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"Una agresión a una persona de ideología nazi, o la incitación al odio hacia tal colectivo, puede ser incluida en este tipo de delitos [de odio]". Esta frase pertenece a la circular que ha emitido la Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo, con pautas e instrucciones para que los fiscales de todo el Estado interpreten el delito de odio regulado en el 510 del Código Penal. La frase, que se encuentra en la página 23 del documento, ha despertado las alertas del mundo jurídico. Y es que, cabe recordar, la figura de los delitos de odio se creó para proteger a colectivos vulnerables y tradicionalmente discriminados por razones de tipo racista, ideológicas, de orientación sexual, de origen étnico o de género, entre otros. En este sentido, la circular integra a los nazis como posibles víctimas de un delito de odio por razones ideológicas.
"Me preocupa que la circular cite como ejemplo de ideología política merecedora de protección al nazismo, cuando precisamente se trata de la ideología que propugna el odio contra todos los colectivos mencionados en la circular", denuncia Daniel Amelang, de Red Jurídica, que denuncia que esta decisión de la Fiscalía "pervierte el espíritu de los delitos de odio".
La abogada penalista y defensora de los derechos humanos Laia Serra también denuncia este apartado de la circular, que califica de "aberrante". En opinión de Serra, el problema de la circular de la Fiscal es que parte de "una lógica que es propia de los modelos neoliberales que despolitizan y banalizan las violencias contra los colectivos subalternos". Por ejemplo, Serra señala que no tiene sentido proteger la categoría de "color de piel" para ofrecer la misma protección a las personas blancas que a las racializadas ya que así se reproduce la discriminación.
"Trata igual a sujetos que se encuentran en desigualdad estructural y no eso no puede ser así. Desvirtúa completamente el origen y la función que cumplen los delitos de odio", expresa esta jurista a Público, que denuncia que la Fiscalía vive en "una contradicción fundamental": "Los delitos de odio protegen una cosa, a los colectivos discriminados, o protegen a otra, a todos los colectivos. No pueden proteger a las dos partes. Hay otras herramientas jurídicas para defender a los que no están incluidos en la categoría de delitos de odio. Pero la lógica que sigue la Fiscalía banaliza y desvirtúa el delito de odio. Es un recorrido muy peligroso".
Los expertos consultados por este periódico denuncian que la circular de la Fiscalía, en su defensa de una democracia no militante, como es la española, tal y como estableció el Tribunal Constitucional, cae en una "equidistancia insoportable que protege por igual al nazi que al discapacitado o al inmigrante", denuncia la jurista Isabel Elbal, del despacho Boye & Elbal.
"La interpretación que la Fiscalía hace de los delitos de odio está absolutamente apartada de los parámetros internacionales que dice recoger. El delito de odio nació para proteger a los colectivos vulnerables y debe combatir con energía cualquier tipo de discurso que ahonde en su discriminación o criminalización. En su lugar, esta circular se muestra equidistante y, lo que es peor, llega a amparar al colectivo nazi", denuncia Elbal.
Aragornhr escribió:Al fin y al cabo, la ley tiene que ser igual para todos. Si protege a los musulmanes que lapidan mujeres, les ponen burkhas y muchas otras barbaridades ¿Por qué no a los nazis?
Que este bien o mal ya es otro debate.
Trata igual a sujetos que se encuentran en desigualdad estructural y no eso no puede ser así
¿Por qué tienen que tener éstas personas derecho a la libertad de expresión cuando buscan precisamente pervertirla y su ideología se basa en la limpieza de razas que no sean la aria?
baronluigi escribió:@Noriko Tus mensajes, llenos de odio, contra la izquierda, no parecen molestarte.
@vicodina El problema estária, en el baremo que se utilice, para delimitar lo que es y lo que no es delito.
@Nuku nuku Con ésta norma, sería delito de odio, insultar a los terroristas, por ejemplo.
