo que sucede es que renuncias a la indemnización y al subsidio por desempleo, pero si te vas a otra empresa esto último no tiene importancia. En cuanto al finiquito, da igual el tipo de contrato que tengas... el finiquito no es ni más ni menos que la regularización de lo que te deben hasta ese momento. (Vacaciones no disfrutadas, partes proporcionales de salarios y pagas extras, etc....).

Resumiento:

Shantotto escribió:
Sí, tienes que presentar tu renuncia por escrito avisando de tu fecha de baja y que te firmen una copia como recibido. El finiquito es precisamente eso, la parte proporcional de las pagas extraordinarias y el importe de las vacaciones pendientes no disfrutadas. Al ser una baja voluntaria no tienes derecho a indemnización, pero el finiquito es tuyo de todas todas porque ya te lo has ganado.


Si no te quieren firmar...

Shantotto escribió:Si no puedes conseguir a nadie en la empresa que te la firme como testigo de que la has entregado, lleva a alguien de fuera.


O bien...

Drashiel escribió:
Envía un burofax, así constará la fecha en la que lo envías.


Sobre el cobro del finiquito:

Shantotto escribió:
skorpia23 escribió:
es que si firmas sin haberlo cobrado, al firmar estas aceptando que todo esta correcto (incluido el haber recibido la pasta) y si no quieren luego pagarte no tienes nada que hacer.

el plazo no estoy seguro, pero creo q maximo es un año para que ellos te lo envien, que alguien mas te lo confirme por si acaso.


Ni de coña, el mismo día de finalizar el contrato. Y por supuesto, no debes firmar haber recibido algo que no has recibido.


Como te ha indicado alguien por ahí, no tienen porque pagarte el finiquito en el momento que te vas (aunque es lo normal y lo ideaL, cheque en mano y corriendo al banco). No recuerdo que haya un plazo estipulado para que te paguen, pero si te sirve de referencia, los juzgados no suelen admitir a trámite demandas por este tipo de impagos hasta pasados 3 meses del impago. Así que si te quieren tocar las pelotas y no te pagan el finiquito, ves llamando de vez en cuando a reclamárselo, y en cuanto haga 3 meses y un dia que te piraste... les demandas. Si te quiere tocar mucho las pelotas, ten paciencia, porque hasta que se celebre el juicio puede pasar más de un año.... aunque le puedes reclamar intereses por retraso. Pero bueno, no nos adelantemos y vamos por pasitos....

SUERTE!!
Muchísimas gracias por el resumen Diadoro, ha quedado perfectamente explicado lo que hay que hacer :)

Respecto a la empresa, son muy tocapelotas, así que supongo que apurarán todos los plazos legales y me tocará luchar bastante para que me paguen el finiquito.

Una última duda. Me corresponden 9 días de vacaciones (tengo algunas del año pasado que no hice), puedo decir a la empresa que, dentro de los 15 días que me quedan ahí, hago los 9 de vacaciones? Se pueden negar y obligarme a ir a trabajar, aunque luego me las tengan que pagar?

Muchas gracias!
kartonian escribió:Una última duda. Me corresponden 9 días de vacaciones (tengo algunas del año pasado que no hice), puedo decir a la empresa que, dentro de los 15 días que me quedan ahí, hago los 9 de vacaciones? Se pueden negar y obligarme a ir a trabajar, aunque luego me las tengan que pagar?

Muchas gracias!


Se pueden negar y obligarte a trabajar, pero por parte de la empresa, sería del género idiota hacerte trabajar y despues pagarte las vacaciones, salvo que consideren que necesitas esos días para terminar trabajos pendientes o para formar a otra persona en tu puesto.

Muchos empresarios son tocapelotas, pero tambien son rácanos con avaricia. Si te toca uno más tocapelotas que rácano, te hará trabajar... pero la mayoría le tienen más gusto al dinero que a las ganas de tocar los huevos, así que, si se lo pueden permitir laboralmente, estarán encantados de que te pires cuanto antes y así no te pagan las vacaciones en el finiquito.
Diadoro escribió:
kartonian escribió:Una última duda. Me corresponden 9 días de vacaciones (tengo algunas del año pasado que no hice), puedo decir a la empresa que, dentro de los 15 días que me quedan ahí, hago los 9 de vacaciones? Se pueden negar y obligarme a ir a trabajar, aunque luego me las tengan que pagar?

