El parlamento español decide saltarse a la torera una ley orgánica

Y ya van...

http://www.diariovasco.com/20130924/mas ... 42040.html

Según el estatuto de gernika que dicen defender los unionistas, ley orgánica de obligado cumplimiento, los nacionales y la gc sólo tienen competencias para aduanas, expedición de dni y poco más. Pero claro, las leyes son para los demás.
No comprendo a dónde quieres llegar.
¿Seguro que el estatuto de Gernika dice eso? ¿O dice más bien que las fuerzas del Estado tienen la competencia ÚNICA sobre esos campos, sin especificar si puede o no tener otras competencias aparte de esas?
Ehhh, ¿dónde pone en la noticia que se metan en competencias que no les corresponden?
Atmósfera protectora escribió:No comprendo a dónde quieres llegar.


Pues que ambos cuerpos armados deberían de salir de una vez para cumplir una ley aprobada hace más de treinta años.

Edito:

Artículo 17.1

1.- Mediante el proceso de actualización del régimen foral previsto en la disposición
adicional primera de la Constitución, corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la
forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para la
protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio
autónomo, quedando reservados en todo caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la
vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en
territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y
expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y
explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.
alberdi escribió:
Atmósfera protectora escribió:No comprendo a dónde quieres llegar.


Pues que ambos cuerpos armados deberían de salir de una vez para cumplir una ley aprobada hace más de treinta años.

Edito:

Artículo 17.1

1.- Mediante el proceso de actualización del régimen foral previsto en la disposición
adicional primera de la Constitución, corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la
forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para la
protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio
autónomo, quedando reservados en todo caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la
vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en
territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y
expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y
explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


¿y dónde dice que sean esas las únicas competencias del Estado?
Tranqui, no es la única, aquí reparten para todos...claro que mal de muchos...
LLioncurt escribió:
alberdi escribió:
Atmósfera protectora escribió:No comprendo a dónde quieres llegar.


Pues que ambos cuerpos armados deberían de salir de una vez para cumplir una ley aprobada hace más de treinta años.

Edito:

Artículo 17.1

1.- Mediante el proceso de actualización del régimen foral previsto en la disposición
adicional primera de la Constitución, corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la
forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para la
protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio
autónomo, quedando reservados en todo caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la
vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en
territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y
expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y
explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


¿y dónde dice que sean esas las únicas competencias del Estado?


En el artículo que te he pegado. Pero como es papel mojado, da igual.
Ni en la noticia pone nada de que la GC o la policía nacional se haya salido de sus competencias, ni en el estatuto pone que no tenga que haber GC o policía nacional en el Pais Vasco.

De todas formas, en el estatuto también pone ésto

6.- No obstante lo dispuesto en los números anteriores, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir en el mantenimiento del orden público en la Comunidad

Autónoma en los siguientes casos:
a) A requerimiento del Gobierno del País Vasco, cesando la intervención a instancias del mismo.

b) Por propia iniciativa, cuando estimen que el interés general del Estado está gravemente comprometido, siendo necesaria la aprobación de la Junta de Seguridad a que hace referencia el número 4 de este artículo. En supuestos de especial urgencia y para cumplir las funciones que directamente les encomienda la Constitución, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir bajo la responsabilidad exclusiva del Gobierno, dando éste cuenta a las Cortes Generales. Las Cortes Generales, a través de los procedimientos constitucionales, podrán ejercitar las competencias que les correspondan
PainKiller escribió:Ni en la noticia pone nada de que la GC o la policía nacional se haya salido de sus competencias, ni en el estatuto pone que no tenga que haber GC o policía nacional en el Pais Vasco.


Claro que tiene que haber. Para expedir el dni, permiso de armas, aduanas y unas pocas cosas más. Si no, la competencia es de la Ertzaintza.

