¿ilegal flashear?

Mi duda es, ¿hasta que punto es ilegal flashear la XBOX360? Me imagino que no es delito, ya que parece que hay tiendas oficiales -aunque escasos- que flashean la consola.

Supongo que depende para que lo uses, ¿no? :-?
El flasheo: Si, es ilegal ya que esta destiinado a cargar copias.

El exploit: No, ya que puedes ejecutar homebrew.

Estaria horas discutiendo sobre esto pero no hay ganas.
Gracias por la respuesta. Para lo básico y hacerme una idea me sirve. Es que soy nuevo en esto.
Todo el mundo tiene derecho a hacer la copia de SU ORIGINAL y poder cargarla, otra cosa es que luego la gente consiga los juegos por otro lado y utilize el flasheo para fines ilegales
Es legal totalmente. Según dice el articulo 270.3 del codigo penal ya que el objetivo es la carga de copias de seguridad (por lo tanto mejora su utilidad). Lo que no es legal el uso de titulos no originales.
Es ilegal:modificar firmwares originales, ya q tb tienen derechos de autor.
Es ilegal hacer copias para beneficiarse $ de ellas, tb se incluye el lucro cesante del desarrollador.
Es ilegal difundir, o comunicar publicamente todo o parte del contenido sobre el q recae el derecho de propiedad intelectual, o hacer copias sin respaldo del Backup, sin la autorizacion expresa del titular del derecho.
Instalar un firm modificado en tu consola no vulnera el derecho de propiedad intelectual, simplemente supone perdida de garantia, asi q si se te estropea la consola, te la comes con patatas, lo q le supone un buen ahorro a M$, ya no paga los portes a alemania, ni al tecnico aleman para q te la mire, y te la repare en su caso.
SALUDOS [beer]
JCESTAL entonces en que quedamos!
no es ilegal porlomenois aki en españa
loo ilegal es cobrar por ello kreo yo
Flashearla no es ilegal ni para el que cobra, ni mucho menos para el que paga.
Pero vamos, para el que cobra tampoco, a no ser a efectos fiscales y todo ese rollo, en caso de no estar dado de alta en la Seguridad Social y tal y cual.

Se pongan como se pongan. [poraki]
Leeros las leyes... Por ejemplo un flashcard de NDS no es ilegal porque permite ejecrtar homebrew, pero cuando se trata de un dispositivo destinado ESPECIFICAMENTE a la carga de copias se ilegal, puesto que no existen "copias de seguridad" de software...

Yo antes pensaba lo mismo, pero un amigo que esta estudiando derecho me abrió los ojos de un plumazo...
lo que esta claro es que si fuese ilegal no habria tiendas dedicadas a ello,que lo publicitan por todos lados y que no se cortan un pelo en mostrarlo en sus paginas web
aibo19 escribió:lo que esta claro es que si fuese ilegal no habria tiendas dedicadas a ello,que lo publicitan por todos lados y que no se cortan un pelo en mostrarlo en sus paginas web


pero como la q intenta meter mas mano en eso es ninty, pues solo van a por los flashcard, q ademas es lo fisicamente tangente, el flasheo no es tan facil de ver (hay q estar comprobando consolas 1 por 1)
xtroder escribió:El flasheo: Si, es ilegal ya que esta destiinado a cargar copias.

El exploit: No, ya que puedes ejecutar homebrew.

Estaria horas discutiendo sobre esto pero no hay ganas.


Teniendo en cuenta que ejecutar homebrew es uno de los usos justificados de modificar consolas.... hace poco hubo una sentencia que daba la razon a los usuarios de flashcarts de nds porque expandian las caracteristicas de la consola
xtroder escribió:Leeros las leyes... Por ejemplo un flashcard de NDS no es ilegal porque permite ejecrtar homebrew, pero cuando se trata de un dispositivo destinado ESPECIFICAMENTE a la carga de copias se ilegal, puesto que no existen "copias de seguridad" de software...

Yo antes pensaba lo mismo, pero un amigo que esta estudiando derecho me abrió los ojos de un plumazo...

Creo q todo el mundo entiende lo q quieres decir, pero lo q se plantea aqui, no se ajusta al caso q nos has puesto, es cierto q es ilegal vender el tipo de dispositivo q nos dices de la NDS, (probablemente este tipo de dispositivo este patentado), como lo seria, vender firmwares modificados, pero lo q no es ilegal, es tener en tu casa una tarjeta de carga de la NDS o un firm modificado en tu consola, pero llegamos a lo de siempre: Si q es ilegal tener copias de seguridad y lucrarse de alguna forma de ello.
Creo q todos recordareis, q hace poco, el gobierno español anuncio q iba a perseguir a todas esas paginas web q permiten descargar contenidos con derechos de autor, pero q los ciudadanos q se hayan beneficiado de estas descargas no se les iba a hacer nada...
Por ultimo os recuerdo a todos, q cada vez q compramos cualquier tipo de dispositivo q os podais imaginar, capaz de almacenar datos, estamos pagando preventivamente un canon a la SGAE, por q se presume q alguna vez utilizaremos este dispositivo para hacer o almacenar "copias ilegales", es un gran avance del sistema democratico: La presuncion de culpabilidad.
Vender un flashcard de DS NO ES ILEGAL, PUESTO QUE TAMBIEN SIRVE PARA EJECUTAR SOFTWARE CASERO, mientras que los firmwares y modchips de XBOX 360 SOLO SIRVEN PARA CARGAR COPIAS.

