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La jueza argentina María Servini de Cubría que investiga los crímenes del franquismo desde un juzgado de Buenos Aires ha ordenado la detención y extradición de veinte personas que, según su investigación, estarían relacionadas con la represión franquista y también de los primeros años tras la muerte del dictador Francisco Franco. La sentencia de muerte de Salvador Puig Antich, el proceso de Burgos en 1970, los sucesos de Vitoria en marzo de 1976 y diversos episodios de supuestas torturas, asesinatos y represión.
Son veinte nombres entre los que destacan siete exministros del franquismo, antiguos miembros de las fuerzas de seguridad, jueces e incluso un ginecólogo. A Rodolfo Martín Villa se le acusa de ser responsable de los hechos que tuvieron lugar en Vitoria el 3 de marzo de 1976, la denominada ‘matanza de Vitoria’, donde la policía armada desalojó a trabajadores reunidos en una iglesia para después abrir fuego y dejar cinco muertos y más de un centenar de heridos. Por estos mismos hechos la jueza imputa y manda detener a otros exministros como Alfonso Osorio, así como al que fuera capitán de esta policía armada, Jesús Quintana.
amchacon escribió:No va a llegar a nada puestos que muchos estaran protegidos por la amnistía de 1977.
Rugal_kof94 escribió:amchacon escribió:No va a llegar a nada puestos que muchos estaran protegidos por la amnistía de 1977.
Amnistía dentro de España, no mundial.
ZACKO escribió:y así es como se descubre que seguimos en una dictadura encubierta...
Vamos realizar de verdad la transición y a eliminar a toda esa gentuza
La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
amchacon escribió:Rugal_kof94 escribió:amchacon escribió:No va a llegar a nada puestos que muchos estaran protegidos por la amnistía de 1977.
Amnistía dentro de España, no mundial.
Sí claro, pero esque lo tienen tan fácil como quedarse en españa.
Otra curiosa esque los crimenes estan prescritos, y en el código penal de esa epoca no estaban incluidos los crímenes contra la humanidad (y no se puede cambiar de forma retroactiva).
CyberDemon_98 escribió:Si hubiese justicia de verdad y no fuese todo una farsa, esos crimeres no prescribirian nunca. Vaya verguenza de justicia que permite que estos crimenes desaparezcan magicamenteVaya verguenza de pais, que defiende a toda esta escoria sin alma
El golpe triunfo, sin duda.
amchacon escribió:CyberDemon_98 escribió:Si hubiese justicia de verdad y no fuese todo una farsa, esos crimeres no prescribirian nunca. Vaya verguenza de justicia que permite que estos crimenes desaparezcan magicamenteVaya verguenza de pais, que defiende a toda esta escoria sin alma
El golpe triunfo, sin duda.
Y dale, me encanta cuando se sueltan todas esas cantinelas sin dar una sola justificación.
Yo te doy las justificaciones de porque no se les puede juzgar:
- Amnistía de los presos políticos en 1977.
- Código penal vigente de 1932 que no contemplaba los crimenes contra la humanidad. Al juzgarse por delitos individuales, muchos de estos prescriben.
Y la propia constitución nos impide juzgarlo en base a otra ley posterior. Si se te ocurre algún agujero legal diselo a las asociaciones de victimas para que hagan una querella a la AN.
amchacon escribió:Y dale, me encanta cuando se sueltan todas esas cantinelas sin dar una sola justificación.
Yo te doy las justificaciones de porque no se les puede juzgar:
- Amnistía de los presos políticos en 1977.
- Código penal vigente de 1932 que no contemplaba los crimenes contra la humanidad. Al juzgarse por delitos individuales, muchos de estos prescriben.
Y la propia constitución nos impide juzgarlo en base a otra ley posterior. Si se te ocurre algún agujero legal diselo a las asociaciones de victimas para que hagan una querella a la AN.
