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Lucy_Sky_Diam escribió:Ya se sabe... devolviendo favores (presuntamente)... Este es el señor que pone tasas judiciales para que no pueda acceder a la justicia todo el mundo y que impide a las mujeres abortar cuando consideren que deben abortar.
El clásico doble rasero católico.
don pelayo escribió:Lucy_Sky_Diam escribió:Ya se sabe... devolviendo favores (presuntamente)... Este es el señor que pone tasas judiciales para que no pueda acceder a la justicia todo el mundo y que impide a las mujeres abortar cuando consideren que deben abortar.
El clásico doble rasero católico.
Bueno, esto no es así. La reforma de la ley es una reforma de la formulación de los supuestos para el aborto, pero en la práctica si quieres abortar (daño psicológico de la madre), puedes.
"Tras la condena establecida por la Audiencia provincial, el acusado presentó un recurso en el que indicaba que había sufrido una alteración de la conciencia provocada por una crisis epiléptica, y que el Tribunal no había considerado el atenuante por reparación de daños y dilaciones indebidas.
En la sentencia, el Supremo rechaza que el acusado condujera bajo los efectos de una crisis epiléptica que determinara una conducta automática."
Los hechos sucedieron la tarde del 1 de diciembre de 2003, cuando el acusado conducía su vehículo por la autopista AP-7 dirección Alicante.
Según el relato fiscal, cuando circulaba por Torrente-Calicanto se aproximó a gran velocidad por el carril izquierdo a un turismo que estaba realizando una maniobra de adelantamiento a un camión y le golpeó por la parte de atrás sin dejar de acelerar, hasta que el vehículo, intimidado, se retiró al arcén.
Sin parar a comprobar si su víctima precisaba asistencia, paró en el arcén del punto kilométrico 551, efectuó un cambio de sentido y comenzó a circular "a gran velocidad" en sentido contrario entre dos carriles "asumiendo las altas posibilidades de que ello resultara lesivo para la integridad física de los demás conductores".
El kamikaze hizo caso omiso de las luces largas y bocinas de los vehículos con los que se cruzaba, que le iban sorteando para no chocar, y ni si detuvo ni redujo la velocidad "ni efectuó maniobra alguna de evasión para eludir los turismos que circulaban en sentido correcto".
Pese a todo, el acusado continuó circulando hasta que, sobre las 19.15 horas, en el punto kilométrico 547, a la altura del término municipal de Polinyà del Xúquer, "en un tramo recto, a nivel y de buena visibilidad" colisionó frontalmente con un turismo en el que viajaban un joven de 25 años y su pareja, de 21.
Devil_Riddick escribió:El indulto, a mi modo de ver, es totalmente inconstitucional, ya que transfiere potestades exclusivas del Poder Judicial al Ejecutivo y, ademas, con una situacion jerarquica superior ("juzgo y ademas me paso por el forro lo que hayas dicho tu antes"). Solo contemplaria el indulto mediante referendum popular con mayoria absoluta del censo electoral, solo ahi seria constitucional...
Blytk escribió:El mejor despacho de abogados del país, 100% efectividad garantizada. Cuando todo falla, tiramos de contactos para conseguir el indulto y a vivir la vida oiga. Si existiera justicia toda esta panda no volvía a pisar la calle en su puta vida, pero la semana que viene habrá 4 hilos como este y los comentamos ya como que sale el sol. Es incomprensible la cantidad de mierda que sale a la luz y las pocas consecuencias que tiene.
Indulto parcial para el conductor condenado por la muerte de tres jóvenes en Granada
El Consejo de Ministros ha concedido un indulto parcial al conductor que fue condenado a tres años y tres meses de prisión por la muerte de tres jóvenes, uno de ellos menor, en un accidente de tráfico ocurrido en una carretera de Granada limitada a 40 kilómetros por hora en la que circulaba a más de 120.
Según un real decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y consultado por Efe, el indulto conmuta a Rafael H.G. la referida pena privativa de libertad por otra de dos años de prisión, quince días de trabajo en beneficio de la comunidad y un año de multa en cuotas diarias de dos euros.
Todo ello a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del decreto, que mantiene los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia.
