FOGASA me ha denegado el pago...

Os planteo un caso a ver que opináis:
Empresa despide a trabajador por causas económicas.
Trabajador acepta despido, y solicita del FOGASA el 40% de la indemnización
FOGASA deniega pago del 40% por que la empresa ha contratado a otro trabajador para ese puesto.
Me planteo la posibilidad de demandar a la empresa por despido improcedente...
se puede hacer después de 8 meses?
si hay alguien que me pueda orientar lo agradecería un montón.
Vamos a ver, ¿Por que preguntas aqui? Consulta con un abogado pero ya¡¡¡
El FOGASA ya no tiene un puto duro así que puedes esperar sentado a cobrar algo por ahí.
Delian escribió:Vamos a ver, ¿Por que preguntas aqui? Consulta con un abogado pero ya¡¡¡




acabo de recibir la carta de FOGASA hace 1 hora.
y encima me despidieron estando de baja, no se si eso es un atenuante.
Después de 8 meses no puedes demandar el despido.

Podrías intentar hacer una reclamación de cantidad.
esto es la "marca España" que dan nuestras empresas, despedir a un trabajador, que le pague el estado y luego el estado se lo deniega y con el agravante de estando de baja... OLE mariano....

mucho animo compañero!
Estar de baja ya no es ningún impedimento para poder despedir. Hace años no se podía despedir a un trabajador estando de baja, hoy en día da igual que esté de alta que de baja.
raul_sanchez1 escribió:Estar de baja ya no es ningún impedimento para poder despedir. Hace años no se podía despedir a un trabajador estando de baja, hoy en día da igual que esté de alta que de baja.



ya, por eso cuando me despidieron no hice nada. pero el caso es que me entero por la carta de FOGASA que la empresa contrato a personal en los tres meses siguientes a mi despido. entonces las causas económicas que alega la empresa no son justificadas.

ya he hablado con un abogado y el lunes tengo que ir hablar con el.

es que es de vergüenza y lo indignado que estoy!!!!!!
Yo es las personas que he conocido que han cobrado por el FOGASA ha sido por medio de un dictado de un juez. No sabía que se podía reclama a título individual, pero si que puedo entender que lo denieguen siendo así. Imagínate que yo tengo una empresa, dejo de pagar 5 meses, les digo a todos que les doy el 60% y que el estado les da el resto y ale, contrato a nueva plantilla con un ahorro del 40%.

Es normal, o al menos yo lo veo así, que no den de buenas a primeras lo que pide una persona.
ShadowCoatl está baneado por "Saltarse el ban con un clon"
O sea que te meten un despido digamos improcedente, y en lugar de informarte de tus derechos ante un abogado especializado en pleitos laborales esperas 8 meses a que FOGASA te diga que no te paga nada (ya habrá preescrito casi seguro) para postearlo aquí en el foro.

Gol de señor.
ShadowCoatl escribió:O sea que te meten un despido digamos improcedente, y en lugar de informarte de tus derechos ante un abogado especializado en pleitos laborales esperas 8 meses a que FOGASA te diga que no te paga nada (ya habrá preescrito casi seguro) para postearlo aquí en el foro.

Gol de señor.



encima de cornudo, apaleado.
los despidos nunca se aceptan. desgraciadamente lo has aprendido por las malas.

ahora ya es tarde. consulta con un abogado laboralista de todos modos por si hay alguna salida para tu caso.
El periodo maximo para reclamar un despido son 15 dias laborables....no 8 meses despues... ¬_¬
Lo que esta claro es que el trabajador no ha cobrado la indemnización correspondiente.

Yo pondría una reclamación de cantidad.

Para eso hay un año de plazo.
GXY escribió:los despidos nunca se aceptan. desgraciadamente lo has aprendido por las malas.

ahora ya es tarde. consulta con un abogado laboralista de todos modos por si hay alguna salida para tu caso.


Siempre y cuando reconozcan la improcedencia del despido... ¿por qué no lo vas a aceptar? ¬_¬

raul_sanchez1 escribió:Estar de baja ya no es ningún impedimento para poder despedir. Hace años no se podía despedir a un trabajador estando de baja, hoy en día da igual que esté de alta que de baja.


Evidentemente que no, y que bien está que así sea. Hay que ver las cosas desde un prisma objetivo.
sator23 escribió:Siempre y cuando reconozcan la improcedencia del despido... ¿por qué no lo vas a aceptar? ¬_¬


Si han argumentado causas económicas no es despido improcedente sino procedente, estaría bien que te leyeras la reforma laboral que aprobaron tus amigos peperos.

Si él ha aceptado que sea procedente, ahora se tiene que aguantar.

sator23 escribió:Evidentemente que no, y que bien está que así sea. Hay que ver las cosas desde un prisma objetivo.


