Herencia y deudas, tema serio.

Hola, pido la ayuda de los expertos del foro para un problema grave que tiene una amiga:

El tema es que la madre de esta mujer fallecio hace poco, el problema es que la difunta mujer no era precisamente la madre del año, mi amiga tiene un 85% de minusvalia, no puede trabajar, tiene la incapacidad y cobra una no contributiva de 480€.
La madre pese a que tenia el piso pagado, sin cargas ni hipotecas y cobraba una pension de viudedad de cerca de 1000€ al mes se dedicaba a vivir la vida de rica y como la pension de 1000€ no le daba para aguantar su nivel de vida se dedico durante años a pedir dinero prestado a sus familiares.
Estos familiares de la señora tienen 2 cualidades, odian a sus 2 hijas porque la madre se encargo de comerles la cabeza con que eran unas malas hijas que la dejaban morir de hambre, cuando con un piso pagado y 1000€ al mes muchos matarian por eso, por lo que se hacia la victima y asi conseguia el dinero que necesitaba para sus caprichos, la otra cualidad es que estan forrados, cuando fue el entierro me conto mi amiga que vinieron en una caravana de mercedes nuevecitos, presentaron sus respetos, miraron con asco a las hijas y sus familias y se fueron.
La madre a lo largo de los años ha ido acumulando una deuda que sus familiares van a reclamar a las hijas, ahora que ella ha muerto, una deuda de las que ellas no tienen ni idea de la cantidad a la que asciende pero que saben que no podran pagar sin tener que vender el piso que les dejo el padre, piso que pensaban que podria ser para la hija minusvalida ya que no puede trabajar como he dicho pero con el piso al menos podria sobrevivir con sus 500€ al mes.

Ella ha consultado con los servicios sociales pero lo que le dicen es que si los prestamistas tienen pruebas (segun me dice cada vez que le dejaban dinero a la madre le hacian firmar un papel con lo que habia recibido) el juez dira que tienen que cobrar y le embargara y obligara a vender el piso.

Lo que pasa es que ella piensa y creo que con razon que la deuda es injusta y que utilizaron a la madre como caballo de troya para crear una deuda impagable y añadir el piso a su larga lista de propiedades y dejar a una persona invalida y vulnerable en la puta calle.

Lo que quiere saber es si la deuda se puede impugnar de alguna forma:

1. Demostrando que a la madre no le hacia falta para nada el dinero, que los familiares se lo daban no porque lo necesitara para comer sino para caprichos y que sabian perfectamente que no podria devolverselo y que su unico objetivo era crear deuda.

2. Que le hacian firmar papeles con la cantidad y la leyenda, deuda a devolver, pero se lo daban todo en efectivo y en las cuentas bancarias no hay registros de esas cantidades, por lo que perfectamente podian decirle a la señora que era casi analfabeta y no habia trabajado nunca "te damos 100€ pero firmas aqui que hemos dado 500€" pero le dijeron cuando pregunto que si en el papel ponia que le habian dado 500€ y estaba firmado que eso iba a misa.

Creo que se me olvidan muchas cosas, si las recuerdo las ire añadiendo al hilo, pero la pregunta es de que forma se puede hacer que el juez desestime la deuda por ilegitima y estar hecha a mala fe porque le prestaron el dinero a sabiendas de que no podria devolverlo nunca, si no es por el juez del monitorio porque ya le han avisado de que esos jueces lo unico que hacen es mirar si el acreedor tiene papeles y si los tiene pedir al deudor que pague o embargarle, si tendria que demandarles o que pasos seguir para anular la deuda ya que se va a quedar sola y en la calle.

Gracias.
@gatoncio

Todo esto es un tema de consulta a un abogado, no a un foro. Recomienda "a tu amiga" que haga una coinsulta legal porque le aclararán las cosas. Todo lo que cuentas de que si con 1000€ se puede vivir bien o no, a la hora de la verdad no sirve para nada. Hazte o hazle un favor e id al abogado.

