Hoy he estado enfermo y mañana tampoco voy a poder ir al curro, qué hago?

Básicamente es eso, estoy en una empresa fijo, hoy mañana y el jueves trabajo, pero llevo desde el sábado con un flemón flipante y no he podido ir a trabajar, y mañana probablemente tampoco.

Qué tengo que hacer? Hoy he llamado a primera hora para decir que no iba, mañana haré lo mismo. Supongo que el jueves podré ir porque estaré bien, osea, en principio faltaría dos dias, tengo que justificarlo de alguna forma o no es obligado hasta (creo) ¿3 dias?

PD: No he solido faltar nunca al trabajo así que no creo que tengan motivos para sospechar de que estoy pegandome las vacaciones ni nada.

Echadme una mano porfavor.

Saludos!
No hay nada como pasarse por el ambulatorio para que te vea el médico y sea este el que expense un justificante (suena a colegio pero es así)
Zenthorn escribió:No hay nada como pasarse por el ambulatorio para que te vea el médico y sea este el que expense un justificante (suena a colegio pero es así)

Lo mismo digo.

Hace poco estuve malo y, aunque no necesitaba ver al médico, me pasé por allí para que me diese un justificante. Suena un poco mal, pero si no lo haces es posible que te descuenten esos días del sueldo (en mi empresa lo hacen, son así de majos).
Hombre, si puede ser, que te indique una baja por 2 o 3 días, que es lo recomendable para tu problema. A ver que tal :)
Oiga, es el trabajo? si?, mire, le queria comentar....Imagen
Adris escribió:Oiga, es el trabajo? si?, mire, le queria comentar....Imagen


que grande....gila [tadoramo]
La falta al trabajo durante 3 dias seguidos sin justificar es motivo de rotura del contrato y podrian echarte. Eso ya segun la empresa y cada uno.

Vas al medico, le dices q t mire y el tomara si es necesario un parte de baja o qe..

Pero vamos, por un flemon no se puede trabajar? o_O.
ZinDer escribió: Pero vamos, por un flemon no se puede trabajar? o_O.


Tengo la cara como una bota, parezco el puto chavo del 8, esta mañana he ido a salir, y sólo con el fresco de la mañana me he vuelto por patas a casa, trabajamos desplazándonos en moto de un sitio para otro, así que el frio invernal no es lo más indicado para tratar un flemón.

Creéme, no suelo ser de los que falte al trabajo cada dos dias, he llegado a ir con un nolotil ampolla. un dolor de muelas que flipas y un "a ver si se me pasa", pero con este careto no salgo a la calle ni loco, y menos para darme vueltas en moto en el trabajo.

Bueno, entonces voy mañana al ambulatorio y les comento el tema, me pondrán alguna pega para el justificante?

Saludos!
Retroakira escribió:Bueno, entonces voy mañana al ambulatorio y les comento el tema, me pondrán alguna pega para el justificante?

Saludos!


No, están totalmente acostumbrados. Es más, si no te puedes acercar por horario llégate a urgencias, que te lo dan en 5 minutos sin más (es donde se llegan todos).
Dahn II escribió:Lo mismo digo.

Hace poco estuve malo y, aunque no necesitaba ver al médico, me pasé por allí para que me diese un justificante. Suena un poco mal, pero si no lo haces es posible que te descuenten esos días del sueldo (en mi empresa lo hacen, son así de majos).

Hombre veo mas que normal que no te paguen los días que no vas a currar sin justificarlo de ninguna manera que quieres que te diga
Solo faltaria q t pusieran pegas XD.

Ya q estas, dile q t den algo para qitarte eso, y si ven necesario darte la baja aun q sea 1 dia. Al tercer dia t dan la baja, y cobraras un % de tu sueldo hasta q t den el alta. Cuanto mas tiempo estes de baja, mas % tendran q pagarte.

