Dudas juicio contra administración por reclamación reparación del vehículo por accidente de tráfico

Buenas,

Luego me explayaré más si eso, y además tampoco tengo muy claro como titular el post.

Tuve un accidente con el coche en una rotonda volviendo a casa. En la rotonda un cambión dejó una mancha de aceite, y al incorporarme y realizar media rotonda, una moto que se había incorporado antes por otra vía (a mi derecha y que yo no ví), se había caído en medio de la rotonda tras perder el control, yo traté de evitarlos y el coche tb perdió el control, se fue de lado y se subió a la rotonda, la suerte es que el chico de la moto que estaba ya casi levantado, vió que había perdido el control y saltó golpeando solo el faro derecho y el lateral del capó.

Esto probablemente sucedió a 5 km/h pero en ese momento parecía que íbamos a morir todos.

El chico no se hizo absolutamente nada más allá de un moratón.
Los vehículos no colisionaron en ningún momento.
Llamamos a la guardia civil que efectivamente dio parte del siniestro, de la mancha, llamaron a un vehículo para echar tierra sobre la rotonda mientras cortaban el tráfico etc...

A nivel de seguros hicimos parte amistoso aunque realmente ninguno podía reclamar al otro daños, salvo que el chico hubiera querido ir a que le hicieran un chequeo y pedir algún tipo de compensación por el golpe, pero me dijo que no tenía nada y que el sabía que había sido un accidente y no reclamó nada.

Con esas, el seguro en aquel momento AXA, me dijo que podía presentar reclamación a quien tocara (primero lo hicimos al ayto. del municipio más cercano a la rotonda), o pagar yo y reclamar.

Arreglé el faro y la chapa por unos 900€ aprox, y a través del bufete del seguro presentamos reclamación al Ayto.
Pasaron casi 6 meses, el ayto. dijo que no eran competentes y que la rotonda era cosa de Diputación de Valencia.
Otros 6 meses y estos que no, que era cosa de Consellería...

En estas Axa decidió unilateralmente no renovarme el seguro (y eso que la reparación la pagué yo...) supongo que por el coste que le acarrea el litigio. Pero me dijeron que se seguirían haciendo cargo del caso porque empezó mientras era asegurado suyo (ahora estoy con Mutua Madrileña)

Mientras, yo iba empoderando a los abogados del bufete para ir presentando reclamaciones a los diferentes órganos de la administración.

Pero en la última ya me pedían apoderamiento para presentar demanda. Hoy me ha llegado el correo de que el juicio es el 24/10/24.

Mi duda es (aunque luego hablaré con ellos):
1. A quién se demanda en estos casos? La administración? Pero qué órgano o parte
2. ¿Es algo serio? En el correo pone procedimiento abreviado contencioso administrativo
3. ¿Entiendo que yo tendré que ir, y explicar lo que sucedió y ya está? Hace falta que vaya mi mujer en calidad de testigo o algo (iba dentro del coche) ¿y el otro chaval de la moto?
4. Si no gano la demanda tengo que cubrir yo los costes del juicio? Porque si por menos de 1000€ me va a suponer un poco de trauma y encima voy a tener que pagar algo yo...

No esperaba que fuera a llegar la cosa tan lejos, lo mismo es un trámite más pero pensaba que en algún momento "la administración" pagaría.... ya veo que se hacen todos el longuis...

Si me podéis dar ánimos os lo agradecería. [+risas]
Solo puedo darte animos.

No entiendo de derecho pero lo que si que se es que ir contra la administracion es traba tras traba... muchisimo animo.

