Sin ánimo de apuntarme un tanto, recomendé por activa y por pasiva la adquisición de extensión de garantía a 3 años que han ofertado la mayoría de distribuidores.
La ley dice en Europa que para los dos primeros años el producto tiene una garantía por unperiodode 2 años siempre que sea para un particular o usuario final. Para empresa es de un año.
En la mayoría de los casos existe la extensión de gararantía por parte del fabricante o terceros. Pasados los 6 primeros meses el fabricante puede exigir un peritaje del producto para su posterior relaración si la hubiere.
La tienda de venta del producto sólo se le atribuye por ley, los primeros 15 días, o 7 días dependiendo del producto o servicio.
Pasado ese periodo inicial en ningún el vendedor tiene responsabilidad legal sobre el producto, quedando ésta vinculada al fabricante directamente.
Pasado el primer año y puesto que PlayStation y por ende Sony, (con el permiso de la Unión Europea) ha registrado el producto como juguete, en principio para la cobertura del segundo año por ley, habría que denunciar ante la Oficina del Consumidor la correspondiente ilegalidad dentro del marco jurídico vigente en la Unión Europea.
Por lo tanto si os preguntáis si adquirir una extensión de garantía es recomendable, la respuesta es SÍ.
Nos evitaremos muchos quebraderos de cabeza que por tiempo y gestión a la larga nos van a salir más caros que la adquisición de una extensión de garantía adicional.
Salutem