Noriko escribió:
Pues los mismos que los tuyos contra la derecha, la diferencia aqui es que tu y yo somos donnadie y los que se meten con cierto partido de derechas e incitan al odio son los medios de comunicación pero aqui no pasa nada, hay carta blanca
Aragornhr escribió:Al fin y al cabo, la ley tiene que ser igual para todos. Si protege a los musulmanes que lapidan mujeres, les ponen burkhas y muchas otras barbaridades ¿Por qué no a los nazis?
Que este bien o mal ya es otro debate.
1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses:
a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
b) Quienes produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad.
c) Públicamente nieguen, trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores, cuando se hubieran cometido contra un grupo o una parte del mismo, o contra una persona determinada por razón de su pertenencia al mismo, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, la situación familiar o la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad, cuando de este modo se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mismos.
En el ámbito nacional, la STC nº 235/2007, de 7 de noviembre, después de
afirmar que la doctrina del TEDH define el discurso del odio como “aquél
desarrollado en términos que supongan una incitación directa a la violencia
contra los ciudadanos en general o contra determinadas razas o creencias en
particular”, exige la presencia de, al menos, un “peligro potencial para los
bienes jurídicos tutelados por la norma” o una “incitación indirecta a la comisión
de delitos” o una “provocación de modo mediato a la discriminación, al odio o a
la violencia”, como elementos necesarios para considerar “constitucionalmente
legítimo” castigar penalmente las conductas del negacionismo y de la difusión
de ideas que justifiquen el genocidio, respectivamente.
Con posterioridad la STS nº 259/2011, de 12 de abril, incidió en esta exigencia,
al destacar que la difusión de ideas o doctrinas excluyentes son perseguibles
penalmente en cuanto que suponen “un peligro cierto de generar un clima de
hostilidad que pueda concretarse en actos específicos de violencia, odio o
discriminación contra determinados grupos o sus integrantes como tales”.
En primer lugar, la posibilidad de que se manifieste en una pluralidad de
conductas. Aquí se engloban, con carácter general, la promoción o difusión de
ideas u opiniones; la emisión de expresiones o realización de actos de
menosprecio, descrédito o humillación; o que inciten a la violencia física o
psíquica; el enaltecimiento de ese tipo de hechos o de sus autores; o la
justificación, trivialización o negación de graves actos contra la humanidad.
En segundo lugar, la relevancia de esa conducta. No se persiguen las meras
ideas u opiniones, sino sólo aquellas conductas que infrinjan el bien jurídico
protegido o que sean susceptibles de generar un riesgo o peligro para el
mismo.
En tercer lugar, la motivación discriminatoria. Se trata de un elemento
absolutamente esencial, que lo distingue de cualquier otra figura delictiva. No
toda agresión es delito de odio, aunque denote un cierto desprecio hacia la
víctima. La conducta ha de estar orientada hacia la discriminación como
expresión de la intolerancia excluyente frente a un determinado grupo o sus
integrantes. Lo que se sanciona es el odio que denota una cosificación de otro
ser humano, un desprecio hacia su dignidad, por el mero hecho de ser
diferente.
En ese contexto, el discurso del odio pretende dotar de una apariencia de
legitimidad, coherencia, necesidad o justificación, a todo trato discriminatorio de
una persona que, como víctima de esa manifestación de odio, no puede ser
marginada en favor de una supuesta libertad de expresión de una persona que
carece de la más elemental consideración hacia otro miembro de su misma
especie. Dicho de otra forma, la libertad de expresión no puede situarse por
encima de la dignidad de otro ser humano.
nERon93 escribió:La ideologia nazi se basa en el odio, de entrada no debería estar permitida si tanta condena conlleva el delito de odio y/o incitación.
baronluigi escribió:@Noriko Tus mensajes, llenos de odio, contra la izquierda, no parecen molestarte.
@vicodina El problema estária, en el baremo que se utilice, para delimitar lo que es y lo que no es delito.
@Nuku nuku Con ésta norma, sería delito de odio, insultar a los terroristas, por ejemplo.
