El precio de la gasolina ignora una bajada del 22% en el petróleo

El barril de Brent cerró ayer en 90,2 dólares, y acumula casi cuatro meses de bajada en los que se ha dejado un 22%, llegando a tocar intradía niveles que no se alcanzaban desde 2010. Y, sin embargo, el precio de la gasolina en el mercado doméstico apenas lo ha notado. En este tiempo, la Súper 95 apenas ha bajado un 1,6%, pasando de 1,427 céntimos el pasado 16 de junio a 1,405 esta semana, de acuerdo con los datos del Boletín Petrolero de la Unión Europea. Es decir, una diferencia de más de 20 puntos que se amplía en el caso del gasóleo de automoción, que apenas se rebajó un 0,5% en este periodo, desde 1,32 euros por litro a 1,313 euros.
Además, los precios han experimentado incluso repuntes puntuales, a pesar de la evolución general a la baja del Brent. Esta semana, por ejemplo, los precios de la gasolina subieron levemente 0,3 céntimos por litro, respecto a la semana anterior, mientras que el barril de referencia en Europa caía 4,65 dólares.
Hay varios efectos que explican estas diferencias. Uno de ellos se puede atribuir al decalaje. Es decir, que hay que esperar un tiempo desde que se producen las primeras alteraciones en las materias primas hasta que se trasladan a los precios de consumo. Pero, de acuerdo con fuentes del sector, esto no debería durar más de unas semanas. Además, los precios se aceleran mucho más con las subidas. Por ejemplo, un alza equivalente de los precios de Brent a finales de 2010 ya se había reflejado en un aumento de los precios del 10,2% para la gasolina y del 13,2% para el gasóleo en un periodo similar.
Por eso, quizá el factor que tiene más influencia, de acuerdo con las críticas de ciertos economistas e instituciones es la falta de competencia en el mercado español de gasolineras. En concreto, la extinta Comisión Nacional de la Competencia ya había acusado a las petroleras de coordinación en materia de precios, así como copar el mercado (ver información adjunta).
Por ciudades
De hecho, las diferencias entre distintos tipos de gasolineras son muy amplias. Por ejemplo, las estaciones de servicio que no pertenecen a los principales grupos, sino que están asociadas a supermercados, son más baratas, dado que intentan atraer al consumidor a su negocio principal. Asimismo, las diferencias también son muy amplias dependiendo de las ciudades, de acuerdo con los datos del Ministerio de Industria.
Por un lado, Canarias aglutina 87 de las cien gasolineras más baratas, para el gasóleo de automoción, debido a sus impuestos más baratos, y van seguidas en la lista por Ceuta y Melilla. Dentro de la península, Aragón y La Rioja concentran los principales puntos low cost, que pueden alcanzar los 1,09 euros por litro. En cambio, Baleares aglutina 48 de las cien gasolineras más caras, con precios que alcanzan los 1,41 euros por litro por los elevados costes de distribución. En el caso de las gasolinas, Roquetas de Mar (Almería) tiene la estación de servicio más cara, donde el litro sale por más de 1,5 euros.

http://www.expansion.com/2014/10/11/eco ... 52214.html
Que pactan precios y se pasan todo por donde ya sabemos. Para subir el precio como bien dice el artículo no tardan tanto, ahora, para bajarlo, es un suplicio.

Si no se pasasen tanto cobrando, no estarían dando por culo tanto con el tema de los puntos y los carros descuento en comprar en supermercados y esas mierdas.

Yo quiero que se dejen de regalar puntos y mierdas de esas y que se dediquen a cobrar la gasolina a su precio real.
esta me la se. el refinado del petroleo tarda X meses y no pueden bajar el precio de la gasolina que estamos comprando ahora ya que la materia prima hace X meses estaba carisima, asi que tendremos que esperar X meses a que la materia prima que estan comprando ahora mas barata nos la vendan como gasolina.

que luego no se produzca esa bajada del 22% obedece a la posicion de la luna en el firmamento y otros condicionantes que no llego a entender y que son ajenos a la voluntad de las petroleras cuyo maximo deseo es regalarnos la gasolina.
slatkin23 escribió:esta me la se. el refinado del petroleo tarda X meses y no pueden bajar el precio de la gasolina que estamos comprando ahora ya que la materia prima hace X meses estaba carisima, asi que tendremos que esperar X meses a que la materia prima que estan comprando ahora mas barata nos la vendan como gasolina.

que luego no se produzca esa bajada del 22% obedece a la posicion de la luna en el firmamento y otros condicionantes que no llego a entender y que son ajenos a la voluntad de las petroleras cuyo maximo deseo es regalarnos la gasolina.

En la propia noticia pone que el decalaje por desfase entre el precio al que compraron y el precio actual del barril dura unas semanas, no 4 meses. Y que cuando es una subida en vez de una bajada apenas tarda en reflejarse.
Otro factor a tener en cuenta es que esos precios son en dólares y en los últimos meses el dolar se ha apreciado cerca de un 10% respecto al €, así que la bajada sería como mucho de la mitad.
Otra razón para no comprarse un coche.
Malthusiano escribió:Otro factor a tener en cuenta es que esos precios son en dólares y en los últimos meses el dolar se ha apreciado cerca de un 10% respecto al €, así que la bajada sería como mucho de la mitad.

Es en general el puto Euro el que esta flojisimo.
es habitual. las subidas se reflejan inmediatamente (aunque la subida provenga de una bajada y por tanto sea relativa) y las bajadas tardan tiempo y siempre son mucho mas suaves. si se producen.

la diferencia es comercial: el barril de petroleo es una materia prima, como el oro, la plata, el cobre... y por tanto sigue unas reglas pautadas internacionalmente para su cotizacion. pero por contra el litro de gasolina es un bien de consumo y por tanto ni se rige por las mismas pautas ni, de manera habitual, baja de precio, aunque tenga motivos para hacerlo. igual que no bajan de precio los alimentos basicos aunque la produccion aumente.

con el litro de gasolina es mas obvio porque es algo que consume mucha poblacion pero el planteamiento es el mismo con todos los productos. por ejemplo en los ultimos 2 años el oro se ha devaluado mas de un 25%, pero los productos de joyeria y relojeria que lo incluyen ni han bajado ese 25% ni han bajado una mierda. siguen igual de caros o mas. si quereis otro ejemplo mas "accesible" comparad la cotizacion del trigo con el precio del pan, la del algodon con el precio de la ropa o la del cobre con el precio de los cables, y vereis que se sigue exactamente la misma pauta que con la gasolina.
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amchacon escribió:Otra razón para no comprarse un coche.


