La incoherencia de la legislación europea de OMG y cómo puede volver obsoleta nuestra agricultura

Hace unos días desarrollé un hilo en twitter con el que intentaba explicar las diferencias entre organismos transgénicos y organismos editados genéticamente, por ejemplo con las herramientas CRISPR. Son conceptos que habitualmente se confunden, pero que conviene conocer, pues de la confusión derivan bastantes de los problemas administrativos y legales que tenemos aquí en Europa en estos momentos. El hilo tuvo bastante repercusión y he decidido convertirlo en un artículo aquí en este blog de Naukas, donde podré aportar todos los matices e información complementaria que la red social de mensajes de 280 caracteres no permite.

En ciencia las opiniones no importan. Son los hechos, los datos, lo que realmente importa. Podemos opinar que nuestro planeta es esférico o plano, pero la Tierra seguirá siendo una esfera, ligeramente achatada por los polos y ligeramente abultada por el ecuador, pero una esfera. Nos puede parecer que la velocidad de la luz en el vacío es demasiado alta, o demasiado baja, pero el valor aproximado de 300,000 km/s seguirá siendo válido y utilizándose como una de las constantes universales. Nos guste más o menos. Lo expresaba de manera muy directa el astrofísico y divulgador Neil deGrasse Tyson, en su famosa frase: «The good thing about science is that it’s true whether or not you believe in it» (Lo bueno de la ciencia es que es verdad, creas o no en ello).

Lo que parece incuestionable en áreas del saber como la física suele ser sin embargo objeto constante de debate en otras disciplinas, como la biología. Conceptos como el de transgénesis o los transgénicos se usan y aplican inopinadamente en muchas situaciones, vengan o no a cuento. Y es importante aclararlo. Un organismo (animal/planta/hongo/bacteria…) transgénico es aquel al que le hemos añadido un gen nuevo, que, por ejemplo, puede ser de la propia especie. Como la recuperación que se observa de la pigmentación en ratones al añadir el gen de tirosinasa activo sobre animales albinos, que son mutantes para ese gen. En la primera figura que aparece debajo de este texto se puede observar que al añadir una copia funcional de ese gen complementamos el déficit de tirosinasa causado por la presencia de una mutación en ese gen en los ratones albinos.
Un animal transgénico es aquel al que le hemos añadido un gen (que puede ser de la misma especie) para complementar una función génica que no está operativa, como la corrección del albinismo en estos ratones mutantes en el gen de la tirosinasa. Los ratones transgénicos recuperan la pigmentación al haber adquirido la copia funcional del gen de la tirosinasa. Esquema: Lluís Montoliu

En el ejemplo aparecen ratones, pero sería exactamente igual si estuviéramos hablando de hongos, de plantas o de bacterias. A una planta de tomate se le añade un gen externo que le aporta unas características nuevas y esa planta de tomate resultante es transgénica, y al fragmento de ADN incorporado lo llamaremos transgén. A veces, el gen externo o transgén que le añadimos al organismo proviene de otra especie, como el gen GFP (siglas en inglés del gen de la Proteína Verde Fluorescente, Green Fluorescent Protein) de la medusa Aequorea victoria (que brilla en la oscuridad para atraer a sus presas y aturdirlas con sus tentáculos) que confiere una fluorescencia verde característica a los organismos transgénicos resultantes. Estos ratones verdes fluorescentes, que se muestran en la siguiente imagen son muy útiles en experimentos de biomedicina regenerativa, dado que todas sus células son verdes, y se les puede seguir la pista en otro individuo (en experimentos de trasplantes) muy fácilmente. Los investigadores descubridores de la GFP recibieron el Premio Nobel de Química en 2008.
Ratón transgénico al incorporar el gen (transgen) GFP de la medusa A. victoria, que le permite producir esa fluorescencia verde característica. Esquema: Lluís Montoliu

