Un juez considera que penar enlaces a descargas no es 'razonable ni justo' por la 'ley Sinde'Un juez de Barakaldo ha dictado la primera sentencia tras un juico penal completo en la que se establece que enlazar a contenido protegido por derechos de autor no es delito. Hasta ahora, casi todos los casos similares habían concluido con el archivo, sin entrar en el fondo de la cuestión.
El titular del juzgado de lo Penal nº1 de la localidad vizcaína considera en en la sentencia que, dada la proximidad de la llamada 'Ley Sinde', aprobada esta misma semana en el Congreso, y en la que "se prevé que la retirada voluntaria y prematura de los contenidos de una web ponga fin incluso anticipadamente al procedimiento", "no parece tampoco ni razonable, ni justo, ni proporcional, el dotar de trascendencia y consecuencias penales a la conducta ahora objeto de análisis".
La sentencia afirma que quizá cuando las medidas antidescargas previstas en la Ley de Economía Sostenible, o cuando la norma "obtenga el necesario desarrollo reglamentario", el concepto de servir contenidos quedará definido también desde la perspectiva legal.
El proceso actual fue abierto en marzo de 2007, cuando los administradores de la página web FenixP2P fueron detenidos en una operación contra la 'piratería'.
En esta sentencia se pone de manifiesto que "es verdad e indiscutido" que las páginas a las que se refiere el procedimiento "no alojaban los archivos como tales, sino sólo 'enlaces'". Por ello, los acusados "no realizaron desde la perspectiva típica delictual ninguna de las conductas recogidas en el 270 del Código Penal. A lo sumo podría hablarse de cooperación necesaria o facilitación para desarrollar una actividad entre particulares, la de intercambio mediante descargas pero que, por otro lado, tampoco es delictiva". Es decir, el juez vuelve a recordar la célebre circular 1/2006.
En cuanto a la financiación de la web, se recuerda que se hacía "a través de publicidad, que variaba en función de determinados índices y se visualizaba con independencia de que se produjeran o no descargas, y no a través de las que eventualmente realizaran u obtuvieran los usuarios".
Este caso es el primero de estas características en el que se celebra el juicio completo por la vía Penal. El caso de Elrincondejesus.com, en el que también se completó el juicio, fue un procedimiento civil. Anteriormente, habían sido archivados varios casos de páginas de enlaces a sitios de descargas P2P. Si bien todas las sentencias condenatorias hasta este momento lo han sido de conformidad con el acusado, nunca antes se había celebrado el juicio completo.
Uno de estos casos es el de Estrenosdivx.com, que también fue archivado y que pertenecía a la misma operación que el de FenixP2P.
Fuente;http://www.elmundo.es/elmundo/2011/02/18/navegante/1298038347.html