Otra razón para no comprarse un coche convencional. Porque después están los híbridos y los eléctricos que nadie quiere, sólo los taxistas están llevando últimamente prius. La gente se encabezona y sigue comprandose coches de gasolina o diesel y no tienen en cuenta los híbridos que son una pasada. No entiendo a la gente. Y yo como mi coche a gasolina del año 98 lo tengo sin seguro y sin itv aparacado en mi garaje, pues me la suda lo que suba la gasolina/diésel.
[AndroMel] escribió:
amchacon escribió:Otra razón para no comprarse un coche.


Otra razón para no comprarse un coche convencional. Porque después están los híbridos y los eléctricos que nadie quiere, sólo los taxistas están llevando últimamente prius. La gente se encabezona y sigue comprandose coches de gasolina o diesel y no tienen en cuenta los híbridos que son una pasada. No entiendo a la gente. Y yo como mi coche a gasolina del año 98 lo tengo sin seguro y sin itv aparacado en mi garaje, pues me la suda lo que suba la gasolina/diésel.


Como si el precio del petroleo solo afectase a la gasolina de los coches xddddd....
En España existe un oligopolio en el sector de los combustibles por tanto juegan con los precios a su conveniencia. A eso le sumas una demanda relativamente rígida;dependencia del automóvil,alto porcentaje de transporte por carretera etc; y el resultado es el sistema de precios que padecemos.
[AndroMel] escribió:
amchacon escribió:Otra razón para no comprarse un coche.


Otra razón para no comprarse un coche convencional. Porque después están los híbridos y los eléctricos que nadie quiere, sólo los taxistas están llevando últimamente prius. La gente se encabezona y sigue comprandose coches de gasolina o diesel y no tienen en cuenta los híbridos que son una pasada. No entiendo a la gente. Y yo como mi coche a gasolina del año 98 lo tengo sin seguro y sin itv aparacado en mi garaje, pues me la suda lo que suba la gasolina/diésel.

Esque no compensa el sobreprecio que pagas con lo que te ahorras (en los híbridos).

Los eléctricos directamente, no son una alternativa por su baja autonomía (salvo que lo vayas a usar solo para ir al trabajo).
[AndroMel] escribió:
amchacon escribió:Otra razón para no comprarse un coche.


Otra razón para no comprarse un coche convencional. Porque después están los híbridos y los eléctricos que nadie quiere, sólo los taxistas están llevando últimamente prius. La gente se encabezona y sigue comprandose coches de gasolina o diesel y no tienen en cuenta los híbridos que son una pasada. No entiendo a la gente. Y yo como mi coche a gasolina del año 98 lo tengo sin seguro y sin itv aparacado en mi garaje, pues me la suda lo que suba la gasolina/diésel.

OFF-TOPIC
Que sepas que puedes ser denunciado por ambas cosas... hay un hilo muy largo sobre este tema en otro foro. Solo si lo tienes dado de baja temporal puedes tenerlo así.
Hay que tener en cuenta que cada ciudad tiene homologados unos modelos de taxi, por ejemplo en Barcelona y su área metropolitana no puedes usar un Dacia Logan que vale dos duros para hacer de taxi, en cambio en otras ciudades si
acaban de decirlo por la tv pero claro, el gobierno oídos sordos
XCaja está baneado por "clon de usuario baneado"
ahora es cuanod compran muuucha gasolina y encima nos la suben, jajaja.
usad bicicletas o motos, coño.
Vaya estafa la de los coches :(
hal9000 escribió:
[AndroMel] escribió:
amchacon escribió:Otra razón para no comprarse un coche.


Otra razón para no comprarse un coche convencional. Porque después están los híbridos y los eléctricos que nadie quiere, sólo los taxistas están llevando últimamente prius. La gente se encabezona y sigue comprandose coches de gasolina o diesel y no tienen en cuenta los híbridos que son una pasada. No entiendo a la gente. Y yo como mi coche a gasolina del año 98 lo tengo sin seguro y sin itv aparacado en mi garaje, pues me la suda lo que suba la gasolina/diésel.

OFF-TOPIC
Que sepas que puedes ser denunciado por ambas cosas... hay un hilo muy largo sobre este tema en otro foro. Solo si lo tienes dado de baja temporal puedes tenerlo así.
Hay que tener en cuenta que cada ciudad tiene homologados unos modelos de taxi, por ejemplo en Barcelona y su área metropolitana no puedes usar un Dacia Logan que vale dos duros para hacer de taxi, en cambio en otras ciudades si


No le pueden multar por nada hasta que ese vehiculo salga a la calle, tenerlo de alta o de baja significa pagar o no el impuesto de circulacion, la policía no va a entrar a tu garage privado a multar un coche que no esta en la via publica, es mas, no pueden.

Yo tengo el mio con ITV, pero sin seguro desde hace un mes, dentro de mi garaje, va a venir la policia a pedirme entrar para multar a mi vehiculo? es de risa.
Dfx escribió:[...]
No le pueden multar por nada hasta que ese vehiculo salga a la calle, tenerlo de alta o de baja significa pagar o no el impuesto de circulacion, la policía no va a entrar a tu garage privado a multar un coche que no esta en la via publica, es mas, no pueden.

Yo tengo el mio con ITV, pero sin seguro desde hace un mes, dentro de mi garaje, va a venir la policia a pedirme entrar para multar a mi vehiculo? es de risa.


Como tu vehículo provoque un incendio (que Dios no lo quiera) ya veremos a quién le va a dar la risa luego. El seguro no es sólo para cubrir accidentes de circulación.

Un saludo.
Nagaroth escribió:
Dfx escribió:[...]
No le pueden multar por nada hasta que ese vehiculo salga a la calle, tenerlo de alta o de baja significa pagar o no el impuesto de circulacion, la policía no va a entrar a tu garage privado a multar un coche que no esta en la via publica, es mas, no pueden.