Por cierto, con el 85% de miunusvalía sí se puede trabajar, hasta con más dependiendo de los casos con alguna restricción.
Se que es un tema de consulta a un abogado y es lo que esta buscando, pero queria saber experiencias y opiniones, ya que puede que algun forero se haya encontrado en una situacion parecida, que alguien haya venido con una factura o pagare que es la primera vez que ve y le diga "me debes esto, pagamelo" porque debe haber alguna defensa contra eso. O si hay alguien experto en legislacion que nos diga si es posible lo que estamos preguntando y a que tipo de abogado hay que consultar, porque hay muchos, monitorio, civil, penal, etc

por cierto @lerelerele me ha encantado tu respuesta de
Todo esto es un tema de consulta a un abogado, no a un foro.
Con esa forma de pensar podemos cerrar los foros porque entonces cualquier pregunta puede ser zanjada asi:

El coche me hace un ruido raro, que puede ser?
Todo esto es un tema de consulta a un mecanico, no a un foro.


El ordenador no me arranca y me sale esto en la pantalla
Todo esto es un tema de consulta a un informatico, no a un foro.


¿Que bicho es este?
Todo esto es un tema de consulta a un entomologo, no a un foro.


Creo que mi pareja me pone los cuernos
Todo esto es un tema de consulta a un terapeuta, no a un foro.
¿Pero hay papeles firmados?
Me suena a que pidieron dinero y ya está.
¿Las hijas se tienen que hacer cargo de su deuda?
Las herederas tienen dos opciones: una, renunciar a la herencia. En ese caso deben hacerlo ANTE NOTARIO. A partir de ahí no heredan nada, pero tampoco las deudas.

La segunda opción es aceptar la herencia A BENEFICIO DE INVENTARIO, también ante notario. Esta forma de aceptación de la herencia significa que las deudas se pagarán con los bienes de la herencia, pero no pasarán al patrimonio de las herederas.

Así que si heredan 100, y las deudas son 90, una vez pagadas, heredarían 10 realmente.

Para decidir si es más conveniente una aceptación a beneficio de inventario, que una renuncia total a la herencia, hay que hacer un inventario completo de la herencia (bienes y deudas) y hacer la cuenta.

Tienen 6 meses para liquidar la herencia desde la muerte de la madre, pero si no hacen nada, los acreedores van a ir a por ellas ya.
@seaman

Si, hay recibos y pagares firmados, y se tienen que hacer cargo de la deuda si aceptan la herencia como dice

@Quintiliano

El tema de la renuncia a la herencia y lo del beneficio de inventario ya lo conocia y lo esta estudiando.

Lo que es indignante es que segun le han explicado, las deudas tienen una prescripcion de 5 años lo cual le alegro bastante pero lo malo es que segun le han dicho tambien si los recibos o pagares no tienen fecha, se considera como fecha de vencimiento a partir de la fecha del fallecimiento por lo que pueden colar recibos de hace 15 años y el juez les obligara a pagarlos. Maravillosa justicia.
gatoncio escribió:@seaman

Si, hay recibos y pagares firmados, y se tienen que hacer cargo de la deuda si aceptan la herencia como dice

@Quintiliano

El tema de la renuncia a la herencia y lo del beneficio de inventario ya lo conocia y lo esta estudiando.

Lo que es indignante es que segun le han explicado, las deudas tienen una prescripcion de 5 años lo cual le alegro bastante pero lo malo es que segun le han dicho tambien si los recibos o pagares no tienen fecha, se considera como fecha de vencimiento a partir de la fecha del fallecimiento por lo que pueden colar recibos de hace 15 años y el juez les obligara a pagarlos. Maravillosa justicia.


Quien afirme que se le debe dinero, debe acreditar la deuda. No basta con decir que ese señor le debía dinero. Los herederos no deben reconocer ninguna deuda que no esté totalmente documentada de forma legal. Tiene que ser quien la invoca, quien la demuestre.

