tech25 escribió:un policía podrá entrar en contacto con un sospechoso a través de -por ejemplo- un chat haciéndose pasar por otra persona para intentar detectar posibles delitos
"en el curso de una investigación llevada a cabo mediante agente encubierto", al final "el juez competente podrá autorizar la obtención de imágenes y la grabación de las conversaciones que puedan mantenerse en los encuentros previstos entre el agente y el investigado, aun cuando se desarrollen en el interior de un domicilio"
los policías que se estén haciendo pasar por otras persona podrán enviar a los usuarios archivos que contengan malware o troyanos y que sirvan para controlar telemáticamente la actividad de dicho usuario.
la intervención y registro de las comunicaciones de cualquier clase que se realicen a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática de carácter bidireccional", dando vía libre a la interceptación de las comunicaciones vía correo electrónico, SMS, etc.
"todos los prestadores de servicios de telecomunicaciones, de acceso a una red de telecomunicaciones o de servicios de la sociedad de la información, así como toda persona que de cualquier modo contribuya a facilitar las comunicaciones a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual están obligados a prestar al juez, al Ministerio Fiscal y a los agentes de Policía Judicial (...) la asistencia y colaboración precisa para facilitar el cumplimiento de los autos de intervención de las telecomunicaciones"
http://www.elconfidencial.com/espana/20 ... l_1001327/La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal está en trámite en el Parlamento, y podría ser aprobada el próximo mes.
Entre las novedades del nuevo texto, se amplían las posibilidades de interceptación de las comunicaciones con fines preventivos y de persecución del delito, pero también, adaptándose a las nuevas tipologías y alcance de los ataques, se incorporan normativas internacionales, con el fin de que haya unos criterios comunes y se pueda actuar. En este sentido, se facilita la adopción de medidas cautelares y, mientras la policía o la fiscalía solicitan una orden judicial, puede solicitar a un ISP, a una operadora o una empresa que guarde determinados datos por un periodo de tiempo suficientemente amplio hasta que llegue dicha orden. Además, la reforma se extiende también, si es necesario, a los datos de tráfico.
En el apartado de nuevas técnicas de investigación, cobra mayor relevancia la figura del agente encubierto online para cualquier tipo de delitos. También habrá novedades en materia de registros de sistemas informáticos. Por un lado, se extiende la posibilidad de registro a sistemas accesibles desde el que está siendo registrado y, por otro, se abra la posibilidad de registros remotos del sistema.
http://www.pcworld.es/seguridad/novedad ... formaticosNo se habla claramente de la descarga de contenidos,dejando así, cualquier posibilidad abierta.
La ley de conservación de datos es lo único que nos protege
por ahora:
https://youtu.be/UCybv-crCVI?t=601