Claro, está cojonudo que te puedan echar por una baja justificada, por ejemplo que tengas un accidente de tráfico... :-| :-|

Claro a tí eso no te va a pasar porque tu papi no te va a despedir aunque tengas una desgracia, nadie lo quiera claro...
minmaster escribió:
sator23 escribió:Siempre y cuando reconozcan la improcedencia del despido... ¿por qué no lo vas a aceptar? ¬_¬


Si han argumentado causas económicas no es despido improcedente sino procedente, estaría bien que te leyeras la reforma laboral que aprobaron tus amigos peperos.

Si él ha aceptado que sea procedente, ahora se tiene que aguantar.

sator23 escribió:Evidentemente que no, y que bien está que así sea. Hay que ver las cosas desde un prisma objetivo.


Claro, está cojonudo que te puedan echar por una baja justificada, por ejemplo que tengas un accidente de tráfico... :-| :-|

Claro a tí eso no te va a pasar porque tu papi no te va a despedir aunque tengas una desgracia, nadie lo quiera claro...


Lees lo que quieres leer...

Si te fijas en el quote el compañero dice que nunca se debe aceptar un despido (no especifica que tipo de despido) No me estoy refiriendo al caso concreto del hilo, sino quoteando al otro compañero.

Al que no le interese mi vida que no lo lea, por favor. Al que le interese y quiera volver a llamarme enchufado que lo haga por MP. Gracias escribió:
Respecto a lo otro pues mira... seré todo lo enchufado que quieras, pero genero un beneficio neto a la empresa de al menos 15 veces mi salario. Aparte de enchufado soy válido como el que más y no hay nada que se me ponga por delante. Lo mismo doy clases que vendo, que llevo fiscalidad y nóminas, que gestiono plataformas de teleformación... Valgo para todo macho y no bajo de las diez horas al día de curro. Siempre tengo algo que hacer y cuando no lo tengo me lo busco.

A mis 26 años recién cumplidos puedo presumir de tener casi 6 años de vida laboral de los cuales 2 han sido por cuenta ajena (sin enchufe de papi). Además de mis dos carreras por supuesto (porque se puede trabajar y estudiar a la vez)

Que soy un puto enchufado es un hecho (sólo jodería). Que valgo más que el 99,9% de la gente de mi generación y soy un puto ganador también lo es.

Y perdón por la inmodestia, pero es que uno llega crecido después de cerrar una venta de 2.000 eurazos [360º]


Y en cuanto al tema de las bajitas te sorprendería la fauna con la que nos hemos encontrado... Sólo faltaría que no pudieses echar a un tío que te está puteando deliberadamente con las bajas.
Lo que te queda es reclamación de cantidad a la empresa por la indemnización de 20 días por año de servicio máximo 12 mensualidades, y, si no te lo dieron en su momento al entregarte la carta de despido y finiquito: 1) Parte proporcional de las vacaciones anuales, devengadas, y no disfrutadas, que deben retribuirte en todo caso a la finalización de la relación laboral, 2) El despido objetivo, en este caso, debe ser preavisado mínimo con 15 días de antelación (salvo que el Convenio Colectivo aplicable tenga un plazo mayor, en cuyo caso se aplicaría ese), 3) La nómina correspondiente al mes en que el despido se entiende efectivo.

La reclamación de cantidad pasa por interponer papeleta de conciliación ante el Centro de Mediación y Arbitraje Central, para conciliación posterior en la fecha que te indiquen (al ser reclamación de cantidad, los plazos, en este caso, de prescripción, se interrumpen, y quedan paralizados durante 15 días excluidos sábados, domingos y festivos hasta el nuevo cómputo de un año) y, de celebrarse la conciliación sin avenencia (es decir, sin acuerdo), procede interponer demanda por reclamación de cantidad en la vía laboral.