Edito:

1.- Mediante el proceso de actualización del régimen foral previsto en la disposición
adicional primera de la Constitución, corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la
forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para la
protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio
autónomo, quedando reservados en todo caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado
los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la
vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en
territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y
expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y
explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


Pero vamos, que igual pone que la ertzaintza está para poner multas de la ota.
En el artículo dice que son COMPETENCIAS ÚNICAS, no que sean las ÚNICAS COMPETENCIAS. Es un pequeño detalle de sintaxis que lo cambia todo.
Pues que ambos cuerpos armados deberían de salir de una vez para cumplir una ley aprobada hace más de treinta años.


¿Pero con qué fin?

¿Qué consigues tú o tu círculo con la marcha de esos cuerpos específicos de policía?
alberdi escribió:Claro que tiene que haber. Para expedir el dni, permiso de armas, aduanas y unas pocas cosas más. Si no, la competencia es de la Ertzaintza.


Y bien, ¿se han metido en competencias de la ertzaintza? ¿Les has visto haciendo controles de alcoholemia, o deteniendo a gente en una pelea, o multando a la gente por mear en la calle....?

La GC está para temas de terrorismo y poco más y los controles que hacen están dentro de sus competencias ya que buscan terroristas/armas.
LLioncurt escribió:En el artículo dice que son COMPETENCIAS ÚNICAS, no que sean las ÚNICAS COMPETENCIAS. Es un pequeño detalle de sintaxis que lo cambia todo.


El artículo viene en el periódico de Mayor Oreja.

Yo te he puesto también el articulado del estatuto, que los democratasdetodalavida dicen defender, pero lo deben de utilizar para calzar mesas.

Edito:

Painkiller, sí que les he visto.
Yo hablo del artículo del estatuto también.
Existe alguna ley que no se pasen por el forro?
alberdi escribió:
LLioncurt escribió:En el artículo dice que son COMPETENCIAS ÚNICAS, no que sean las ÚNICAS COMPETENCIAS. Es un pequeño detalle de sintaxis que lo cambia todo.


El artículo viene en el periódico de Mayor Oreja.

Yo te he puesto también el articulado del estatuto, que los democratasdetodalavida dicen defender, pero lo deben de utilizar para calzar mesas.

Edito:

Painkiller, sí que les he visto.


Claaaaaaro.

Teniendo en cuenta que con que recurras la multa que te pongan ya no vale para nada....
Y por qué ganarías el recurso?
Porque no te pueden sancionar en las materias donde no tienen competencias.
Policía Nacional, Guardia Civil, Ertzaintza, Mossos, Guardia Urbana, Policia Local, Policia Foral...

A veces pienso que en este país nos hemos vuelto gilipollas.

¿de verdad necesitamos a tantos collares para el mismo perro?
PainKiller escribió:Porque no te pueden sancionar en las materias donde no tienen competencias.


Luego no tienen competencias y no estoy loco leyendo el articulado.
Pues Alberdi, perdona que insista pero sigo sin verlo, en el artículo del Estatuto dice la serie de competencias que son materia exclusiva del Estado, pero no dice que sean esas las únicas competencias que tiene.
No tienen competencias en ciertas cosas (salvo en situaciones excepcionales) pero ni en la vida he visto o escuchado que se salgan de éstas, ni lo pone en el articulo.

Salvo el control de turno donde te piden la documentación y te miran el maletero, no los verás haciendo otra cosa.
corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para...


Ahí dice que lo que corresponde a las instituciones del país Vasco es el régimen de la Policía Autónoma (o sea, que las instituciones de allí controlan la policía de allí) y después del "para" fija que tipo de competencias tiene esa policía, pero eso NO significa que la Policía Nacional o la Guardia Civil no pueda tener competencias comunes, por que lo que viene a decir después es que tipo de competencias son exclusivas del estado, no que solo tenga esas...
Vaya por Dios, esa no es la Ley Orgánica 2/86 de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que conozco yo.