Yo tengo el mio con ITV, pero sin seguro desde hace un mes, dentro de mi garaje, va a venir la policia a pedirme entrar para multar a mi vehiculo? es de risa.


Como tu vehículo provoque un incendio (que Dios no lo quiera) ya veremos a quién le va a dar la risa luego. El seguro no es sólo para cubrir accidentes de circulación.

Un saludo.

Esto venia a decir.
[AndroMel] escribió:
amchacon escribió:Otra razón para no comprarse un coche.


Otra razón para no comprarse un coche convencional. Porque después están los híbridos y los eléctricos que nadie quiere, sólo los taxistas están llevando últimamente prius. La gente se encabezona y sigue comprandose coches de gasolina o diesel y no tienen en cuenta los híbridos que son una pasada. No entiendo a la gente. Y yo como mi coche a gasolina del año 98 lo tengo sin seguro y sin itv aparacado en mi garaje, pues me la suda lo que suba la gasolina/diésel.


el problema es que los coches hibridos o electricos son mucho mas caros y, como comenta @amchacon en el caso del prius la diferencia de precio no la amortizas con el uso "domestico" del vehiculo. los electricos son incluso mas caros, su autonomia en muchos casos es mediocre, el tema de las baterias asusta muchisimo al personal (que duran unos 10 años, que sus averias no estan incluidas en la garantia y que cambiarlas es casi tan caro como un coche nuevo) y por ultimo, no todos tenemos infraestructura para poder cargar un vehiculo de estos en casa. yo por ejemplo no tengo garaje, ni una linea en el cuadro de 15A (3450W) para la carga. (y con menos de eso olvidate de cargar el coche. mucha gente en sus casas tiene menos corriente que eso para alimentar toda la casa).

a la gasolina todavia le queda mucho carrete. y a los electricos todavia les queda mucho rodaje para constituir una alternativa real para la mayoria de usuarios.
fonsiyu escribió:
Nagaroth escribió:
Dfx escribió:[...]
No le pueden multar por nada hasta que ese vehiculo salga a la calle, tenerlo de alta o de baja significa pagar o no el impuesto de circulacion, la policía no va a entrar a tu garage privado a multar un coche que no esta en la via publica, es mas, no pueden.

Yo tengo el mio con ITV, pero sin seguro desde hace un mes, dentro de mi garaje, va a venir la policia a pedirme entrar para multar a mi vehiculo? es de risa.


Como tu vehículo provoque un incendio (que Dios no lo quiera) ya veremos a quién le va a dar la risa luego. El seguro no es sólo para cubrir accidentes de circulación.

Un saludo.

Esto venia a decir.


Igual se escapa y roba un banco, que seria mas o menos lo mismo a que el coche provoque un incendio por si mismo y por si la posibilidad no fuera ya menos que ridicula (Siempre y cuando no hayas manipulado el sistema electrico del vehiculo), sin bateria, ya es que es imposible a no ser que alguien lo incendiara expresamente.

Y aunque asi fuera, dentro de TU garaje, no es la via publica, tendrías las mismas responsabilidades de un incendio en tu propiedad, sea accidental o sea provocado, por otro lado, en el caso de los incendios, lo tienes que tener contratado en el seguro, adivina cuantos coches que si circulan por la via publica van con el seguro a terceros mas barato, sin incendios, ni lunas, etc...

Dime una sola diferencia entre que se incendie algo en tu casa a que se incendie un vehiculo que tienes en casa en cuanto a responsabilidades a terceros, acabarías pagando tu y lo sabes.

Otra cosa es que las aseguradoras intenten asegurar hasta los coches que no estan en la via publica por que juegan con las probabilidades y el miedo, tenerlo de alta o de baja no te libra de las responsabilidades del incendio y tener un seguro tampoco, ninguna aseguradora va a pagar un centimo por un coche que se incendia por un corto porque estaba en el garaje, alegaran falta de mantenimiento o manipulación y se lavaran las manos, como en este caso:

Por su parte, la SAP Barcelona, sec. 19ª, núm. 575/2004, de 10 de diciembre (EDJ 2004/226874), también resulta muy interesante por lo siguiente: "El recurso debe ser desestimado. No hay duda de que el propietario y la compañía de seguros del vehículo donde se originó el fuego debe indemnizar los daños a la compañía que por asegurar a todo riesgo indemnizó al dueño del turismo estacionado al lado del de los demandados. No se puede hablar de caso fortuito, y la compañía Mapfre lo sabe, pues existe una presunción que está cerca de la responsabilidad objetiva, de que si un vehículo se incendia debe ser porque no tiene un mantenimiento adecuado o que se ha producido una avería, lo que no dispensa ni justifica el causar daños a los vehículos estacionados en su proximidad a los cuales se propaga el fuego. Por lo tanto, acreditado el origen del siniestro, la negligencia del dueño del coche se presume, y a él le corresponde desvirtuar esa presunción, ya acreditando que el incendio ha sido totalmente ajeno a su coche, ya sea por intervención de un tercero, o por fuerza mayor, lo que desde luego no se ha probado. Dada la alusión de que no estamos ante un hecho de la circulación, por lo que Mapfre no debería responder, debemos recordar que la circulación comprende tanto la marcha de los vehículos como sus paradas y estacionamientos, ya que sino se crearía una inseguridad jurídica rayana en lo absurdo, por lo que tendría de intermitencia aseguradora, lo que el Derecho rechaza..."


La aseguradora pagara, pero si es una negligencia del dueño, el dueño acabara pagando lo que la aseguradora tuvo que pagar, este es el enlace en el que se defienden las dos posturas:

http://www.elderecho.com/administrativo/vehiculo-estacionado-circulacion-Praxis-judicial_11_237430008.html

O me dirás ahora que dando de baja el coche te exime de cualquier responsabilidad civil por el incendio que ha provocado tu coche? vamos, es que es cómico a mas no poder. Vamos me se de unos cuantos concesionarios de coches de segunda mano que multiplican sus posibilidades de autoincendio por 50 o mas.

Por otro lado, luego esta el tema de las duplicidades de coberturas con los seguros del hogar, garajes, etc...
hal9000 escribió:
[AndroMel] escribió:
amchacon escribió:Otra razón para no comprarse un coche.