Varias cosillas a comentar. La primera, siempre que os despidan, no firméis un carajo. Desconfiad del "ya te llamaremos, que te vamos a llamar..." si, en el momento en que os echan a la calle, esperan a que pasen 20 días hábiles (el plazo de la acción por despido es sumamente breve) y después os vais con una mano delante y otra detrás. La segunda, tan rápido como podáis, al abogado o graduado social y poniendo la papeleta de conciliación. La tercera, el FOGASA, según el 33 del ET, tras la última reforma, si el despido es procedente, adelanta al trabajador el 40% de la indemnización y correspondiendo el 60% al empresario. Lo que ocurre es que siempre va a pedir que se demuestra que la causa es procedente y, si además, con la intercomunicación con la Tesorería General de la SS, demuestra una nueva contratación, eso huele a tufo y nada se puede hacer. Por otra parte, si pones tu demanda, lógicamente el FOGASA suspende el expediente por la posible improcedencia sobre la que se pronunciará el Juez y, habrá que esperar hasta que haya Sentencia. Cuarta, el hecho de estar de baja, depende de qué tipo de baja se trate. Si es cierto que con las personas en reducción de jornada por cuidado de menores, embarazadas, riesgo por lactancia natural o durante el embarazo, se establece una presunción iuris tantum de nulidad del despido. Ahora, la empresa puede demostrar que el despido no es por dicha causa, sino otra que se cumple en verdad (insultos de la trabajadora, acoso a personas por debajo de ella, etc...). Con la Incapacidad Temporal, salvo que sea por causa discriminatoria encajable por el artículo 14 de la Constitución (principio de igualdad, por el que alguna demanda me ha salido bien) poco hay qué hacer si la causa es procedente y está documentada.

Por cierto, en relación a "Si han argumentado causas económicas no es despido improcedente sino procedente, estaría bien que te leyeras la reforma laboral que aprobaron tus amigos peperos", matizar que la causa económica debe demostrarse, esto es:

Si hay pérdidas actuales, o previstas, o disminución persistente del nivel ordinario de ingresos y ventas, y entendiéndose en todo caso que se corresponde esta última cuando dicho nivel es más bajo durante 3 trimestres consecutivos con respecto al año anterior. Consecuentemente, la empresa, no sólo debe demostrarlo sino que, además, en la carta de despido, debe, si bien no documentarlo con pelos y señales, al menos referirlo so pena de improcedencia por defecto de forma y por dicción general de la causa no argumentada como observa la doctrina del Alto Tribunal. Lo que comenta sator23 al respecto es lógico, si tu echas a un trabajador a la calle, sea el despido por causas objetivas o disciplinarias, y le pones encima la indemnización por despido improcedente no hay nada qué hacer...excepto que haya una causa subyacente de nulidad (motivos tasados) como por ejemplo largar a un afiliado a un sindicato sin observar el procedimiento sancionador al respecto, a una trabajadora embarazada porque verdaderamente lo esté, o a un enfermo de VIH (discriminación ex. 14 CE remitida por el ET) cuya enfermedad no sea un impedimento en la actividad laboral y cuyas ausencias estén justificadas al respecto. En ese caso, si fuera declarado nulo, o te readmiten pagando los salarios de tramitación (que ese es otro tema que da mucho juego para las causas de nulidad) o se declara readmisión imposible con indemnización del despido improcedente más indemnización adicional de 15 días por año.

Perdonad el tocho. Os lo pongo porque tal como están las cosas, jode enormemente que encima se vayan las personas con una mano delante y otra detrás. El Derecho Laboral es acojonantemente amplio y casuístico. Os he puesto más o menos una síntesis de mi día a día por si hiciera falta para otra vez. Un saludo.
sator23 escribió:Que soy un puto enchufado es un hecho (sólo jodería). Que valgo más que el 99,9% de la gente de mi generación y soy un puto ganador también lo es.


Leo tu comentario. Y tu comentario demuestra una ignorancia brutal de la legislación laboral.

sator23 escribió:Y en cuanto al tema de las bajitas te sorprendería la fauna con la que nos hemos encontrado... Sólo faltaría que no pudieses echar a un tío que te está puteando deliberadamente con las bajas.


Combatir el fraude en las bajas es una cosa, echar a gente a la calle con bajas perfectamente justificadas otra muy distinta. Que tú no lo veas es comprensible...
jas1 escribió:Lo que esta claro es que el trabajador no ha cobrado la indemnización correspondiente.

Yo pondría una reclamación de cantidad.

Para eso hay un año de plazo.


Efectivamente, tienes un año en ese caso
sator23 escribió:
minmaster escribió:
sator23 escribió:Siempre y cuando reconozcan la improcedencia del despido... ¿por qué no lo vas a aceptar? ¬_¬


Si han argumentado causas económicas no es despido improcedente sino procedente, estaría bien que te leyeras la reforma laboral que aprobaron tus amigos peperos.

Si él ha aceptado que sea procedente, ahora se tiene que aguantar.

sator23 escribió:Evidentemente que no, y que bien está que así sea. Hay que ver las cosas desde un prisma objetivo.


Claro, está cojonudo que te puedan echar por una baja justificada, por ejemplo que tengas un accidente de tráfico... :-| :-|

Claro a tí eso no te va a pasar porque tu papi no te va a despedir aunque tengas una desgracia, nadie lo quiera claro...


Lees lo que quieres leer...

Si te fijas en el quote el compañero dice que nunca se debe aceptar un despido (no especifica que tipo de despido) No me estoy refiriendo al caso concreto del hilo, sino quoteando al otro compañero.