Noriko escribió:
Pues los mismos que los tuyos contra la derecha, la diferencia aqui es que tu y yo somos donnadie y los que se meten con cierto partido de derechas e incitan al odio son los medios de comunicacion pero aqui no pasa nada, hay carta blanca
Según Abascal, la ley quiere “amordazar” a Vox y ha llegado a asegurar que: "Quieren perseguir la opinión". "Como le está ocurriendo a nuestro secretario general Javier Ortega, al que está investigando la Fiscalía por haber dicho que estamos en contra de la invasión islamista; es decir, de aquellos que quieren imponer la sharia. Nosotros no nos vamos a callar. No solo eso. El día que gobernemos vamos a acabar con esas leyes que nos quieren amordazar e intentaremos que haya otras leyes para perseguir a los cómplices de la invasión islamista en España”, ha continuado.
2. Teniendo que arar con estos bueyes, y dado que el Constitucional no se atreve a declarar la nulidad del artículo, el propio Constitucional y la Fiscalía se ven obligados a sudar la gota gorda para forzar la letra de la ley para adecuarla a un estado democrático mínimamente garantista.
Hay pocas ideologías que no se basen en el odio de una forma más o menos directa o remota, lo que pasa es que algunas lo disimulan mejor que otras.
baronluigi escribió:Noriko escribió:
Pues los mismos que los tuyos contra la derecha, la diferencia aqui es que tu y yo somos donnadie y los que se meten con cierto partido de derechas e incitan al odio son los medios de comunicación pero aqui no pasa nada, hay carta blanca
No me digas chorradas. Una cosa es criticar a la derecha o la izquierda. No hay ningún problema en que abras debate sobre ello, porque la izquierda actual, tiene que mejorar en muchos aspectos. Y otra, escribir parrafadas que parecen soflamas.
En los años que llevo aquí, nunca he visto un mensaje tuyo, que apueste por el debate e intercambio de ideas. Solo, hablar de tú libro, el y tú más y fuera.
¿Criticar y reprochar cosas a la izquierda? Lo veo lícito y correcto. Echar sapos y culebras y cerrarse en banda, eso ya es harina de otro costal.
@Nuku nuku A mí, el delito de odio me parece una sobrada bastante grande, porque la ley, puede retorcese de una manera inimaginable.
Y a su vez, estamos está permitiendo blanquear conceptos extremistas.
Bauer8056 escribió:@ShadowCoatl No sé dónde has visto que yo haya pedido respeto por la ideología nazi
La legislación alemana no permite las consignas nazis ni la exhibición de sus símbolos y, mucho menos, afirmaciones favorables a Hitler y el nazismo en televisión. La apología del genocidio y su negación también están castigadas por ley. El artículo 86 del Código Penal alemán es absolutamente claro en este sentido:
"Quien distribuya en el interior medios de propaganda [de organizaciones anticonstitucionales o asociaciones que se dirijan "contra los principios del entendimiento de los pueblos"] o los produzca para su divulgación en el país o en el exterior; los tenga disponibles, los introduzca o los exporte, o los haga accesibles públicamente en archivos de datos electrónicos (...) será castigado con pena privativa de la libertad hasta por tres años o con multa".
Tampoco en Italia tienen los fascistas vía libre. Dos leyes, una de 1952 y otra de 1993 recogían castigos para el fascismo y su apología, pero apenas se aplicaban porque los jueces limitaban su articulado a casos en los que fuese evidente la intención de resucitar el Partido Fascista.
De esa manera, el saludo fascista de grupos de tifosi en los campos de fútbol o la peregrinación anual de nostálgicos a Predappio, el pueblo donde está enterrado Mussolini, quedaban sin castigo. Hasta la inclusión del artículo 293 bis en el Código Penal, que endureció en 2017 las penas para los transgresores de las normas y recoge ahora castigos de hasta cuatro años de prisión para los delitos de "apología del fascismo" y "reconstrucción del partido fascista".
El Código Penal español recoge los delitos de incitación al odio, discriminación o violencia y justificación del genocidio, pero no hace mención a la apología del franquismo y el fascismo. La Ley de Memoria Histórica de 2007, que recoge la retirada de todos los "escudos, insignias, placas y otros objetos" de exaltación franquista de los edificios y espacios públicos, tampoco hace referencia alguna a la apología del franquismo o la dictadura.