Axa se come todos los gastos con patatas, porque el siniestro te paso mientras estabas asegurado con ellos...
¿Le pleito sería por la mancha de aceite?
no te se recomendar pero yo diria que a quien tenias que haber reclamado era a (quien fuera) el que depositó la mancha de aceite en la rotonda.

las instituciones van a ir a quitarse el problema de arriba, mas cuando no es responsabilidad directa suya y mas cuando no ha habido daños personales, ni materiales de obra publica.

y los seguros como suele ser costumbre, cagandola, como no. [fies]

los tramites contra administraciones suelen demorar muchisimo, porque las administraciones disponen de respaldo judicial "automatico" y "a coste cero" (no es a coste cero, pero si que disponen de gabinetes cuya unica dedicacion, es eso, con lo cual les interesa demorar todo lo posible) y la administracion cuando tiene que pagar paga... pero o bien cuando un juez los encuentra culpables o bien cuando la administracion le puede volcar el marron a un externo. cuando el caso no se ajusta a esos parametros... preparate a esperar y a, en muchos casos, palmar mas dinero del que costarian las reparaciones.

lo que digo yo, es que estas dos cosas que yo estoy diciendo desde detras de la barra de mi teclado y con conocimiento limitado de la materia ¿no te las ha dicho ningun abogado de los que has ido por este tema? ¬_¬
Pero qué responsabilidad tiene la administración/Ayuntamiento/DIputación de una mancha de aceite que ha dejado un vehículo?? Cuando fueron informados ya actuaron según dices... Yo entiendo que eso podrías reclamarlo si hubiera estado en mal estado la carretera o lo que sea por mantenimiento que si es competencia suya..., pero una mancha de aceite no sé yo...
Shane54 escribió:
Pero en la última ya me pedían apoderamiento para presentar demanda. Hoy me ha llegado el correo de que el juicio es el 24/10/24.

Mi duda es (aunque luego hablaré con ellos):
1. A quién se demanda en estos casos? La administración? Pero qué órgano o parte
2. ¿Es algo serio? En el correo pone procedimiento abreviado contencioso administrativo
3. ¿Entiendo que yo tendré que ir, y explicar lo que sucedió y ya está? Hace falta que vaya mi mujer en calidad de testigo o algo (iba dentro del coche) ¿y el otro chaval de la moto?
4. Si no gano la demanda tengo que cubrir yo los costes del juicio? Porque si por menos de 1000€ me va a suponer un poco de trauma y encima voy a tener que pagar algo yo...

No esperaba que fuera a llegar la cosa tan lejos, lo mismo es un trámite más pero pensaba que en algún momento "la administración" pagaría.... ya veo que se hacen todos el longuis...

Si me podéis dar ánimos os lo agradecería. [+risas]


Pues tendrás que saber tú a quien has demandado, no? En la demanda lo debe poner. ¿No te la ha mandado el abogado? Sobre los testigos, en los juicios que yo vi los abogados son quienes propone los testigos ya que solo las partes pueden saber quien estaba ahí. ¿Tampoco te ha comentado nada de eso tu abogado para que les manden la citación judicial?

En general la parte que pierde es la que paga las costas del pleito, así que sí, si pierdes te tocaría pagar lo que ellos se hayan gastado en abogados.
Pues sinceramente, releyendo los correos no indican en ninguna parte a qué órgano presentan la demanda.

No me han mandando nada salvo un correo indicando la fecha del "procedimiento abreviado contencioso administrativo".

En general la parte que pierde es la que paga las costas del pleito, así que sí, si pierdes te tocaría pagar lo que ellos se hayan gastado en abogados.


¿Alguien que pueda confirmar esto? Porque no tengo esperanza ninguna en ganar esto, si existe la posibilidad de encima tener que pagar prefiero retirar la demanda.

Con lo que me surge la duda, ¿puedo retirar la demanda en cualquier momento? Entiendo que sí. En ese caso, ¿me crujiría AXA? [enfa]
Shane54 escribió:Pues sinceramente, releyendo los correos no indican en ninguna parte a qué órgano presentan la demanda.

No me han mandando nada salvo un correo indicando la fecha del "procedimiento abreviado contencioso administrativo".

En general la parte que pierde es la que paga las costas del pleito, así que sí, si pierdes te tocaría pagar lo que ellos se hayan gastado en abogados.


