Jublacion activa cobrando el 100%.., cuándo??

Buenas.., ando bucando por internet pero no veo nada en claro...

Mi padre es autónomo, tenemos un negocio y me tiene contratado a mi. Ya está en momento de jubilarse y andamos pendietes que aprueben definitivamente la "Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo".., pero no veo fechas claras...

La idea es que se jubile cobrando el 100% y siga trabajando para tenerme a mi de asalariado...

Alguien sabe cuándo se va a poder esto?? Porqure claro ahora podría hacerlo cobrando el 50%.., pero si al mes siguiente aprueban esta ley podría acojerse a ella?? O si lo haces ahora ya te jodes y vas a cobrar el 50% siempre aunque aprueben lo del 100% posteriormente??

Gracias!!
Para cobrar el 100% y lo maximo tiene que pagar lo maximo a la seguridad social cada mes, despues tendrá que tener el maximo de años que corresponden cotizados.
Lo mejor es preguntar en alguna oficina de la seguridad social.

Saludos
Como han dicho lo mejor es preguntar en alguna oficina de la seguridad social. Si ademas tiene algún medio de consultarlo telemáticamente, asumiendo que funcione igual que Hacienda (tendría que mirarlo) su respuesta sería vinculante.
Y añado que hay probabilidades tangibles de que para el 2018 o 2019 a más tardar haya un recorte guapo a las pensiones. Con lo cual es posible que aunque gane el 100%, en realidad cobre el 50%.
Como han dicho, lo mejor es preguntar en alguna oficina de la Seguridad Social. Luego, si tu padre ha estado pagando únicamente el sello de autónomo (lo mínimo), no va a cobrar el 100% porque no ha cotizado por el 100%. Lo mínimo de autónomo son algo más 300€ (cuidado con los nuevo autónomos a 50€ al mes durante los 6 primeros meses o el primer año, porque la cotización es también la mínima) y a partir de ahí se puede subir la cuota para al jubilarte cobrar más.
He abierto el hilo después de estar en un sitio oficial en el que teníamos cita para informarnos y el tío sabía menos que nosotros y en plan borde... Me decía que no sabía nada de esa supuesta nueva modalidad que le decía.., que a diario va gente con “me han dicho” “he oído..” y que él sólo sabía lo oficial. Vamos cómo trabajando en ello no va a saber de lo que le hablo?? Si salió en todos los medios de prensa... y el tío nos decía que si te jubilas activamente cobrabas el 50% y tenías que currar también el 50% de las horas.., ha tenido que llamar a otra compañera porque le he dicho yo que eso no era así y el tío todo cabezón con que sí que era así...

Con lo del 100% me refería lógicamente de lo que te corresponda de jubilación. Si por ejemplo fuesen 800 euros cobrar esos 800 euros.., no como la jubilación activa actual que sería el 50%, es decir 400 euros...
Espero que eso no se aplique nunca. retrasaria enormemente el ingreso de gente joven al mercado laboral.


Que interes tienes en seguir estando de asalariado?
futuro mad max está baneado del subforo por "cibervoluntario"
Reakl escribió:Y añado que hay probabilidades tangibles de que para el 2018 o 2019 a más tardar haya un recorte guapo a las pensiones. Con lo cual es posible que aunque gane el 100%, en realidad cobre el 50%.


tanto no tardaran, antes de verano del 2018 se filtraran recortes en las pensiones, por el bien comun

seguramente los recortes se haran en varios pasos, asi la gente sera menos consciente de la realidad

Torres escribió:La idea es que se jubile cobrando el 100% y siga trabajando para tenerme a mi de asalariado...


la jubilación activa sirve para seguir trabajando y cobrar al mismo tiempo, no cobrara la mitad de la pensión que le corresponde

si le corresponde cobrar 600€, cobraria la mitad

la jubilacion activa no sirve para cobrar el 100% de la pension mientras se trabaja, es seguir cotizando para llegar al 100% de tu cotizacion en tu pension, mientras le pagan el 50% de su pension actual
Torres escribió:He abierto el hilo después de estar en un sitio oficial en el que teníamos cita para informarnos y el tío sabía menos que nosotros y en plan borde... Me decía que no sabía nada de esa supuesta nueva modalidad que le decía.., que a diario va gente con “me han dicho” “he oído..” y que él sólo sabía lo oficial. Vamos cómo trabajando en ello no va a saber de lo que le hablo?? Si salió en todos los medios de prensa... y el tío nos decía que si te jubilas activamente cobrabas el 50% y tenías que currar también el 50% de las horas.., ha tenido que llamar a otra compañera porque le he dicho yo que eso no era así y el tío todo cabezón con que sí que era así...

