Cuando estás cobrando la prestación por desempleo y obtienes un trabajo, ya sea a jornada parcial, ya sea a jornada completa, tu obligación es comunicarlo en el INEM.
Por otra parte, la empresa que te contrata también está obligada a comunicar al INEM dicha contratación en un plazo no superior a diez días hábiles desde la fecha de inicio del contrato.
Lo que sucede normalmente es que, al comunicar la empresa correctamente la contratación, al introducir la información en la base de datos del INEM, se actualiza la situación del trabajador, y todo solucionado.
Pero sucede a veces que la empresa no cumple su parte de comunicar la contratación, por lo que el INEM no siempre se entera de que el trabajador ya no está desempleado, y aquí es donde aparecen los problemas.
Evidentemente, si la empresa no hace sus deberes, tendrá su correspondiente sanción por su lado, pero la sanción que hayan puesto al trabajador, mucho me temo que tampoco tiene mucha solución.
Aquí puedes orientarte mejor.