Artículo 1

1 La Seguridad pública es competencia exclusiva del Estado. Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación.

2. Las Comunidades Autónomas participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos que establezcan los respectivos Estatutos y en el marco de esta Ley.

3. Las Corporaciones Locales participarán en el mantenimiento de la seguridad pública en los términos establecidos en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local y en el marco de esta Ley.


Artículo 9

Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ejercen sus funciones en todo el territorio nacional y están integradas por:

a) El Cuerpo Nacional de Policía, que es un Instituto Armado de naturaleza civil, dependiente del Ministro del Interior.
b) La Guardia Civil, que es un Instituto Armado de naturaleza militar, dependiente del Ministro del Interior, en el desempeño de las funciones que esta Ley le atribuye, y del Ministro de Defensa en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que éste o el Gobierno le encomienden. En tiempo de guerra y durante el estado de sitio, dependerá exclusivamente del Ministro de Defensa.
El artículo del estatuo lo dice bien claro pero parece que los demás no lo queréis entender. El orden público y la seguridad ciudadana son competencias exclusivas de la policía vasca:

corresponderá a las instituciones del País Vasco el régimen de la Policía Autónoma para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo


También lo tenéis en wikipedia mejor explicado:
Actualmente la Ertzaintza tiene todas las competencias en materia de Orden Público, Seguridad Ciudadana, Tráfico y Juego y Espectáculos del País Vasco.

http://es.wikipedia.org/wiki/Ertzaintza

A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado les corresponde esto:
los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


Y únicamente pueden intervenir en el mantenimiento del orden público en estos casos:
No obstante lo dispuesto en los números anteriores, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir en el mantenimiento del orden público en la Comunidad Autónoma en los siguientes casos:
a) A requerimiento del Gobierno del País Vasco, cesando la intervención a instancias del mismo.
b) Por propia iniciativa, cuando estimen que el interés general del Estado está gravemente comprometido, siendo necesaria la aprobación de la Junta de Seguridad a que hace referencia el número 4 de este artículo. En supuestos de especial urgencia y para cumplir las funciones que directamente les encomienda la Constitución, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir bajo la responsabilidad exclusiva del Gobierno, dando éste cuenta a las Cortes Generales. Las Cortes
Generales, a través de los procedimientos constitucionales, podrán ejercitar las competencias que les correspondan.


Y lo mismo para la policía catalana:
En 1994 empezó un proceso de sustitución del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil en las funciones de orden público, seguridad ciudadana y tráfico, quedando estos dedicados a tareas relativas a competencias exclusivas del Estado, como la expedición de los documentos oficiales de identidad, la inmigración o el control de fronteras entre otros.

http://es.wikipedia.org/wiki/Mozos_de_Escuadra
corresponderá a las instituciones del País Vasco el régimen de la Policía Autónoma para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo

Ahí dice que el gobierno vasco manda sobre la policía vasca para cumplir esas competencias. Punto.

Actualmente la Ertzaintza tiene todas las competencias en materia de Orden Público, Seguridad Ciudadana, Tráfico y Juego y Espectáculos del País Vasco.

http://es.wikipedia.org/wiki/Ertzaintza

Vaya, ahora las fuentes del derecho son la ley, la costumbre y la Wikipedia, y yo sin enterarme.

A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado les corresponde esto:
los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


En el artículo dice que esas son competencias únicas del Estado, es decir, que la policía vasca no puede meterse nunca, pero no dice que sean las únicas competencias que puede tener el Estado.

Y únicamente pueden intervenir en el mantenimiento del orden público en estos casos:
No obstante lo dispuesto en los números anteriores, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir en el mantenimiento del orden público en la Comunidad Autónoma en los siguientes casos:
a) A requerimiento del Gobierno del País Vasco, cesando la intervención a instancias del mismo.
b) Por propia iniciativa, cuando estimen que el interés general del Estado está gravemente comprometido, siendo necesaria la aprobación de la Junta de Seguridad a que hace referencia el número 4 de este artículo. En supuestos de especial urgencia y para cumplir las funciones que directamente les encomienda la Constitución, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir bajo la responsabilidad exclusiva del Gobierno, dando éste cuenta a las Cortes Generales. Las Cortes
Generales, a través de los procedimientos constitucionales, podrán ejercitar las competencias que les correspondan.