En octubre de 2013, el Partido Popular en solitario tumbó una iniciativa de CiU, PSOE, IU, UPyD y UPN que instaba al Gobierno a la "tipificación de conductas que impliquen apología del franquismo, el fascismo, el totalitarismo o el nazismo". En octubre de 2017, En Comú Podem registró en el Congreso otra iniciativa para pedir que la exaltación y la apología del franquismo sean tipificados como delitos, pero siguen sin entrar en el Código Penal.
donde he mencionado yo a VOX?
Noriko escribió:Hacia los nazis si, pero la incitacion al odio hacia ciertos partidos de derechas no, todo ok
Garru escribió:Yo no odio al nazi, mas bien me da lástima que se le haya educado de esa forma, curiosamente en el odio, yo odio la ideología, al nazi se le puede educar en lo contrario y Alemania tiene buenos resultados en eso, reeducar.
ShadowCoatl escribió:
@Norikodonde he mencionado yo a VOX?
Noriko escribió:Hacia los nazis si, pero la incitacion al odio hacia ciertos partidos de derechas no, todo ok
Sí perdona, supongo que hablabas del PACMA o de los Verdes.
ShadowCoatl escribió:Bauer8056 escribió:@ShadowCoatl No sé dónde has visto que yo haya pedido respeto por la ideología nazi
He hablado de la gente en general, no he dicho que lo hicieras tú específicamente.
Simplemente reafirmo la razón por la que la Fiscalía ha sudado la gota gorda por reformar esa ley. Porque sabe que el pensamiento aquí aunque no sea mayoritario sigue siendo MUY atrasado. Entiendo fríamente y sobre el papel que no disciernan a nadie por hacer la ley igual para todos.
La diferencia está, en que otros países de Europa sí han legislado en contra de sus propios errores históricos.La legislación alemana no permite las consignas nazis ni la exhibición de sus símbolos y, mucho menos, afirmaciones favorables a Hitler y el nazismo en televisión. La apología del genocidio y su negación también están castigadas por ley. El artículo 86 del Código Penal alemán es absolutamente claro en este sentido:
"Quien distribuya en el interior medios de propaganda [de organizaciones anticonstitucionales o asociaciones que se dirijan "contra los principios del entendimiento de los pueblos"] o los produzca para su divulgación en el país o en el exterior; los tenga disponibles, los introduzca o los exporte, o los haga accesibles públicamente en archivos de datos electrónicos (...) será castigado con pena privativa de la libertad hasta por tres años o con multa".Tampoco en Italia tienen los fascistas vía libre. Dos leyes, una de 1952 y otra de 1993 recogían castigos para el fascismo y su apología, pero apenas se aplicaban porque los jueces limitaban su articulado a casos en los que fuese evidente la intención de resucitar el Partido Fascista.
De esa manera, el saludo fascista de grupos de tifosi en los campos de fútbol o la peregrinación anual de nostálgicos a Predappio, el pueblo donde está enterrado Mussolini, quedaban sin castigo. Hasta la inclusión del artículo 293 bis en el Código Penal, que endureció en 2017 las penas para los transgresores de las normas y recoge ahora castigos de hasta cuatro años de prisión para los delitos de "apología del fascismo" y "reconstrucción del partido fascista".
Lo que pasa con ésto, es que discrepo contigo en que eso sólo lo decide un juez. Esa gente de la foto que he puesto dice abiertamente y expone que es nazi. Eso es impepinable y motivo de cárcel en otros países.
¿Pero qué pasa en nuestra amada España?El Código Penal español recoge los delitos de incitación al odio, discriminación o violencia y justificación del genocidio, pero no hace mención a la apología del franquismo y el fascismo. La Ley de Memoria Histórica de 2007, que recoge la retirada de todos los "escudos, insignias, placas y otros objetos" de exaltación franquista de los edificios y espacios públicos, tampoco hace referencia alguna a la apología del franquismo o la dictadura.