Quedan amnistiados:
a) Todos Ios actos de intencionalidad política, cualquiera que fuese su resultado, tipificados como delitos y faltas realizados con anterioridad al día quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis.
b) Todos los actos de la misma naturaleza realizados entre el quince de diciembre de mil novecientos setenta y seis y el quince de junio de mil novecientos setenta y siete, cuando en la intencionalidad política se aprecie además un móvil de restablecimiento de las libertades públicas o de reivindicación de autonomías de los pueblos de España.
c) Todos los actos de idéntica naturaleza e intencionalidad a los contemplados en el párrafo anterior realizados hasta el seis de octubre de mil novecientos setenta y siete, siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas.
ShadowCoatl escribió:Que tengan que venir los argentinos a darnos lecciones de moral y nosotros aquí en Feedback discutiendo si es permisible lamerle el culo a paquito.
jorge5150 escribió:Y aunque entraran en esa ley, van en contra de los tratados internacionales firmados por España que obligan a juzgar crímenes de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos. Y las leyes internacionales están por encima de las nacionales.
jorge5150 escribió:Y aunque entraran en esa ley, van en contra de los tratados internacionales firmados por España que obligan a juzgar crímenes de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos. Y las leyes internacionales están por encima de las nacionales.
CyberDemon_98 escribió:Porque en un papel se diga eso, no quiere decir que sea justo... Donde quedo el puto sentido comun en este puto mundo
CyberDemon_98 escribió:Y dale con lo mismo, que lo ponga en un papel que politicos se saltan cuando les viene en gana
amchacon escribió:jorge5150 escribió:Y aunque entraran en esa ley, van en contra de los tratados internacionales firmados por España que obligan a juzgar crímenes de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos. Y las leyes internacionales están por encima de las nacionales.
España tiene aplicados esos tratados en su código penal, pero esos tratados no están reflejados en el código penal de 1934.
El principio de no retroactividad de la constitución le impide margen de maniobra. Y esas de las secciones que da estabilidad jurídica, por lo que cambiarla no es viable.CyberDemon_98 escribió:Porque en un papel se diga eso, no quiere decir que sea justo... Donde quedo el puto sentido comun en este puto mundo
Vivimos en un estado de derecho, no se puede condenar a la gente "a dedo" según te convenga más o no.CyberDemon_98 escribió:Y dale con lo mismo, que lo ponga en un papel que politicos se saltan cuando les viene en gana
Empieza a citarme casos donde un político se ha saltado la constitución y en que artículo.
Otra cosa esque me digas de cambiarla. El problema esque el principio de noretroactividad da seguridad jurídica, sin él, el estado de derecho se viene abajo.
LLioncurt escribió:jorge5150 escribió:Y aunque entraran en esa ley, van en contra de los tratados internacionales firmados por España que obligan a juzgar crímenes de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos. Y las leyes internacionales están por encima de las nacionales.
Por desgracia, los tratados internacionales tampoco pueden tener carácter retroactivo y, además, SIEMPRE deben estar sometidos a la constitución española, siendo esta contraria a la retroactividad.
ARTÍCULO 7
1. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el Derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida.
2. El presente artículo no impedirá el juicio y el castigo de una persona culpable de una acción o de una omisión que, en el momento de su comisión, constituía delito según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas.
jorge5150 escribió:ARTÍCULO 7
1. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el Derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida.
2. El presente artículo no impedirá el juicio y el castigo de una persona culpable de una acción o de una omisión que, en el momento de su comisión, constituía delito según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas.
Para esto no vale la excusa de la retroactividad porque ya era delito según el derecho internacional de la época.
LLioncurt escribió:Pero no según la legislación española. Por eso, si algún país ajeno a España quiere juzgar a estas personas, bienvenido sea. Pero en España NO se las puede juzgar. El artículo no dice que HAYA QUE JUZGARLO. Sólo invalida el artículo anterior en algunos casos.
jorge5150 escribió:LLioncurt escribió:Pero no según la legislación española. Por eso, si algún país ajeno a España quiere juzgar a estas personas, bienvenido sea. Pero en España NO se las puede juzgar. El artículo no dice que HAYA QUE JUZGARLO. Sólo invalida el artículo anterior en algunos casos.