Todos estos organismos a los que se les ha añadido deliberadamente un gen externo son transgénicos. Ahora bien, desde 2013 conocemos la tecnología CRISPR de edición genética que permite editar y cambiar a voluntad cualquier letra de cualquier gen de cualquier organismo. Por ejemplo, cambiando una C por una G del gen tirosinasa generamos ratones albinos editados genéticamente, porque la G produce un cambio en la proteína codificada que ya no es funcional. O, si por el contrario, editamos con CRISPR la G del gen de tirosinasa de un ratón albino podemos restaurar la C que corresponde a la variante genética funcional del gen, y recuperar la función del mismo y la pigmentación del ratón. Estos dos últimos ejemplos son ratones (organismos) editados genéticamente, pero no son organismos transgénicos. No hemos insertado ningún gen, tan solo hemos modificado la secuencia genética de un gen propio de la especie, de un gen del ratón, en su ubicación natural en el genoma. No son ratones transgénicos, son ratones editados genéticamente. No importa nuestra opinión.
Editando el gen de la tirosinasa en un ratón pigmentado y substituyendo una C por una G mediante CRISPR generamos un ratón editado genéticamente y albino. Esquema: Lluís Montoliu.
Editando el gen de la tirosinasa en un ratón albino y substituyendo una G por una C mediante CRISPR generamos un ratón editado genéticamente y pigmentado. Esquema: Lluís Montoliu.

La edición genética nos permite modificar, a voluntad, cualquier posición de cualquier gen de cualquier organismo. Las herramientas CRISPR hacen que esta edición genética sea sencilla, asequible y realizable. Pero es importante darse cuenta que no estamos añadiendo ningún gen externo, por lo tanto no se trata de organismos transgénicos. Tan solo estamos modificando alguna letra del gen de interés, bien sea para inactivarlo o para reactivarlo, como se muestra en los ejemplos con ratones. Lo mismo ocurriría si se tratara de plantas, hongos o bacterias. Y, quizás para sorpresa de muchos, una vez editado genéticamente con CRISPR un gen y, por ejemplo, restaurada su variante genética funcional (la C en el gen de tirosinasa) resulta científicamente imposible distinguir un organismo editado de su homólogo silvestre. En lo relativo a este gen los individuos son genéticamente idénticos. No se pueden diferenciar con ningún test analítico.
Un ratón pigmentado silvestre y un ratón editado genéticamente con la variante funcional del gen de la tirosinasa son genéticamente idénticos. Esquema: Lluís Montoliu.

El motivo de preparar este artículo es para intentar explicar con sencillez el absurdo que representa en 2019 aplicar una Directiva Europea (2001/18/CE) que se gestó en los 90 y que entró en vigor en 2001, 12 años antes de que se descubriera la tecnología CRISPR, que no se empezó a utilizar hasta el año 2013. Los organismos editados no son transgénicos. Opinemos lo que queramos opinar. Claro que también pueden obtenerse organismos trangénicos con la tecnología CRISPR, si usamos la edición genética para introducir nuevos genes. Pero, generalmente, las técnicas CRISPR se usan para inactivar o modificar sutilmente genes propios de la especie, replicando y trasladando variantes existentes entre diferentes razas o variedades. Si se usan para añadir genes entonces sí que estaríamos hablando de organismos editados y transgénicos.

Naturalmente, el trasiego de estas variantes genéticas también podría haberse obtenido mediante cruces y selección genética, a la manera tradicional, que es la que se han usado los mejoradores genéticos desde hace muchos años. Pero nos llevaría muchísimas generaciones, no solo movilizar la variante deseada sino segregar cualquier otro carácter genético arrastrado que no deseáramos, que es el principal problema de la mejora genética clásica. Lo que conseguimos con la edición genética con CRISPR es realizar este traslado o trasiego de variantes genéticas entre razas o variedades animales/vegetales de forma mucho más precisa, limpia y controlada. Mucho más que con los métodos de mutagénesis tradicionales (radiación, agentes químicos que alteran el ADN,…) considerados seguros por la misma Directiva Europea 2001/18/CE.

La irradiación o mutagénesis química que causan numerosas mutaciones en el genoma de plantas han sido el origen de muchas variedades que tenemos hoy en día en el supermercado. Se pueden revisar más de 3,300 variedades obtenidas por mutagénesis tradicional en esta base de datos de la Agencia Internacional de Energia Atómica. Ignoramos mayormente qué modificaciones portan pero las consideramos seguras, y son una excepción para la Directiva 2001/18/CE. Esta normativa, que regula la liberación de Organismos Modificados Genéticamente (OMG) considera la mutagénesis tradicional una excepción y exime a todos esos organismos así obtenidos de tener que preparar el costoso (en todos los sentidos) dossier para poder aprobarlos. Estamos hablando de unos estudios de evaluación de riesgos y toxicidad que pueden llegar a costar 15 millones de euros y extenderse durante 10 años.
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre el asunto C-528/16, conocida el 25 de julio de 2018.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó el pasado 25 de julio de 2018, sin fundamento científico, que los organismos editados genéticamente debían ser considerados transgénicos y, por ello, quedar sujetos a la muy estricta regulación y obligaciones (presentación de dossieres, etc…) que, de facto, los ha bloqueado desde 1998. Fuimos muchos los que reaccionamos de inmediato tras conocer la sentencia. Yo expliqué lo que creo es un error monumental que nos iba a hacer perder otro tren de la innovación en Europa, en una tribuna que se publicó en Materia-El País. Mi colega Josep Casacuberta (CRAG, Barcelona) hizo lo propio con otra tribuna en SINC, en la que fue igual de explícito sobre las consecuencias que esa sentencia iba a tener para el sector agroeconómico europeo. En ambos casos sugeríamos la modificación de la Directiva, como solución al problema, al no ser la sentencia recurrible. Por eso es tan importante promover la actualización, revisión o el cambio de interpretación que se hace habitualmente de la Directiva Europea 2001/28/CE. Para que también desde Europa podamos beneficiarnos de la revolución CRISPR.