El abogado de la familia de una de las víctimas mortales del accidente -ocurrido en la noche del 3 de julio del 2008 en la carretera autonómica que une Puerto Lobo y Huétor Santillán- ha informado a Efe de que este indulto "parcial" se traduce en la práctica en que Rafael H.G., al carecer de antecedentes penales, no tenga que entrar en la cárcel por los hechos por los que fue condenado.
En declaraciones a Efe Manuel Hidalgo, padre de uno de los fallecidos, ha expresado por su parte su indignación por la decisión de indulto del Gobierno y ha señalado que las familias de las víctimas esperaban el cumplimiento del pronunciamiento de la Audiencia de Granada al menos como consuelo por la perdida de sus seres queridos.
En noviembre del 2011, la Audiencia granadina elevó de dos años y medio a tres años y tres meses la condena al conductor ahora indultado tras estimar parcialmente un recurso de apelación de la Fiscalía y rechazar el de la defensa contra la sentencia inicial del Juzgado de lo Penal 2 de Granada.
El fallo de la Audiencia, que era firme, elevó también de tres años y seis meses a un total de seis años la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores impuesta al procesado Rafael H.G.
El tribunal provincial mantuvo la relación de hechos probados contenidos en la sentencia apelada, donde se explicaba que en la noche del 3 de julio de 2008, sobre las 23:45 horas, el condenado circulaba por la carretera autonómica A-4004, que une Puerto Lobo y Huétor Santillán, acompañado de tres jóvenes.
Todos ellos se dirigían a la localidad de Beas de Granada por la referida vía, cuya velocidad máxima estaba limitada por señal vertical visible a 40 kilómetros por hora, dadas las condiciones de su trazado y visibilidad reducida.
El procesado, infringiendo la prohibición de circular a más de 40 y "faltando a las más elementales normas de prudencia" no sólo por las características de la carretera sino por su condición de conductor novel, conducía a una velocidad que alcanzaba al menos 123 kilómetros por hora.
De hecho, entró a esa velocidad "desmedida" en una de las curvas del trazado y llegó a perder el control del vehículo a la altura del kilómetro 3,800.
El coche se salió de la vía y colisionó contra un camión de recogida de residuos que se encontraba estacionado debidamente por la zona y que incluso resultó desplazado por la "virulencia" del impacto.
Como consecuencia del accidente, resultaron fallecidos todos los ocupantes del vehículo menos el procesado, que también sufrió heridas de gravedad.
Según la sentencia, los perjudicados ya habían sido indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros.
emifer2 escribió:Blytk escribió:El mejor despacho de abogados del país, 100% efectividad garantizada. Cuando todo falla, tiramos de contactos para conseguir el indulto y a vivir la vida oiga. Si existiera justicia toda esta panda no volvía a pisar la calle en su puta vida, pero la semana que viene habrá 4 hilos como este y los comentamos ya como que sale el sol. Es incomprensible la cantidad de mierda que sale a la luz y las pocas consecuencias que tiene.
Hoy otro caso similar:Indulto parcial para el conductor condenado por la muerte de tres jóvenes en Granada
El Consejo de Ministros ha concedido un indulto parcial al conductor que fue condenado a tres años y tres meses de prisión por la muerte de tres jóvenes, uno de ellos menor, en un accidente de tráfico ocurrido en una carretera de Granada limitada a 40 kilómetros por hora en la que circulaba a más de 120.
Según un real decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y consultado por Efe, el indulto conmuta a Rafael H.G. la referida pena privativa de libertad por otra de dos años de prisión, quince días de trabajo en beneficio de la comunidad y un año de multa en cuotas diarias de dos euros.
Todo ello a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del decreto, que mantiene los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia.
El abogado de la familia de una de las víctimas mortales del accidente -ocurrido en la noche del 3 de julio del 2008 en la carretera autonómica que une Puerto Lobo y Huétor Santillán- ha informado a Efe de que este indulto "parcial" se traduce en la práctica en que Rafael H.G., al carecer de antecedentes penales, no tenga que entrar en la cárcel por los hechos por los que fue condenado.
En declaraciones a Efe Manuel Hidalgo, padre de uno de los fallecidos, ha expresado por su parte su indignación por la decisión de indulto del Gobierno y ha señalado que las familias de las víctimas esperaban el cumplimiento del pronunciamiento de la Audiencia de Granada al menos como consuelo por la perdida de sus seres queridos.