La ley dice que esta prohibido importar, comercila y blablabla todos aquellos dispositivos que tengan como función ESPECÍFICA el saltarse las protecciones de los discos originales.

Que el firmware quede al margen... Pues no lo se... Pero al menos los modchips si lo son a ojos de la ley...

EDITO:

El art. 270.3 del Código Penal castiga a quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador. Por tanto, el tipo sólo se cumple cuando el sistema, medio o instrumento fabricado, importado, distribuido o del que meramente se dispone tiene por finalidad específica la supresión o neutralización de la protección de un programa de ordenador. En el presente caso no se cumple tal condición pues los chips informáticos y el sistema "Swap Magic" instalados en el establecimiento de los imputados, si bien es cierto que pueden usarse para poder utilizar juegos "piratas" en la videoconsola, sirven también para realizar otras funciones perfectamente legítimas y que no lesionan en modo alguno el derecho de propiedad intelectual, como permitir jugar con juegos originales de otros países o utilizar copias de seguridad de juegos originales; es decir, tales chips o sistemas no tienen por destino específico facilitar la supresión de la protección de programas de ordenador, y, por lo tanto, la venta e instalación en videoconsolas de tales chips o sistemas no es típica.
Este es el sentido actual de la escasa jurisprudencia existente sobre el modo en que debe entenderse el adverbio específicamente utilizado por el art.270.3, de la que es ejemplo el Auto de la A.P. de Barcelona nº101/2008.
Por lo tanto el flasheo como no mejora ni aporta ninguna caracteristica más si que sería ilegal no? No modifica la velocidad de lectura? en tal caso, se puede modificar la velocidad de lectura del lector? xk si se puede es una mejora no?
DjDaVe escribió:Por lo tanto el flasheo como no mejora ni aporta ninguna caracteristica más si que sería ilegal no? No modifica la velocidad de lectura? en tal caso, se puede modificar la velocidad de lectura del lector? xk si se puede es una mejora no?


En iXtremes anteriores si se podia modificar la velocidad de lectura, pero tambien dependera de como pilles al juez xD
xtroder escribió:Leeros las leyes... Por ejemplo un flashcard de NDS no es ilegal porque permite ejecrtar homebrew, pero cuando se trata de un dispositivo destinado ESPECIFICAMENTE a la carga de copias se ilegal, puesto que no existen "copias de seguridad" de software...

Yo antes pensaba lo mismo, pero un amigo que esta estudiando derecho me abrió los ojos de un plumazo...


Me parece que el que se tiene que leer las leyes eres tú, ya que en España tener y usar copias de seguridad es totalmente LEGAL, y para ello el único camino es flashear.
De todas formas, si tan informado estás de las leyes no te costará copiar y pegar el párrafo donde pone eso que dices. Yo no lo puedo hacer porque sencilamente ese párrafo no existe.
poyo escribió:
xtroder escribió:Leeros las leyes... Por ejemplo un flashcard de NDS no es ilegal porque permite ejecrtar homebrew, pero cuando se trata de un dispositivo destinado ESPECIFICAMENTE a la carga de copias se ilegal, puesto que no existen "copias de seguridad" de software...

Yo antes pensaba lo mismo, pero un amigo que esta estudiando derecho me abrió los ojos de un plumazo...


Me parece que el que se tiene que leer las leyes eres tú, ya que en España tener y usar copias de seguridad es totalmente LEGAL, y para ello el único camino es flashear.
De todas formas, si tan informado estás de las leyes no te costará copiar y pegar el párrafo donde pone eso que dices. Yo no lo puedo hacer porque sencilamente ese párrafo no existe.


A mi ultimo post me remito...

El art. 270.3 del Código Penal castiga a quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador. Por tanto, el tipo sólo se cumple cuando el sistema, medio o instrumento fabricado, importado, distribuido o del que meramente se dispone tiene por finalidad específica la supresión o neutralización de la protección de un programa de ordenador. En el presente caso no se cumple tal condición pues los chips informáticos y el sistema "Swap Magic" instalados en el establecimiento de los imputados, si bien es cierto que pueden usarse para poder utilizar juegos "piratas" en la videoconsola, sirven también para realizar otras funciones perfectamente legítimas y que no lesionan en modo alguno el derecho de propiedad intelectual, como permitir jugar con juegos originales de otros países o utilizar copias de seguridad de juegos originales; es decir, tales chips o sistemas no tienen por destino específico facilitar la supresión de la protección de programas de ordenador, y, por lo tanto, la venta e instalación en videoconsolas de tales chips o sistemas no es típica.
Este es el sentido actual de la escasa jurisprudencia existente sobre el modo en que debe entenderse el adverbio específicamente utilizado por el art.270.3, de la que es ejemplo el Auto de la A.P. de Barcelona nº101/2008.

Aqui no estamos hablando de copais de seguirdad si no de dispositivos que mepermiten usar copias de seguridad, dos cosas un tanto distintas.
Menudo zas en toda la boca. Creo recordar que se cambio el código penal, haciendo totalmente ilegal el poseer, incluso, copias de tus juegos. Y de eso no hace mas de 5 años
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