La sentencia no tiene fundamento científico, pero obviamente sí tiene fundamento jurídico. Parte del problema es la definición que se acordó para Organismo Modificado Genéticamente (OMG). En la Directiva Europea 2001/18/CE se define OMG como «el organismo, con excepción de los seres humanos, cuyo material genético haya sido modificado de una manera que no se produce naturalmente en el apareamiento ni en la recombinación natural». Con esta definición, cualquier modificación genética que se haya introducido en un organismo, mediante transgénesis o mediante edición genética, que, según la Directiva, son métodos «no naturales», deberá conducir a denominar al organismos resultante como OMG. Por eso concluye que los organismos editados genéticamente también son OMG. En el artículo 3 aparecen las exenciones y se dice «La presente Directiva no se aplicará a los organismos obtenidos mediante las técnicas de modificación genética que se enumeran en el Anexo I B». Y cuando uno va a revisar el Anexo IB se encuentra que enumera: «1) Mutagénesis. 2) Fusión (incluida la fusión de protoplasto) de células vegetales de organismos que puedan intercambiar material genético mediante métodos tradicionales de multiplicación». Es decir, la mutagénesis (por radiación, mediante agentes químicos…), de la que no sabemos, ni controlamos, qué mutaciones produce en los organismos mutagenizados, se considera segura y exenta del cumplimiento de la Directiva. Pero, soprendentemente, la tecnología CRISPR, que es mucho más precisa y controlada no se considera segura ni se exime de las obligaciones de la Directiva, asumiéndose (de nuevo sin fundamento científico) que puede causar alteraciones en la salud humana y/o en el medio ambiente similares a las de los transgénicos (que no han causado ninguna alteración en más de 25 años de explotación, liberación y consumo), y que, a pesar de ello, ignorando las evidencias numerosas que hay en contra de seguir asumiendo esas alteraciones, cuyos riesgos y posibles consecuencias deben ser evaluados antes de decidir si puede autorizarse la liberación y comercialización de ese organismo editado. Absurdo. No tiene ningún sentido, desde el punto de vista científico. Lo más sencillo sería considerar a los organismos editados genéticamente, obtenidos mediante la tecnología CRISPR, exentos también de las obligaciones de la Directiva, como el resto de organismos también obtenidos por otros tipos (muchos menos seguros y controlados) de mutagénesis.

Desde que se conoció la sentencia se han sucedido las críticas y los posicionamientos en contra de la misma, reclamando la modificación de la Directiva Europea. En este tema es importante reseñar que nuestro país ha hecho bien sus deberes. Tanto desde el Consejo Interministerial de OMGs, en colaboración con la Comisión Nacional de Bioseguridad (en el Ministerio para la Transición Ecológica), como desde Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como desde la Agencia Estatal de Investigación se han promovido declaraciones en ese sentido: la necesidad de modificar la Directiva Europea de 2001. Ahora solamente falta que todas estas llamadas a modificar la Directiva, toda la movilización de científicos y asociaciones del sector agroeconómico también tengan impacto en la Comisión Europea. Nos jugamos nuestro futuro. No podemos perder otra vez el tren de la innovación. Si Europa prohibe, bloquea o dificulta el uso de las nuevas tecnologías de edición genética, las empresas biotecnológicas del sector se irán a otros países donde puedan aplicarlas. Y finalmente acabaremos comprando los productos editados a proveedores externos, de fuera de Europa, sin permitir que nuestras empresas puedan beneficiarse de la revolución tecnológica en la que estamos ya instalados.
Francisco Barro, investigador del Instituto de Agricultura Sostenible del CSIC en Córdoba, responsable de la producción de trigo transgénico y también de trigo editado genéticamente con CRISPR con bajo contenido en gluten, para el consumo por parte de personas con celiaquía. Fotografía: ChileBIO

