Lo que resumiendo es así en la actualidad de España:
- Bajar música, películas, libros, etc... no es delito (canon compensatorio).
- Videojuegos, Software si es delito, pero no hay penas porque la gente se lo haya descargado y usado. Sí por vender copias, por ejemplo instalar windows sin pagar en una tienda de informática, pero no sé si hay penas por ello.
- Topmanta es animo de lucro, eso es delito. O bien hacer copias de una obra y venderlas (sacar beneficio sin consentimiento del autor o remunerarle).
Así que si tú te bajas "manolito tiene dos dedos" y lo grabas en un soporte con canon, ya le has remunerado.
Lo que pasa, que nos bombardean que descargar de la red son 2 clicks, se descarga, lo grabas y eso está mal. Pues no, porque en el soporte que lo grabas lleva canon, así que lo que haces es totalmente legal y legítimo.
Otra cosa es que te llamen ladrón y encima pagues, es lo que pasa aquí.