Al que no le interese mi vida que no lo lea, por favor. Al que le interese y quiera volver a llamarme enchufado que lo haga por MP. Gracias escribió:
Respecto a lo otro pues mira... seré todo lo enchufado que quieras, pero genero un beneficio neto a la empresa de al menos 15 veces mi salario. Aparte de enchufado soy válido como el que más y no hay nada que se me ponga por delante. Lo mismo doy clases que vendo, que llevo fiscalidad y nóminas, que gestiono plataformas de teleformación... Valgo para todo macho y no bajo de las diez horas al día de curro. Siempre tengo algo que hacer y cuando no lo tengo me lo busco.

A mis 26 años recién cumplidos puedo presumir de tener casi 6 años de vida laboral de los cuales 2 han sido por cuenta ajena (sin enchufe de papi). Además de mis dos carreras por supuesto (porque se puede trabajar y estudiar a la vez)

Que soy un puto enchufado es un hecho (sólo jodería). Que valgo más que el 99,9% de la gente de mi generación y soy un puto ganador también lo es.

Y perdón por la inmodestia, pero es que uno llega crecido después de cerrar una venta de 2.000 eurazos [360º]


Y en cuanto al tema de las bajitas te sorprendería la fauna con la que nos hemos encontrado... Sólo faltaría que no pudieses echar a un tío que te está puteando deliberadamente con las bajas.




la bajita? , acoso laboral, problemas personales...3 intentos de suicidio y las putas secuelas que me quedan!!!!!! es una bajita? soy incapaz de salir a la puta calle...y ahora mas problemas. bajita? no se si reír o llorar...

gracias a los que habéis ayudado.
la bajita? , acoso laboral, problemas personales...3 intentos de suicidio y las putas secuelas que me quedan!!!!!! es una bajita? soy incapaz de salir a la puta calle...y ahora mas problemas. bajita? no se si reír o llorar...

No es que no te crea, pero, al margen de los problemas personales, ¿tienes alguna forma de demostrar el acoso laboral?. ¿Conversaciones grabadas, testigos, dictámen médico, etc?. Te lo comento porque, si es así, quizá se podría hacer algo ya que las acciones por tutela de DD.FF en el ámbito laboral (y el acoso se puede reconducir por esta vía) pueden tener hasta un año para ser impugnadas de prescripción conforme al 179 de la Ley 36/2011 si mal no recuerdo.
David_Shotokai escribió:la bajita? , acoso laboral, problemas personales...3 intentos de suicidio y las putas secuelas que me quedan!!!!!! es una bajita? soy incapaz de salir a la puta calle...y ahora mas problemas. bajita? no se si reír o llorar...

No es que no te crea, pero, al margen de los problemas personales, ¿tienes alguna forma de demostrar el acoso laboral?. ¿Conversaciones grabadas, testigos, dictámen médico, etc?. Te lo comento porque, si es así, quizá se podría hacer algo ya que las acciones por tutela de DD.FF en el ámbito laboral (y el acoso se puede reconducir por esta vía) pueden tener hasta un año para ser impugnadas de prescripción conforme al 179 de la Ley 36/2011 si mal no recuerdo.



mi querido ex-jefe ya se encargaba de que estuviera bien solo cuando ocurría las amenazas, un día tuve que salir corriendo del trabajo por que me daba algo...gracias por el interés. lo que tengo es dictamen de los psiquiatras que me atendieron el día que rompí una luna del coche en el trabajo por no tirarme al cuello del ex-jefe.
pacotator, con mi comentario de "la bajita" no me refería a ti, sino a una serie de casos concretos que hemos padecido en la empresa.

Te deseo mucho ánimo y que encuentres la paz que tanto necesitas. Cualquier cosa por aquí estamos. Fuerza y cojones, que así se acaba sacando todo adelante.

Un abrazo.
pacotator escribió:3 intentos de suicidio y...

Cusha, olvídate de eso, que no puedan contigo, que tú vales mucho más que eso.

Enga, nos vemos.

[beer]
trabajador acepta el despido. Despues de esto creo que poco puedes reclamar :(
malpar escribió:trabajador acepta el despido. Despues de esto creo que poco puedes reclamar :(


A ver si leemos, no reclama por el despido, sino por la parte de la indemnización (40%) que le deben y la pague quien la tenga que pagar.
Yo si hubiera estado en la situación de pacotator podría haber acabado yéndome gratis o teniendo que pagar al jefe la dentadura, de la hostia que le hubiera metido si me amenaza. Lo que tengo claro es que con mi salud mental no se juega y puestos a volverme loco, que la enajenación mental transitoria sirva para darle un escarmiento a un jefe acosador XD o prefiero renunciar a una cantidad económica que puedo recuperar en otro momento.

