El Tribunal Supremo ha ratificado hoy una sentencia emitida por la Audiencia de Málaga que condena al agregador de noticias Menéame a pagar 1.200 euros más las costas a un exconcejal del PP de Marbella. El político fue insultado por uno de los usuarios del sitio, y tras una serie de giros la Sala Civil del Alto Tribunal ha considerado válido el dictamen que hacía responsables a los administradores de Menéame.
El caso se remonta a 2015, cuando un usuario de Menéame
llamó "hijo de puta" a Diego López, por aquel entonces concejal de Fiestas del PP de Marbella, en relación a una noticia sobre los
dispendios de dicho departamento. Ya en 2017, un juzgado marbellí determinó que expresiones como "hijo de puta" o "ladrón" no iban dirigidas hacia la persona de López sino que eran generales y emitidas en relación a una "manera de hacer política".
Ante esta situación, el demandante recurrió a la Audiencia Provincial, que sí le dio la razón. En su veredicto, dichas expresiones "atentan contra el derecho al honor o la intimidad" de López, pero lo que es casi igual de importante: consideran que Menéame es un "prestador de servicio" y no un agregador de noticias, por lo que estaba obligado a retirar dichos insultos tan pronto como tuviera constancia de los mismos.
Desde el
Bufet Almeida, representante legal de Menéame, la ratificación de la sentencia de la Audiencia Provincial por parte del Supremo "puede afectar a medio Internet", puesto que podría extenderse a foros, secciones de comentarios y redes sociales. El dinero no es el problema,
aseguran los gestores del agregador, sino sus posibles efectos en la libertad de expresión en Internet.
Según el abogado Carlos Sánchez Almeida, la decisión es "una barbaridad que va incluso contra la directiva comunitaria a la que deja sin contenido" y será recurrida al Tribunal Constitucional, por lo que aún no está dicha la última palabra.
Fuente: El Confidencial