Con lo del 100% me refería lógicamente de lo que te corresponda de jubilación. Si por ejemplo fuesen 800 euros cobrar esos 800 euros.., no como la jubilación activa actual que sería el 50%, es decir 400 euros...


Ten en cuenta que la prensa puede dar noticias de cosas que no se van a aplicar en meses y los funcionarios reciben la circular (si es que la reciben) cada mes o así con las nuevas normativas si las hay.
Por cierto, espero que estes empadronado en un lugar diferente al domicilio de tu padre, sino deberias de estar dado de alta de autónomo. Te lo digo, porque sino es así no tienes derecho a paro el día de mañana, además de tener que pagar todas las cuotas de autónomo en el caso de que te pillaran. Aunque me imagino que lo tengas bien mirado, ahí te dejo la información ;).

Lo de la ley de reformas, ten claro que hasta las próximas elecciones no empiecen a hacer cosas para salir en la foto.
Necrofero escribió:Que interes tienes en seguir estando de asalariado?


Bueno siempre será mejor estar de asalariado que darme de alta de autónomo.., sin ir más lejor por el derecho a paro.., pero realmente lo queremos hacer de esta forma porque mi padre quiere seguir trabajando para estar conmigo en el negocio.

futuro mad max escribió:
Torres escribió:La idea es que se jubile cobrando el 100% y siga trabajando para tenerme a mi de asalariado...


la jubilación activa sirve para seguir trabajando y cobrar al mismo tiempo, no cobrara la mitad de la pensión que le corresponde

si le corresponde cobrar 600€, cobraria la mitad

la jubilacion activa no sirve para cobrar el 100% de la pension mientras se trabaja, es seguir cotizando para llegar al 100% de tu cotizacion en tu pension, mientras le pagan el 50% de su pension actual


Lo que le han ofrecido a mi padre es cobrar el 50% de lo que le corresponda y seguir dado de alta de autónomo y poder trabajar... Lo que quiero saber yo es exactamente cuándo entrará en vigir la modalidad por la que puede estar cobrando el 100% en vez del 50%.., lo único que encuentro al respecto es esto:

El plazo para enmiendas a la Ley y propuestas de veto se ha marcado para el 12 de septiembre. La fecha de tramitación en el Senado está marcada para el 31 de octubre de 2017. Prácticamente un año después de que el Boletín Oficial de las Cortes Generales publicara la primera Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, allá por noviembre del año pasado.


Blueangel escribió:Por cierto, espero que estes empadronado en un lugar diferente al domicilio de tu padre, sino deberias de estar dado de alta de autónomo. Te lo digo, porque sino es así no tienes derecho a paro el día de mañana, además de tener que pagar todas las cuotas de autónomo en el caso de que te pillaran. Aunque me imagino que lo tengas bien mirado, ahí te dejo la información ;).

Lo de la ley de reformas, ten claro que hasta las próximas elecciones no empiecen a hacer cosas para salir en la foto.

Claro que estoy empadronado en otra casa.., es requisito para que me pudiera contratar.., gracias por comentarlo de todas formas.., no todo el mundo lo sabe jeeje







EDITO: vale parece que he encontrado algo más actual y parece ser que será en breve...

El próximo martes 10 de octubre, la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Senado encargada de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo dará su Dictamen sobre el nuevo texto legal que todos los autónomos están esperando desde hace ya casi un año. Tras ser aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados el pasado mes de junio de 2017, el texto ha pasado ya los trámites necesarios en el Senado para ver por fin su entrada en vigor, tras ser debatidas todas las enmiendas presentadas.

Será el próximo martes 10 de octubre cuando se espera que por fin sea aprobada en la Cámara Alta, para pasar ese mismo día a la Cámara Baja de nuevo y ser publicada en el BOE, presumiblemente el miércoles, entrando así en vigor el próximo jueves 12 de octubre. Este es el proceso normal que debería seguir, de manera que muchos de los artículos de la nueva normativa estarán ya vigentes a partir de la semana que viene. Ahora bien, otros tan importantes como la ampliación de la tarifa plana de 50 euros tendrán que esperar.
¿Cómo es eso de seguir trabajando y cobrar la jubilación?
Jurenito escribió:¿Cómo es eso de seguir trabajando y cobrar la jubilación?


Pues en principio siendo autónomo, estando en edad de jubilación y habiendo cotizado lo necesario y teniendo un empleado. Pero como aún no está en vigor no sé si habrá más cláusulas...
@Torres Como autonomo tienes opcion a paro.
13 respuestas