Parece que empiezan a salir algunas cosas referentes al debate de ayer:
Según la noticia de
El Mundo :
La directiva tiene como objetivo armonizar la forma en que los derechos nacionales de patentes tratan las invenciones ejecutadas por ordenador.
El texto adoptado asegura, según la Comisión Europea, la claridad jurídica y "evita toda deriva hacia la patentabilidad de los métodos de gestión o de programas informáticos que no aportan ninguna contribución técnica".
Finalmente se incluyó en uno de sus artículos una referencia específica a que un programa de ordenador como tal no puede constituir una invención patentable. Para ser patentable, una invención ejecutada por ordenador deberá ser susceptible de aplicación industrial nueva y suponer una actividad inventiva. Es decir, que deberá aportar una contribución científica.
En este sentido, no se considerará que una invención ejecutada por ordenador aporta una contribución técnica por el solo hecho de que implique este aparato, u otro de tipo programable.
Subrayo en negrita lo que me parece algo muy importante: parece ser que gracias al malestar presentado por algunos países, entre ellos España, se ha añadido un artículo que impide que un programa genérico (un procesador de textos, por ejemplo...) pueda ser patentado por el mero hecho de ser software, así que lo patentable se limita a aquello que realmente sea una innovación tecnológica. Algo es algo, al menos ya no existe la absoluta libertad de patentes que existe en EEUU.
Parece ser que España se a aliado con otros países, como Eslovenia e Italia, para defender su postura ante la segunda vuelta en el parlamento europeo en Septiembre. Quizás puedan aprovarse enmiendas que limiten en gran medida esta directiva, como ya pasó con la anterior.
¡Todavía no está perdida la cosa!