No os ofendais, pero me da la impresión de que no habeis entendido el concepto de "efectos retroactivos".
Efectos retroactivos significa que una acción de ahora, causa efecto en algo que pasó hace tiempo. En este caso se refiere a que desde que se aprobó la reforma de la L.P.I. el pasado año, se estuvieron aplicando cánones a pendrives, reproductores mp3, cámaras de fotos, grabadoras, etc. Ahora, un año más tarde, industria y cultura han decidido que que no habrá efecto retroactivo.
Eso significa que si se decide quitar los cánones de dichos productos (pendrives, reproductores, etc...), no causará ningún efecto en los que ya se han vendido, y por lo tanto, los consumidores no tendrán derecho a reclamar que les devuelvan (abonar) el importe de canon que pagaron en su momento.
Espero haber disipado alguna duda al que no entendió bien la notícia.
Saludos!