Pues ya está, el Estado ha decidido que la guardia civil debe estar en el País Vasco bajo su responsabilidad, si quieres abres un hilo sobre si está bien o no, pero no es ilegal.
Lo ha aprobado la junta de seguridad?
alberdi escribió:Lo ha aprobado la junta de seguridad?


Creo que no te enteras del asunto XD.

Vamos a ver, la Constitución Española y la ley orgánica que nace de este marco (la que ha puesto Seiyaburgos) son las que definen el marco de actuación, pero tampoco entran en contradicción:

Artículo 17

1.- Mediante el proceso de actualización del régimen foral previsto en la disposición adicional primera de la Constitución, corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo, quedando reservados en todo caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


Ahí lo dice bien claro: servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, o sea, si tu incumples una ley de carácter estatal (código penal, por ejemplo), están perfectamente legitimados en actuar dentro de ese marco, pero es que tu, además, obvias la última palabra: "como" que ahí se utiliza para poner ejemplos de cosas que son competencia del estado, pero que no tienen por qué ser las únicas.

2.- El mando supremo de la Policía Autónoma Vasca corresponde al Gobierno del País
Vasco, sin perjuicio de las competencias que pueden tener las Diputaciones Forales y Corporaciones Locales.


O sea, la policía autónoma se la folla el gobierno Vasco.

3.- La Policía Judicial y Cuerpos que actúen en estas funciones se organizarán al servicio y
bajo la vigilancia de la Administración de Justicia en los términos que dispongan las leyes
procesales.


Atento a eso, por que dice que los cuerpos deben actuar según los términos que dispongan las leyes procesales (lo cual es de interpretación muy abierta precisamente, por que hay que recoger el ámbito estatal y no solo el de la comunidad)

4.- Para la coordinación entre la Policía Autónoma y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado existirá una Junta de Seguridad formada, en número igual, por representantes del
Estado y de la Comunidad Autónoma.


Ahí tienes tu famosa junta: tiene igual número de representantes del estado que de la comunidad y su función es coordinadora

6.- No obstante lo dispuesto en los números anteriores, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir en el mantenimiento del orden público en la Comunidad
Autónoma en los siguientes casos:

a) A requerimiento del Gobierno del País Vasco, cesando la intervención a instancias del mismo.

b) Por propia iniciativa, cuando estimen que el interés general del Estado está gravemente comprometido, siendo necesaria la aprobación de la Junta de Seguridad a que hace referencia el número 4 de este artículo. En supuestos de especial urgencia y para cumplir las funciones que directamente les encomienda la Constitución, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir bajo la responsabilidad exclusiva del Gobierno, dando éste cuenta a las Cortes Generales. Las Cortes Generales, a través de los procedimientos constitucionales, podrán ejercitar las competencias que les correspondan.


Eso que señalo en negrita, viene a decir que aparte de lo dispuesto en los demás números (acuérdate de lo que decía el número 3, que es muy amplio o el 1) fija esos casos. Pero vamos a analizar un poco el caso b):

Primero dice que pueden actuar por iniciativa propia y ponen estos supuestos:

- Interés general del Estado está gravemente comprometido, siendo necesaria la aprobación de la Junta de Seguridad (recordemos que la Junta de Seguridad tiene una función coordinadora entre cuerpos y que el estado cuenta con el 50% de los "votos", pero no se menciona en parte alguna cuantos votos son necesarios para aprobar)

- En supuestos de especial urgencia y para cumplir las funciones que directamente les encomienda la Constitución, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado podrán intervenir bajo la responsabilidad exclusiva del Gobierno, dando éste cuenta a las Cortes Generales. -> "especial urgencia" puede ser, desde un delito que se está cometiendo delante de los ojos de un agente a cualquier otro delito que requiera la intervención de los agentes del estado que ellos justifiquen así.

