lo de los dos meses es ineludible. y ojo tambien con las condiciones de comunicacion de la baja, porque hay compañias que de entrada no dan por correcto comunicarselo por carta aunque se haga dentro del plazo y la ley lo de por correcto.
en la practica puedes cortar el grifo en el banco para no pagarles el nuevo año y bastantes aseguradoras no litigian por esa circunstancia (exigen el nuevo año completo, el cliente los manda a la mierda y no paga, ni tampoco "disfruta del servicio", pero ha pagado completamente el periodo anterior), pero que no litigien no significa que no "tuvieran razon".
lo mejor en estos casos es llamarles 3 meses antes del vencimiento, ahi decirles que tenemos intencion de no renovar el seguro y que el agente nos describa los pasos exactos que hay que dar para el procedimiento de baja. digo exactos porque cada compañia es de su padre y su madre: unas te piden hacerlo por telefono, otras por carta, otras por fax, y practicamente todas te van a pedir una "declaracion jurada" con fotocopia 2 caras del NIF como que tu y solo tu estas solicitando la baja y ningun enajenado esta perdiendo miserablemente el tiempo pidiendolo en tu nombre (un tecnicismo que ellos abrazan para trabar el proceso cuanto sea posible legalmente).
pd. antes de abrir el hilo solo leyendo el titulo ya sabia que el problema eran los 2 meses de plazo. es una cabronez y estamos en las fechas (muchisimos seguros renuevan justamente en el cambio de año), pero es lo legalmente establecido.