Hola amigos, veréis tengo entendido que tenia contrato hasta final de este mes de noviembre hasta el 30, pero me di yo de baja voluntaria porque no podía seguir mas por motivos personales mios, y bueno la cuestión es que tengo dudas, me tienen que dar papeles o algo, es que solo me han dado una hoja que dice que conforme don miguel..... etc, se dio de baja voluntaria y poca cosa, creeis que me tienen que dar mas papeles, finiquito y vacaciones o me estarán tomando el pelo la empresa?
hal9000
pensionista
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Te tienen que dar el mes corriente o la parte del mes que hayas currado mas las partes proporcionales de las pagas de navidad y verano y ahí se acaba la cosa..
Miguel20 escribió:Hola amigos, veréis tengo entendido que tenia contrato hasta final de este mes de noviembre hasta el 30, pero me di yo de baja voluntaria porque no podía seguir mas por motivos personales mios, y bueno la cuestión es que tengo dudas, me tienen que dar papeles o algo, es que solo me han dado una hoja que dice que conforme don miguel..... etc, se dio de baja voluntaria y poca cosa, creeis que me tienen que dar mas papeles, finiquito y vacaciones o me estarán tomando el pelo la empresa?
Lo único que implica una baja voluntaria es que no te pagarían la indemnizacion, ni tendrías derecho a solicitar el paro, pero las vacaciones que no hallas disfrutado te las tendrían que dar o pagártelas, así como tu finiquito y parte proporcional de pagas.
Miguel20
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9.672 mensajes desde may 2012 en Mallorca, (Los Santos)
Miguel20 escribió:Hola amigos, veréis tengo entendido que tenia contrato hasta final de este mes de noviembre hasta el 30, pero me di yo de baja voluntaria porque no podía seguir mas por motivos personales mios, y bueno la cuestión es que tengo dudas, me tienen que dar papeles o algo, es que solo me han dado una hoja que dice que conforme don miguel..... etc, se dio de baja voluntaria y poca cosa, creeis que me tienen que dar mas papeles, finiquito y vacaciones o me estarán tomando el pelo la empresa?
Lo único que implica una baja voluntaria es que no te pagarían la indemnizacion, ni tendrías derecho a solicitar el paro, pero las vacaciones que no hallas disfrutado te las tendrían que dar o pagártelas, así como tu finiquito y parte proporcional de pagas.
si hay la he cagado hiendome yo solo, asi me he quedado sin paro, no lo pensé, pero mis motivos personales hacían que no pudiera seguir
El trabajador debe cumplir el preaviso que indica el convenio colectivo, en defecto de estos la legislación obliga a cumplir lo que sea costumbre en el lugar. Hasta ahora la jurisprudencia, considera como la costumbre del lugar 15 días de preaviso.
En relación con lo indicado anteriormente, el preaviso no puede venir recogido en el contrato de trabajo, ya que no es un derecho que se pueda negociar en el contrato, sino que tiene que venir negociado de manera colectivo en el convenio o establecido como costumbre del lugar.
No obstante, en ocasiones se ha considerado por la jurisprudencia, que lo establecido en el contrato de trabajo es la costumbre de lugar.
En consecuencia, si no se da el preaviso necesario el empresario podrá descontarlo de nuestro finiquito, e incluso reclamarlo judicialmente los días de ausencia de preaviso.
No obstante, es raro que la empresa acuda a los tribunales para solicitar dichas cantidades al trabajador, aunque sí que es habitual que se descuente del finiquito.
Miguel20
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El trabajador debe cumplir el preaviso que indica el convenio colectivo, en defecto de estos la legislación obliga a cumplir lo que sea costumbre en el lugar. Hasta ahora la jurisprudencia, considera como la costumbre del lugar 15 días de preaviso.
En relación con lo indicado anteriormente, el preaviso no puede venir recogido en el contrato de trabajo, ya que no es un derecho que se pueda negociar en el contrato, sino que tiene que venir negociado de manera colectivo en el convenio o establecido como costumbre del lugar.
No obstante, en ocasiones se ha considerado por la jurisprudencia, que lo establecido en el contrato de trabajo es la costumbre de lugar.
En consecuencia, si no se da el preaviso necesario el empresario podrá descontarlo de nuestro finiquito, e incluso reclamarlo judicialmente los días de ausencia de preaviso.
No obstante, es raro que la empresa acuda a los tribunales para solicitar dichas cantidades al trabajador, aunque sí que es habitual que se descuente del finiquito.
El trabajador debe cumplir el preaviso que indica el convenio colectivo, en defecto de estos la legislación obliga a cumplir lo que sea costumbre en el lugar. Hasta ahora la jurisprudencia, considera como la costumbre del lugar 15 días de preaviso.
En relación con lo indicado anteriormente, el preaviso no puede venir recogido en el contrato de trabajo, ya que no es un derecho que se pueda negociar en el contrato, sino que tiene que venir negociado de manera colectivo en el convenio o establecido como costumbre del lugar.
No obstante, en ocasiones se ha considerado por la jurisprudencia, que lo establecido en el contrato de trabajo es la costumbre de lugar.
En consecuencia, si no se da el preaviso necesario el empresario podrá descontarlo de nuestro finiquito, e incluso reclamarlo judicialmente los días de ausencia de preaviso.
No obstante, es raro que la empresa acuda a los tribunales para solicitar dichas cantidades al trabajador, aunque sí que es habitual que se descuente del finiquito.
aja asi que es por ley, y lo minimo cuanto seria?
Viene puesto tanto en el texto que te he puesto como en el enlace que te he mandado, ahí te lo explican bien
Miguel20
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@Miguel20 Entre tu y yo, ahora que no nos oye nadie. Para otra vez pillas una baja por depresión y sabes seguro que te echaran a la calle lo mas rápido posible, con tu indemnización y con tu paro. No te vayas nunca por tu cuenta.
Miguel20
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hal9000 escribió:@Miguel20 Entre tu y yo, ahora que no nos oye nadie. Para otra vez pillas una baja por depresión y sabes seguro que te echaran a la calle lo mas rápido posible, con tu indemnización y con tu paro. No te vayas nunca por tu cuenta.