Otra razón para no comprarse un coche convencional. Porque después están los híbridos y los eléctricos que nadie quiere, sólo los taxistas están llevando últimamente prius. La gente se encabezona y sigue comprandose coches de gasolina o diesel y no tienen en cuenta los híbridos que son una pasada. No entiendo a la gente. Y yo como mi coche a gasolina del año 98 lo tengo sin seguro y sin itv aparacado en mi garaje, pues me la suda lo que suba la gasolina/diésel.

OFF-TOPIC
Que sepas que puedes ser denunciado por ambas cosas... hay un hilo muy largo sobre este tema en otro foro. Solo si lo tienes dado de baja temporal puedes tenerlo así.
Hay que tener en cuenta que cada ciudad tiene homologados unos modelos de taxi, por ejemplo en Barcelona y su área metropolitana no puedes usar un Dacia Logan que vale dos duros para hacer de taxi, en cambio en otras ciudades si


No puedes mientras se encuentre en la via publica, (para algunos es la pubica, pero ya es otro tema)
Necrofero escribió:No puedes mientras se encuentre en la via publica, (para algunos es la pubica, pero ya es otro tema)

No nen no, como he comentado mas arriba, eso ya está debatido en otro foro... Como tu, yo era de que se empeñaba que en una propiedad privada no era necesario, pero resulta que si te lees la ley no hace distinciones de donde esté el coche.
Solo en caso de estar dado de baja temporal/definitiva y fuera de la vía pública puede estar sin seguro y/o sin itv.
Esto vino porque a un shur le denunciaron un coche estando en su propiedad.
hal9000 escribió:
Necrofero escribió:No puedes mientras se encuentre en la via publica, (para algunos es la pubica, pero ya es otro tema)

No nen no, como he comentado mas arriba, eso ya está debatido en otro foro... Como tu, yo era de que se empeñaba que en una propiedad privada no era necesario, pero resulta que si te lees la ley no hace distinciones de donde esté el coche.
Solo en caso de estar dado de baja temporal/definitiva y fuera de la vía pública puede estar sin seguro y/o sin itv.
Esto vino porque a un shur le denunciaron un coche estando en su propiedad.


La ley se refiere a coches en circulacion y te he dejado un link mas arriba donde ni los propios juzgados provinciales se ponen de acuerdo.

La validez de las "opiniones" de forocoches es un poco meh, lo primero es que la policia ha de acceder a la propiedad para lo cual tiene que pedir permiso o se tiene que estar cometiendo un delito en su interior, de no ser asi, cualquier tipo de multa forzada tiene la misma validez que el papel mojado, ademas, solo te pueden multar por no tener seguro si el vehiculo esta estacionado en la via publica o si esta circulando en tu propiedad privada o en la via publica, estacionado en tu garaje no esta en circulacion como tal, asi que la ley no prevee la obligacion de las responsabilidades a terceros.

Por lo tanto el shur debe haber metido la pata hasta el fondo para que le multen, por que España debe ser el pais con mas ciclomotores sin ITV y sin seguro estacionadas en garaje sin recibir multa alguna, simplemente almacenadas la mayoría de ellas dadas de alta.

1. A los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la cobertura del seguro obligatorio regulado en este Reglamento, se entienden por hechos de la circulación los derivados del riesgo creado por la conducción de los vehículos a motor a que se refiere el artículo anterior, tanto por garajes y aparcamientos, como por vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, urbanos o interurbanos, así como por vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común.


Yo creo que lo deja bien claro que se refiere a los riesgos derivados de la conducción y no a los daños que pueda causar el coche por si mismo, en el enlace encontraras sentencias contradictorias, sobretodo las que diferencian de quien tenia el coche guardado en buen estado de quienes tenían el vehículo en situación de abandono.

Ademas que aquí la escusa era la de un "posible" incendio, dar de baja el vehiculo temporal/definitivamente no te libera de las responsabilidades civiles a los terceros, básicamente viene a ser lo mismo y aun disponiendo de seguro las aseguradoras pueden alegar abandono del vehiculo, mal mantenimiento o manipulacion del mismo para seguir sin pagar un duro, por lo tanto, me parece del genero estupido, pagar un seguro por un riesgo inexistente sabiendo que si se llegara a producir el acto de ese riesgo, la aseguradora se va a lavar las manos con casi total probabilidad.
Básicamente la cosa e que cuando un vehículo está dado de baja, ya no tiene consideración de vehículo en si y pasa a ser una x quilos de hierro, aluminio y otros metales. No sabría como explicarlo.
No hace falta que la autoridades entren, en muchas propiedades, hay vallado que te permite ver perfectamente lo que hay dentro, una consulta la FIVA y ....
Sinceramente, yo creo que los municipales, autoridades sancionan (obligados para cumplir el cupo) y si cuela cuela. Es como si tocas los mandos de la calefacción y te sancionan por manipular el GPS en marcha (sin tenerlo) y tantas otras sanciones que se ven, de esas que como su palabra vale mas que la de uno, te las tienes que tragar dobladas.
Por cierto, esto ya está totalmente fuera de la temática del hilo.
Vivimos en España, por si no os habeis dado cuenta.
Un pais dirigido por la banca y fuentes de energía que tiene bajo sus hilos a esos títeres que llamamos políticos, cuyos partidos , que siguen endeudados en decenas de millones de euros harán lo que sus amos manden.

No hay ningún organismo regulador de precios (y si lo hubiera, en este pais estaría dirigido por las mismisimas empresas que comercian y pactan los precios que deberían regular).
Dfx escribió:
hal9000 escribió:
Necrofero escribió:No puedes mientras se encuentre en la via publica, (para algunos es la pubica, pero ya es otro tema)

No nen no, como he comentado mas arriba, eso ya está debatido en otro foro... Como tu, yo era de que se empeñaba que en una propiedad privada no era necesario, pero resulta que si te lees la ley no hace distinciones de donde esté el coche.
Solo en caso de estar dado de baja temporal/definitiva y fuera de la vía pública puede estar sin seguro y/o sin itv.
Esto vino porque a un shur le denunciaron un coche estando en su propiedad.


