Lo han quitado del catálogo con todo el morro del mundo. Yo guardé una copia impresa de la reserva y guardé la web. Ya me gustaría que Consumo les obligara a servirlo a ese precio.
p.d. Snakefd99cb: QUE-SE-JODAN. La responsabilidad es, en todo caso, de la empresa que puso la publicidad. En este caso, la web. El "currante" no tiene nada que perder, la franquicia deberá asumir las pérdidas.
posdata 2:
Me llegó a casa un catálogo de productos muy económicos, así que al día siguiente fui a la tienda a comprar un móvil que me gustó. El precio que marcaba era distinto al del folleto. ¿Cuál me tienen que cobrar?La publicidad es vinculante y las condiciones de venta que se recojan en ella siempre deben cumplirse, según establece la normativa vigente. Además, en caso de discrepancia en los precios el consumidor siempre podrá exigir el más favorable a su bolsillo.
11. En la publicidad pone que los precios son válidos salvo error tipográfico o hasta fin de existencias. ¿Esto no es abusivo?En efecto, este tipo de excepciones no pueden usarse con el consumidor. El empresario debe asumir los posibles errores que cometa y disponer de existencias suficientes para atender la previsible oferta.
26. A veces cuando me interesa una oferta, en el establecimiento me dicen que se les han acabado los productos, ¿puedo hacer algo en estos casos?El comerciante que realice una promoción debe tener existencias suficientes. Si se agotan, podemos solicitar un vale reserva donde conste que la petición se hizo dentro del periodo de la promoción. Finalizado este plazo, si no nos entregan el producto deberán darnos otro de similares características.
30. ¿Y si después de todo el comprador no cumple con lo que entiendo que es su obligación?En ese caso sólo nos quedará acudir al Juzgado. Es importante tener en cuenta que para asuntos cuyo importe sea inferior a 900 euros, no es necesario disponer ni de abogado ni procurador; para facilitarnos el trámite, los propios juzgados disponen de formularios a nuestra disposición.