Comentario final: si alguien piensa que la legislación actual y esta sentencia del mes de julio pasado no tienen efecto en nuestro día a día que se lo pregunte a Francisco Barro, investigador del Instituto de Agricultura Sostenible del CSIC, en Córdoba, responsable de varios tipos de trigos transgénicos (con la tecnología de ARN interferente) o editados genéticamente (con la tecnología CRISPR) en los que se ha reducido substancialmente la presencia de gliadinas, proteínas del grano que constituyen el gluten y provocan una reacción patológica de rechazo en personas con la enfermedad celíaca. Las harinas de estos trigos, con un contenido muy reducido en gluten, se han usado para hacer pan. Estos panes podrían ya ser consumidos cuando se completen los ensayos clínicos que se están abordando, con éxito. Sin embargo, difícilmente estos panes verán la luz en Europa. Y las personas celíacas deberán esperar a que empresas de EEUU acaben produciéndolos y vendiéndoselos desde fuera de Europa, a pesar de que el trigo del que derivan fue diseñado y producido en Europa, en España, en Córdoba. Algo que podría ser beneficioso y utilizable inmediatamente por los celíacos no puede aprobarse en Europa por la legislación que tenemos y mantenemos, que ahuyenta a las empresas biotecnológicas. ¿Se necesita un contrasentido mayor para modificar la Directiva?

A alguien le dio por considerar peligroso per sé a los transgénicos mientras permitía producir mutaciones descontroladas mediante radiación o productos químicos. CRISPR es una técnica que ha llegado para quedarse y quieren cometer la misma absurdez que con los transgénicos, donde no llega a 5 las especies permitidas en Europa, sin embargo se puede importar todo lo que se quiera, dejando en clara desventaja a los de aquí.

Si no fuera porque ciertos grupos están cegados en este tema y fueron un lobby importante en Alemania hace unos años, casi pensaría que esto viene impuesto por EEUU, para mantener su hegemonía, ya que hasta ahora el único que le planta cara es China.

https://naukas.com/2019/07/01/no-es-lo- ... ticamente/

tl;dr: CRISPR-Cas9 es una técnica (desarrollada en parte por un español) introducida hace unos 6 años que permite modificar el ADN de forma selectiva, sin necesidad de introducir genes, simplemente modificando lo que queramos. Por ello se diferencia bastante de lo que son los transgénicos y no son considerados como tal. Pero la redacción de la ley de transgénicos es vaga y sin criterio científico, pues pone trabas enormes a técnicas a esta técnica que en principio es muy selectiva y sin embargo da vía libre a técnicas que funcionan a base de mutaciones descontroladas, como la irradación o mutación mediante productos químicos.

Además permite importar todo lo que se quiera de fuera, por lo tanto nos deja en desventaja.
@dark_hunter
¿podrías poner la fuente? Gracias.
LLioncurt escribió:@dark_hunter
¿podrías poner la fuente? Gracias.

Sí, perdón.

El problema es que poco se puede hacer, porque la definición legal se hizo mal desde el principio y con la oleada de los verdes que hubo en Alemania y la moda actual, no los veo poniéndose de acuerdo en cambiarlo. Aunque ahora Europa está escorando hacia la derecha.
@dark_hunter un artículo muy interesante. Gracias [beer]
yo el problema que veo es que todo esto se orienta a tener alimentos "mas comercializables", "mejor procesables industrialmente", etc... es decir, todo orientado a la produccion y el negocio, pero realmente no se trata de modificar los alimentos para que sean beneficiosos para el consumidor. :-|

creo que mientras no se constate de manera verificable la no peligrosidad de estos alimentos y/o de los procesos involucrados en su elaboracion/tratamiento, la UE hace lo correcto en cerrarse en banda e impedir la produccion y comercializacion de los mismos.
GXY escribió:yo el problema que veo es que todo esto se orienta a tener alimentos "mas comercializables", "mejor procesables industrialmente", etc... es decir, todo orientado a la produccion y el negocio, pero realmente no se trata de modificar los alimentos para que sean beneficiosos para el consumidor. :-|

creo que mientras no se constate de manera verificable la no peligrosidad de estos alimentos y/o de los procesos involucrados en su elaboracion/tratamiento, la UE hace lo correcto en cerrarse en banda e impedir la produccion y comercializacion de los mismos.