La ley se refiere a coches en circulacion y te he dejado un link mas arriba donde ni los propios juzgados provinciales se ponen de acuerdo.

La validez de las "opiniones" de forocoches es un poco meh, lo primero es que la policia ha de acceder a la propiedad para lo cual tiene que pedir permiso o se tiene que estar cometiendo un delito en su interior, de no ser asi, cualquier tipo de multa forzada tiene la misma validez que el papel mojado, ademas, solo te pueden multar por no tener seguro si el vehiculo esta estacionado en la via publica o si esta circulando en tu propiedad privada o en la via publica, estacionado en tu garaje no esta en circulacion como tal, asi que la ley no prevee la obligacion de las responsabilidades a terceros.

Por lo tanto el shur debe haber metido la pata hasta el fondo para que le multen, por que España debe ser el pais con mas ciclomotores sin ITV y sin seguro estacionadas en garaje sin recibir multa alguna, simplemente almacenadas la mayoría de ellas dadas de alta.

1. A los efectos de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor y de la cobertura del seguro obligatorio regulado en este Reglamento, se entienden por hechos de la circulación los derivados del riesgo creado por la conducción de los vehículos a motor a que se refiere el artículo anterior, tanto por garajes y aparcamientos, como por vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, urbanos o interurbanos, así como por vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común.


Yo creo que lo deja bien claro que se refiere a los riesgos derivados de la conducción y no a los daños que pueda causar el coche por si mismo, en el enlace encontraras sentencias contradictorias, sobretodo las que diferencian de quien tenia el coche guardado en buen estado de quienes tenían el vehículo en situación de abandono.

Ademas que aquí la escusa era la de un "posible" incendio, dar de baja el vehiculo temporal/definitivamente no te libera de las responsabilidades civiles a los terceros, básicamente viene a ser lo mismo y aun disponiendo de seguro las aseguradoras pueden alegar abandono del vehiculo, mal mantenimiento o manipulacion del mismo para seguir sin pagar un duro, por lo tanto, me parece del genero estupido, pagar un seguro por un riesgo inexistente sabiendo que si se llegara a producir el acto de ese riesgo, la aseguradora se va a lavar las manos con casi total probabilidad.


En lo que resalto en negrita estás equivocado. La ley no se refiere a coches en circulación, sino a los que tienen su estacionamiento habitual en España:

Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre escribió:CAPÍTULO II

Del aseguramiento obligatorio

SECCIÓN 1.a DEL DEBER DE SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO OBLIGATORIO

Artículo 2. De la obligación de asegurarse.

1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1. No obstante, el propietario quedará relevado de tal obligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento, quien deberá expresar el concepto en que contrata. Se entiende que el vehículo tiene su estacionamiento habitual en España:

a) Cuando tiene matrícula española.
b) Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, pero lleve placa de seguro o signo distintivo análogo a la matrícula y España sea el Estado donde se ha expedido esta placa o signo.
c) Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, placa de seguro o signo distintivo y España sea el Estado del domicilio del usuario.


http://www.boe.es/boe/dias/2004/11/05/p ... -36695.pdf

Todo lo demás es buscarse excusas para autoconvencerse, pero la ley es bastante clara al respecto. Otra cosa es que te la quieras jugar sabiendo que es improbable que te pillen.

Un saludo.
Si obvias totalmente el capitulo I el resultado es otro y hay sentencias que reespaldan lo que digo, lo primordial es que el coche tiene que estar en circulación y desde luego me fio mas de lo que me pueda decir la policia local o la guardia civil que de lo expuesto en un foro.

Todo lo de mas son excusas de las aseguradoras para sacar dinero de todo, incluso sacandote seguros de responsabilidad civil de cosas de las que no tienen ninguna responsabilidad y como veras mas tarde, de las que legalmente no se harán responsables a la hora de la verdad, por que no tienen la obligación legal de hacerlo, y si no tienen obligacion legal a cubrirte, yo tampoco tengo la obligación legal de subscribir un contrato que no cubre esa responsabilidad, ya que como puedes leer en el apartado uno, se refiere totalmente a coches en circulación donde los hechos de circulación son las del acto de conducir y en el caso de Valencia, que es donde vivo, hay sentencias que llegan a ignorar incluso estacionamiento en la via publica, donde si tienes totalmente obligacion a subscribir el seguro.

Y todavia no has demostrado la diferencia de reponsabilidad de tener un seguro que no te cubre, de tener el vehiculo de alta o de baja, basicamente por que la responsabilidad de un incendio en tu casa es tuya, y el seguro de tu vehiculo no se va a hacer responsable de el incendio de un vehiculo que no tiene un correcto mantenimiento o se encuentra segun ellos en situacion de abandono, asi que el argumento ese de "ya veremos quien rie si tu coche se incendia y no tienes seguro", es falso.
Dfx escribió:Si obvias totalmente el capitulo I el resultado es otro y hay sentencias que reespaldan lo que digo, lo primordial es que el coche tiene que estar en circulación y desde luego me fio mas de lo que me pueda decir la policia local o la guardia civil que de lo expuesto en un foro.

Todo lo de mas son excusas de las aseguradoras para sacar dinero de todo, incluso sacandote seguros de responsabilidad civil de cosas de las que no tienen ninguna responsabilidad y como veras mas tarde, de las que legalmente no se harán responsables a la hora de la verdad, por que no tienen la obligación legal de hacerlo, y si no tienen obligacion legal a cubrirte, yo tampoco tengo la obligación legal de subscribir un contrato que no cubre esa responsabilidad, ya que como puedes leer en el apartado uno, se refiere totalmente a coches en circulación donde los hechos de circulación son las del acto de conducir y en el caso de Valencia, que es donde vivo, hay sentencias que llegan a ignorar incluso estacionamiento en la via publica, donde si tienes totalmente obligacion a subscribir el seguro.

Y todavia no has demostrado la diferencia de reponsabilidad de tener un seguro que no te cubre, de tener el vehiculo de alta o de baja, basicamente por que la responsabilidad de un incendio en tu casa es tuya, y el seguro de tu vehiculo no se va a hacer responsable de el incendio de un vehiculo que no tiene un correcto mantenimiento o se encuentra segun ellos en situacion de abandono, asi que el argumento ese de "ya veremos quien rie si tu coche se incendia y no tienes seguro", es falso.