¿Alguien que pueda confirmar esto? Porque no tengo esperanza ninguna en ganar esto, si existe la posibilidad de encima tener que pagar prefiero retirar la demanda.

Con lo que me surge la duda, ¿puedo retirar la demanda en cualquier momento? Entiendo que sí. En ese caso, ¿me crujiría AXA? [enfa]


Quizás deberías pedirle la demanda al abogado que la haya redactado. Nunca está demás leérselas para ver que han puesto y si todo está correcto, no la parte jurídica que la mayoría de personas no está puesta en leyes, pero la exposición de los hechos está bien comprobar que haya quedado constancia sin errores de todo lo que tú le dijiste.

Sobre las costas, aquí viene todo explicado:

https://gonzalezsastre.com/costas-proce ... procesales.
A mí tío le pasó algo parecido, se resbaló con iba mancha de aceite de un camión y a quien denunció fue al del camión.
seaman escribió:A mí tío le pasó algo parecido, se resbaló con iba mancha de aceite de un camión y a quien denunció fue al del camión.


Bueno pero tu tío tuvo suerte de que el del camión andaba por ahí. Al de la moto y a mí cuando llegamos a la rotonda no había nadie.
Shane54 escribió:
seaman escribió:A mí tío le pasó algo parecido, se resbaló con iba mancha de aceite de un camión y a quien denunció fue al del camión.


Bueno pero tu tío tuvo suerte de que el del camión andaba por ahí. Al de la moto y a mí cuando llegamos a la rotonda no había nadie.


No creo que el Ayuntamiento tenga responsabilidad salvo que puedas demostrar mala praxis (o como se llame), es decir, que fue consciente de la mancha y no la eliminó en tiempo y forma.

Respecto a una de tus dudas iniciales, estás en el paso final de una reclamación administrativa, donde es el juez quien resuelve la reclamación. Supongo que luego estarían los recursos a la sentencia, pero no creo que sigas después de que un juez diga no.
Shane54 escribió:
seaman escribió:A mí tío le pasó algo parecido, se resbaló con iba mancha de aceite de un camión y a quien denunció fue al del camión.


Bueno pero tu tío tuvo suerte de que el del camión andaba por ahí. Al de la moto y a mí cuando llegamos a la rotonda no había nadie.


Ya pero estás buscando un culpable que no lo es porque no encuentras al que lo ha hecho... Yo creo que te vas a meter en un lío si vas a juicio contra ayuntamiento o derivados
@Shane54 Varias cosas:

- Un abogado serio mantiene informado al cliente de los progresos más relevantes en su caso. En tu supuesto, te tienen en la más absoluta inopia y eso es una vergüenza.

- Por lo que cuentas, se presentó ante el Ayuntamiento lo que se denomina “reclamación de responsabilidad patrimonial”. Es la herramienta por la que se insta a una Administración a resarcir económicamente unos perjuicios que sean causa del funcionamiento de esa Administración. En tu caso la razón de imputar la responsabilidad al Ayuntamiento radicaría (supongo) en la deficiencia en el mantenimiento del firme de la rotonda.

- Esa reclamación no fue estimada en vía administrativa, por los motivos que fueran (esto es lo habitual: ninguna Administración acepta de buenas a primeras indemnizar a nadie).

- Cuando una decisión administrativa como esa no es favorable a los intereses del particular, se puede recurrir a la vía judicial (“contencioso-administrativa”). En tu caso, el procedimiento judicial es abreviado (en contraposición al ordinario) porque la cuantía reclamada es inferior a 30.000 euros.

- El procedimiento abreviado se inicia con un escrito en el que la parte recurrente (tú) anuncia la interposición del recurso contencioso-administrativo contra la actividad administrativa en cuestión (la desestimación de tu reclamación de responsabilidad patrimonial). A diferencia del procedimiento ordinario, en el abreviado en ese mismo escrito también se formula la demanda.