Si hay dudas sobre la cantidad de deudas, pero hay un patrimonio, lo suyo es hacer una aceptación de la herencia, ante notario, "A BENEFICIO DE INVENTARIO", y hacer ese inventario. Los acreedores vendrán pero sólo se le tiene que pagar a quien acredite la deuda, y siempre que esa deuda sea real, y no haya prescrito.
gatoncio escribió:Con esa forma de pensar podemos cerrar los foros porque entonces cualquier pregunta puede ser zanjada asi:


No, no cualquier pregunta puede ser zanjada así. Pero la tuya si. Porque tu lo que haces es una pregunta sobre un tema legal, y no precisamente sobre un caso hipotético. Tu lo que buscas es un consejo legal, y eso es peligroso si no viene directamente de un abogado que estudie precisamente el caso de tu amiga. No es que esa pregunta no debe hacerse en el foro, es que es irresponsable por tu parte escuchar a cualquier repuesta que un desconocido de internet te de sobre tu duda legal. El único consejo legal que puedo darte es que nunca escuches ningún consejo legal que te de alguién en internet y busca a una abogado, pues son los únicos capacitados para opinar sobre el tema. Cualquier otra cosa es una irresponsabilidad.

El resto de ejemplos que has puesto no son preguntas tan importantes ni con tantas implicaciones para los afectados como para afirmar que no corresponder hacerla en un foro. Salvo que fuera una pregunta de temas de salud, en esos también te diría lo mismo, que fueras al medico en lugar de preguntar a desconocidos por Internet.
A pagar, no te jode. Que injusta ni que TONTERÍAS. Que la deuda no le hiciese falta poco tiene que ver. El dinero lo recibió y se lo zampó. Con la herencia se paga primero las deudas, y si sobra algo, ya os tocará. La suerte que tenéis es que si hay más deudas que herencia, no tendréis que pagar la deuda que quede.
No creo que te la pinches igual
Alerian escribió:A pagar, no te jode. Que injusta ni que TONTERÍAS. Que la deuda no le hiciese falta poco tiene que ver. El dinero lo recibió y se lo zampó. Con la herencia se paga primero las deudas, y si sobra algo, ya os tocará. La suerte que tenéis es que si hay más deudas que herencia, no tendréis que pagar la deuda que quede.


Básicamente. Las "excusas de mal pagador" son cada vez más infantiles.
Buenas. Lo primero de todo, debes ir a un abogado para que estudie el caso. Yo soy abogado, pero no te fíes de lo que te diga porque al igual que te digo que soy abogado, puedo no serlo. Está bien pedir una primera opinión en un foro, pero una herencia es muy importante y siempre hay que acudir a un profesional.

Antes de nada y por el tema de las deudas, deberás hacer un inventario de bienes con los bienes, derechos y obligaciones.
Es fundamental que esos familiares a los que se les debía dinero te faciliten la documentación que acredite esas deudas. Sin documentos, no hay deuda.

Una vez sumados los bienes y derechos y restadas las deudas, pues decides que te conviene:

- Aceptar la herencia: asumes con tus bienes las deudas
- Aceptar la herencia a beneficio de inventario: las deudas se pagan únicamente con los bienes heredados
- Renunciar a la herencia: no heredas ni bienes ni obligaciones

Todo esto se debe hacer ante notario.

Lo dicho, ve a un abogado para que te asesore correctamente.
Siempre queda la opción de vender el piso, pagar las deudas, y con el remanente comprar uno más pequeño.
@gatoncio de los comentarios del hilo quédate con lo que comenta @Quintiliano , el resto son valoraciones subjetivas.

Al margen de hacer caso a esto, que tu amiga se deje asesorar por el notario si no quiere ir directamente a un abogado (que sería lo suyo).

Poco mas vas a rascar en este hilo, por si te planteas cerrarlo.
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