hi-ban escribió:El articulo 197 bis dice que es ilegal interceptar transmisiones "NO PUBLICAS".
Ahora bien, si las redes wi-fi eran abiertas, no se yo cuanto de "no publicas" tendrían esas transmisiones.
A ver si ahora va a haber que explicar las cosas igual que con el software libre.
De igual manera que el software libre != gratis; Wifi abierta != pública.
Una Wifi abierta puede ser perfectamente privada. De uso privado, si lo entiendes así mejor. El que esté abierta, que puede ser por diferentes motivos, no significa que tú, automáticamente, tengas derecho a entrar en ella, inspeccionar el tráfico, etc.
Yo también puedo dejar la puerta de casa abierta, y eso no quiere decir que te invite a entrar.
¿Que cada uno lo puede entender como quiera? Pues también. No te lo voy a negar, pero lo que hizo Google, de una u otra manera, es una marranada.
Y lo de de que Google no hiciera tratamiento de datos personales
especialmente protegidos, no se sabe, en efecto , porque no se sabe qué capturó, pero se apropiaba del tráfico de datos de esa red porque sí, y con eso sí hacía tratamiento de datos, aunque en la práctica sólo fueran el SSID, MAC, que ya es mucho, pero es que tampoco sabemos qué más capturó y guardó.
@Julichi La AEPD no es una empresa privada, es un ente público para hacer valer la ley de protección de datos. Entiéndelo si quieres como la policía de los datos. Y su funcionamiento lo pagas tú con tus impuestos.
Como siempre, en estas cosas, podremos dudar de a dónde va a parar el dinero que se recauda por las multas, pero, en principio, no es para quedárselo ellos en tu nombre. Obviamente hay que pagar sueldos, y usarán las multas para pagarlo, faltaría más, pero mejor tirar de las multas que de más impuestos.
Lo de si se gestiona bien y tal, bueno, eso ya es otra discusión que ya sabemos a dónde nos lleva