- La demanda, por tanto, ya se ha presentado. Hay una Administración demandada (el Ayuntamiento), puede que haya codemandadas (otras Administraciones, por ejemplo), y hay un juzgado concreto conociendo del caso.

- El juzgado, en el marco del procedimiento abreviado, ha fijado fecha para una vista. En esa vista (o juicio, como quieras llamarlo) pueden suceder varias cosas. Desde que tengas que declarar (porque tu declaración ha sido admitida como prueba) hasta que simplemente se trate de que la demandada conteste a tu demanda oralmente.

- Pide inmediatamente al abogado que te dé traslado de (i) el escrito de interposición del recurso y de demanda y (ii) la diligencia de fijación de la vista. Con esto podrás enterarte mejor de qué va el asunto.

Perdona que sea tan telegráfico pero estoy en el móvil y es un poco engorroso escribir. Si tienes cualquier duda pregúntame sin problema.
@Shane54

A quien condenan en costas lo decide el juez en el juicio, pero muchas veces, por no decir la mayoría, suelen pagarlas los que pierden.
Yo en tu caso, por tan poco dinero no me arriesgaría, te puede salir la jugada mal.
Shane54 escribió:
seaman escribió:A mí tío le pasó algo parecido, se resbaló con iba mancha de aceite de un camión y a quien denunció fue al del camión.


Bueno pero tu tío tuvo suerte de que el del camión andaba por ahí. Al de la moto y a mí cuando llegamos a la rotonda no había nadie.


Lo que te quiero decir que el culpable es el camión, no el ayuntamiento.
Sí, yo tampoco termino de entender el sentido de denunciar al ayuntamiento si el culpable del accidente fue una mancha de aceite... probablemente fue una cosa de minutos, es imposible que en el ayuntamiento se pudieran enterar de eso.
@largeroliker como vayan como el nuestro de Málaga... 4 meses para arreglar una arqueta rota en una acera (que cabía un pie) desde que lo notifiqué por la app de Málaga Funciona [+risas]
@AMSWORLD Hostias, Málaga Funciona... Yo reporté una arqueta hundida y tardaron años en arreglarla XD
Shane54 escribió:
seaman escribió:A mí tío le pasó algo parecido, se resbaló con iba mancha de aceite de un camión y a quien denunció fue al del camión.


Bueno pero tu tío tuvo suerte de que el del camión andaba por ahí. Al de la moto y a mí cuando llegamos a la rotonda no había nadie.


se solicita a administracion competente intentar localizar en camaras de trafico cual pudo ser el vehiculo causante.

lo que pasa es que eso hay un plazo de tiempo porque esas grabaciones no se conservan indefinidamente. si no se hizo en su momento probablemente ahora ya no haya grabacion disponible.
Gracias a todos por vuestras respuestas.

Yo no es que en su momento quisiera demandar o reclamar al ayto o no, yo simplemente seguí lo que me indicó la aseguradora.

Me da la sensación de que me he metido en un charco innecesario. Voy a pedirles lo que comenta el forero @Veltex y tras estudiarlo les comentaré si se puede uno echar atrás.

Esto no veo que lo haya comentado nadie, ¿entiendo que siempre es posible retirar la reclamación/demanda?

Un saludo,
Shane54 escribió:Buenas,

Luego me explayaré más si eso, y además tampoco tengo muy claro como titular el post.

Tuve un accidente con el coche en una rotonda volviendo a casa. En la rotonda un cambión dejó una mancha de aceite, y al incorporarme y realizar media rotonda, una moto que se había incorporado antes por otra vía (a mi derecha y que yo no ví), se había caído en medio de la rotonda tras perder el control, yo traté de evitarlos y el coche tb perdió el control, se fue de lado y se subió a la rotonda, la suerte es que el chico de la moto que estaba ya casi levantado, vió que había perdido el control y saltó golpeando solo el faro derecho y el lateral del capó.