- Las Cortes Generales, a través de los procedimientos constitucionales, podrán ejercitar las competencias que les correspondan -> Es decir, si las Cortes Generales, aprueban unos supuestos bajo los cuales, los cuerpos estatales pueden intervenir, podrán intervenir por iniciativa propia: el Estatuto Vasco es anterior a la ley orgánica del 86 que mencionaba Seyaburgos y tanto por ésta vía como por el número 3 y el número 1, no lo olvides (carácter extracomunitario y supracomunitario), dejan abierta la puerta.

Saludos
Djmero está baneado por "Faltas de respeto reiteradas - Game over"
.
Editado por gejorsnake. Razón: Faltas de respeto
crazy2k4 está baneado del subforo por "Flamer"
Djmero escribió:Cambia el titulo y pon este
" Los independentistas vascos se saltan a la torera la CE "
Vosotros no repetais las normas pero bien que pedis que respeten las normas que os gustan , menudo sinvergüenza que estais hechos tu ( alberdi ) y la mayoria de independentistas de este foro .

+1000
ahora me entero que la Guardia civil no puede estar en territorio español,como bien han dicho antes,no se ha saltado ninguna ley ni nada,si estan alli,seguramente esten detras de algun asunto de drogas o terrorismo,solo se mueven en esas cosas la guardia civil
Pero si es que da lo mismo que tenga más o menos competencias (que en principio, salvo en los casos mencionados, no las tiene), ya que no se salen de sus competencias. Coño, que ni te pueden hacer un control de alcoholemia ni ponerte una multa por exceso de velocidad, porque ni si quiera tienen el equipo para poder hacerlo.

Vamos, que directamente este hilo no tiene sentido alguno y viene a ser lo de siempre, es decir, "no queremos fuerzas represoras españolas en Euskadi" y cogemos algo real como es el estatuto, para soltar un trola como una casa para ver si cuela.
Estwald escribió:
Artículo 17

1.- Mediante el proceso de actualización del régimen foral previsto en la disposición adicional primera de la Constitución, corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo, quedando reservados en todo caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


Ahí lo dice bien claro: servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, o sea, si tu incumples una ley de carácter estatal (código penal, por ejemplo), están perfectamente legitimados en actuar dentro de ese marco, pero es que tu, además, obvias la última palabra: "como" que ahí se utiliza para poner ejemplos de cosas que son competencia del estado, pero que no tienen por qué ser las únicas.



Ahí lo que pone es:

1) Las competencias de orden público serán autonómicas de la forma en la que lo establezca el estatuto.
2) De todos modos, quedarán siempre reservadas esas materias para el estado.

El Estatuto dice que orden público es exclusivo de la Ertzanza. Así que ahí la policía estatal no pinta nada. Y el código penal no es un asunto sobrecomunitario, el código penal regula un montón de cosas: desde agresiones, asesinatos, etc. que serían orden público. Hasta tráfico con armas, que sería sobrecomunitario. No tendría sentido diferenciar por quién ha dictado una ley que contenga un ilícito penal, porque entonces al final casi todo lo haría la nacional y las autonómicas no tendrían sentido, ya que en materia penal las autonomías no pintan nada.

Luego el tema del interés general, situaciones de urgencia... eso se refiere a situaciones generales de caos y desorden.


En cualquier caso, creo que nos estamos desviando hacia una discusión para la que ninguno estamos cualificado (¿Algún jurista español en la sala?). Pero una cosa está clara: la Ertzanza hace las funciones de policía normal. La GC y PN tienen muchos efectivos, porque históricamente hacían falta para la lucha antiterrorista. Ahora parece que gracias a dios, estos servicios ya no van a ser necesarios. Y la cuestión es:

¿Deben permanecer los mismos efectivos de GC y PN que antes en Euskadi?

