Herencia muy pequeña en cataluña. Como gastar lo minimo

Buenas. Mi padre fallecio y dejo como unicos bienes 5000 euros en una cuenta a repartir por 2 hermanos. Como debemos proceder para gastar lo minimo posible en notarios y vampiros de los cojones y nos quede lo maximo a cada uno?

La ca es catalunya.


Gracias y un saludo.
@shevita07

Si únicamente tenía una cuenta bancaria, en principio no es necesario ir a una Notaría. Bastaría con pedir en el banco un certificado de saldo a fecha de fallecimiento y presentarlo en Hacienda junto a:

- Copia de DNI de los herederos y causante.
- Certificado de defunción
- Certificado de últimas voluntades.
- Copia autorizada del testamento (si no tiene testamento, hay que hacer un acta de declaración de herederos y para eso sí tendríais que ir a una Notaría)
- Modelo 650 cumplimentado (o el que se presente en Cataluña)

En Cataluña creo que tenéis una bonificación del 99% en el impuesto de Sucesiones para adjudicaciones inferiores a 100.000 euros, así que el impuesto os saldría 3 duros.

Creo que no me dejo nada.

Saludos!
shevita07 escribió:Buenas. Mi padre fallecio y dejo como unicos bienes 5000 euros en una cuenta a repartir por 2 hermanos. Como debemos proceder para gastar lo minimo posible en notarios y vampiros de los cojones y nos quede lo maximo a cada uno?

La ca es catalunya.


Gracias y un saludo.


Como primera medida podéis dar de baja (por defunción) todos los servicios que no necesitéis (móvil e internet por ejemplo)

Si el banco sabe que el titular de la cuenta falleció, bloqueará la cuenta aunque se seguirán pagando los recibos que lleguen.

Si no hay testamento, necesitaréis solicitar una declaración de herederos ante notario (unos 200-250 euros) y además se aplicarán la normas de sucesión intestada.

Me detengo un poco en esto: la Declaración de Herederos, sirve para que el notario identifique a sus herederos, que en este caso está muy claro: sus dos hijos, de forma que con presentar el libro de familia ya se acredita el parentesco. Pero surte otro efecto y es que cierra la puerta a que puedan venir otras personas a reclamar la herencia, porque la declaración de herederos queda anotada en los registros notariales.

Para solicitar la DH ante notario necesitaréis: DNI del fallecido, el vuestro, libro de familia (si no lo tenéis o está extraviado podéis obtener en la web del Ministerio de Justicia los certificados de nacimiento de cada uno, el de matrimonio de vuestro padre, etc); el certificado de defunción, y el certificado de últimas voluntades (te lo dará la funeraria o lo puedes solicitar tú. Es un documento que indica si el fallecido hizo testamento o no, y si tiene seguros de vida a su nombre)

Después hay que liquidar el impuesto de sucesiones ante la agencia tributaria catalana. Siendo una cantidad modesta y familiares de primer grado creo que no pagaréis nada pero hay que hacer esa declaración dentro de los 6 meses siguientes al fallecimiento.

Con la declaración de herederos notarial, y el Impuesto de Sucesiones presentado, el banco os dejará sacar el dinero.

Pero ojo porque si están llegando facturas al banco a nombre del fallecido, se pagarán, por lo que sugiero dar de baja los servicios que no se vayan a usar más.
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