La otra vía razonable, es buscar apoyo legal: es mejor estar en un sindicato (hay mas sindicatos que UGT y CCOO) donde me puedan asesorar en esas circunstancias laborales o en última instancia, con el despido, haber buscado un abogado (cosa que al final, te va a tocar hacer).

Lo que si le digo a pacotator es que mucho ánimo tío, pelea por lo tuyo y se paciente, que a todo cerdo le llega su San Martin. Y procura cuidar tu salud mental y buscar tu felicidad y la de los tuyos por encima de todo lo demás: no es mas rico quien más tiene, si no quien menos necesita y esa debería ser nuestra norma en lo económico y no que nuestra vida se convierta en un infierno por culpa de malas personas y de un trabajo de mierda. Por que por muy bueno en apariencia y necesario que sea un trabajo, bajo ciertas circunstancias puede ser una puta mierda de la que hay que huir (y si eres inteligente, uno busca la forma de poder cubrirse de estas eventualidades, dentro de un margen claro).

Un abrazo.
[color=#0000FF]trabajador acepta el despido. Despues de esto creo que poco puedes reclamar[/color]

Ni se os ocurra aceptar. Podéis perder el derecho a desempleo si el despido es "pactado" pues no es un despido propiamente, sino un cese que implica, en mayor o menor medida, la dimisión, y lo cuál no entra dentro del "queriendo trabajar" del artículo 204 del TRLGSS. Por otra parte, el trabajador "nunca" acepta el despido, es una decisión unilateral del empresario y, por más que se pacte la renuncia a su impugnación es NULA por virtud del artículo 3.5 del ET(irrenunciabilidad de los Derechos ex. lege e indisponibilidad de los establecidos por convenio) . Más aún su nulidad porque implica la renuncia a la tutela judicial efectiva (Derecho Fundamental) y a la protección por desempleo indirectamente. Otra cosa es que al trabajador, por desconocimiento, porque se le caigan lo cataplines, u otros factores, no impugne a tiempo o decida por sí mismo que "no merece la pena" (odio este último supuesto porque SIEMPRE merece la pena, son tus DERECHOS, y en esta época es cuando más hay que pelear por ellos).

La otra vía razonable, es buscar apoyo legal: es mejor estar en un sindicato (hay mas sindicatos que UGT y CCOO) donde me puedan asesorar en esas circunstancias laborales o en última instancia, con el despido, haber buscado un abogado (cosa que al final, te va a tocar hacer).

La vía sindical me la ahorraría considerablemente y más aún en los despidos por causas objetivas donde mucho sindicalista te salta con eso de "es que es perfectamente lícito" cuando los Abogados que nos dedicamos a esto sabemos que puede haber defectos de forma, en el fondo, fraude de ley, y un largo etc. La consulta a un profesional merece la pena y no suele ser excesiva.
el despido nunca se debe "aceptar" de buenas a primeras en ningun caso. a eso me referia con la frase. primero consultar en un sindicato o abogado laboralista ANTES DE firmar conforme un despido.

por eso digo que lo mejor es no aceptarlo de entrada. si es correcto tienes 72 horas para consultarlo y firmarlo conformemente, y ninguna empresa se puede negar a ello. si no es correcto, lo cual ocurre en la grandisima mayoria de despidos (mi calculo a ojo, entre 90 y 99%), empieza otra historia.

aceptar el despido y firmar de buenas a primeras es lo peor que se puede hacer. porque muchas veces esta mal hecho (inadvertidamente o con trampa) para perjudicar tus intereses, y si firmas conformemente, ya no puedes reclamar (o si puedes pero el proceso se complica de manera exponencial).

en general todo lo que ha dicho el compañero david_shotokai

ah, otro detalle, el mobbing, acoso laboral, etc. es verificable y denunciable incluso ya habiendo sido despedido y estando fuera de la empresa. es un proceso largo que incluye consulta y sesiones con un psicologo forense. en caso de tal (un amigo mio que estaba siendo muy acosado en su trabajo se dio de baja en marzo y esta todavia con tramites) al empresaurio acosador le puede caer una muy buena, incluyendo multa bastante gorda y otros perjuicios, o incluso carcel (aunque esto ultimo solo en casos muy puntuales como violencia fisica o negligencia reiterada en temas de salud y seguridad que condujera a daños fisicos al trabajador).

en resumen:

- dudar SIEMPRE
- no firmar ni "acordar" NUNCA NADA sin consultar primero con un especialista
- DENUNCIAR cualquier abuso de cualquier tipo por parte del empresario (acoso, modificaciones de condiciones, condiciones de trabajo, etc).