Es que antes de entrar en el mercado se hacen ensayos clínicos. Cosa que no se hace en alternativas como la que puse, de mutagénesis por radiación, que las mejoras se consiguen por mutaciones descontroladas

Pero la hipocresia máxima es que la ley no permite cultivar, pero sí comprar de fuera.

BTW, eh la misma noticia tienes una creación española: el trigo sin gluten. También tienes el arroz dorado, patentado únicamente para países desarrollados, gratuito en países en desarrollo, con vitamina A para evitar los miles de niños ciegos que hay en esos países por déficit.
GXY escribió:yo el problema que veo es que todo esto se orienta a tener alimentos "mas comercializables", "mejor procesables industrialmente", etc... es decir, todo orientado a la produccion y el negocio, pero realmente no se trata de modificar los alimentos para que sean beneficiosos para el consumidor. :-|

creo que mientras no se constate de manera verificable la no peligrosidad de estos alimentos y/o de los procesos involucrados en su elaboracion/tratamiento, la UE hace lo correcto en cerrarse en banda e impedir la produccion y comercializacion de los mismos.


El problema es que la normativa considera "alimentos seguros" a los alimentos mutados obtenidos mediante radiación o exposición a químicos (que producen mutaciones descontroladas que SÍ son potencialmente peligrosas). Y paradójicamente, considera "potencialmente peligrosos" a los obtenidos mediante edición genética, cuyas mutaciones se hacen de forma precisa y controlada precisamente para controlar que no haya mutaciones no deseadas y potencialmente peligrosas.
Too long didn't read

Lo leyó el ordenador por mi, pero vamos, que el tipo no tiene capacidad de síntesis.
Garranegra está baneado del subforo por "Flames"
Pedro Sánchez impulsa una alianza europea para acelerar las negociaciones con el Mercosur

https://agroinformacion.com/pedro-sanchez-impulsa-una-alianza-europea-para-acelerar-las-negociaciones-con-mercosur/


El negocio, es venderles mas productos de las empresas del IBEX, a cambio del sector agrario y ganadero, que son pequeñas empresas y autónomos que ni pinchan ni cortan. Para ayudar a estos tratados, legislamos contra nuestros propios agricultores y ganaderos, para que no puedan competir.

Si no llega a ser por las siglas del PSOE, yo diría que son políticas neoliberales ultra capitalistas, al servio de las élites :o
Garranegra escribió:Pedro Sánchez impulsa una alianza europea para acelerar las negociaciones con el Mercosur

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Si no llega a ser por las siglas del PSOE, yo diría que son políticas neoliberales ultra capitalistas, al servio de las élites :o


¿Qué tiene esto que ver con una directiva europea del 2001?
Azulmeth escribió:
Garranegra escribió:Pedro Sánchez impulsa una alianza europea para acelerar las negociaciones con el Mercosur

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Si no llega a ser por las siglas del PSOE, yo diría que son políticas neoliberales ultra capitalistas, al servio de las élites :o


¿Qué tiene esto que ver con una directiva europea del 2001?


Supongo que al hecho de que se den facilidades para importar productos "transgénicos" de otros países, mientras que se prohíba lo propio a los productores domésticos.
....La irradiación o mutagénesis química que causan numerosas mutaciones en el genoma de plantas han sido el origen de muchas variedades que tenemos hoy en día en el supermercado. Se pueden revisar más de 3,300 variedades obtenidas por mutagénesis tradicional en esta base de datos de la Agencia Internacional de Energia Atómica. Ignoramos mayormente qué modificaciones portan pero las consideramos seguras, y son una excepción para la Directiva 2001/18/CE. Esta normativa, que regula la liberación de Organismos Modificados Genéticamente (OMG) considera la mutagénesis tradicional una excepción y exime a todos esos organismos así obtenidos de tener que preparar el costoso (en todos los sentidos) dossier para poder aprobarlos.....


...La tecnología CRISPR de edición genética que permite editar y cambiar a voluntad cualquier letra de cualquier gen de cualquier organismo. Por ejemplo, cambiando una C por una G del gen tirosinasa generamos ratones albinos editados genéticamente, porque la G produce un cambio en la proteína codificada que ya no es funcional. O, si por el contrario, editamos con CRISPR la G del gen de tirosinasa de un ratón albino podemos restaurar la C que corresponde a la variante genética funcional del gen, y recuperar la función del mismo y la pigmentación del ratón. Estos dos últimos ejemplos son ratones (organismos) editados genéticamente, pero no son organismos transgénicos. No hemos insertado ningún gen, tan solo hemos modificado la secuencia genética de un gen propio de la especie, de un gen del ratón, en su ubicación natural en el genoma. No son ratones transgénicos, son ratones editados genéticamente....