Yo no tengo nada que demostrar. Tú has dicho una cosa y yo te he proporcionado el texto legal que te contradice de forma explícita, las conclusiones que tú quieras sacar después son asunto tuyo y a mí francamente me da lo mismo. En todo caso hablas de que el artículo I cambia totalmente lo indicado en el artículo II, permíteme que lo ponga en duda si no aportas ningún tipo de prueba al respecto y más cuando en ese caso el propio artículo II sobraría por completo (ya me dirás tú para qué van a poner un artículo en el que se indica explícitamente la aplicación de una obligatoriedad si en el artículo anterior se indica algo distinto). Pero eso sí, por favor no desinformes porque lo que dice la ley es claro y ya lo he puesto en mi mensaje anterior. En todo caso deberías considerar que no todo el mundo aparca en un garaje privado, la gran mayoría se tiene que conformar con uno comunitario y como me imagino que entenderás un incendio allí no se trata de simplemente que se queme tu casa, tu coche o tu garaje.
Soria, Brufau son muyyyyyyyy c.............

Baja el petroleo y se mantiene la gasolina, sube el petroleo y nos suben más la gasolina.
Estos son de la misma calaña que las empresas eléctricas.
Nagaroth escribió:
Dfx escribió:Si obvias totalmente el capitulo I el resultado es otro y hay sentencias que reespaldan lo que digo, lo primordial es que el coche tiene que estar en circulación y desde luego me fio mas de lo que me pueda decir la policia local o la guardia civil que de lo expuesto en un foro.

Todo lo de mas son excusas de las aseguradoras para sacar dinero de todo, incluso sacandote seguros de responsabilidad civil de cosas de las que no tienen ninguna responsabilidad y como veras mas tarde, de las que legalmente no se harán responsables a la hora de la verdad, por que no tienen la obligación legal de hacerlo, y si no tienen obligacion legal a cubrirte, yo tampoco tengo la obligación legal de subscribir un contrato que no cubre esa responsabilidad, ya que como puedes leer en el apartado uno, se refiere totalmente a coches en circulación donde los hechos de circulación son las del acto de conducir y en el caso de Valencia, que es donde vivo, hay sentencias que llegan a ignorar incluso estacionamiento en la via publica, donde si tienes totalmente obligacion a subscribir el seguro.

Y todavia no has demostrado la diferencia de reponsabilidad de tener un seguro que no te cubre, de tener el vehiculo de alta o de baja, basicamente por que la responsabilidad de un incendio en tu casa es tuya, y el seguro de tu vehiculo no se va a hacer responsable de el incendio de un vehiculo que no tiene un correcto mantenimiento o se encuentra segun ellos en situacion de abandono, asi que el argumento ese de "ya veremos quien rie si tu coche se incendia y no tienes seguro", es falso.


Yo no tengo nada que demostrar. Tú has dicho una cosa y yo te he proporcionado el texto legal que te contradice de forma explícita, las conclusiones que tú quieras sacar después son asunto tuyo y a mí francamente me da lo mismo. En todo caso hablas de que el artículo I cambia totalmente lo indicado en el artículo II, permíteme que lo ponga en duda si no aportas ningún tipo de prueba al respecto y más cuando en ese caso el propio artículo II sobraría por completo (ya me dirás tú para qué van a poner un artículo en el que se indica explícitamente la aplicación de una obligatoriedad si en el artículo anterior se indica algo distinto). Pero eso sí, por favor no desinformes porque lo que dice la ley es claro y ya lo he puesto en mi mensaje anterior. En todo caso deberías considerar que no todo el mundo aparca en un garaje privado, la gran mayoría se tiene que conformar con uno comunitario y como me imagino que entenderás un incendio allí no se trata de simplemente que se queme tu casa, tu coche o tu garaje.


Tienes varios enlaces que te he puesto con la ley completa y jurisprudencia del tema, otra cosa es que los ignores, el texto y la jurisprudencia se contradice con lo que dices.

Y si, tienes que demostrar que tu argumento es cierto cuando te demuestran con pruebas que las aseguradoras se lavan las manos en el caso de los autoincendios, tanto en garajes privados, como en garajes comunitaros y en algunos casos incluso en la via publica, acogiéndose al capitulo I de la ley donde dice que el objeto de la responsabilidad civil se basa en los hechos provocados por la conducción del vehiculo y no de los daños derivados de su estacionamiento.

No me hables de desinformación cuando el capitulo I habla de vehículos en circulacion y lo ignoras completamente, y mira si esta clara la ley que ni siquiera las audiencias provinciales de nuestro pais se ponen de acuerdo a la hora de aplicar la ley que esta sujeta a ambas interpretaciones.

Aqui lo que vendias o intentabas vender es que en caso de no tener seguro me haria yo responsable de los daños del posible incendio, y ya te he demostrado que con seguro o sin el, dado de alta o de baja, los daños de un incendio en una propiedad recaen sobre el dueño y no sobre la aseguradora del vehiculo, asi que si no sabes de lo que hablas, no te molestes en desinformar y causar miedo para que la gente vaya a contratar seguros que no cubren esos supuestos.

Por no hablar de que un incendio en un coche sin bateria es totalmente imposible.

P.D: Suficiente offtopic, que entre la mafia de las aseguradoras y la mafia de las gasolineras menudos temas hemos juntado.
Dfx escribió:
Nagaroth escribió:
Dfx escribió:Si obvias totalmente el capitulo I el resultado es otro y hay sentencias que reespaldan lo que digo, lo primordial es que el coche tiene que estar en circulación y desde luego me fio mas de lo que me pueda decir la policia local o la guardia civil que de lo expuesto en un foro.

Todo lo de mas son excusas de las aseguradoras para sacar dinero de todo, incluso sacandote seguros de responsabilidad civil de cosas de las que no tienen ninguna responsabilidad y como veras mas tarde, de las que legalmente no se harán responsables a la hora de la verdad, por que no tienen la obligación legal de hacerlo, y si no tienen obligacion legal a cubrirte, yo tampoco tengo la obligación legal de subscribir un contrato que no cubre esa responsabilidad, ya que como puedes leer en el apartado uno, se refiere totalmente a coches en circulación donde los hechos de circulación son las del acto de conducir y en el caso de Valencia, que es donde vivo, hay sentencias que llegan a ignorar incluso estacionamiento en la via publica, donde si tienes totalmente obligacion a subscribir el seguro.