la unica manera de parar los abusos y los acosos es no ser un "padefo". no pases de follones: defiendete! (al menos mientras siga habiendo algunas herramientas para ello).

ademas de la asesoria de un buen abogado laboralista o trabajador social, hay informacion muy buena en la red sobre la materia, como el conocido blog laboro que en mi opinion es uno de los recursos mas utiles existentes en la red. (y esto lo digo de manera completamente altruista, no me pagan por hacerles publicidad xD)
sator23 escribió:
minmaster escribió:
sator23 escribió:Siempre y cuando reconozcan la improcedencia del despido... ¿por qué no lo vas a aceptar? ¬_¬


Si han argumentado causas económicas no es despido improcedente sino procedente, estaría bien que te leyeras la reforma laboral que aprobaron tus amigos peperos.

Si él ha aceptado que sea procedente, ahora se tiene que aguantar.

sator23 escribió:Evidentemente que no, y que bien está que así sea. Hay que ver las cosas desde un prisma objetivo.


Claro, está cojonudo que te puedan echar por una baja justificada, por ejemplo que tengas un accidente de tráfico... :-| :-|

Claro a tí eso no te va a pasar porque tu papi no te va a despedir aunque tengas una desgracia, nadie lo quiera claro...


Lees lo que quieres leer...

Si te fijas en el quote el compañero dice que nunca se debe aceptar un despido (no especifica que tipo de despido) No me estoy refiriendo al caso concreto del hilo, sino quoteando al otro compañero.

Al que no le interese mi vida que no lo lea, por favor. Al que le interese y quiera volver a llamarme enchufado que lo haga por MP. Gracias escribió:
Respecto a lo otro pues mira... seré todo lo enchufado que quieras, pero genero un beneficio neto a la empresa de al menos 15 veces mi salario. Aparte de enchufado soy válido como el que más y no hay nada que se me ponga por delante. Lo mismo doy clases que vendo, que llevo fiscalidad y nóminas, que gestiono plataformas de teleformación... Valgo para todo macho y no bajo de las diez horas al día de curro. Siempre tengo algo que hacer y cuando no lo tengo me lo busco.

A mis 26 años recién cumplidos puedo presumir de tener casi 6 años de vida laboral de los cuales 2 han sido por cuenta ajena (sin enchufe de papi). Además de mis dos carreras por supuesto (porque se puede trabajar y estudiar a la vez)

Que soy un puto enchufado es un hecho (sólo jodería). Que valgo más que el 99,9% de la gente de mi generación y soy un puto ganador también lo es.

Y perdón por la inmodestia, pero es que uno llega crecido después de cerrar una venta de 2.000 eurazos [360º]


Y en cuanto al tema de las bajitas te sorprendería la fauna con la que nos hemos encontrado... Sólo faltaría que no pudieses echar a un tío que te está puteando deliberadamente con las bajas.


Imagen
Un par de cositas.

a) Si aceptas un despido, ACATAS el despido,s ea objetivo/no objetivo, disciplinario etc, Y eso siempre ha sido una putada con esta reforma y con las de antes.

b) Si un empleado putea al empresario, existe el despido disciplinario, loq ue pasa es que no se puede aplciar el "porque yo lo valgo".

c) Por regla general, si te despiden, lo primero a hacer es NO FIRMAR NADA, y BUSCAR ASESORIA AL INSTANTE.

Referente a lo de que te pague el FOGASA... antes no se como seria, pero para que te pague el FOGASA una parte, lo debe dictar un juez, o que la empresa ya por adelantado acepte que no tiene un pavo a traves de por ejemplo suspension de pagos, concurso de acreedores, etc. Que un trabajador de tiroa pida al FOGASA...

lo que deberias hacer es Demanda de Cantidad. Cualquier abogado laboralista te lo dira.
Sería bastante más útil para el compañero aportar información como el post de encima que limitarlo a batallitas personales y fotos de memes,así no evitamos desviar el hilo.

Gracias.
Adama escribió:Un par de cositas.

a) Si aceptas un despido, ACATAS el despido,s ea objetivo/no objetivo, disciplinario etc, Y eso siempre ha sido una putada con esta reforma y con las de antes.

b) Si un empleado putea al empresario, existe el despido disciplinario, loq ue pasa es que no se puede aplciar el "porque yo lo valgo".

c) Por regla general, si te despiden, lo primero a hacer es NO FIRMAR NADA, y BUSCAR ASESORIA AL INSTANTE.

Referente a lo de que te pague el FOGASA... antes no se como seria, pero para que te pague el FOGASA una parte, lo debe dictar un juez, o que la empresa ya por adelantado acepte que no tiene un pavo a traves de por ejemplo suspension de pagos, concurso de acreedores, etc. Que un trabajador de tiroa pida al FOGASA...

lo que deberias hacer es Demanda de Cantidad. Cualquier abogado laboralista te lo dira.