Era delito según las leyes internacionales, que están por encima de la legislación española. Sí dice que hay que juzgarlo, porque el artículo anterior no sirve en este caso.
Te repito que según lo que intentas decir, los alemanes tampoco podrían haber juzgado a los nazis puesto que entonces en su país no era delito matar judíos.
LLioncurt escribió:jorge5150 escribió:ARTÍCULO 7
1. Nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el Derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida.
2. El presente artículo no impedirá el juicio y el castigo de una persona culpable de una acción o de una omisión que, en el momento de su comisión, constituía delito según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas.
Para esto no vale la excusa de la retroactividad porque ya era delito según el derecho internacional de la época.
Pero no según la legislación española. Por eso, si algún país ajeno a España quiere juzgar a estas personas, bienvenido sea. Pero en España NO se las puede juzgar. El artículo no dice que HAYA QUE JUZGARLO. Sólo invalida el artículo anterior en algunos casos.
@Katxan, yo lo tengo claro, cambiaría la constitución para dejar claro que, aunque a las condenas no se las pueda aplicar retroactividad, eso no signifique que los delitos no puedan ser investigados e, incluso, juzgados, aunque la sentencia sea "Fulanito cometió este delito, aunque según la ley de amnistía de 1977 su delito queda automáticamente amnistiado". Por lo menos los familiares de las víctimas tendrían cierta sensación de que ALGO de justicia se ha hecho.
E insisto, países que se consideren con derecho para juzgar los crímenes del franquismo, bienvenidos sean.
Gaiden escribió:La jueza argentina María Servini de Cubría que investiga los crímenes del franquismo desde un juzgado de Buenos Aires ha ordenado la detención y extradición de veinte personas que, según su investigación, estarían relacionadas con la represión franquista y también de los primeros años tras la muerte del dictador Francisco Franco. La sentencia de muerte de Salvador Puig Antich, el proceso de Burgos en 1970, los sucesos de Vitoria en marzo de 1976 y diversos episodios de supuestas torturas, asesinatos y represión.
Son veinte nombres entre los que destacan siete exministros del franquismo, antiguos miembros de las fuerzas de seguridad, jueces e incluso un ginecólogo. A Rodolfo Martín Villa se le acusa de ser responsable de los hechos que tuvieron lugar en Vitoria el 3 de marzo de 1976, la denominada ‘matanza de Vitoria’, donde la policía armada desalojó a trabajadores reunidos en una iglesia para después abrir fuego y dejar cinco muertos y más de un centenar de heridos. Por estos mismos hechos la jueza imputa y manda detener a otros exministros como Alfonso Osorio, así como al que fuera capitán de esta policía armada, Jesús Quintana.
Noticia completa: http://cadenaser.com/ser/2014/10/31/tri ... 12567.html
Tienen que venir de fuera a sacarnos las vergüenzas pq aquí nuestros criminales se ponen de acuerdo para hacer pasar por alto crimenes contra la humanidad. A ver ahora qué se inventan los terroristas del ppsoe y cómo evitan esta mierda, que seguro lo harán.
CyberDemon_98 escribió:amchacon escribió:jorge5150 escribió:Y aunque entraran en esa ley, van en contra de los tratados internacionales firmados por España que obligan a juzgar crímenes de lesa humanidad y violaciones de los derechos humanos. Y las leyes internacionales están por encima de las nacionales.
España tiene aplicados esos tratados en su código penal, pero esos tratados no están reflejados en el código penal de 1934.
El principio de no retroactividad de la constitución le impide margen de maniobra. Y esas de las secciones que da estabilidad jurídica, por lo que cambiarla no es viable.CyberDemon_98 escribió:Porque en un papel se diga eso, no quiere decir que sea justo... Donde quedo el puto sentido comun en este puto mundo
Vivimos en un estado de derecho, no se puede condenar a la gente "a dedo" según te convenga más o no.CyberDemon_98 escribió:Y dale con lo mismo, que lo ponga en un papel que politicos se saltan cuando les viene en gana
Empieza a citarme casos donde un político se ha saltado la constitución y en que artículo.
