Hola, tengo un problema con mi seguro. Hace más de 3 meses presenté un parte y sigo esperando una solución.
Resulta que leyendo la poliza veo que tengo derecho a intereses de mora, pongo el párrafo de la ley.
LEY 50/1980, Articulo 20, puntos 3 y 4:
3.Se entenderá que el asegurador incurre en mora cuando no hubiere cumplido su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro o no hubiere procedido al pago del importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro.
4.La indemnización por mora se impondrá de oficio por el órgano judicial y consistirá en el pago de un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en el 50 %; estos intereses se considerarán producidos por días, sin necesidad de reclamación judicial.
¿Como se calcula esto? el importe que me adeudan es de 520€ y hace 100 dias justos
Gracias de antemano.