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danaang escribió:En la venta ganancia patrimonial si la habido por IRPF y plusvalía. IRPF en la declaración del año en el que la vendas y la plusvalía tienes un mes desde la venta. En la compra pagarías IVA o TPO según el caso.
Sí la vivienda que vendes es la habitual y luego compras otra para que también sea tu habitual, puedes aprovecharte de la exención por reinversión vivienda habitual.
chachin2007 escribió:danaang escribió:En la venta ganancia patrimonial si la habido por IRPF y plusvalía. IRPF en la declaración del año en el que la vendas y la plusvalía tienes un mes desde la venta. En la compra pagarías IVA o TPO según el caso.
Sí la vivienda que vendes es la habitual y luego compras otra para que también sea tu habitual, puedes aprovecharte de la exención por reinversión vivienda habitual.
Pero si mi única vivienda la compre por 31.000€ (34.000€ con impuestos) y ahora la vendo por 70.000€, he obtenido beneficios, ¿si luego de estos 70.000€ invierto una parte (40.000€) en comprar otra vivienda, que debo pagar?, ¿los impuesto de la venta se pagan 1 año después? (excepto la plusvalía que creo que se paga al momento o un mes despues de la venta, ¿no?).
chachin2007 escribió:danaang escribió:En la venta ganancia patrimonial si la habido por IRPF y plusvalía. IRPF en la declaración del año en el que la vendas y la plusvalía tienes un mes desde la venta. En la compra pagarías IVA o TPO según el caso.
Sí la vivienda que vendes es la habitual y luego compras otra para que también sea tu habitual, puedes aprovecharte de la exención por reinversión vivienda habitual.
Pero si mi única vivienda la compre por 31.000€ (34.000€ con impuestos) y ahora la vendo por 70.000€, he obtenido beneficios, ¿si luego de estos 70.000€ invierto una parte (40.000€) en comprar otra vivienda, que debo pagar?, ¿los impuesto de la venta se pagan 1 año después? (excepto la plusvalía que creo que se paga al momento o un mes despues de la venta, ¿no?).
danaang escribió:chachin2007 escribió:danaang escribió:En la venta ganancia patrimonial si la habido por IRPF y plusvalía. IRPF en la declaración del año en el que la vendas y la plusvalía tienes un mes desde la venta. En la compra pagarías IVA o TPO según el caso.
Sí la vivienda que vendes es la habitual y luego compras otra para que también sea tu habitual, puedes aprovecharte de la exención por reinversión vivienda habitual.
Pero si mi única vivienda la compre por 31.000€ (34.000€ con impuestos) y ahora la vendo por 70.000€, he obtenido beneficios, ¿si luego de estos 70.000€ invierto una parte (40.000€) en comprar otra vivienda, que debo pagar?, ¿los impuesto de la venta se pagan 1 año después? (excepto la plusvalía que creo que se paga al momento o un mes despues de la venta, ¿no?).
El IRPF se paga cuando hagas la declaración del año en el que la vendas. Sí la vendes este año pues en junio 2019. La plusvalía tienes un mes para liquidarla desde que la vendes.
Sí con lo obtenido en la venta reinviertes una cantidad, parte del beneficio queda exento de IRPF. Pero siempre y cuando tú vivienda antigua sea habitual y la nueva también.
danaang escribió:@chachin2007 por supuesto que os lo tiene que hacer un gestor, más que nada porque son situaciones especiales que si no se domina puede acarrear problemas posteriores con hacienda (pérdidas de derecho de posibles exenciones por ejemplo). Sobre lo que a pueda cobrar ya no lo sé pues depende mucho de adonde vayáis.