Yo personalmente lo tengo claro: NO. Hay que reducir, ya que los servicios a los que se dedicaban, ya no van a hacer falta. Habrá que dejar para cumplir las otras funciones, pero de los que estaban por antiterrorismo habrá que retirar. No por una cuestión nacionalista, sino porque seguramente en otras partes de España harán más falta (ya que repito, las funciones de policía normal las hace la autonómica).
Djmero escribió:Cambia el titulo y pon este
" Los independentistas vascos se saltan a la torera la CE "
Vosotros no repetais las normas pero bien que pedis que respeten las normas que no os gustan , menudo sinvergüenza que estais hechos tu ( alberdi ) y la mayoria de independentistas de este foro .

Puedo saber en que nos saltamos la constitucion? No creo que eso pase, aunque de todas formas no fue aprobada por la mayoria de vascos asi que no se por que deberiamos de respetarla.
chakal256 está baneado del subforo por "Faltas de respeto reiteradas"
El único motivo por el que las quieren fuera es por que no pueden controlarlas como a la policía vasca. El caso faisan es un buen ejemplo, cuando el implicado del PNV se sorprendió del chivatazo y dijo que no podía ser la Ertzanza por que de ser así ya lo sabrían. Y los catalanes, tres cuartos de lo mismo, es más fácil tapar sus casos de escuchas y financiaciones ilegales con policía autonómica.
alberdi escribió:Y ya van...

http://www.diariovasco.com/20130924/mas ... 42040.html

Según el estatuto de gernika que dicen defender los unionistas, ley orgánica de obligado cumplimiento, los nacionales y la gc sólo tienen competencias para aduanas, expedición de dni y poco más. Pero claro, las leyes son para los demás.


Suponiendote un ciudadano de a pie y que no eres un delincuente, ¿dónde esta el problema?

Vamos, yo contra mas agentes hayan por la calle, mas tranquilo iré y menos probabilidades de robos, atracos, etc...

Y ojo, que aunque un cuerpo no tenga competencias, si pillan a alguien llaman a los compañeros que si la tienen y asunto arreglado.
nicofiro escribió:
Estwald escribió:
Artículo 17

1.- Mediante el proceso de actualización del régimen foral previsto en la disposición adicional primera de la Constitución, corresponderá a las instituciones del País Vasco, en la forma que se determina en este Estatuto, el régimen de la Policía Autónoma para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio autónomo, quedando reservados en todo caso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas, control de entrada y salida en territorio nacional de españoles y extranjeros, régimen general de extranjería, extradición y expulsión, emigración e inmigración, pasaportes y documento nacional de identidad, armas y explosivos, resguardo fiscal del Estado, contrabando y fraude fiscal al Estado.


Ahí lo dice bien claro: servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, o sea, si tu incumples una ley de carácter estatal (código penal, por ejemplo), están perfectamente legitimados en actuar dentro de ese marco, pero es que tu, además, obvias la última palabra: "como" que ahí se utiliza para poner ejemplos de cosas que son competencia del estado, pero que no tienen por qué ser las únicas.



Ahí lo que pone es:

1) Las competencias de orden público serán autonómicas de la forma en la que lo establezca el estatuto.
2) De todos modos, quedarán siempre reservadas esas materias para el estado.

El Estatuto dice que orden público es exclusivo de la Ertzanza. Así que ahí la policía estatal no pinta nada. Y el código penal no es un asunto sobrecomunitario, el código penal regula un montón de cosas: desde agresiones, asesinatos, etc. que serían orden público. Hasta tráfico con armas, que sería sobrecomunitario. No tendría sentido diferenciar por quién ha dictado una ley que contenga un ilícito penal, porque entonces al final casi todo lo haría la nacional y las autonómicas no tendrían sentido, ya que en materia penal las autonomías no pintan nada.