En noviembre del 2011, la Audiencia granadina elevó de dos años y medio a tres años y tres meses la condena al conductor ahora indultado tras estimar parcialmente un recurso de apelación de la Fiscalía y rechazar el de la defensa contra la sentencia inicial del Juzgado de lo Penal 2 de Granada.
El fallo de la Audiencia, que era firme, elevó también de tres años y seis meses a un total de seis años la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores impuesta al procesado Rafael H.G.
El tribunal provincial mantuvo la relación de hechos probados contenidos en la sentencia apelada, donde se explicaba que en la noche del 3 de julio de 2008, sobre las 23:45 horas, el condenado circulaba por la carretera autonómica A-4004, que une Puerto Lobo y Huétor Santillán, acompañado de tres jóvenes.
Todos ellos se dirigían a la localidad de Beas de Granada por la referida vía, cuya velocidad máxima estaba limitada por señal vertical visible a 40 kilómetros por hora, dadas las condiciones de su trazado y visibilidad reducida.
El procesado, infringiendo la prohibición de circular a más de 40 y "faltando a las más elementales normas de prudencia" no sólo por las características de la carretera sino por su condición de conductor novel, conducía a una velocidad que alcanzaba al menos 123 kilómetros por hora.
De hecho, entró a esa velocidad "desmedida" en una de las curvas del trazado y llegó a perder el control del vehículo a la altura del kilómetro 3,800.
El coche se salió de la vía y colisionó contra un camión de recogida de residuos que se encontraba estacionado debidamente por la zona y que incluso resultó desplazado por la "virulencia" del impacto.
Como consecuencia del accidente, resultaron fallecidos todos los ocupantes del vehículo menos el procesado, que también sufrió heridas de gravedad.
Según la sentencia, los perjudicados ya habían sido indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros.
EDITO y os dejo el link a la noticia, que con la indignación se me había olvidado ponerla
Fuente: Ideal.es <-- pincháis y accedéis a la noticia .
1 saludo
Elelegido escribió:¿A alguien le apetece respetar la ley sin rechistar después de leer estas cosas?
baronluigi escribió:http://www.prensa16.com/noticias/kamikaze-indultado-por-gallardn-primo-del-consejero-sanidad-cospedal-/39902
El kamikaze indultado por Gallardón es primo del consejero de sanidad de Cospedal
Ahora estan todos los cabos atados.
"El 1 de diciembre de 2003, Ramón Jorge Ríos Salgado conducía con su coche por la autopista A-7 cuando chocó con un vehículo a la altura de Torrent (Valencia). El coche tuvo que apartarse al arcén y avisar a los servicios de emergencia. Seguidamente, el kamikaze accedió a la autopista AP-7 por una garita de peaje y circuló en sentido contrario, según la sentencia, a gran velocidad, sin avisar de su conducción contrasentido ni efectuar maniobras de evasión para no chocar con los vehículos que circulaban en el sentido correcto. Finalmente, colisionó con un segundo coche en el que viajaba una pareja. Como consecuencia del impacto, él falleció y ella resultó herida."
Elelegido escribió:Creo que habría que hacer una campaña para identificar al tal Ramón Jorge Ríos Salgado. Habrá de enterarse de porqué se ha librado de la cárcel. Alguien por la red sabrá de quién es hijo, o a qué escuela ha ido.
baronluigi escribió:http://www.prensa16.com/noticias/kamikaze-indultado-por-gallardn-primo-del-consejero-sanidad-cospedal-/39902
El kamikaze indultado por Gallardón es primo del consejero de sanidad de Cospedal
Ahora estan todos los cabos atados.
Elelegido escribió:¿A alguien le apetece respetar la ley sin rechistar después de leer estas cosas?
kolombo escribió:Será primo de alguien.
slatkin escribió:kolombo escribió:Será primo de alguien.
joer, en la tercera respuesta ya dieron en el clavo.
pedrotreviño escribió:me quedo con esto...
"Gallardón indulta a un conductor 'kamikaze' con 13 años de condena por matar a un joven"
Estrelló su coche contra el de un joven que murió cuando circulaba en sentido contrario por la autopista AP-7 en Valencia"
El 31 de enero tengo un juicio de no pagar una factura de 134,50 centimos a un taller de coches.
