Todo apunta, a que fue una denuncia falsa:
“No hay ningún testigo que viera cómo la agarraba por uno o ambos brazos; que viera cómo la intentaba besar o la besó contra su voluntad; que viera que se bajó los pantalones; que viera que le metió la mano en su ropa interior; o que viera que la empujó contra un banco, escalera o pared”, a pesar de la existencia de dos locales próximos “en los que la gente entra y sale continuamente, en especial en noches como la que ocurrieron los hechos, la noche de San Juan”, concluye la jueza.
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La sentencia hace alusión a la exploración física que le fue realizada en el Centro de Salud de O Carballiño en donde se apreció “hematoma evolucionado en cara interna de brazo izquierdo, hematoma evolucionado en cara anterior de pierna izquierda y escoriaciones superficiales en misma región, hematoma evolucionado en cara lateral de pierna izquierda y escoriaciones superficiales, hematoma evolucionado en cara posterior de muslo derecho”.
El letrado de la mujer presentó material gráfico de la noche anterior a la de los hechos para acreditar que no se apreciaba ningún cardenal en su cuerpo. No obstante, la magistrada concluye que “no puede determinarse” que el hematoma que la mujer presentaba en la cara interna de brazo izquierdo “no existiera con anterioridad” y que sí puede determinarse que el que tenía en la cara posterior de muslo derecho se apreciaba en una fotografía de la demandante de unos días antes a la noche en la que se habrían producido los hechos.
https://elpais.com/espana/galicia/2021- ... exual.htmlLa circunstancia de que la denuncia y el informe médico se presentaran y se realizaran seis días después de los hechos, el 29 de junio, supone que los daños, en forma de hematomas, que adujo la denunciante no se pueda establecer con rotundidad si fueron a raíz de ese incidente o hechos con posterioridad.
https://www.elmundo.es/deportes/futbol/ ... b457e.html