En octubre de 2013, el Partido Popular en solitario tumbó una iniciativa de CiU, PSOE, IU, UPyD y UPN que instaba al Gobierno a la "tipificación de conductas que impliquen apología del franquismo, el fascismo, el totalitarismo o el nazismo". En octubre de 2017, En Comú Podem registró en el Congreso otra iniciativa para pedir que la exaltación y la apología del franquismo sean tipificados como delitos, pero siguen sin entrar en el Código Penal.
Que cada uno saque las conclusiones que quiera. Supongo que todos éstos países europeos para ellos son censuradores e intolerantes.
@Norikodonde he mencionado yo a VOX?
Sí perdona, supongo que hablabas del PACMA o de los Verdes.
ShadowCoatl escribió:Remarquemos, primeramente, que la Fiscalía habla de la incitación al odio. No habla de agresiones y de delitos contra ellos. Hablamos de gente con ideología nazi, no de partidos políticos específicamente. De gente que sale con la bandera del pollo a la calle y hace el saludo y franquistas.
La Fiscal General del Estado distribuye una circular con pautas para interpretar el delito de odio que regula el artículo 510 del Código Penal que, según denuncian varios juristas, pervierte "el espíritu de los delitos de odio" al citar "al nazismo como ideología política merecedora de protección"."Una agresión a una persona de ideología nazi, o la incitación al odio hacia tal colectivo, puede ser incluida en este tipo de delitos [de odio]". Esta frase pertenece a la circular que ha emitido la Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo, con pautas e instrucciones para que los fiscales de todo el Estado interpreten el delito de odio regulado en el 510 del Código Penal. La frase, que se encuentra en la página 23 del documento, ha despertado las alertas del mundo jurídico. Y es que, cabe recordar, la figura de los delitos de odio se creó para proteger a colectivos vulnerables y tradicionalmente discriminados por razones de tipo racista, ideológicas, de orientación sexual, de origen étnico o de género, entre otros. En este sentido, la circular integra a los nazis como posibles víctimas de un delito de odio por razones ideológicas.
"Me preocupa que la circular cite como ejemplo de ideología política merecedora de protección al nazismo, cuando precisamente se trata de la ideología que propugna el odio contra todos los colectivos mencionados en la circular", denuncia Daniel Amelang, de Red Jurídica, que denuncia que esta decisión de la Fiscalía "pervierte el espíritu de los delitos de odio".
La abogada penalista y defensora de los derechos humanos Laia Serra también denuncia este apartado de la circular, que califica de "aberrante". En opinión de Serra, el problema de la circular de la Fiscal es que parte de "una lógica que es propia de los modelos neoliberales que despolitizan y banalizan las violencias contra los colectivos subalternos". Por ejemplo, Serra señala que no tiene sentido proteger la categoría de "color de piel" para ofrecer la misma protección a las personas blancas que a las racializadas ya que así se reproduce la discriminación."Trata igual a sujetos que se encuentran en desigualdad estructural y no eso no puede ser así. Desvirtúa completamente el origen y la función que cumplen los delitos de odio", expresa esta jurista a Público, que denuncia que la Fiscalía vive en "una contradicción fundamental": "Los delitos de odio protegen una cosa, a los colectivos discriminados, o protegen a otra, a todos los colectivos. No pueden proteger a las dos partes. Hay otras herramientas jurídicas para defender a los que no están incluidos en la categoría de delitos de odio. Pero la lógica que sigue la Fiscalía banaliza y desvirtúa el delito de odio. Es un recorrido muy peligroso".
Los expertos consultados por este periódico denuncian que la circular de la Fiscalía, en su defensa de una democracia no militante, como es la española, tal y como estableció el Tribunal Constitucional, cae en una "equidistancia insoportable que protege por igual al nazi que al discapacitado o al inmigrante", denuncia la jurista Isabel Elbal, del despacho Boye & Elbal.
"La interpretación que la Fiscalía hace de los delitos de odio está absolutamente apartada de los parámetros internacionales que dice recoger. El delito de odio nació para proteger a los colectivos vulnerables y debe combatir con energía cualquier tipo de discurso que ahonde en su discriminación o criminalización. En su lugar, esta circular se muestra equidistante y, lo que es peor, llega a amparar al colectivo nazi", denuncia Elbal.