Tendre que tragarme todo lo que diga el juez ya que gallardon no estara aqui para protejerme.
justicia de españa es igual que la de nigeria,angola,chile o cuba mismo, tercermundista...
Dreamcast2004 escribió:Acabáramos...
De chiste lo de la justicia de este país.
Elelegido escribió:pedrotreviño escribió:me quedo con esto...
"Gallardón indulta a un conductor 'kamikaze' con 13 años de condena por matar a un joven"
Estrelló su coche contra el de un joven que murió cuando circulaba en sentido contrario por la autopista AP-7 en Valencia"
El 31 de enero tengo un juicio de no pagar una factura de 134,50 centimos a un taller de coches.
Tendre que tragarme todo lo que diga el juez ya que gallardon no estara aqui para protejerme.
justicia de españa es igual que la de nigeria,angola,chile o cuba mismo, tercermundista...
Dudo que en chile o cuba estén peor.
minmaster escribió:Da igual toda la mierda que salga de la gentuza que nos están gobernando, los 10 millones de votos los tienen garantizado...
emifer2 escribió:Gallardón justifica el indulto del conductor kamikaze de Alzira por su epilepsia 'acreditada'
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha justificado este miércoles el indulto al conductor kamikaze de Alzira en su epilepsia "acreditada por el servicio público de salud", en el hecho de no tener antecedentes y en el informe penitenciario "favorable" que demuestra que "se arrepintió sin pronóstico de reincidencia".
En la sesión de control al Gobierno, Gallardón declaró además, en respuesta a la pregunta del diputado socialista Ximo Puig, que el despacho de abogados que defendió al kamikaze, vinculado a "familiares directos suyos y dirigentes del PP -recordó el líder de los socialistas valencianos-, "no figura en los expedientes del indulto".
Contraatacó Puig en su segunda intervención cuestionando al ministro por "hacer suyas las posiciones de la defensa", por actuar como "juez de jueces" cuando tanto la Audiencia como la Fiscalía emitieron sendos informes contra el indulto. Reprochó el parlamentario socialista a Gallardón la "inusual rapidez" en conceder "graciosamente" esta medida excepcional y la sustitución de una sentencia de 13 años de la sala 2 de lo Penal del Tribunal Supremo por una multa de 3.400 euros.
El titular de Justicia, que afirmó que a la hora de adoptar esta medida de gracia "se sopesan todos los elementos, incluido el sufrimiento de las víctimas y familiares", explicó entonces el proceso seguido hasta llegar al indulto. "Vimos lo que se había hecho antes", lo que llevó al departamento comandado por Gallardón a fijarse en el último caso de indulto, concedido el 16 de septiembre de 2011, meses antes de que José Luis Rodríguez Zapatero dejara la Presidencia del obierno.
Tras la comparativa, encontraron varias coincidencias entre aquel caso y el del kamikaze de Alzira, cuya temeridad costó la vida a José Alfredo Dolz, el joven valenciano de 25 años que viajaba junto a su novia por la autopista AP-7 en dirección Alicante cuando colisionaron con el vehículo conducido por el kamikaze indultado.
Entre dichas coincidencias, que ambos eran delitos de seguridad vial, que la condena en el primero de ellos era de 12 años y seis meses y de 13 años en el segundo, que en los dos hechos se produjo una conducción kamikaze con resultado de muerte y que ambas alegaciones por parte de la defensa se centraron en la epilepsia de los condenados.
Las diferencias, en las que se escuda el ministro de Defensa para justificar la medida de gracia, estriban en que la epilepsia del kamikaze de Alzira "si estaba acreditada" por la sanidad pública, que "no conducía bajo los efectos del alcohol" y que en el caso del indulto concedido por el gobierno socialista "sí había un antecedente". "Ustedes nos marcan el camino", concluyó Gallardón dirigiéndose a la bancada socialista.
El líder del PSPV y diputado en el Congreso Ximo Puig se ha mantenido firme en la idea de pedir al Gobierno la revocación del indulto, como han hecho asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y "ayuntamientos del PP". "Es una medida incomprensible y un fraude a la dignidad humana", sentenció.
Fuente: El Mundo
1 saludo