Fin de obra y servicio el dia 11 de Julio.

Estoy leyendo de todo en internet, pero me gustaria saber exactamente a que tengo derecho, si el dia 11 no me han comunicado que se acaba la obra y servicio y por tanto el contrato. Entiendo que me han de avisar con los 15 dias de antelación, ya que llevo 2 años trabajando.

¿Que indemnizaciones quedarian en caso de que no me avisen?
¿Y en caso de que me avisen antes de 15 dias?

porque he estado leyendo que como se acaba el contrato, me pertocan 10 dias por año trabajado (firme en julio del 2013).

Gracias por vuestras respuestas.
En el contrato pone fecha fin? Normalmente en los contratos de obra o servicio lo que tiene es que no esta esa fecha, pondra algo asi como hasta fin de obra o servicio pero no una fecha concreta (dia mes y año), con esto te pueden decir al dia siguiente que ya no vuelves por circunstancias de la producción y no pasa nada, es legal.

Como maximo creo recordar que son 3 años con ese tipo de contrato (+1 depende los convenios colectivos del sector en el que estes). Si despues de ese tiempo no te comunican nada (porque se les ha pasado, porque tu no has dicho nada, etc...) se presupone que sigues en la empresa ya que no te han comunicado lo contrario y pasas automaticamente a indefinido.

Ojo todo esto teniendo en cuenta que en el contrato de obra y servicio NO pone fecha fin.
Gracias por la respuesta.
Si realmente te van a echar, asegurate de que no estás contratado en fraude de ley que es lo más habitual en los contratos de "obra y servicio". Si se diese el caso serías indefinido en la empresa, con lo cuál o te readmiten o te tienen que indemnizar por despido improcedente.

Un saludo.
¿Estabas cubriendo una necesidad puntual de la empresa, por una carga de trabajo extraordinaria de esta, o estabas realizando tareas normales, no atadas a una estacionalidad ni a una necesidad concreta de la empresa?

Si es el segundo caso (llevando dos años, seguro que lo es), enhorabuena, eres un TRABAJADOR INDEFINIDO de la empresa. No necesitas un contrato de indefinido, lo eres ya de hecho, así que si te echan, tienen que, efectivamente, preavisarte con 15 días e indemnizarte por el tiempo que has trabajado con ellos, aparte de por supuesto pagarte las vacaciones y pagas extras que te quedaran por cobrar.

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