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martuka_pzm escribió:@nathan99
Si te fijas en la sentencia que cito hay un voto particular. Quiero decir, que no todo se ve siempre blanco o negro por la totalidad del tribunal. Habría que ver exactamente qué tipo de votos hay y el fundamento de cada uno.
Me extrañaría que sea cual sea el sentido de la sentencia no hubiera ningún voto particular (o varios)
nathan99 escribió:martuka_pzm escribió:@nathan99
Si te fijas en la sentencia que cito hay un voto particular. Quiero decir, que no todo se ve siempre blanco o negro por la totalidad del tribunal. Habría que ver exactamente qué tipo de votos hay y el fundamento de cada uno.
Me extrañaría que sea cual sea el sentido de la sentencia no hubiera ningún voto particular (o varios)
Lo que ocurre aquí es que el Senado ha pedido retirar la ley al Congreso tan solo por su tramitación, y esto es el reglamento, no cabe verlo negro o blanco.
Entiendo que como proyecto ley la tramitación es correcta y será lo que dictamine el TC, pero la amnistía requiere una mayoría cualificada cercana al 100% de todo el Parlamento para cumplir su objetivo de reconciliación, por tanto esa mayoría absoluta del Congreso aprobada mediante proyecto ley no es suficiente, por eso la Comisión de Venecia aconseja la vía de la reforma constitucional.
Esto suena un tanto disparatado, es algo así como si para hacer la declaración de la renta utilizo un formulario de la ITV, a ver, el tramite de la ITV lo he rellenado correctamente y es válido según el TC, pero luego para la declaración de Hacienda no me sirve, es "aconsejable" usar el formulario de Hacienda.
Respecto al contenido de la ley se ocupará en primera instancia el TJUE y como la declarará incompatible con la UE nunca sabremos de que color lo hubiera visto el TC, en cierta manera, menudo marrón le han quitado de encima los de Europa al TC.
nathan99 escribió:@martuka_pzm
Tampoco te creas que yo voy sobrado de política.
La ley todavía está en fase de tramitación.
No es que el TJUE no quiere actuar, El TJUE debe esperar a que se le presente la primera cuestión prejudicial, y eso solo ocurrirá cuando la ley sea publicada en el BOE.
La ley podrá ser tramitada y publicada, pero nunca será aplicada a nadie, será declarada incompatible con el derecho de la UE, eso ni lo dudes.
La duda es si la ley llegará a ser publicada en el BOE, ya que el TC podría determinar que la tramitación no procede.
El proyecto ley se está tramitando como un proyecto ley, hasta hay perfecto, pero el problema es que se supone que una amnistía debe ser tramitada mediante una reforma constitucional y no mediante un proyecto ley.
Si el objetivo es reconciliar, no puedes tener 170 escaños del Parlamento en contra, por este motivo el PSOE no fue por la vía de la reforma constitucional, han hecho la pirula de hacerlo mediante proyecto ley a ver si cuela, pero la mayoría absoluta del Congreso es tan solo el 51% del Parlamento, no puedes tener un 49% en contra. ¿Y por que no lo hicieron mediante la reforma constitucional?... por eso mismo, por que no les salen las cuentas.
nathan99 escribió:@martuka_pzm
La amnistía real en este caso hubiera sido perdonar la malversación de fondos gastados en las urnas, locales y papeletas de los únicos dos días que se votó en 2014 y 2017.
Esto tendría bastante parecido a la amnistía fiscal que comentas.
Pero ellos han puesto barra libre de malversación durante toda una década, atentados contra la autoridad, desorden público y terrorismo, les ha faltado incluir la piscina y el jacuzzi.
Todo ello sin arrepentirse y pregonando que lo repetirán, sin tener mayoría cercana al 100% en el Parlamento, redactando la ley con los propios delincuentes, modificándola una segunda vez para proteger a Puigdemont cuando las amnistías son para una masa global de gente, no para un solo individuo.