Si ves q no es necesario pos na, justificante y lo llevas a tu jefe, asi t ve la cara q tienes XD
Buuf, veo un desconocimiento total y general en lo que respecta a vuestros derechos y deberes laborales. A ver si podemos arrojar un poco de luz a todo esto.

a) Nunca, NUNCA, podeis faltar al trabajo sin justificación. Si lo haceis durante dos días seguidos, es motivo de sanción muy grave, lo que puede llegar a implicar el despido (aquí ya entra en juego lo rigurosa que quiera ser la empresa o la manga ancha que quiera tener)

b) Si estais enfermos, o heridos de la suficiente gravedad como para incapacitaros el trabajar, debeis causar baja médica, y aquí hay que distinguir entre dos tipos de baja, la laboral (provocada por un accidente o una enfermedad laborales) y la común (enfermas por causas ajenas al trabajo o en un accidente fuera de él).

En el caso de enfermedad y/o accidente laboral, la baja y el tratamiento os los debe dar la Mutua Médica que tenga contratada vuestra empresa (y que Dios os pille confesados con esos cerdos). En este supuesto, cobrais el 100% del sueldo desde el primer día de baja.

En el caso de enfermedad y/o accidente NO laboral, es la Seguridad Social quien se hace cargo de vosotros. Los tres primeros días de baja no cobrareis nada, a partir del cuarto, el 40%, a partir del décimosexto, el 60% y a partir del vigésimo primero, el 75%. Cuando se superan los 30 días de baja, a partir de ahí ya se cobra el 100%. OJO. Esto es lo que establece la ley, son los MÍNIMOS, pero según el convenio de cada empresa, estas prestaciones pueden varias, siempre al alta. También es diferente la legislación si eres autónomo.

Vale, esto en cuanto a las prestaciones de la Seguridad Social y la Empresa. Ahora vamos a hablar de nuestras obligaciones.

Obligación 1: Acudir al servicio médico correspondiente: Nunca, y repito, NUNCA, podemos faltar al trabajo sin justificación, ni aunque sea una hora (bueno, si el jefe es tu padre, entonces igual sí XD). Si estais enfermos, vais a la Seguridad Social inmediatamente. Si el Centro de Salud no está abierto, hay que acudir a urgencias. Esto último puede parecer una auténtica chorrada cuando se trata de gripes o tonterías por el estilo, pero así están las cosas, estamos OBLIGADOS a justificar hasta el último minuto que no estamos en nuestro puesto de trabajo. Luego se quejan del colapso de las salas de espera, en fin... (ese es otro tema). Si nos ponemos chungos en el curro, tres cuartos de lo mismo, no te puedes ir a casa sin más a meterte en la cama, hay que salirse del tajo e ir DIRECTAMENTE al médico, a la S.S. si es una enfermedad común y a la Mutua en el caso de un accidente o enfermedad laboral (ojo, las Mutuas son unas hijas de puta y tratarán por todos los medios de convenceros para que vayais a la S.S. No lo harán si os habeis roto un brazo en el curro, pero sí que lo intentarán cuando se trate de tirones, lesiones músculo-esqueléticas, etc. producidas en el trabajo. Otro día podemos tratar este tema si quereis, la indefensión que supone para el trabajador, la masificación de la sanidad pública y el perjuicio económico que supone para las arcas públicas y el propio trabajador).
Cuando en el servicio médico correspondiente os den el parte de baja, solo entonces os vais a vuestra casita a cuidaros.

Obligación 2: Los partes de baja. El parte de baja debeis presentarlo a la empresa el mismo día que os lo den. No hace falta que lo lleveis vosotros mismos, lo puede hacer un familiar, un amigo o un compañero del curro. Como muy tarde, debeis dar su copia a la empresa al día siguiente. Estos plazos tienen un motivo justificado, en bajas cortas, la tramitación de las bajas debe ser instantánea, especialmente si nos encontramos a final de mes (la burocracia y el funcionamiento de la S.S. daría para quinientos posts, así que de momento lo dejo así, solo apuntado). Además, la empresa tiene un plazo de 3 días, desde que se da la baja, para presentar el parte en la Seguridad Social, de lo contrario se lleva una multa (ahora no recuerdo cuánto era, creo que unos 40 euros por día de retraso).

En el caso de que la baja os la haya dado la Mutua, generalmente no debeis llevar el parte vosotros a la empresa, sino que se encarga de ello la propia Mutua. Tened en cuenta que una Mutua no es otra cosa que el Servicio Médico de la empresa, es decir, es, por así decirlo, una subcontrata de vuestra empresa y forma parte de ella.

