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Falkiño escribió:@Señor Ventura tío, te sale más a cuenta buscar una asesoría fiscal / contable por tu zona, que seguro hay, y consultar. La mayoría permiten una consulta gratuita y si no, te sale 50€ al menos en mi zona. Y te asesora un profesional en vez de un foro donde te diremos "creo que" "puede que" "quizás si..." xD
Un saludo!
danaang escribió:Si bien, su ganancia patrimonial debiera ser casi nula. Si tenéis una ganancia importante es que la habéis cagado en la valoración que le hayáis dado al inmueble cuando hicisteis el inventario de la herencia, ya que debeis poner el valor real del inmueble, o lo que es lo mismo el valor de mercado, máxime si había bonificaciones de por medio.
danaang escribió:La vivienda heredada no cumple con los requisitos a los efectos del IRPF como vivienda habitual. Más concretamente que sea su vivienda habitual durante tres años de forma continuada. Y si la adquisición por herencia fue en 2020 y se vendió en 2020 no cumple con este requisito, aunque ya viviera de antes ahí, ya que entiendo que antes no tenía la propiedad (de ahí que la herede)
danaang escribió:Si bien, su ganancia patrimonial debiera ser casi nula. Si tenéis una ganancia importante es que la habéis cagado en la valoración que le hayáis dado al inmueble cuando hicisteis el inventario de la herencia, ya que debeis poner el valor real del inmueble, o lo que es lo mismo el valor de mercado, máxime si había bonificaciones de por medio.
Señor Ventura escribió:Luego a la hora de venderla la casa se vendió al precio de mercado, que resulta que fué inferior al que estaba indicado.
DNKROZ escribió:Señor Ventura escribió:Luego a la hora de venderla la casa se vendió al precio de mercado, que resulta que fué inferior al que estaba indicado.
Pues prepárate a que en un tiempo le llegue un expediente regulador para que pague "lo que falta" hasta el valor que marquen ellos... más la multa
martuka_pzm escribió:DNKROZ escribió:Señor Ventura escribió:Luego a la hora de venderla la casa se vendió al precio de mercado, que resulta que fué inferior al que estaba indicado.
Pues prepárate a que en un tiempo le llegue un expediente regulador para que pague "lo que falta" hasta el valor que marquen ellos... más la multa
Te estás liando, y vas a liar al OP, con lo que comentas.
Señor Ventura escribió:danaang escribió:La vivienda heredada no cumple con los requisitos a los efectos del IRPF como vivienda habitual. Más concretamente que sea su vivienda habitual durante tres años de forma continuada. Y si la adquisición por herencia fue en 2020 y se vendió en 2020 no cumple con este requisito, aunque ya viviera de antes ahí, ya que entiendo que antes no tenía la propiedad (de ahí que la herede)
Pues tengo que revisarlo, la persona que dejó en herencia la casa murió en el 2019, así que al parecer se heredó de antes, y he leído que hay que llevar viviendo en ella al menos 10 meses, pero lo que no se es si dió tiempo a tanto hasta que se vendió la casa, mas o menos en febrero del 2020.danaang escribió:Si bien, su ganancia patrimonial debiera ser casi nula. Si tenéis una ganancia importante es que la habéis cagado en la valoración que le hayáis dado al inmueble cuando hicisteis el inventario de la herencia, ya que debeis poner el valor real del inmueble, o lo que es lo mismo el valor de mercado, máxime si había bonificaciones de por medio.
La valoración no se la das tu mismo, ¿no?. La casa tiene un valor, y por medio de ese valor se pagaron unas plusvalías.
Luego a la hora de venderla la casa se vendió al precio de mercado, que resulta que fué inferior al que estaba indicado.
O igual te refieres a otra cosa.
martuka_pzm escribió:@Señor Ventura si tiene una pérdida, para que quieres que esté exenta?
danaang escribió:Pero entonces si tuviste perdidas no vas a pagar IRPF y por lo tanto te importa tres pimientos que este exenta.
DNKROZ escribió:danaang escribió:Si bien, su ganancia patrimonial debiera ser casi nula. Si tenéis una ganancia importante es que la habéis cagado en la valoración que le hayáis dado al inmueble cuando hicisteis el inventario de la herencia, ya que debeis poner el valor real del inmueble, o lo que es lo mismo el valor de mercado, máxime si había bonificaciones de por medio.
Si tiene un aumento patrimonial porque la hayan vendido muy por encima de las tablas que tiene Hacienda no hay problema (mientras le pagues a Hacienda que es su única razón de existir), el problema es como la hayan vendido por DEBAJO o el mismo valor que las tablas de Hacienda, o que la ganancia sea poca, porque el valor sobre el que les va a tocar apoquinar va a ser el que a Hacienda le de la real gana, con lo que te puedes encontrar con que pierdas dinero en el proceso.
A mí me pasó cuando compré una parcela para construcción de una vivienda de uso habitual... llegó Hacienda (oficina liquidadora) diciendo que lo que había comprado era una "vivienda" (en la parcela hubo antes una casa que demolieron) valorada en (al loro) más de un cuarto de millón de euros y que en el "momento de la requisitoria el estado de conservación de la misma no daba lugar alguno a pensar en ninguna merma en su valoración". Lo cachondo del caso es que "en el momento" del que hablan, lo que estaba era MI casa, que es del orden de 5 veces la que hubo hace años mil ... vamos, cagada suprema... pero si no llego a recurrirlo (y contratar abogado y demás) me clavan más de 10k pavos de EXTRA de impuestos y otros 2000k de multa demora... en darse ellos cuenta de tal situación varios años más tarde, que es de cojones, haces lento tu trabajo y le multas a un tercero, profit, así te puedes tomar todo con toda la calma del universo.
Dejar claro que el recurso lo "gané" después de un doble silencio administrativo (líbreles dios de darle la razón a nadie) tras "dejarles caer" de forma muy sutil y muy bien redactada (buen abogado tuve) que les iba a poner una preciosa querella por falsedad en un documento que ya había sido elevado a público en repetidas ocasiones... la cara de la funcionaria no la olvidaré nunca... por esos pequeños placeres merece la pena la vida muchas veces