Esto probablemente sucedió a 5 km/h pero en ese momento parecía que íbamos a morir todos.

El chico no se hizo absolutamente nada más allá de un moratón.
Los vehículos no colisionaron en ningún momento.
Llamamos a la guardia civil que efectivamente dio parte del siniestro, de la mancha, llamaron a un vehículo para echar tierra sobre la rotonda mientras cortaban el tráfico etc...

A nivel de seguros hicimos parte amistoso aunque realmente ninguno podía reclamar al otro daños, salvo que el chico hubiera querido ir a que le hicieran un chequeo y pedir algún tipo de compensación por el golpe, pero me dijo que no tenía nada y que el sabía que había sido un accidente y no reclamó nada.

Con esas, el seguro en aquel momento AXA, me dijo que podía presentar reclamación a quien tocara (primero lo hicimos al ayto. del municipio más cercano a la rotonda), o pagar yo y reclamar.

Arreglé el faro y la chapa por unos 900€ aprox, y a través del bufete del seguro presentamos reclamación al Ayto.
Pasaron casi 6 meses, el ayto. dijo que no eran competentes y que la rotonda era cosa de Diputación de Valencia.
Otros 6 meses y estos que no, que era cosa de Consellería...

En estas Axa decidió unilateralmente no renovarme el seguro (y eso que la reparación la pagué yo...) supongo que por el coste que le acarrea el litigio. Pero me dijeron que se seguirían haciendo cargo del caso porque empezó mientras era asegurado suyo (ahora estoy con Mutua Madrileña)

Mientras, yo iba empoderando a los abogados del bufete para ir presentando reclamaciones a los diferentes órganos de la administración.

Pero en la última ya me pedían apoderamiento para presentar demanda. Hoy me ha llegado el correo de que el juicio es el 24/10/24.

Mi duda es (aunque luego hablaré con ellos):
1. A quién se demanda en estos casos? La administración? Pero qué órgano o parte
2. ¿Es algo serio? En el correo pone procedimiento abreviado contencioso administrativo
3. ¿Entiendo que yo tendré que ir, y explicar lo que sucedió y ya está? Hace falta que vaya mi mujer en calidad de testigo o algo (iba dentro del coche) ¿y el otro chaval de la moto?
4. Si no gano la demanda tengo que cubrir yo los costes del juicio? Porque si por menos de 1000€ me va a suponer un poco de trauma y encima voy a tener que pagar algo yo...

No esperaba que fuera a llegar la cosa tan lejos, lo mismo es un trámite más pero pensaba que en algún momento "la administración" pagaría.... ya veo que se hacen todos el longuis...

Si me podéis dar ánimos os lo agradecería. [+risas]


La teoría es que el propietario de esa vía esta en su obligación de mantener el estado de la carretera en perfecto estado por lo tanto razón tienes. Más no puedo decirte. Suerte.
gojesusga escribió:
Shane54 escribió:Buenas,

Luego me explayaré más si eso, y además tampoco tengo muy claro como titular el post.

Tuve un accidente con el coche en una rotonda volviendo a casa. En la rotonda un cambión dejó una mancha de aceite, y al incorporarme y realizar media rotonda, una moto que se había incorporado antes por otra vía (a mi derecha y que yo no ví), se había caído en medio de la rotonda tras perder el control, yo traté de evitarlos y el coche tb perdió el control, se fue de lado y se subió a la rotonda, la suerte es que el chico de la moto que estaba ya casi levantado, vió que había perdido el control y saltó golpeando solo el faro derecho y el lateral del capó.

Esto probablemente sucedió a 5 km/h pero en ese momento parecía que íbamos a morir todos.

El chico no se hizo absolutamente nada más allá de un moratón.
Los vehículos no colisionaron en ningún momento.
Llamamos a la guardia civil que efectivamente dio parte del siniestro, de la mancha, llamaron a un vehículo para echar tierra sobre la rotonda mientras cortaban el tráfico etc...