Luego el tema del interés general, situaciones de urgencia... eso se refiere a situaciones generales de caos y desorden.


En cualquier caso, creo que nos estamos desviando hacia una discusión para la que ninguno estamos cualificado (¿Algún jurista español en la sala?). Pero una cosa está clara: la Ertzanza hace las funciones de policía normal. La GC y PN tienen muchos efectivos, porque históricamente hacían falta para la lucha antiterrorista. Ahora parece que gracias a dios, estos servicios ya no van a ser necesarios. Y la cuestión es:

¿Deben permanecer los mismos efectivos de GC y PN que antes en Euskadi?

Yo personalmente lo tengo claro: NO. Hay que reducir, ya que los servicios a los que se dedicaban, ya no van a hacer falta. Habrá que dejar para cumplir las otras funciones, pero de los que estaban por antiterrorismo habrá que retirar. No por una cuestión nacionalista, sino porque seguramente en otras partes de España harán más falta (ya que repito, las funciones de policía normal las hace la autonómica).


This.
Ok, ya nos peleamos hasta por como va vestido quien nos tiene que dar por el culo, si los de azul, los de verde, o los de rojo... xDDD
Djmero está baneado por "Faltas de respeto reiteradas - Game over"
Aqui la pregunta exacta seria ... porque no quereis que se detengan a estos hijos de puta ???
Pues si el problema es el número de efectivos destinado en Euskadi, ¿dónde esta la relación entre éso con el titulo del hilo y el contenido de la noticia?.
Niños descubriendo leyes sin haber aprendido a leer...
Djmero escribió:Aqui la pregunta exacta seria ... porque no quereis que se detengan a estos hijos de puta ???


La pregunta es por que solo posteas para flamear y nunca contestas cuando se te pregunta algo?

A la tuya no contesto por que Es una tonteria como un piano. Si tienen que detener a alguien que lo haga la ertzaintza.Pero vamos, a mi me ha parado mas veces laGC que la ertzaintza.
Djmero está baneado por "Faltas de respeto reiteradas - Game over"
BraunK escribió:
Djmero escribió:Aqui la pregunta exacta seria ... porque no quereis que se detengan a estos hijos de puta ???


La pregunta es por que solo posteas para flamear y nunca contestas cuando se te pregunta algo?

A la tuya no contesto por que Es una tonteria como un piano. Si tienen que detener a alguien que lo haga la ertzaintza.Pero vamos, a mi me ha parado mas veces laGC que la ertzaintza.


No me vengas con payasadas , que ya se de que pies cogeas , teneis demasiada simpatia con estos hijos de puta , eso es lo que pasa , odias mas a un español que a un etarra , aqui lo disimulais muy bien , de ahi que los moderadores no os expulsen del foro , pero ya me estais tocando bastante los cojones , en vez de pedir que se metan a todos estos hijos de la gran puta en la carcel pedis que se marchen los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado de Euskadi .
Lo que teneis que hacer los independentistas es coger un puto avion y marcharos a joder a otros , que bastante daño habeis hecho ya a muchas familias , que la culpa no es solo del que aprieta el gatillo .
Y si han de banearme que me baneen , paso de estar en un foro en el que se tenga tan poco respeta a las personas que han sufrido a estos hijos de puta .
Nos calmamos todos un poco ?

El que quiera discutir,que lo haga con argumentos y sin insultos.

Gracias.
Djmero está baneado por "Faltas de respeto reiteradas - Game over"
gejorsnake escribió:Nos calmamos todos un poco ?

El que quiera discutir,que lo haga con argumentos y sin insultos.

Gracias.


Y tu a ver cuando empiezas a banear a los que no respetan a las victimas de una banda terrorista .

