"Será grabación continua cuando el coche está estacionado y su conductor no se encuentra en su interior, pero la cámara continúa grabando. En este caso «nos encontraremos ante un caso claro de video vigilancia», afirma Ángela Gómez..
Cuando se trata de este tipo de grabaciones, sólo podrán llevarlas a cabo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como las cámaras que cuentan con el anuncio correspondiente puesto por la empresa encargada tanto de la grabación como de los datos de contacto."
"Si por el contrario no reproducimos estas imágenes ante terceros y sólo son utilizadas como medio probatorio en un juicio para, por ejemplo, discernir la culpabilidad en un accidente (habrá que justificar su uso y proporcionalidad), puede que se admita a trámite la grabación."
Si no puedes demostrar que ese tipo de cámara no puede grabar con el motor parado no sería válida....y cuidado con esto que no ser válida significaría una posible denuncia y las cantidades a pagar por grabación ilegal son cuantiosas. Y después de esto y aún siendo válida la grabación, es decisión del juez admitirla a trámite, puede que ni te haya valido de nada el comprarte la cámara ni el riesgo de llevarla siempew en el coche y que algún amigo de lo ajeno...