Y todavia no has demostrado la diferencia de reponsabilidad de tener un seguro que no te cubre, de tener el vehiculo de alta o de baja, basicamente por que la responsabilidad de un incendio en tu casa es tuya, y el seguro de tu vehiculo no se va a hacer responsable de el incendio de un vehiculo que no tiene un correcto mantenimiento o se encuentra segun ellos en situacion de abandono, asi que el argumento ese de "ya veremos quien rie si tu coche se incendia y no tienes seguro", es falso.


Yo no tengo nada que demostrar. Tú has dicho una cosa y yo te he proporcionado el texto legal que te contradice de forma explícita, las conclusiones que tú quieras sacar después son asunto tuyo y a mí francamente me da lo mismo. En todo caso hablas de que el artículo I cambia totalmente lo indicado en el artículo II, permíteme que lo ponga en duda si no aportas ningún tipo de prueba al respecto y más cuando en ese caso el propio artículo II sobraría por completo (ya me dirás tú para qué van a poner un artículo en el que se indica explícitamente la aplicación de una obligatoriedad si en el artículo anterior se indica algo distinto). Pero eso sí, por favor no desinformes porque lo que dice la ley es claro y ya lo he puesto en mi mensaje anterior. En todo caso deberías considerar que no todo el mundo aparca en un garaje privado, la gran mayoría se tiene que conformar con uno comunitario y como me imagino que entenderás un incendio allí no se trata de simplemente que se queme tu casa, tu coche o tu garaje.


Tienes varios enlaces que te he puesto con la ley completa y jurisprudencia del tema, otra cosa es que los ignores, el texto y la jurisprudencia se contradice con lo que dices.

Y si, tienes que demostrar que tu argumento es cierto cuando te demuestran con pruebas que las aseguradoras se lavan las manos en el caso de los autoincendios, tanto en garajes privados, como en garajes comunitaros y en algunos casos incluso en la via publica, acogiéndose al capitulo I de la ley donde dice que el objeto de la responsabilidad civil se basa en los hechos provocados por la conducción del vehiculo y no de los daños derivados de su estacionamiento.

No me hables de desinformación cuando el capitulo I habla de vehículos en circulacion y lo ignoras completamente, y mira si esta clara la ley que ni siquiera las audiencias provinciales de nuestro pais se ponen de acuerdo a la hora de aplicar la ley que esta sujeta a ambas interpretaciones.

Aqui lo que vendias o intentabas vender es que en caso de no tener seguro me haria yo responsable de los daños del posible incendio, y ya te he demostrado que con seguro o sin el, dado de alta o de baja, los daños de un incendio en una propiedad recaen sobre el dueño y no sobre la aseguradora del vehiculo, asi que si no sabes de lo que hablas, no te molestes en desinformar y causar miedo para que la gente vaya a contratar seguros que no cubren esos supuestos.

Por no hablar de que un incendio en un coche sin bateria es totalmente imposible.

P.D: Suficiente offtopic, que entre la mafia de las aseguradoras y la mafia de las gasolineras menudos temas hemos juntado.


Con la ley en la mano cualquier vehículo que tenga su estacionamiento habitual en España tiene la obligación legal de estar asegurado, circule o no, e independientemente de que luego las aseguradoras se laven las manos si pasa algo. Tú te empeñas en que la ley dice otra cosa y no es cierto, ergo estás desinformando al decir lo contrario. Que luego en ciertos casos la autoridad competente interprete la ley de otra manera no cambia el hecho de que lo que pone es lo que te estoy diciendo y no lo que tú interpretas, y que si te toca con un juez que tenga un mal día te pueda meter en un problema por no tener un seguro que, repito, con la ley en la mano estás obligado a tener.

El capítulo I al que tanto te agarras habla de la cobertura de responsabilidades del seguro, no de la obligatoriedad de tenerlo. Si no eres capaz de distinguir las dos cosas, infórmate mejor.

Y ya para acabar, por una parte reconoces que los juzgados no se ponen de acuerdo porque la ley se puede interpretar de varias formas pero después afirmas que en todos los casos la aseguradora no se va a hacer cargo en caso de accidente. Contradicciones everywhere, si no se ponen de acuerdo será porque hay casos en los que interpretan que el seguro SI se tiene que hacer cargo; pero claro, eso en el caso de que lo tengas.

Esto es lo único que vengo diciendo en todo el hilo, y dado que me estoy ciñendo estrictamente a un texto legal en vigor, difícilmente puedo estar mintiendo al respecto u obviando algo.

Un saludo.
Nagaroth escribió:Y ya para acabar, por una parte reconoces que los juzgados no se ponen de acuerdo porque la ley se puede interpretar de varias formas pero después afirmas que en todos los casos la aseguradora no se va a hacer cargo en caso de accidente. Contradicciones everywhere, si no se ponen de acuerdo será porque hay casos en los que interpretan que el seguro SI se tiene que hacer cargo; pero claro, eso en el caso de que lo tengas.



De contradicciones nada, si te hubieras tomado la molestia de leer, cosa que dudo que hayas hecho, en las sentencias se hacen claras diferencias entre los vehiculos que estaban en la via publica y los que estaban en el aparcamiento, declarando muchos casos de abandono y falta de mantenimiento a los del segundo caso.

Y todavía sigues sin poder defender tu argumento del peligro de incendio y sigues en tus trece, el capitulo II se refiere al primero en cuanto a circulación y si no lo quieres ver no lo veas, es tu problema y tu dinero tirado, yo no voy a tirar el dinero para evitar una multa imposible e ilegal y un peligro inexistente.

Todo lo demás es meter miedo para beneficiar a las aseguradoras, mira a ver si te hacen alguna distincion en cuanto a precio por tener el coche aparcado permanentemente y ya de paso, pregunta a tu aseguradora si te va a cubrir los daños a terceros en caso de que tu coche se incendie en el garaje.