Gracias

Y ya te aconsejo que es mejor que me metais un baneo , ya que ante la gente que no respeta a las victimas las voy a seguir faltando al respeto .
Djmero escribió:
gejorsnake escribió:Nos calmamos todos un poco ?

El que quiera discutir,que lo haga con argumentos y sin insultos.

Gracias.


Y tu a ver cuando empiezas a banear a los que no respetan a las victimas de una banda terrorista .

Gracias


Si tienes dudas sobre mi trabajo,acude a Feedback y quejate a la administración.El resto de historias que tengas con X usuarios déjalas fueras de los hilos.

De aquí para abajo lo que sea fuera del hilo y contrario a las normas va directamente borrado y con su falta correspondiente.
Djmero escribió:
BraunK escribió:
Djmero escribió:Aqui la pregunta exacta seria ... porque no quereis que se detengan a estos hijos de puta ???


La pregunta es por que solo posteas para flamear y nunca contestas cuando se te pregunta algo?

A la tuya no contesto por que Es una tonteria como un piano. Si tienen que detener a alguien que lo haga la ertzaintza.Pero vamos, a mi me ha parado mas veces laGC que la ertzaintza.


No me vengas con payasadas , que ya se de que pies cogeas , teneis demasiada simpatia con estos hijos de puta , eso es lo que pasa , odias mas a un español que a un etarra , aqui lo disimulais muy bien , de ahi que los moderadores no os expulsen del foro , pero ya me estais tocando bastante los cojones , en vez de pedir que se metan a todos estos hijos de la gran puta en la carcel pedis que se marchen los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado de Euskadi .
Lo que teneis que hacer los independentistas es coger un puto avion y marcharos a joder a otros , que bastante daño habeis hecho ya a muchas familias , que la culpa no es solo del que aprieta el gatillo .
Y si han de banearme que me baneen , paso de estar en un foro en el que se tenga tan poco respeta a las personas que han sufrido a estos hijos de puta .


No estoy de acuerdo, y no es por flamearte.

A una persona no le puedes aplicar la Ley Antiterrorista por dar cuatro gritos en una manifestación.

Lógicamente, los asesinos -que no coinciden al 100% con los independentistas, no hagáis esa conexión- deben pagar como delincuentes despreciables que son.
En España todas las leyes son orgánicas, exactamente del órgano por el que se las pasan los jueces y los políticos, vaya novedad.
PainKiller escribió:Pues si el problema es el número de efectivos destinado en Euskadi, ¿dónde esta la relación entre éso con el titulo del hilo y el contenido de la noticia?.


Bueno en la noticia explica bien claro lo que se ha dicho en el congreso, que es que sobran efectivos. Luego el título es incendiario y yo no conozco exactamente el régimen de competencias así que no opinaré, aunque intuyo que no va desencaminado.
alberdi escribió:
nicofiro escribió:En cualquier caso, creo que nos estamos desviando hacia una discusión para la que ninguno estamos cualificado (¿Algún jurista español en la sala?). Pero una cosa está clara: la Ertzanza hace las funciones de policía normal. La GC y PN tienen muchos efectivos, porque históricamente hacían falta para la lucha antiterrorista. Ahora parece que gracias a dios, estos servicios ya no van a ser necesarios. Y la cuestión es:

¿Deben permanecer los mismos efectivos de GC y PN que antes en Euskadi?

Yo personalmente lo tengo claro: NO. Hay que reducir, ya que los servicios a los que se dedicaban, ya no van a hacer falta. Habrá que dejar para cumplir las otras funciones, pero de los que estaban por antiterrorismo habrá que retirar. No por una cuestión nacionalista, sino porque seguramente en otras partes de España harán más falta (ya que repito, las funciones de policía normal las hace la autonómica).


This.


Pero este hilo no es para discutir si es correcto o no, si no sobre si es legal o no, y legal es. Cambia el título del hilo y podremos discutir sobre ello, pero por ahora el título es falso y, como han dicho arriba, un poco flamer.
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