A nivel de seguros hicimos parte amistoso aunque realmente ninguno podía reclamar al otro daños, salvo que el chico hubiera querido ir a que le hicieran un chequeo y pedir algún tipo de compensación por el golpe, pero me dijo que no tenía nada y que el sabía que había sido un accidente y no reclamó nada.

Con esas, el seguro en aquel momento AXA, me dijo que podía presentar reclamación a quien tocara (primero lo hicimos al ayto. del municipio más cercano a la rotonda), o pagar yo y reclamar.

Arreglé el faro y la chapa por unos 900€ aprox, y a través del bufete del seguro presentamos reclamación al Ayto.
Pasaron casi 6 meses, el ayto. dijo que no eran competentes y que la rotonda era cosa de Diputación de Valencia.
Otros 6 meses y estos que no, que era cosa de Consellería...

En estas Axa decidió unilateralmente no renovarme el seguro (y eso que la reparación la pagué yo...) supongo que por el coste que le acarrea el litigio. Pero me dijeron que se seguirían haciendo cargo del caso porque empezó mientras era asegurado suyo (ahora estoy con Mutua Madrileña)

Mientras, yo iba empoderando a los abogados del bufete para ir presentando reclamaciones a los diferentes órganos de la administración.

Pero en la última ya me pedían apoderamiento para presentar demanda. Hoy me ha llegado el correo de que el juicio es el 24/10/24.

Mi duda es (aunque luego hablaré con ellos):
1. A quién se demanda en estos casos? La administración? Pero qué órgano o parte
2. ¿Es algo serio? En el correo pone procedimiento abreviado contencioso administrativo
3. ¿Entiendo que yo tendré que ir, y explicar lo que sucedió y ya está? Hace falta que vaya mi mujer en calidad de testigo o algo (iba dentro del coche) ¿y el otro chaval de la moto?
4. Si no gano la demanda tengo que cubrir yo los costes del juicio? Porque si por menos de 1000€ me va a suponer un poco de trauma y encima voy a tener que pagar algo yo...

No esperaba que fuera a llegar la cosa tan lejos, lo mismo es un trámite más pero pensaba que en algún momento "la administración" pagaría.... ya veo que se hacen todos el longuis...

Si me podéis dar ánimos os lo agradecería. [+risas]


La teoría es que el propietario de esa vía esta en su obligación de mantener el estado de la carretera en perfecto estado por lo tanto razón tienes. Más no puedo decirte. Suerte.


Coño pero que es una mancha de aceite de un camión.., el propio usuario a dicho que en cuanto se tuvo conocimiento la limpiaron... No es un agujero que lleva 3 días... Eso yo dudo que sea responsaabilidad de nadie más que quien ha dejado la mancha en la carretera...
Torres escribió:
gojesusga escribió:
Shane54 escribió:Buenas,

Luego me explayaré más si eso, y además tampoco tengo muy claro como titular el post.

Tuve un accidente con el coche en una rotonda volviendo a casa. En la rotonda un cambión dejó una mancha de aceite, y al incorporarme y realizar media rotonda, una moto que se había incorporado antes por otra vía (a mi derecha y que yo no ví), se había caído en medio de la rotonda tras perder el control, yo traté de evitarlos y el coche tb perdió el control, se fue de lado y se subió a la rotonda, la suerte es que el chico de la moto que estaba ya casi levantado, vió que había perdido el control y saltó golpeando solo el faro derecho y el lateral del capó.

Esto probablemente sucedió a 5 km/h pero en ese momento parecía que íbamos a morir todos.

El chico no se hizo absolutamente nada más allá de un moratón.
Los vehículos no colisionaron en ningún momento.
Llamamos a la guardia civil que efectivamente dio parte del siniestro, de la mancha, llamaron a un vehículo para echar tierra sobre la rotonda mientras cortaban el tráfico etc...

