IRPF Expatriados

Buenas tardes.

Resulta que acabo de empezar a trabajar en España tras residir un tiempo en el extranjero y volver.

De enero a Agosto trabajé y tributé en el extranjero (Fuera de la CEE) y de Septiembre en adelante en españa.

Veo que como estuve mas de 181 días fuera mi domicilio fiscal no es España y cuenta como que este año debo rendir cuentas al país donde estuve y no a España.

Lo que trabaje en lo que queda hasta fin de año se me considera un expatriado, por lo que debería estar tributando el 2% de lo ganado a hacienda en concepto de IRPF, pues bien, me encuentro como que me están reteniendo un 24%, paso casi 400€ de IRPF, lo cual me deja el sueldo en pañales, pues junto al resto de impuestos suman la friolera de casi 500€ de impuestos que me sacan del sueldo.

¿Alguno que ha estado en esta situación antes y sabe como puedo proceder para que me ajusten el IRPF como deben?
Galicha está baneado del subforo por "flames"
Te lo estan haciendo bien amigo. Como bien dices hasta Agosto deberas pagar en el pais donde hayas sido residente fiscal por todas las rentas mundiales y hasta final de año te van a aplicar el impuesto de la renta de no residentes que es el 24 lineal.
Te lo dice uno que lleva media vida expatriado.
No eres expatriados sino impatriado. Y no se dónde has leído lo del 2% (que solo se aplica a los contribuyentes del IRPF y por contratos temporales).

Así que si, es correcto lo que te están aplicando.
Es que lo veo una burrada el 24%, luego al hacer la renta regularizan o algo? Por que veo una bestialidad eso.
No vas a hacer declaración de la renta 2017. Tú mismo lo estás diciendo: no eres residente fiscal durante este año. Tu declaración la harás cuando seas residente.

Respecto a burrada o no... dependerá de cuál sea tu salario. Yo daría palmas con las orejas si "sólo" me retuvieran un 24%.
Udri escribió:No vas a hacer declaración de la renta 2017. Tú mismo lo estás diciendo: no eres residente fiscal durante este año. Tu declaración la harás cuando seas residente.

Respecto a burrada o no... dependerá de cuál sea tu salario. Yo daría palmas con las orejas si "sólo" me retuvieran un 24%.

Los no residentes IRPF no, pero tienen su propia declaracion de la renta, que al menos aqui en gipuzkoa suele ser en julio.

Si le toca hacer, no, pagara o le devolveran... npi, no conozco nada la norma
Lo del 2% no sé donde lo has leído tampoco... Creo que debería ser un 19% sin importar la cantidad. En cualquier caso, cualquier ingreso que tengas en España este año tienes que declararlo a la hacienda del país donde estuvieras de enero a agosto y pagar allí. Es decir, sea lo que sea lo que te ha retenido España, el otro país se lo tiene que llevar todo, así que le pedirá a España lo recaudado, y a tí devolverá o hará pagar, según falte o sobre dinero. Todo esto suponiendo que haya un acuerdo entre los dos países, si no lo hay tendrás que moverte aún más para no acabar pagando impuestos dos veces sobre las mismas cantidades.
Zokormazo escribió:
Udri escribió:No vas a hacer declaración de la renta 2017. Tú mismo lo estás diciendo: no eres residente fiscal durante este año. Tu declaración la harás cuando seas residente.

Respecto a burrada o no... dependerá de cuál sea tu salario. Yo daría palmas con las orejas si "sólo" me retuvieran un 24%.

Los no residentes IRPF no, pero tienen su propia declaracion de la renta, que al menos aqui en gipuzkoa suele ser en julio.

Si le toca hacer, no, pagara o le devolveran... npi, no conozco nada la norma


Se presentan declaraciones trimestrales en Abril, julio, Octubre y Diciembre, que es donde liquidas ese 24% de impuestos. Si no recuerdo mal con la autoliquidación debería bastar.


Alerian escribió:Lo del 2% no sé donde lo has leído tampoco... Creo que debería ser un 19% sin importar la cantidad. En cualquier caso, cualquier ingreso que tengas en España este año tienes que declararlo a la hacienda del país donde estuvieras de enero a agosto y pagar allí. Es decir, sea lo que sea lo que te ha retenido España, el otro país se lo tiene que llevar todo, así que le pedirá a España lo recaudado, y a tí devolverá o hará pagar, según falte o sobre dinero. Todo esto suponiendo que haya un acuerdo entre los dos países, si no lo hay tendrás que moverte aún más para no acabar pagando impuestos dos veces sobre las mismas cantidades.


Al 19% van los intereses y dividendos. Las rentas del trabajo para no residentes al 24%. En la AEAT pone las excepciones y los pagos de cada cosa.

Respecto a pagar todavía en un país cuando ya no eres residente físico en el país, depende de cada hacienda. En muchos países cuando dejas de ser residente (por finalización de visa de trabajo, por ejemplo) haces un finiquito con la hacienda local y sólo tienes que rendir cuentas en tu nuevo país de residencia (aunque en este seas no-residente fiscal)
Creo que lo mejor será que me acerque a Hacienda a preguntar mañana, madre mía que lío. En la empresa no saben decirme nada, solo me dan vueltas.
Delian escribió:Creo que lo mejor será que me acerque a Hacienda a preguntar mañana, madre mía que lío. En la empresa no saben decirme nada, solo me dan vueltas.


Sí, eso es lo mejor, te van a asesorar gratuitamente.

Generalmente el año que uno vuelve de una expatriación es un poco lío.
Lo que me hace gracia es, "Tienes que tributar en tu domicilio fiscal, no tienes que hacerlo aqui, pero venga, dame el 24% ya que estamos". Si yo tengo que tributar en Argentina según ellos, ¿Por que me retienen entonces?
Delian escribió:Lo que me hace gracia es, "Tienes que tributar en tu domicilio fiscal, no tienes que hacerlo aqui, pero venga, dame el 24% ya que estamos". Si yo tengo que tributar en Argentina según ellos, ¿Por que me retienen entonces?

Porque los no residentes tributan por las rentas obtenidos en españa
Delian escribió:Lo que me hace gracia es, "Tienes que tributar en tu domicilio fiscal, no tienes que hacerlo aqui, pero venga, dame el 24% ya que estamos". Si yo tengo que tributar en Argentina según ellos, ¿Por que me retienen entonces?


Pues porque ganar dinero aquí y no allí.
Delian escribió:Lo que me hace gracia es, "Tienes que tributar en tu domicilio fiscal, no tienes que hacerlo aqui, pero venga, dame el 24% ya que estamos". Si yo tengo que tributar en Argentina según ellos, ¿Por que me retienen entonces?


Porque tributarás por las rentas obtenidas en España sin ostentar la condición de residente. Las retenciones que se te están aplicando son correctas, no hay muchas más vueltas que darle al asunto, en la AEAT simplemente te confirmarán este hecho.
Se que son correctas, solo que me choca que retengan tanto.
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