¿Es legal que el vendedor de un piso se eche atrás después de dejar la señal?

Mis padres llevan tiempo buscando un piso en Madrid, encontraron uno de un particular que lo vendía por inmobiliaria. Al parecer lo tenía más de un mes en venta, mis padres fueron a verlo, les gustó y firmaron con la inmobiliaria dejando la señal de 3000€ estipulada.

Según tengo entendido, a ver si aquí alguien que entienda puede aclarar las cosas, cuando firmas y dejas la señal, tienes 30 días para ponerte de acuerdo con el vendedor, si en esos 30 días no os ponéis de acuerdo se devuelve la señal y cada uno por su lado. El tema es que 10 días más tarde de dejar la señal, y cuando de palabra ya había dicho el vendedor que estaba de acuerdo y quería firmar, de repente nos dice que se lo ha pensado mejor y no quiere vender el piso.

Yo me pregunto que si eso se puede hacer, supongo que al ser por inmobiliaria a la que le tienen que exigir responsabilidades es a esta y no al vendedor, porque me parece muy raro que sea legal tener un piso a la venta y que después de haber aceptado la señal del comprador se le pueda mandar a paseo y ya está.
¿Pero te ha devuelto la señal o no?
El tío puede hacer lo que le de la gana, eso si, devolviéndote la señal.
seaman escribió:El tío puede hacer lo que le de la gana, eso si, devolviéndote la señal.

Si no me equivoco devolviendo EL DOBLE de la señal.
Rugal_kof94 escribió:
seaman escribió:El tío puede hacer lo que le de la gana, eso si, devolviéndote la señal.

Si no me equivoco devolviendo EL DOBLE de la señal.


Eso depende de lo firmado, no en todos los casos tiene que ser asi o eso tengo entendido.
Rugal_kof94 escribió:
seaman escribió:El tío puede hacer lo que le de la gana, eso si, devolviéndote la señal.

Si no me equivoco devolviendo EL DOBLE de la señal.


Creo que para eso tendría que especificarse en el contrato

Aqui un caso similar a este
http://www.todoexpertos.com/categorias/ ... de-un-piso
Rugal_kof94 escribió:
seaman escribió:El tío puede hacer lo que le de la gana, eso si, devolviéndote la señal.

Si no me equivoco devolviendo EL DOBLE de la señal.


Así es, eso está contemplado en derecho civil y efectivamente, ha de ser el DOBLE de lo que pagasteis, si no lo puedes demandar y ganarías FIJO.


aqui lo tienes: http://www.gerencie.com/que-son-arras-y-sus-clases.html
La señal no la han devuelto, pero ya ha dicho la agencia que la va a devolver.

No tengo copia del contrato que firmaron mis padres, hay alguna posibilidad de que no fuera un contrato de arras y la señal constara como otra cosa?

EDIT: Según leo, efectivamente, la ley estipula que en un contrato de arras si el comprador se raja pierde la señal, y si es el vendedor el que se raja tiene que devolver el doble de la señal.
josemurcia escribió:La señal no la han devuelto, pero ya ha dicho la agencia que la va a devolver.

No tengo copia del contrato que firmaron mis padres, hay alguna posibilidad de que no fuera un contrato de arras y la señal constara como otra cosa?

EDIT: Según leo, efectivamente, la ley estipula que en un contrato de arras si el comprador se raja pierde la señal, y si es el vendedor el que se raja tiene que devolver el doble de la señal.




Pero es que lo que popularmente se conoce como "señal" es una arra
A una prima le pasó, que el vendedor se echó atrás porque empezaba la burbuja y podia duplicar el dinero, y tuvo que devolverle el doble.
Efectivamente, si eres el comprador pierdes la señal... si eres el vendedor pagas el doble POR LISTO XD
Solo devuelven el doble si se ha firmado un contrato de arras.

En caso que no se haya firmado un contrato de arras se devolverá solo la señal.


Punto.
MiNg escribió:Solo devuelven el doble si se ha firmado un contrato de arras.

En caso que no se haya firmado un contrato de arras se devolverá solo la señal.


Punto.