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Bien pues a la tecnología CRISPR se le aplicar la Directiva Europea (2001/18/CE) que se gestó en los 90 y que entró en vigor en 2001, 12 años antes de que se descubriera la tecnología CRISPR, que no se empezó a utilizar hasta el año 2013.


Madre del amor hermoso..... [facepalm] [facepalm] [facepalm]


O sea si provocamos mutaciones al azar mediante irradiación = Son seguras porque yo lo digo y pueden venderse libremente a pesar de que no tenemos ni idea de que mutaciones tiene ni de que efectos van a producir.

Si por el contrario editamos genéticamente (mediante técnicas de alta precisión) sabiendo en todo momento que cambio vamos a provocar, el lugar del cambio en la cadena genética y que efectos tiene ese cambio = Cuidado que puede ser peligroso mejor vamos ha hacerle pasar una extensa dosis de pruebas por si acaso.

A por cierto lo anterior solo se aplica a lo que se haya producido AQUÍ EN EUROPA...si compras algo producido en otra parte del mundo (sin saber que proceso de alteración genética a tenido ni el como se ha hecho y bajo que medidas de seguridad alimentaria)....NINGÚN PROBLEMA PUEDE USTED VENDERLO LIBREMENTE [facepalm] [facepalm] [facepalm] [fiu]


¿Soy yo el único que piensa que esto es una broma de mal gusto del mundo today?....Ahora en serio como es posible que tengamos una ley tan tan tan rematadamente mal hecha

Saludos
Garranegra está baneado del subforo por "Flames"
Azulmeth escribió:
Garranegra escribió:Pedro Sánchez impulsa una alianza europea para acelerar las negociaciones con el Mercosur

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¿Qué tiene esto que ver con una directiva europea del 2001?



Estos acuerdos no se planifican y realizan de una año para otro, primero sientan las bases, y una vez que tienen todo atado y ven que la sociedad lo puede aceptar gracias al bombardeo continuo de los medios, es cuando llegan los acuerdos.
Un país que no es autosuficiente, es un país con grandes desigualdades económicas y sociales, pero también es un país muy susceptible a los cambios globales, y a las presiones de interese extranjeros.
Garranegra escribió:
Azulmeth escribió:
Garranegra escribió:Pedro Sánchez impulsa una alianza europea para acelerar las negociaciones con el Mercosur

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Si no llega a ser por las siglas del PSOE, yo diría que son políticas neoliberales ultra capitalistas, al servio de las élites :o


¿Qué tiene esto que ver con una directiva europea del 2001?



Estos acuerdos no se planifican y realizan de una año para otro, primero sientan las bases, y una vez que tienen todo atado y ven que la sociedad lo puede aceptar gracias al bombardeo continuo de los medios, es cuando llegan los acuerdos.
Un país que no es autosuficiente, es un país con grandes desigualdades económicas y sociales, pero también es un país muy susceptible a los cambios globales, y a las presiones de interese extranjeros.

Es decir, que es preferible ser la URSS a Suiza [360º]
Garranegra escribió:
Azulmeth escribió:
Garranegra escribió:Pedro Sánchez impulsa una alianza europea para acelerar las negociaciones con el Mercosur

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El negocio, es venderles mas productos de las empresas del IBEX, a cambio del sector agrario y ganadero, que son pequeñas empresas y autónomos que ni pinchan ni cortan. Para ayudar a estos tratados, legislamos contra nuestros propios agricultores y ganaderos, para que no puedan competir.

Si no llega a ser por las siglas del PSOE, yo diría que son políticas neoliberales ultra capitalistas, al servio de las élites :o


¿Qué tiene esto que ver con una directiva europea del 2001?



Estos acuerdos no se planifican y realizan de una año para otro, primero sientan las bases, y una vez que tienen todo atado y ven que la sociedad lo puede aceptar gracias al bombardeo continuo de los medios, es cuando llegan los acuerdos.
Un país que no es autosuficiente, es un país con grandes desigualdades económicas y sociales, pero también es un país muy susceptible a los cambios globales, y a las presiones de interese extranjeros.


No, si yo estoy de acuerdo con lo que dices. Más bien como dice arriba el compi es una cuestión de contradicciones galopantes que otra cosa.
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