Es más, el Tribunal Constitucional dicta en una sentencia claramente que "...la provocación al odio hacia determinados grupos definidos mediante la referencia a su color, raza, religión u orignal nacional o étnico, de tal manera que represente un cierto peligro de generar un clima de violencia y hostilidad que puede concretarse en actos específicos de discriminación."
Y ahora digo yo... ¿Qué derecho tiene ésta gente a ser respetada? Que no agredida. ¿Que hay que proteger de su ideología? ¿Está mal entonces discriminar a alguien por ser abiertamente nazi? ¿Por qué tienen que tener éstas personas derecho a la libertad de expresión cuando buscan precisamente pervertirla y su ideología se basa en la limpieza de razas que no sean la aria?
En Alemania, es ilegal cualquier tipo de ideología o simbolismo nazi, incluso te puedes meter en serios problemas si te pones a hacer el saludo por ahí. La apología al nazismo es delito. Se averguenzan muchísimo de ello. ¿Es Alemania nazi ahora por no permitir la apología al nazismo?
¿Hemos llegado a la época en la que las personas racistas y nazis condenan que les limiten el derecho de expresión?
Nota: Si queréis hablar de VOX, de Podemos, de partidos nazis o de la invasión de musulmanes que según algunos estamos sufriendo o del sexo de los ángeles que sea de política, al hilo de las elecciones.
Fuente:
https://www.publico.es/politica/delitos ... mpaign=web
Hadesillo escribió:Cada vez se cortan menos.
sexto escribió:@Noriko Sólo por curiosidad, ¿de qué partido hablabas?
Hadesillo escribió:Cada vez se cortan menos.
sexto escribió:@Noriko Sólo por curiosidad, ¿de qué partido hablabas?
angelillo732 escribió:Aragornhr escribió:Al fin y al cabo, la ley tiene que ser igual para todos. Si protege a los musulmanes que lapidan mujeres, les ponen burkhas y muchas otras barbaridades ¿Por qué no a los nazis?
Que este bien o mal ya es otro debate.
Dudo mucho que la ley proteja a alguien que asesina.
Aragornhr escribió:angelillo732 escribió:Aragornhr escribió:Al fin y al cabo, la ley tiene que ser igual para todos. Si protege a los musulmanes que lapidan mujeres, les ponen burkhas y muchas otras barbaridades ¿Por qué no a los nazis?
Que este bien o mal ya es otro debate.
Dudo mucho que la ley proteja a alguien que asesina.
Vale, dejame que reescriba mi frase
Al fin y al cabo la ley tiene que ser igual para todos. Si protege a los musulmanes que están a favor de lapidar a las mujeres por adulterio, a favor de que vayan con burkha y otras muchas mas barbaridades ¿Por qué no a los nazis? ¿O te parece aceptable ese tipo de pensamiento y el de los nazis no?
¿Mejor así?
Noriko escribió:sexto escribió:@Noriko Sólo por curiosidad, ¿de qué partido hablabas?
Hablaba de varios no solo de uno, por eso he dicho "partidos" y no he concretado ninguno
ShadowCoatl escribió:En Alemania, es ilegal cualquier tipo de ideología o simbolismo nazi, incluso te puedes meter en serios problemas si te pones a hacer el saludo por ahí. La apología al nazismo es delito. Se averguenzan muchísimo de ello. ¿Es Alemania nazi ahora por no permitir la apología al nazismo?
ShadowCoatl escribió:¿Hemos llegado a la época en la que las personas racistas y nazis condenan que les limiten el derecho de expresión?
ShadowCoatl escribió:Si alguien ve normal que ésta gentuza tenga derecho a manifestarse y no se les caiga la cara de verguenza de hablar de censura (Y la legislación de otros países lo respalda.) realmente no tengo mucho más que debatir. Qué verguenza.
Valmont escribió:Quien con monstruos lucha cuide de convertirse a su vez en monstruo.
F. Nietzsche