Yo con eso tengo una duda, ya que he presenciado notificaciones de despido, y esa notificación al parecer da igual que firmes o no, o pongas no conforme, simplemente es una notificación, y si no quieres firmar, se llama a dos personas, se les lee el contenido de la carta y se les pide que firmen que son testigos de que se ha notificado el despido y santas pascuas. Imagino que incluso sera bueno tener una copia de esa notificación a la hora de reclamar.

Mi duda viene en el finiquito, ¿si tu recoges tu cheque ahí es donde se entiende que aceptas la situación? ¿O se debe coger la pasta y luego reclamar?
la situacion de los testigos la conozco, y es simplemente para que conste que al despedido se le ha notificado.

lo hicieron conmigo por negarme a firmar todo, incluida la carta de notificacion xD que esa da igual que la firmes o no, pero yo me cerre en banda y decidi no firmar ni en la mano :-P

cualquier cantidad de dinero no te la van a dar (aunque te corresponda) a no ser que firmes conforme a esa entrega, y normalmente esto no se debe hacer porque lo normal es que si te hacen firmar para entregarte esa cantidad seguramente tambien estes firmando estar conforme con el proceso y la cantidad total de liquidacion y por tanto no podrias reclamar si la liquidacion esta mal o falta cualquier otra cosa. Esto normalmente es reclamable pero, vuelvo a repetir, ante la duda, no firmar nada y consultarlo todo con un especialista
kokosone escribió:Mi duda viene en el finiquito, ¿si tu recoges tu cheque ahí es donde se entiende que aceptas la situación? ¿O se debe coger la pasta y luego reclamar?
si firmas un finiquito puedes seguir reclamando ya que a ese derecho no se puede renunciar. al firmar como no renuncias a lo que te corresponda sigues teniendo derecho a reclamar.

es decir si te deben 1000 y el finiquito que te presentan es de 500, y lo firmas, te siguen debiendo 500.

Eso si, es mejor no firmar nada.

Si no firmas se lo vas a poner mas facil al abogado que lleve tu caso.
bueno, las novedades que me ha dado el abogado. es para mear y no echar gota.
como la empresa me ha dado lo que corresponde y fogasa no me paga por que la empresa no a reunido las condiciones económicas para mi despido, debido a que han contratado después de mi despido...que nadie tiene obligación de pagarme. tengo que denunciar a la empresa, a FOGASA "juicio que voy a perder, ya que es tirar contra el estado" palabras textuales del abogado.

osea; encima que soy burro, apaleado.
siempre nos queda la virgen del roció y la puta de bañez.

mis ánimos por los putos suelos.
pacotator escribió:bueno, las novedades que me ha dado el abogado. es para mear y no echar gota.
como la empresa me ha dado lo que corresponde y fogasa no me paga por que la empresa no a reunido las condiciones económicas para mi despido, debido a que han contratado después de mi despido...que nadie tiene obligación de pagarme. tengo que denunciar a la empresa, a FOGASA "juicio que voy a perder, ya que es tirar contra el estado" palabras textuales del abogado.

osea; encima que soy burro, apaleado.
siempre nos queda la virgen del roció y la puta de bañez.

mis ánimos por los putos suelos.


mucho animo compañero, es una vergüenza menuda jugarreta... es una pena que en esta pais no exista justicia... la próxima vez ya sabeis ante un despido no firmar nada hasta hablar con un abogado.
pacotator escribió:bueno, las novedades que me ha dado el abogado. es para mear y no echar gota.
como la empresa me ha dado lo que corresponde y fogasa no me paga por que la empresa no a reunido las condiciones económicas para mi despido, debido a que han contratado después de mi despido...que nadie tiene obligación de pagarme. tengo que denunciar a la empresa, a FOGASA "juicio que voy a perder, ya que es tirar contra el estado" palabras textuales del abogado.

osea; encima que soy burro, apaleado.
siempre nos queda la virgen del roció y la puta de bañez.

mis ánimos por los putos suelos.
pregúntale cuanto te cobraría por poner la demanda y que demande que es su trabajo.

de todas formas buscaría otro abogado.