Muchas gracias!


Se pueden negar y obligarte a trabajar, pero por parte de la empresa, sería del género idiota hacerte trabajar y despues pagarte las vacaciones, salvo que consideren que necesitas esos días para terminar trabajos pendientes o para formar a otra persona en tu puesto.

Muchos empresarios son tocapelotas, pero tambien son rácanos con avaricia. Si te toca uno más tocapelotas que rácano, te hará trabajar... pero la mayoría le tienen más gusto al dinero que a las ganas de tocar los huevos, así que, si se lo pueden permitir laboralmente, estarán encantados de que te pires cuanto antes y así no te pagan las vacaciones en el finiquito.


Espero que tengas razón y me liberen, llevo meses sin vacaciones (y los que me quedan) y me apetece tener aunque sea una semana libre...

Además, en referencia a lo que decías, no tengo nada pendiente por hacer y lo que sé hacer se lo puede enseñar prácticamente cualquier compañero... así que si me obligan a quedarme será para joderme.

Un saludo!
kartonian escribió:Muchísimas gracias por el resumen Diadoro, ha quedado perfectamente explicado lo que hay que hacer :)

Respecto a la empresa, son muy tocapelotas, así que supongo que apurarán todos los plazos legales y me tocará luchar bastante para que me paguen el finiquito.

Una última duda. Me corresponden 9 días de vacaciones (tengo algunas del año pasado que no hice), puedo decir a la empresa que, dentro de los 15 días que me quedan ahí, hago los 9 de vacaciones? Se pueden negar y obligarme a ir a trabajar, aunque luego me las tengan que pagar?

Muchas gracias!


las vacaciones se tienen q disfrutar dentro del año, las que no las pierdes, asi que solo te corresponden desde enero
Berserker7 escribió:las vacaciones se tienen q disfrutar dentro del año, las que no las pierdes, asi que solo te corresponden desde enero


Ups.... cierto... espero que puedas demostrar de alguna manera que te las guardan de un año para otro, porque si no.... (Siempre desde el punto de vista de que te tocarán las pelotillas....)
Diadoro escribió:
Berserker7 escribió:las vacaciones se tienen q disfrutar dentro del año, las que no las pierdes, asi que solo te corresponden desde enero


Ups.... cierto... espero que puedas demostrar de alguna manera que te las guardan de un año para otro, porque si no.... (Siempre desde el punto de vista de que te tocarán las pelotillas....)


Yo las daba por perdidas, pero todos los compañeros me han comentado que siempre se guardan ya que, por motivos de volumen de trabajo, casi nunca se acaban de disfrutar todas las que te corresponden.

Mañana es el día... mañana les digo que me marcho. Si os soy sincero, estoy bastante nervioso porque no sé cómo se lo van a tomar (intuyo que muy mal), pero no aguanto más ahí, que exploten a su madre.

Ya os contaré como continua la historia.

Un saludo!
El rayador escribió:
kartonian escribió:
Ya... pero salir mal de una empresa... nunca sabes lo que puede pasar en el futuro. Aún así, aparte de enseñar culos o partir caras, algo no tan agresivo e igualmente efectivo? xD


Olvídate de lo de quedar bien con la empresa "porque nunca se sabe". Échale cojones, a esos no los volverás a ver en la vida.
¿Qué haría yo en tu caso? Muy fácil, en tu actual empresa no avisas de nada, comienzas a trabajar en la nueva y simplemente dejas de ir a la antigua. Al final te acabarán echando pero te indeminizarán, cosa que no harán si dejas tú ese trabajo.


a esto ni caso.

Es normal que depende del tipo de empresas haya rotación de jefes. Así que como hagas el gamba con el que hoy es tú jefe y el día de mañana lo vuelva a tener la cara que se te quedará será muy buenas.

A parte sí no quieres tener problemas, que los tendrás sí te pones a trabajar con un contrato en vigor en otra empresa, avisa con 15 días por escrito
58 respuestas
1, 2