A nivel de seguros hicimos parte amistoso aunque realmente ninguno podía reclamar al otro daños, salvo que el chico hubiera querido ir a que le hicieran un chequeo y pedir algún tipo de compensación por el golpe, pero me dijo que no tenía nada y que el sabía que había sido un accidente y no reclamó nada.

Con esas, el seguro en aquel momento AXA, me dijo que podía presentar reclamación a quien tocara (primero lo hicimos al ayto. del municipio más cercano a la rotonda), o pagar yo y reclamar.

Arreglé el faro y la chapa por unos 900€ aprox, y a través del bufete del seguro presentamos reclamación al Ayto.
Pasaron casi 6 meses, el ayto. dijo que no eran competentes y que la rotonda era cosa de Diputación de Valencia.
Otros 6 meses y estos que no, que era cosa de Consellería...

En estas Axa decidió unilateralmente no renovarme el seguro (y eso que la reparación la pagué yo...) supongo que por el coste que le acarrea el litigio. Pero me dijeron que se seguirían haciendo cargo del caso porque empezó mientras era asegurado suyo (ahora estoy con Mutua Madrileña)

Mientras, yo iba empoderando a los abogados del bufete para ir presentando reclamaciones a los diferentes órganos de la administración.

Pero en la última ya me pedían apoderamiento para presentar demanda. Hoy me ha llegado el correo de que el juicio es el 24/10/24.

Mi duda es (aunque luego hablaré con ellos):
1. A quién se demanda en estos casos? La administración? Pero qué órgano o parte
2. ¿Es algo serio? En el correo pone procedimiento abreviado contencioso administrativo
3. ¿Entiendo que yo tendré que ir, y explicar lo que sucedió y ya está? Hace falta que vaya mi mujer en calidad de testigo o algo (iba dentro del coche) ¿y el otro chaval de la moto?
4. Si no gano la demanda tengo que cubrir yo los costes del juicio? Porque si por menos de 1000€ me va a suponer un poco de trauma y encima voy a tener que pagar algo yo...

No esperaba que fuera a llegar la cosa tan lejos, lo mismo es un trámite más pero pensaba que en algún momento "la administración" pagaría.... ya veo que se hacen todos el longuis...

Si me podéis dar ánimos os lo agradecería. [+risas]


La teoría es que el propietario de esa vía esta en su obligación de mantener el estado de la carretera en perfecto estado por lo tanto razón tienes. Más no puedo decirte. Suerte.


Coño pero que es una mancha de aceite de un camión.., el propio usuario a dicho que en cuanto se tuvo conocimiento la limpiaron... No es un agujero que lleva 3 días... Eso yo dudo que sea responsaabilidad de nadie más que quien ha dejado la mancha en la carretera...


Eso nadie lo sabe si lleva 3 días o 1 minuto. Bueno el del camión que a todo esto como sabía que era un camión, lo vio el OP?
Shane54 escribió:Gracias a todos por vuestras respuestas.

Yo no es que en su momento quisiera demandar o reclamar al ayto o no, yo simplemente seguí lo que me indicó la aseguradora.

Me da la sensación de que me he metido en un charco innecesario. Voy a pedirles lo que comenta el forero @Veltex y tras estudiarlo les comentaré si se puede uno echar atrás.

Esto no veo que lo haya comentado nadie, ¿entiendo que siempre es posible retirar la reclamación/demanda?

Un saludo,


Sí, el concepto que buscas no es el de “retirar la demanda”, sino el de desistir del recurso. Con carácter general el desistimiento no conlleva condena en costas, salvo que el órgano judicial aprecie mala fe o temeridad en la interposición del recurso (yo no he visto jamás una condena en costas tras desistimiento).