Semanalmente teneis la OBLIGACIÓN de acudir a vuestro médico (el que os lleve el tratamiento), el cual os dará el alta u os confirmará la baja por otra semana con un nuevo parte. Ese parte también debeis llevárselo a la empresa en cuanto os lo den.

Bueno, creo que esto puede aclarar unas cuantas dudas.
De cualquier forma, que sepais que todos vuestros derechos y deberes se encuentran en el Estatuto de los trabajadores, el Convenio Provincial de vuestro sector y Comunidad Autónoma y en vuestro convenio propio, en caso de que lo hubiera. Buscadlos en Google y un día que os aburrais, leéoslos (terminareis muchísimo más aburridos aún y no entendereis la mitad, pero os será sumamente útil).

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P.D. Cada trabajo es un mundo, yo he expuesto lo que obliga la ley, ahora bien, según el tamaño de la empresa y la confianza que haya entre jefe y empleados, éste puede o no hacer caso omiso de las normas. En empresas familiares nadie le va a echar a su sobrino por faltar dos días al trabajo sin justificar si le ve con un flemón de la ostia, pero en empresas más o menos grandes, dos días sin justificar es despido procedente fulminante en el 99% de los casos.
Es simplemente loq ue te comentan, o pides cita a tu medico de cabecera o vas por urgencia.

Justificante medico y santas pascuas.

Que te sea leve.
muchas gracias katxan por tu explicacion, me ha servido muchismo.
Bueno y al final qué, ¿conseguiste el justificante?

Retroakira, estamos pendientes de ti :o
UtenA_Tenjô escribió:Bueno y al final qué, ¿conseguiste el justificante?

Retroakira, estamos pendientes de ti :o


Verás, ahora me encuentro algo mejor, así que podría ir a trabajar esta tarde, un poco narcotizado, eso sí, pero podría, así no serían dos dias completos, que es lo que comenta katxan que sería más grave.

PD: Finalmente he optado por lo más simple, acabo de llamar a mi jefe y le he comentado el tema, me ha dicho que bueno, que no me preocupe, que vaya esta tarde a trabajar y ya está.

Os mantendré informados sobre cómo acaba todo.

Saludos!
Mira anda un hilo de politica para animarte.

LINK

Si te encuentras indispuesto no vayas, la empresa despues no agradece nada.
[Lande] escribió:Mira anda un hilo de politica para animarte.

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Si te encuentras indispuesto no vayas, la empresa despues no agradece nada.


Ahora mismo estoy bastante bien, algo narcotizado, pero teniendo en cuenta que mañana es fiesta, pues hago el esfuerzo de ir esta tarde, me quito el marrón de encima y así me olvido.

Para otra vez ya lo sé, y no me pillarán en braguitas como ahora.

Saludos!
Cuanto te pase algo de esto, siempre tienes que ir al médico, da igual si es un día solo.

A partir del 3º dia, se considera baja en vez de ausencia, y pasa lo que ha comentado perfectamente katxan.

Yo nunca había faltado más de dos días a currar, pero hace poco más de mes y medio tuve una contractura en el cuello y estuve 3 días. Fuí al médico, me dió es justificante, lo mandé a la empresa, y al estar 3 días y ser bajas, esos días no los cobre... Depende del convenio, como explicó katxan, y el nuestro en particular, es el más 'duro' en esto, así que esos 3 primeros días no los cobré.

Pero ve SIEMPRE a por el justificante!
Retroakira escribió:

Os mantendré informados sobre cómo acaba todo.

Saludos!


¿Como ha ido? [rtfm]
Tengo una duda.Si uno se rompe una pierna jugando al fútbol con los amigos el fin de semana,¿es obligatorio ir solamente al médico de la seguridad social para hacer el parte de baja o se puede ir si se quiere por seguro privado?.
Una cosa, el seguro privado te lo justifica, pero no cobras nada.

Te lo digo porque donde curraba uno se puso malo, se fue a Sanitas y no le dijeron nada, pero a fin de mes cobro un dia menos.

Salu2
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