Básicamente lo que ha hecho la empresa puede ser considerado hasta un fraude. porque se ha ahorrado un 40% de la indemnización del tirón abusando de la ley.
jas1 escribió:
pacotator escribió:bueno, las novedades que me ha dado el abogado. es para mear y no echar gota.
como la empresa me ha dado lo que corresponde y fogasa no me paga por que la empresa no a reunido las condiciones económicas para mi despido, debido a que han contratado después de mi despido...que nadie tiene obligación de pagarme. tengo que denunciar a la empresa, a FOGASA "juicio que voy a perder, ya que es tirar contra el estado" palabras textuales del abogado.

osea; encima que soy burro, apaleado.
siempre nos queda la virgen del roció y la puta de bañez.

mis ánimos por los putos suelos.
pregúntale cuanto te cobraría por poner la demanda y que demande que es su trabajo.

de todas formas buscaría otro abogado.

Básicamente lo que ha hecho la empresa puede ser considerado hasta un frade.



ya esta todo en marcha, y tengo que denunciar también a la empresa en inspección de trabajo. para demostrar que no pactamos el despido.
pacotator escribió:ya esta todo en marcha, y tengo que denunciar también a la empresa en inspección de trabajo. para demostrar que no pactamos el despido.



Es que es LA EMPRESA la responsable. Es un fraude lo que ha hecho.

No te obsesiones con FOGASA, porque no puede (mejor dicho, no debe) hacerse cargo de esa indemnización. Quien debe responder es esa empresa que está usando artimañas y engaños para despedirte casi por la cara.
jas1 escribió:
kokosone escribió:Mi duda viene en el finiquito, ¿si tu recoges tu cheque ahí es donde se entiende que aceptas la situación? ¿O se debe coger la pasta y luego reclamar?
si firmas un finiquito puedes seguir reclamando ya que a ese derecho no se puede renunciar. al firmar como no renuncias a lo que te corresponda sigues teniendo derecho a reclamar.

es decir si te deben 1000 y el finiquito que te presentan es de 500, y lo firmas, te siguen debiendo 500.

Eso si, es mejor no firmar nada.

Si no firmas se lo vas a poner mas facil al abogado que lleve tu caso.

ok, otra duda, sobre el mismo tema.
En mi empresa, como tienen muchos centros de trabajo va tu jefe a tu centro y te da la carta, que es la que segun tengo entendido de igual si firmas o no, y te dicen que para el finiquito tienes que ir a las oficinas en unos dias.

Puede ser que esa carta que dan en el centro de trabajo sea una simple comunicación sin valor? ya que no pone ni las condiciones del despido ni la indemnización ni nada, básicamente dice que te comunican que dejas de trabajar en la empresa.

A mi nunca me han despedido, pero siempre escucho eso de que no hay que firmar nada, y con esas cartas que he visto yo creo que en ningún momento se acepta nada ¿puede que el despido formal te lo den luego con el finiquito?

Igual son cosas solo de mi empresa...
Eso es solo un preaviso. Hay un tiempo mínimo que debe respetarse para esa notificación (o en caso contrario la indemnización se incrementa en proporción).

Del mismo modo (y en el contrato debería aparecer) que si tú decides marchar, debes avisar con un tiempo de antelación pactado, aunque la baja tenga efecto en una fecha posterior.
kokosone escribió:
jas1 escribió:
kokosone escribió:Mi duda viene en el finiquito, ¿si tu recoges tu cheque ahí es donde se entiende que aceptas la situación? ¿O se debe coger la pasta y luego reclamar?
si firmas un finiquito puedes seguir reclamando ya que a ese derecho no se puede renunciar. al firmar como no renuncias a lo que te corresponda sigues teniendo derecho a reclamar.

es decir si te deben 1000 y el finiquito que te presentan es de 500, y lo firmas, te siguen debiendo 500.

Eso si, es mejor no firmar nada.

Si no firmas se lo vas a poner mas facil al abogado que lleve tu caso.

ok, otra duda, sobre el mismo tema.
En mi empresa, como tienen muchos centros de trabajo va tu jefe a tu centro y te da la carta, que es la que segun tengo entendido de igual si firmas o no, y te dicen que para el finiquito tienes que ir a las oficinas en unos dias.

Puede ser que esa carta que dan en el centro de trabajo sea una simple comunicación sin valor? ya que no pone ni las condiciones del despido ni la indemnización ni nada, básicamente dice que te comunican que dejas de trabajar en la empresa.

A mi nunca me han despedido, pero siempre escucho eso de que no hay que firmar nada, y con esas cartas que he visto yo creo que en ningún momento se acepta nada ¿puede que el despido formal te lo den luego con el finiquito?

Igual son cosas solo de mi empresa...


son contratos con fecha de finalizacion?
La empresa es la que te debe pagar la indemnizacion. Si fogasa no se hace cargo del 40% que le corresponderia porque las causas planteadas por la empresa no las acepta, es la empresa quien debe de pagar la indemnizacion al 100%. Doy por supuesto que ya te pago el 60% restante al principio, asi que demanda por el 40% restante. Abogado, Sindicato lo que sea
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