En cambio la desestimación del recurso contencioso-administrativo sí conlleva normalmente la condena en costas, salvo que el órgano judicial aprecie que existían “serias dudas de hecho o de derecho”. Esto en la práctica es lanzar una moneda al aire.
Por partes:

-El camión al no tenerlo localizado no se le puede reclamar a su seguro
-Como no es tu culpa pero no esta identificada la parte contraria, se encarga el consorcio de seguros de indemnizarte los daños
-Esto le toca a tu aseguradora "pelearlo", tienen 7 días desde el accidente para presentar la reclamación

Y hasta aquí lo que se del tema, una de dos o te han engañado en la aseguradora para ganar tiempo y que se te pase el plazo de reclamar al consorcio, o esa demanda es un trámite para la reclamación

De los abogados de compañías de seguros no te fíes un pelo, suelen hacer todo lo posible pasar salvar el culo a la aseguradora aunque eso vaya contra el cliente

Pide una copia de la demanda y mírate bien exactamente que han reclamado
Yo en este caso habría buscado un abogado externo, los abogados de las aseguradoras suelen mirar por la compañía aseguradora más que por el cliente. Yo hace unos meses tuve un accidente y como mis seguro ni me llamó para informarme de nada, y el intermediario entre seguro y yo tampoco me daban mucha información, me busque uno externo y fue todo genial.
Gracias.

Sobre que fue un camión, lo dedujimos por el tamaño y la longitud de la mancha de aceite. La rotonda la transitan camiones de forma regular y es una rotonda grande ojo, es esta: https://maps.app.goo.gl/fuuqCPo2aHijRjP46

Por otra parte, yo cuando me incorporo a la rotonda a la moto caída no la veo hasta que casi la tengo de frente, no entiendo porqué cojones hacen montículos celtas en las rotondas. Vale que coches o camiones los vas a ver, pero si hay algo caído en medio no, como fue el caso.

Repito que yo seguí lo que me iba comentando AXA. Es decir, llamé y me dieron dos opciones, esperar a que la reclamación prosperara y entonces ellos pagarían la reparación, o reparar yo y reclamar. Elegí lo segundo porque necesitaba el faro para pasar la ITV una semana despues (coincidencia)

Me dijeron que ellos reclamarían al consorcio o seguro del ayto (al ppio pensaron que la rotonda era potestad del ayuntamiento de Museros (Valencia)), y yo pagué de mi bolsillo la reparación. Vamos que si no les hubiera interesado podían haber dicho que no había motivo para reclamar nada, no veo qué oscuro motivo pudo llevar a AXA (ni siquiera a su bufete que entró en escena después) de empezar a mover todo esto.

A partir de ahí pues entiendo que han ido reclamando al órgano que tocaba cuando a los 6 meses (plazo que tienen) el anterior se hacía el longuis.

No veo visos de que esto prospere, pero ahora estoy algo cagado:

1. Si sigo adelante, me arriesgo a que me hagan pagar costas si pierdo. Ni idea de cuánto sería, leyendo este artículo parece que si se reclama por menos de 1500€ lo normal es que no se impongan las costas al ciudadano o en todo caso una tercera parte: https://elderecho.com/proceso-contencio ... ivo-costas
Si es así la verdad no me importa arriesgarme


2. Si me decido por retirar la demanda por miedo a perder y pagar las costas, que AXA, que ya no es mi aseguradora pero como lo era al inicio del proceso se está haciendo cargo del proceso, diga que entonces sí me pasaría la minuta de todo, abogados incluídos. Entiendo que no deberían pero imaginemos que sí y me pidan miles de €

3. Cabe una posibilidad, y es que si pierdo y hay que pagar costas, se siga haciendo cargo AXA...

En fin un lío
Lo primero que deberían haberte explicado tus abogados es que una administración siempre lleva los procesos hasta el último recurso, les sale "gratis" (pagamos todos) ni entran a valorar los procesos, es automático.
NWOBHM escribió:Lo primero que deberían haberte explicado tus abogados es que una administración siempre lleva los procesos hasta el último recurso, les sale "gratis" (pagamos todos) ni entran a valorar los procesos, es automático.


Sip, ya me he dado cuenta. [+risas]
28 respuestas