Pero es que en una vivienda no se puede pagar una señal sino hay un contrato de arras (son lo mismo).
Una "señal" es el seguro para que ninguna de las partes salga "jodida". Una vez se acepta la señal el trato queda cerrado entre las dos partes, no se puede involucrar nadie mas ni se puede echar nadie para atrás (y si no a "pagar" multa, perdiendo esa señal o devolviendo el doble, que para algo es una señal)

Sino, no es una señal, será una comisión por "trámites" de la inmobiliaria o lo que sea. Pero en tal caso podrían denunciar por estafa directamente porque si aún no hay contrato qué tienen que pagar a la inmobiliaria? NADA
es completamente legal echarse atras, tanto por parte del vendedor como del comprador.

si es el comprador el que se echa para atras, el comprador pierde la señal.
si es el vendedor el que se echa para atras, debe devolver EL DOBLE de la señal.
Silent Bob escribió:
MiNg escribió:Solo devuelven el doble si se ha firmado un contrato de arras.

En caso que no se haya firmado un contrato de arras se devolverá solo la señal.


Punto.

Pero es que en una vivienda no se puede pagar una señal sino hay un contrato de arras (son lo mismo).
Una "señal" es el seguro para que ninguna de las partes salga "jodida". Una vez se acepta la señal el trato queda cerrado entre las dos partes, no se puede involucrar nadie mas ni se puede echar nadie para atrás (y si no a "pagar" multa, perdiendo esa señal o devolviendo el doble, que para algo es una señal)


Pues eso, lo que yo he dicho.
MiNg escribió:
Silent Bob escribió:
MiNg escribió:En caso que no se haya firmado un contrato de arras se devolverá solo la señal.


Pues eso, lo que yo he dicho.

Pero a ver, la segunda frase no tiene sentido, no puede existir una señal sin contrato de arras porque son lo mismo. Lo que yo he puesto no puede ser lo mismo que tú has dicho, porque esa segunda frase es ilegal. (no es una reserva de una PS4, ni una fianza de alquiler, es la compra de un bien inmueble)

Ya sea por falta de contrato (que esto es ilegal haya o no una venta al final) o por no hacer lo que dicta la ley al resolver un contrato, lo que pones en esa frase no debería aceptarlo ningún comprador.
Puede que lo que hayan firmado sea un "mandato de Compra" con la inmobiliaria, y no un contrato de Arras con el vendedor.

Si es el primer caso, se devuelve la señal, y listos. En el segundo caso, dependiendo de las arras, si son confirmatorias o penitenciales, le devolverán el doble o podrá obligar a la venta.
Silent Bob escribió:
MiNg escribió:
Silent Bob escribió:

Pues eso, lo que yo he dicho.

Pero a ver, la segunda frase no tiene sentido, no puede existir una señal sin contrato de arras porque son lo mismo. Lo que yo he puesto no puede ser lo mismo que tú has dicho, porque esa segunda frase es ilegal. (no es una reserva de una PS4, ni una fianza de alquiler, es la compra de un bien inmueble)

Ya sea por falta de contrato (que esto es ilegal haya o no una venta al final) o por no hacer lo que dicta la ley al resolver un contrato, lo que pones en esa frase no debería aceptarlo ningún comprador.


Déjalo, se ha liado, dale una escapatoria fácil y que pueda mantener el orgullo XD
muchas veces la señal se deja sin una oportuna firma de contrato y recibo, sino de palabra, o por algun procedimiento sin mediacion de contrato, o existe ese contrato y recibo pero no con el propietario sino con la inmobiliaria.

en esos casos, el vendedor devuelve la señal y punto.

y yo hasta la fecha nunca he visto eso de que el vendedor tenga que devolver el doble de la señal recibida.
ghod escribió:Puede que lo que hayan firmado sea un "mandato de Compra" con la inmobiliaria, y no un contrato de Arras con el vendedor.

Si es el primer caso, se devuelve la señal, y listos. En el segundo caso, dependiendo de las arras, si son confirmatorias o penitenciales, le devolverán el doble o podrá obligar a la venta.

Pues parece que es lo que dices y solo nos van a devolver la señal. En fin, aquí o se va bien aconsejado por un jurista o te toman el pelo como quieren.
Mirar si podéis reclamar algún tipo de perjuicio. No esta de mas quizás por 50 eurillos una consulta a algún abogado.
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