Otra cosa esque me digas de cambiarla. El problema esque el principio de noretroactividad da seguridad jurídica, sin él, el estado de derecho se viene abajo.
Vivimos en un pais muy legal, sisobre todo las elites eh?
Necesitas pruebas? Nuse, mira el periodico, Espiña esta podrida asi que no me vengas con estas, no hay mas ciego que el que no quiere ver.
CyberDemon_98 escribió:Sabes perfectamente que esos asesinos deben ser juzgados, lo contrario es defenderlos. Tu los defiendes? Son esesinos
sator23 escribió:Gaiden escribió:La jueza argentina María Servini de Cubría que investiga los crímenes del franquismo desde un juzgado de Buenos Aires ha ordenado la detención y extradición de veinte personas que, según su investigación, estarían relacionadas con la represión franquista y también de los primeros años tras la muerte del dictador Francisco Franco. La sentencia de muerte de Salvador Puig Antich, el proceso de Burgos en 1970, los sucesos de Vitoria en marzo de 1976 y diversos episodios de supuestas torturas, asesinatos y represión.
Son veinte nombres entre los que destacan siete exministros del franquismo, antiguos miembros de las fuerzas de seguridad, jueces e incluso un ginecólogo. A Rodolfo Martín Villa se le acusa de ser responsable de los hechos que tuvieron lugar en Vitoria el 3 de marzo de 1976, la denominada ‘matanza de Vitoria’, donde la policía armada desalojó a trabajadores reunidos en una iglesia para después abrir fuego y dejar cinco muertos y más de un centenar de heridos. Por estos mismos hechos la jueza imputa y manda detener a otros exministros como Alfonso Osorio, así como al que fuera capitán de esta policía armada, Jesús Quintana.
Noticia completa: http://cadenaser.com/ser/2014/10/31/tri ... 12567.html
Tienen que venir de fuera a sacarnos las vergüenzas pq aquí nuestros criminales se ponen de acuerdo para hacer pasar por alto crimenes contra la humanidad. A ver ahora qué se inventan los terroristas del ppsoe y cómo evitan esta mierda, que seguro lo harán.
Entre ellos genocidas como Carrillo, que murieron sin pagar por sus crímenes.
sator23 escribió:Gaiden escribió:La jueza argentina María Servini de Cubría que investiga los crímenes del franquismo desde un juzgado de Buenos Aires ha ordenado la detención y extradición de veinte personas que, según su investigación, estarían relacionadas con la represión franquista y también de los primeros años tras la muerte del dictador Francisco Franco. La sentencia de muerte de Salvador Puig Antich, el proceso de Burgos en 1970, los sucesos de Vitoria en marzo de 1976 y diversos episodios de supuestas torturas, asesinatos y represión.
Son veinte nombres entre los que destacan siete exministros del franquismo, antiguos miembros de las fuerzas de seguridad, jueces e incluso un ginecólogo. A Rodolfo Martín Villa se le acusa de ser responsable de los hechos que tuvieron lugar en Vitoria el 3 de marzo de 1976, la denominada ‘matanza de Vitoria’, donde la policía armada desalojó a trabajadores reunidos en una iglesia para después abrir fuego y dejar cinco muertos y más de un centenar de heridos. Por estos mismos hechos la jueza imputa y manda detener a otros exministros como Alfonso Osorio, así como al que fuera capitán de esta policía armada, Jesús Quintana.
Noticia completa: http://cadenaser.com/ser/2014/10/31/tri ... 12567.html
Tienen que venir de fuera a sacarnos las vergüenzas pq aquí nuestros criminales se ponen de acuerdo para hacer pasar por alto crimenes contra la humanidad. A ver ahora qué se inventan los terroristas del ppsoe y cómo evitan esta mierda, que seguro lo harán.
