El Tribunal Constitucional ha tumbado el canon digital catalán, según han coincidido en avanzar
RAC1 y
Catalunya Radio. Este impuesto
aprobado por el Parlament en noviembre de 2014 y posteriormente impugnado por el Gobierno central, cobraba a las operadoras de Internet por cada conexión contratada y servía para ayudar a financiar sector audiovisual de Catalunya.
El impuesto gravaba con 25 céntimos de euro cada conexión a Internet que las operadoras tenían suscrita en Catalunya y tenía como objetivo recaudar unos 20 millones de euros al año. Además de financiar el sector audiovisual catalán, el dinero se utilizaba para promocionar contenidos culturales digitales en esta lengua. La ley especificaba que las operadoras de Internet no podían repercutir esta cuota en la factura del cliente.
Después de casi 3 años deliberando, el Tribunal Constitucional ha decidido anular el canon digital catalán al ser considerado como un tipo de impuesto que se pisaba con el IVA, de competencia estatal. La decisión no se ha tomado por unanimidad. Cinco de los doce magistrados del Constitucional han emitido con un voto particular su discrepancia porque consideran que la distinción entre el IVA y el canon digital catalán es clara. Para explicar su sentencia el Tribunal ha necesitado hasta 39 páginas.
La Generalitat de Catalunya devolverá progresivamente los 34,5 millones de euros recaudados hasta ahora, pero Lluís Puig, conseller de Cultura, afirma que este año se mantendrá la aportación económica al sector. Además, el ejecutivo catalán se ha comprometido a elaborar otro tributo que sea compatible con el IVA.
Hace dos semanas era el Gobierno de España quien
aprobaba su propio canon digital para compensar a los autores por las copias privadas de sus obras que pueden hacer los usuarios. En este caso se gravan
smartphones, DVDs, tabletas o discos duros a cargo de los fabricantes o distribuidores.