Hilo de las consultas legales / laborales

Creía que existía el hilo pero he estado buscando y parece que no, hay un montón de hilos esparcidos por el rincón y misce e igual es buena idea tener un punto fijo donde preguntar (si el staff considera que no, vía libre para el cierre).

Primero de todo el mensaje de coherencia de rigor: cualquier duda aquí contestada es solo una opinión y lo adecuado será siempre recurrir al gestor/abogado/entidad pertinente a hacer la consulta específica para cada caso.


Estreno el hilo con una consulta:
Desde que todos los contratos son considerados indefinidos, ¿las pagas extra en su primer año se calculan como hasta ahora con el tiempo trabajado hasta el momento de su percepción o deben tener el importe total de una nomina?
exitfor escribió:Desde que todos los contratos son considerados indefinidos, ¿las pagas extra en su primer año se calculan como hasta ahora con el tiempo trabajado hasta el momento de su percepción o deben tener el importe total de una nomina?


El derecho a las pagas extra se genera por cada día que se trabaja. Pero hay dos formas de computar este devengo:

Pagas extra anuales. Son aquellas en las que se empieza a generar el derecho a la paga extra, por ejemplo la de verano, desde que se cobra la anterior paga extra de verano, e igualmente con la de navidades. Es decir, el 30 de junio de 2021 se recibe la paga extra de verano correspondiente al periodo entre el 1 de julio 2020 y el 30 de junio de 2021. Y a partir del 1 de julio de 20219 se empieza a generar el derecho a la siguiente paga extra de verano.
Pagas extra semestrales: Se empieza a generar el derecho a la paga extra desde que se cobra la anterior, con independencia de si era la de navidades o verano. Es decir, el 20 de diciembre de 2021 se recibirá la paga de navidades, correspondiente al periodo entre 30 de junio de 2021 (momento en el que se recibió la paga de verano) y el 20 de diciembre de 2021. Ya el 21 de diciembre de 2021 ya se empezaría a generar el derecho a la paga de verano de 2022.

https://loentiendo.com/las-pagas-extraordinarias/
Manint escribió:
exitfor escribió:Desde que todos los contratos son considerados indefinidos, ¿las pagas extra en su primer año se calculan como hasta ahora con el tiempo trabajado hasta el momento de su percepción o deben tener el importe total de una nomina?


El derecho a las pagas extra se genera por cada día que se trabaja. Pero hay dos formas de computar este devengo:

Pagas extra anuales. Son aquellas en las que se empieza a generar el derecho a la paga extra, por ejemplo la de verano, desde que se cobra la anterior paga extra de verano, e igualmente con la de navidades. Es decir, el 30 de junio de 2021 se recibe la paga extra de verano correspondiente al periodo entre el 1 de julio 2020 y el 30 de junio de 2021. Y a partir del 1 de julio de 20219 se empieza a generar el derecho a la siguiente paga extra de verano.
Pagas extra semestrales: Se empieza a generar el derecho a la paga extra desde que se cobra la anterior, con independencia de si era la de navidades o verano. Es decir, el 20 de diciembre de 2021 se recibirá la paga de navidades, correspondiente al periodo entre 30 de junio de 2021 (momento en el que se recibió la paga de verano) y el 20 de diciembre de 2021. Ya el 21 de diciembre de 2021 ya se empezaría a generar el derecho a la paga de verano de 2022.

https://loentiendo.com/las-pagas-extraordinarias/

Sí eso está claro, la duda es si se ha mantenido desde que los contratos son únicamente indefinidos. Toda la info publicada encontrada es como la que citas, y tienen fecha de publicación anterior o/y como ese caso está claro que fueron redactadas antes de enero de 2022.
@exitfor Pero paga extra se genera sea como sea tu contrato, salvo prorrateo por convenio, es indiferente que te cambie el contrato. Cobrarás la extra como corresponde.
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