Garantia en productos segunda mano

Buenas!! veréis tengo una duda que me a asaltado poniendo unos anuncios de segunda mano y es que muchos ponemos productos con garantía como es mi caso con una gráfica y estoy buscando otra que tenga garantía también.

Ahora la duda es, supongamos que se rompe ese producto si la garantía esta a nombre de otra persona ¿se puede hacer uso de ella sin mas? ¿como funciona?

Porque claro por suerte nunca me a pasado, pero no es la primera vez que me gasto una pasta pensando que no tendré problemas.
La garantía la tiene que ofrecer SIEMPRE el fabricante. Otra cosa distinta es que durante los primeros días es el vendedor quien tiene que hacerse cargo de la gestión de esa garantía. Es decir, el cliente puede reclamar un defecto o avería al vendedor y tendría que ser éste quien se pusiera en contacto con el fabricante para llevar a efecto la garantía. Aunque el comprador siempre tiene la opción de tramitar él mismo dicha garantía con el fabricante directamente.
Pero entonces si yo voy por ejemplo con una gráfica comprada de segunda mano y con factura y por lo tanto garantía de un tercero ¿puedo gestionarla yo? se tienen que hacer cargo legalmente.
Segundamano y nuevo tienen garantías diferentes, si eres profesional es decir tienda, has de ofrecer 1 años, pero en mi zona mismo a lo sumo te ofrecen 6 meses y se pasan las leyes por los huevos.
Si eres particular, la verdad es que si es como los coches, tienes que ofrecer 6 meses por vicio oculto, que es casi casi lo mismo que no ofrecer nada.
hal9000 escribió:Segundamano y nuevo tienen garantías diferentes, si eres profesional es decir tienda, has de ofrecer 1 años, pero en mi zona mismo a lo sumo te ofrecen 6 meses y se pasan las leyes por los huevos.
Si eres particular, la verdad es que si es como los coches, tienes que ofrecer 6 meses por vicio oculto, que es casi casi lo mismo que no ofrecer nada.



Por eso digo, que da igual si tenes garantía de 1 año o 2 son 6 meses por ley igual que con un coche entiendo.
La ley dice que en compras entre particulares hay una garantía de 6 meses por defectos en el artículo o vicios ocultos.

Si bien, es muy difícil demostrar esto.
El op no está hablando de la garantía ofrecida como vendedor de segunda mano, sino de la garantía original que no ha cumplido su plazo y pasa a un segundo comprador.

Yo entiendo que no ocurre nada por estar a nombre de quien esté, pero no es algo que te pueda confirmar.
katxan escribió:La garantía la tiene que ofrecer SIEMPRE el fabricante. Otra cosa distinta es que durante los primeros días es el vendedor quien tiene que hacerse cargo de la gestión de esa garantía. Es decir, el cliente puede reclamar un defecto o avería al vendedor y tendría que ser éste quien se pusiera en contacto con el fabricante para llevar a efecto la garantía. Aunque el comprador siempre tiene la opción de tramitar él mismo dicha garantía con el fabricante directamente.


Creo que no es exactamente así.

La garantía es una obligación que adquiere el vendedor (y un derecho para el comprador) en el momento de formalizarse el contrato de compra/venta. Y es el vendedor quien responde siempre (durante todo el periodo de garantía) de que el bien vendido se ajusta a lo ofertado. Evidentemente, será el fabricante quien responda por el bien en última instancia, pero es más por un tema de simplificar el trámite que por obligación. En resumen, debería ser siempre el vendedor quien se encargue de reparar la falta de conformidad (acudiendo luego al distribuidor/fabricante, a menos que el comprador prefiera hacerlo directamente, como apuntas).
Manint escribió:El op no está hablando de la garantía ofrecida como vendedor de segunda mano, sino de la garantía original que no ha cumplido su plazo y pasa a un segundo comprador.

Yo entiendo que no ocurre nada por estar a nombre de quien esté, pero no es algo que te pueda confirmar.



Exacto me refiero a la garantía original
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