Entre ellos genocidas como Carrillo, que murieron sin pagar por sus crímenes.
unilordx escribió:(que no todo el derecho es "justo" aunque deberia tender a serlo ni todo lo justo deberia ser derecho)
Hereze escribió:Resulta inviable juzgar ya todos aquellos delitos, de entrada porque se hicieron barbaridades para dar y tomar, simplemente la justicia sería totalmente incapaz de poderlo hacer, no hay medios suficientes ocmo para hacerlos, si ya tenemos los juzgados colapsados imaginaros si encima nos ponemos a juzgar los micles y miles de delitos graves que se cometieron desde que estalló la guerra civil hasta la reinstauración de la democracia, tendríamos que poner a todos los jueces y fiscales de este pais al servicio sólo de esto.
Si hoy en día cualquier crimen por asesinato puede durar meses y meses imaginaros ponernos ahora a juzgar miles y miles de casos.
Es una cuestión puramente de sentido común, no hay recursos suficientes como para hacerlo.
LLioncurt escribió:E insisto, las leyes internacionales están POR DEBAJO de la constitución española, que reconoce la irretroactividad de la justicia penal desfavorable.
red_powah82 escribió:Hereze escribió:Resulta inviable juzgar ya todos aquellos delitos, de entrada porque se hicieron barbaridades para dar y tomar, simplemente la justicia sería totalmente incapaz de poderlo hacer, no hay medios suficientes ocmo para hacerlos, si ya tenemos los juzgados colapsados imaginaros si encima nos ponemos a juzgar los micles y miles de delitos graves que se cometieron desde que estalló la guerra civil hasta la reinstauración de la democracia, tendríamos que poner a todos los jueces y fiscales de este pais al servicio sólo de esto.
Si hoy en día cualquier crimen por asesinato puede durar meses y meses imaginaros ponernos ahora a juzgar miles y miles de casos.
Es una cuestión puramente de sentido común, no hay recursos suficientes como para hacerlo.
No hay sentido común que justifique que no se procese a asesinos y torturadores que siguen vivos.
jorge5150 escribió:LLioncurt escribió:E insisto, las leyes internacionales están POR DEBAJO de la constitución española, que reconoce la irretroactividad de la justicia penal desfavorable.
Y dale con lo mismo... que para los crímenes contra la humanidad NO hay retroactividad que valga. La constitución alemana también prohibe la retroactividad (y prácticamente todos los países) y eso no les impide juzgar y condenar nazis. Por ejemplo:
http://www.publico.es/internacional/465 ... minal-nazi
http://www.elmundo.es/elmundo/2009/11/3 ... 80770.html
http://www.dw.de/alemania-espera-nueva- ... a-16802240
amchacon escribió:Creo que deberías leerte el libro que sacaron de falacias porque te estas luciendo.
Ad hominem + Hombre de paja.
LLioncurt escribió:Mezclas legislación española, internacional y ahora alemana. Desconozco como funciona la legislación en Alemania, si su constitución permite la retroactividad de crímenes del nazismo o si estos son juzgados como crímenes comunes o crímenes contra la humanidad. En cualquier caso, esto es independiente de la legislación española.
Explícame como España puede juzgar según tratado internacional un delito cuando la constitución no permite la retroactividad y siendo la Constitución una ley de mayor rango que cualquier legislación internacional.
Artículo 10 de la constitución:
Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
jorge5150 escribió:España no juzga los crímenes franquistas porque no le da la gana y punto. Los franquistas siguen controlando la justicia y al que intente hacer algo se lo cargarán como hicieron con Garzón. Pero no hay justificación legal posible.
jorge5150 escribió:La constitución no está por encima de los tratados internacionales, sus normas tienen que ser interpretadas de acuerdo a ellos:LLioncurt escribió:Mezclas legislación española, internacional y ahora alemana. Desconozco como funciona la legislación en Alemania, si su constitución permite la retroactividad de crímenes del nazismo o si estos son juzgados como crímenes comunes o crímenes contra la humanidad. En cualquier caso, esto es independiente de la legislación española.
Explícame como España puede juzgar según tratado internacional un delito cuando la constitución no permite la retroactividad y siendo la Constitución una ley de mayor rango que cualquier legislación internacional.