Lo dicho, no puedes mantener tu argumento del incendio y te has salido por la tangente con el tema de la obligatoriedad, incluso has propuesto darlo de baja y te pregunto de nuevo si habrá alguna diferencia entre tener seguro y tenerlo sin seguro dado de baja cuando tengas que responder de los daños a terceros.
Dfx escribió:
Nagaroth escribió:Y ya para acabar, por una parte reconoces que los juzgados no se ponen de acuerdo porque la ley se puede interpretar de varias formas pero después afirmas que en todos los casos la aseguradora no se va a hacer cargo en caso de accidente. Contradicciones everywhere, si no se ponen de acuerdo será porque hay casos en los que interpretan que el seguro SI se tiene que hacer cargo; pero claro, eso en el caso de que lo tengas.



De contradicciones nada, si te hubieras tomado la molestia de leer, cosa que dudo que hayas hecho, en las sentencias se hacen claras diferencias entre los vehiculos que estaban en la via publica y los que estaban en el aparcamiento, declarando muchos casos de abandono y falta de mantenimiento a los del segundo caso.

Y todavía sigues sin poder defender tu argumento del peligro de incendio y sigues en tus trece, el capitulo II se refiere al primero en cuanto a circulación y si no lo quieres ver no lo veas, es tu problema y tu dinero tirado, yo no voy a tirar el dinero para evitar una multa imposible e ilegal y un peligro inexistente.

Todo lo demás es meter miedo para beneficiar a las aseguradoras, mira a ver si te hacen alguna distincion en cuanto a precio por tener el coche aparcado permanentemente y ya de paso, pregunta a tu aseguradora si te va a cubrir los daños a terceros en caso de que tu coche se incendie en el garaje.

Lo dicho, no puedes mantener tu argumento del incendio y te has salido por la tangente con el tema de la obligatoriedad, incluso has propuesto darlo de baja y te pregunto de nuevo si habrá alguna diferencia entre tener seguro y tenerlo sin seguro dado de baja cuando tengas que responder de los daños a terceros.


Pero muchacho, ¿cómo me voy a salir por la tangente hablando de la obligatoriedad cuando viene siendo el hilo conductor de toda la discusión y además eres tú el primero que ha sacado el tema? Te sugiero que revises bien el hilo para ver quién ha dicho qué porque como te acabo de señalar el primero en sacar a relucir la obligatoriedad de tener el seguro has sido tú, yo me he limitado a corregir la información que estabas dando al respecto porque era incorrecta. Y por otra parte yo en ningún momento he hablado de dar nada de baja, así que lo dicho, revisa bien de qué estás hablando.

Y sí, por supuesto que el artículo II hace referencia al artículo I... en lo relativo a la responsabilidad civil que cubre el seguro, que es algo MUY distinto a la obligatoriedad de tenerlo. Vamos, no creo que haga falta ser lingüista ni que tengamos que hacer un análisis sintáctico de la oración para darse cuenta de que cuando el artículo II dice lo siguiente

Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1


se refiere a que el artículo I desarrolla la responsabilidad civil que tiene que cubrir el seguro, y no la obligatoriedad de tenerlo, la cual viene determinada por 3 condiciones que se desarrollan en el propio artículo II (las cuales son bastante fáciles de comprender, y sobre todo, no se ven modificadas en ningún momento por lo indicado en el artículo I, al menos en el texto legal). Si luego algunos jueces quieren hacer una interpretación distinta de la ley me parece perfecto, pero eso quiere decir que otros jueces están aplicándola tal cual. Y francamente, en caso de problemas prefiero no depender de la interpretación de nadie, si tengo seguro no me tengo que preocupar del tema, si no lo tengo ya dependo de que suene la flauta con la interpretación del juez.

Te centras demasiado en tu caso particular cuando viene siendo bastante atípico, ya que ni todo el mundo tiene garaje privado ni todo el que deja su coche sin seguro le quita la batería.

Aún en el supuesto de que el seguro no cubriera los daños de un incendio, cosa que habría que ver, eso sigue sin eximirte de la obligación de tenerlo por el mero hecho de cumplir alguna de las 3 condiciones indicadas en el artículo II. Cada uno es libre de correr con los riesgos que le parezcan oportunos, a ti te parece inverosímil que nadie te vaya a pillar sin seguro o que se den las circunstancias necesarias para que te vaya a hacer falta tenerlo y en función de eso tomas tu decisión, lo cual me parece muy bien; pero eso no quiere decir que legalmente no estés en la obligación de tenerlo.

Ya por curiosidad... supongo que la ITV tampoco la pagas (más que nada porque tendrías que circular con el vehículo para pasarla) pero... el impuesto de circulación tampoco lo pagas?

Bueno, da igual. A estas alturas ha quedado claro que hay cosas que no vas a entender, así que por mi parte es mi última aportación al hilo (que además trata sobre otro tema completamente distinto [facepalm]). Ni yo ni nadie cercano a mí come de ninguna actividad relacionada con los seguros, antes de que alguien lo mencione [sonrisa]

Un saludo.
La ITV y el impuesto de circulación lo tiene al dia, si quisiera no pagarlos, lo daría de baja temporal, total, ahora hace 2 meses que esta encerrado y lo sacare en diciembre/enero, obviamente si no lo fuera a sacar, tampoco le pasaría la ITV o ahora me diras que tambien hay que sacar la ITV para vehiculos que no circulan [facepalm]

Pero segun algunos que rondan eol, por hilos anteriores, tendria que haber vendido mi vehiculo por cuatro duros antes que encerrarlo sin seguro, si ya me las veo venir [facepalm] y ademas te añado, que si fuera tan facil multar a los vehiculos sin seguro que estan encerrados, con sacar una lista de todos los vehículos que no tienen seguro mas de 10 dias? y multarlos seria suficiente, pero cuando la policia local y la guardia civil de la zona tras consultarles te dicen que lo mejor es guardarlo en un garaje privado por que alli no hace falta tener el seguro al dia, pues que quieres te diga, me fio mas de ellos que de las interpretaciones tuyas o de forocoches.

Ni yo ni nadie cercano a mí come de ninguna actividad relacionada con los seguros, antes de que alguien lo mencione [sonrisa]


Ya claro que no... a nadie se le hubiera ocurrido.
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